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El pasado 9 de mayo se publicaron modificaciones a la Ley General de Educación Artículo 13.- Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas.

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Presentación del tema: "El pasado 9 de mayo se publicaron modificaciones a la Ley General de Educación Artículo 13.- Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas."— Transcripción de la presentación:

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2 El pasado 9 de mayo se publicaron modificaciones a la Ley General de Educación Artículo 13.- Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes: … III.- Autorizar, previa verificación del cumplimiento de los lineamientos emitidos por la autoridad educativa federal, los ajustes que realicen las escuelas al calendario escolar determinado por la Secretaría para cada ciclo lectivo de educación básica y normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

3 Las modificaciones Artículo 51.- La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la República, para cada ciclo lectivo de la educación básica y normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener un mínimo de ciento ochenta y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos. Las autoridades escolares, previa autorización de la autoridad educativa local y de conformidad con los lineamientos que expida la Secretaría, podrán ajustar el calendario escolar al que se refiere el párrafo anterior. Dichos ajustes deberán prever las medidas para cubrir los planes y programas aplicables.

4 Las modificaciones Artículo 53.- El calendario que la Secretaría determine para cada ciclo lectivo de educación preescolar, de primaria, de secundaria, de normal y demás para la formación de maestros de educación básica, se publicará en el Diario Oficial de la Federación. La autoridad educativa de cada entidad federativa publicará en el órgano informativo oficial de la propia entidad, las autorizaciones de ajustes al calendario escolar determinado por la Secretaría.

5 Artículo 69…. La autoridad escolar hará lo conducente para que en cada escuela pública de educación básica opere un consejo escolar de participación social, integrado con padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, quienes acudirán como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos de la escuela...... Este consejo: a) Opinará sobre los ajustes al calendario escolar aplicable a cada escuela y conocerá las metas educativas, así como el avance de las actividades escolares, con el objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización;

6 EMITE CALENDARIO SEP PROPONEN AJUSTES ESCUELAS OPINAN CEPS AUTORIZAN y PUBLICAN AJUSTES AEL Mismos actores, nuevas facultades

7 Las modificaciones a la Ley General de Educación permiten implementar dos decisiones muy relevantes para el sistema educativo: 1) Promover jornadas escolares más amplias y eficaces 2) Ajustar el calendario escolar a las necesidades específicas de las escuelas

8 1) Promover jornadas escolares más amplias y eficaces LA SEP PROPONDRÁ UN NUEVO CALENDARIO DE 185 DÍAS EFECTIVOS DE CLASES

9 Para implementar este calendario la SEP publicará los lineamientos específicos para que la Autoridades Educativas Locales implementen el calendario escolar de 185 días efectivos de clases. La AEL es responsable de implementar el acceso a este calendario

10 ¿Quiénes pueden acceder al calendario de 185 días de clases? Todas las escuelas públicas o privadas que cumplan con los siguientes requisitos Determinen por consenso en sesión de Consejo Técnico Escolar (CTE) el compromiso de cumplir con una jornada escolar diaria más amplia que compense el tiempo equivalente a 15 días de clase a lo largo del ciclo escolar. En el caso de escuelas unitarias y bidocentes se deberá reflexionar y asumir este compromiso en coordinación con el supervisor escolar correspondiente. Asuman el compromiso de laborar la totalidad del nuevo horario por parte de todo el personal. Cuenten con la opinión favorable del Consejo Escolar de Participación Social u organismo análogo sobre la implementación del calendario y darle a conocer la planeación de la Ruta de Mejora propuesta por el CTE.

11 Cuenten con las condiciones físicas para incrementar el horario. Establezcan el compromiso de realizar las sesiones ordinarias de Consejo Técnico Escolar a lo largo del ciclo lectivo Organicen los procesos de control escolar de cierre de ciclo escolar, a fin de garantizar los 185 días efectivos de clase y, Cuenten con la autorización escrita de su Supervisor o Autoridad Educativa Local acreditada.

