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Publicada porAntonietta Triano Modificado hace 10 años
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EL ESTADO COSTARRICENSE GARANTE DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
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Política Pública Es una estrategia o programa de acción gubernamental aplicable a un sector de la sociedad (mujeres, niñez, tercera edad, migrantes) o un espacio geográfico concreto.
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Las políticas públicas se caracterizan
Tener un contenido u objetivo específico Impulsa la movilización de recursos para obtener ese objetivo Tiene una normativa o una preferencia ideológica Tiene una territorialidad, se implementa en espacios geográficos concretos
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Política Públicas Inclusiva
Son programas de acción gubernamental dirigidos a integrar o dar acceso a los grupos de población excluidos (generalmente pobres) de los beneficios económicos y social de una sociedad determinada.
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Estado Solidario Para que estas políticas se den es necesario un ESTADO SOLIDARIO que logre extender la igualdad hacia la creación de oportunidades en los ámbitos sociales y económicos. Que busque una sociedad inclusiva y ese desarrollo abarque a la mayoría de la población de un país.
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Políticas Inclusivas en el campo social
Creación de la Universidad de Costa Rica ( 1941) Creación de la Caja Costarricense del Seguro Social (1941) Régimen de Pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (1947) Garantías Sociales (1942) Código de Trabajo (1943)
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Política salarial Es una política institucional que proporciona el marco referencial común para determinar los salarios del sector laboral, esta política debe adecuarse a la realidad socioeconómica, considerar la inflación y establecer los mecanismos adecuados para que el salario no pierda su valor adquisitivo.
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Consejo Nacional de Salarios
Es un órgano desconcentrado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, goza de plena autonomía para la fijación del salario mínimo anual. Está integrado en forma tripartita por representantes de los trabajadores, sector patronal y el Estado.
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TAREA: CONSTITUCIÓN POLÍTICA / CAPITULO V DE DERECHOS Y GARANTÍAS SOCIALES.
ARTÍCULOS 50-74
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TAREA: Política Universal de Educación
Título VII, de la Const. Política Ley Fundamental de Educación: art 1 al 18. Ley de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad: art 14 al 22 Financiamiento público de la educación Art 78 de la Constitución Política
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