12 Compensación del tiempo. Ejemplos La jornada escolar diaria en la escuela actualmente es de: Tiempo de compensación equivalente a 15 días (horas) Horas adicionales que se deben compensar diario, distribuidas en 185 días Tiempo promedio de ampliación de horario diario sugerido 4.0 hrs.600.32 30 mins. 4.5 hrs.67.50.36 5.0 hrs.75.00.41 6.0 hrs.90.00.49 6.5 hrs.97.50.53 7.0 hrs.105.00.57 8.0 hrs.120.00.65No aplica*

13 Compensación del tiempo. Variantes Las escuelas que tengan jornadas diarias de 6.5 horas o más, que deseen operar el calendario de 185 días y no estén en condiciones de ampliar el horario diario de atención, podrán optar por aplicar, en los quince días posteriores al fin de cursos, alguna de las siguientes modalidades de compensación de tiempo escolar : a.Atención focalizada de alumnos con bajos niveles de logro educativo. b.Proyectos innovadores de fortalecimiento de la calidad educativa del plantel: talleres con padres de familia o alumnos; ciclos de conferencias; torneos deportivos o académicos; actividades artísticas y culturales o de fortalecimiento de las habilidades para la convivencia, etc. c.Escuela de verano.

14 Compensación del tiempo. Las escuelas con jornadas de 8 horas diarias sólo podrán acceder al calendario de 185 días implementando alguna de las modalidades señaladas en los tres incisos anteriores. Las escuelas particulares que decidan realizar las ocho sesiones ordinarias de Consejo Técnico Escolar en sábado, sólo deberán compensar el tiempo equivalente a siete días de jornada durante el ciclo lectivo.

15 Es facultad de la AEL definir los horarios específicos en que brindarán el servicio educativo a las escuelas de educación básica bajo su responsabilidad, señalando con precisión los horarios de inicio y de cierre de las jornadas escolares considerando las características del nivel, modalidad y turno que correspondan

16 Procedimiento de solicitud. La escuela : Analiza los lineamientos, requisitos y compromisos El CTE acuerda asumir la totalidad de compromisos El Director(a) requisita el Acta de acuerdo Solicita opinión del CEPS El Director(a) entrega por escrito solicitud y el acta de acuerdo al Supervisor o autoridad acreditada La solicitud pasa a revisión y, en su caso, autorización

17 Procedimiento de autorización. La AEL : La AEL capacita y acredita a los Supervisores o Autoridades que pueden emitir autorizaciones El Supervisor (a) o Autoridad acreditada verifica: Que se cumplen todos los requisitos de los lineamientos Que se cuenta con opinión favorable del CTE y del CEPS Se expresa claramente el nuevo horario o variante de compensación de tiempo Tiene condiciones físicas para ampliar el horario Que se respetan los derechos laborales de los trabajadores No existe un expediente de riesgo de incumplimiento de la escuela EMITE AUTORIZACIÓN POR ESCRITO

18 Después de recibir la autorización. La Escuela y el CEPS : Difunden ampliamente a toda la comunidad el nuevo calendario Incorporan a su Ruta de Mejora los compromisos educativos Organizan los procesos de control escolar a fin de que no interfieran en el nuevo calendario Presentan al CEPS los informes de avances

19 Después de recibir la autorización. La AEL : Recibe de las supervisiones escolares información de escuela autorizadas Informa a la SEP de las autorizaciones realizadas

20 2) Ajustar el calendario escolar a las necesidades específicas de las escuelas LAS AUTORIDADES ESCOLARES PUEDEN PROPONER AJUSTES AL CALENDARIO

21 Para implementar ajustes al calendario la SEP publicará los Lineamientos específicos para que las Autoridades Escolares implementen ajustes al Calendario Escolar que determine la Secretaría de Educación Pública.

22 ¿Quiénes proponen ajustes al calendario escolar? Sólo las escuelas. La AEL debe evitar descoordinación, aislamiento y carga administrativa Las Autoridades Escolares, podrán proponer a la AEL, ajustes tanto al calendario de 200 días como al calendario de 185 determinados por la SEP, cuando existan razones que lo justifiquen por su contexto cultural o geográfico y las necesidades locales. Con la finalidad de evitar el aislamiento de las escuelas y promover el funcionamiento escolar coordinado, las AEL podrán sugerir oportunamente a las Autoridades Escolares, ajustes al calendario de 200 días así como al de 185 días, considerando el contexto y las necesidades locales, regionales y estatales. Estas propuestas se denominarán “Calendario con ajuste preautorizado”.

23 ¿Cuáles ajustes se pueden realizar al calendario escolar? 1)Sustituir días efectivos de clase del calendario publicado por la SEP, por otros que optimicen el funcionamiento de la escuela y el cumplimiento cabal de la totalidad de días. El calendario ajustado debe conservar el mismo número de días efectivos de clase. 2)Cambio del día establecido para las sesiones ordinarias del Consejo Técnico Escolar, seleccionando cualquier otro día dentro de la semana del mes en que esté programada cada sesión. Las sesiones ordinarias también podrán realizarse en contraturno. Las sesiones de CTE son obligatorias. Una vez autorizadas las fechas para las sesiones de los CTE, serán inamovibles. Las escuelas particulares podrán realizar las sesiones ordinarias de CTE el sábado de la semana en que esté programada cada sesión o a contra turno.

24 ¿Quiénes pueden implementar ajustes al calendario? Todas las escuelas públicas o privadas que cumplan con los siguientes requisitos Determinen por consenso en sesión de Consejo Técnico Escolar (CTE) el compromiso de sustituir días efectivos de clase del calendario publicado por la SEP, por otros que optimicen el funcionamiento de la escuela y el cumplimiento cabal de la totalidad de días. Asuman el compromiso de ajustar el calendario por parte de todo el personal. Cuenten con la opinión favorable del Consejo Escolar de Participación Social u organismo análogo sobre la implementación ajustes al calendario y darle a conocer la planeación de la Ruta de Mejora propuesta por el CTE.

25 Establezcan el compromiso de realizar las sesiones ordinarias de Consejo Técnico Escolar a lo largo del ciclo lectivo. Requisiten debidamente el Acta de acuerdo para solicitar ajustes al Calendario Escolar. Cuenten con la autorización escrita de su Supervisor o Autoridad Educativa Local acreditada. En caso de que la escuela seleccione un “Calendario con ajuste preautorizado” no es necesario este requisito.

26 Procedimiento de solicitud. La escuela : A) Selecciona un calendario con ajuste preautorizado Analiza los lineamientos, requisitos y compromisos El CTE acuerda asumir la totalidad de compromisos El Director(a) requisita el Acta de acuerdo Solicita opinión del CEPS El Director(a) informa al Supervisor del ajuste y conserva el acta de acuerdo en la escuela La Escuela está autorizada para implementar ajustes

27 Procedimiento de solicitud. La escuela : B) Solicita otros ajustes al calendario Analiza los lineamientos, requisitos y compromisos El CTE acuerda asumir la totalidad de compromisos El Director(a) requisita el Acta de acuerdo Solicita opinión del CEPS El Director(a) entrega por escrito solicitud y el acta de acuerdo al Supervisor o autoridad acreditada La solicitud pasa a revisión y, en su caso, autorización

28 Procedimiento de autorización. La AEL : La AEL capacita y acredita a los Supervisores o Autoridades que pueden emitir autorizaciones El Supervisor (a) o Autoridad acreditada verifica: Que se cumplen todos los requisitos de los lineamientos Que se cuenta con opinión favorable del CTE y del CEPS Que se respetan los derechos laborales de los trabajadores No existe un expediente de riesgo de incumplimiento de la escuela EMITE AUTORIZACIÓN POR ESCRITO

29 Después de recibir la autorización. La Escuela y el CEPS : Difunden ampliamente a toda la comunidad el nuevo calendario Incorporan a su Ruta de Mejora los compromisos educativos Organizan los procesos de control escolar a fin de que no interfieran en el nuevo calendario Presentan al CEPS los informes de avances

30 Después de recibir la autorización. La AEL : Recibe de las supervisiones escolares información de ajustes autorizados Publicará en el órgano informativo oficial de la propia entidad, las autorizaciones de ajustes Informa a la SEP de las autorizaciones de ajustes

31 Difundir calendarios y lineamientos Capacitar y Acreditar a los Supervisores u otras autoridades Dar seguimiento al cumplimiento de calendarios Aplicar las sanciones que correspondan Tareas genéricas de la AEL

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