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La Importancia de las Sociedades Anónimas en la Economía Panameña y en el Mundo Comercial Eduardo Morgan Jr. Panamá, 28 de noviembre de 2012.

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1 La Importancia de las Sociedades Anónimas en la Economía Panameña y en el Mundo Comercial
Eduardo Morgan Jr. Panamá, 28 de noviembre de 2012

2 Introducción: Panamá centro de servicios internacionales
Justo Arosemena impulsa el Estado Federal Nacimiento de la República hace posible la construcción del canal Código civil de avanzada en materia de familia Primera primer país globalizado: impulsan el registro abierto de naves En 1927 se establece nuestra ley de sociedad anónimas Enrique Jiménez crea la Zona Libre de Colón Omar Torrijos impulsa la creación del Centro Financiero Internacional Tratado Torrijos Carter - control total de los panameños de su destino, por primera vez en su historia. OCDE diseña estrategia para acabar con los paises competencia Panamá sobrevive la crisis financiera creada por los paises de la OCDE Panamá sobrevive la crisis ecónómica mundial – crecimiento 10% OCDE presiona descaradamente a PTY , mientras tiene doble estandard

3 Introducción: Centro de servicios internacionales
Panamá ha sido un factor pionero en la Globalización facilitando los negocios internacionales a través de su inventiva y vocación. El Registro abierto de naves fue el primer instrumento jurídico en la globalización del comercio y las sociedades anónimas facilitó las transacciones internacionales. Siempre aprovechamos nuestra posición geográfica y tomamos posición de avanzada Históricamente hemos sido atacados por las grandes potencias La gran pregunta es si nuestro gobierno será factor de avance de nuestra visión histórica o se convertirá en un sumiso de los nuevos imperios fácticos.

4 Consecuencias de modificar régimen sociedades anónimas
Sería un gravísimo error con consecuencias económicas no medidas en la economía panameña Panamá, a diferencia de otras jurisdicciones, no tiene un sistema offshore distinto/separado del nacional. Nuestra ley es de aplicación para los negocios dentro y fuera del país. Modificar la ley sólo viendo el negocio offshore demuestra miopía e ignorancia de nuestra economía de servicios

5 Consecuencias inmensurables:
Afectará medianas empresas El manejo de los patrimonios familiares (Latinoamérica) El negocio de bienes raíces Impacto seguro en la fuerza laboral del sector servicios internacionales #?. (abogados, administradores, tecnólogos, contables, secretarias, pasantes) Impacto en el negocio offshore Posibles complicaciones en la facilidad con la que se llevan los negocios locales

6 Beneficios al fisco:. Ingresos Tasa 1977 a 2012
El total de ingresos de sociedades anónimas de 1977 al primer trimestre del 2012 fueron de $1,025,078 millones de dólares

7 Ingresos directos al estado
$80,000,000 (impuestos y tasas, licencias internacionales de pesca, carnés de oficiales y marinos) Naves $86,736,000 (tasa única y recargos cifras 2011) Sociedades y Fundaciones de Interés Privado $38,800,000 **Se ha tomado el 80% de su total para reflejar la parte internacional Registro Público $ 21,464,000 (papel notarial: títulos e hipotecas de naves, escrituras de sociedades, ITBM) Otros $227,000,000 Total

8 Total de ingresos directos Divisas Procedentes en su Totalidad del Extranjero Contribución Anual
Ingresos Directos al Estado $227,000,000 Ingresos Directos al Sector Privado y Notarías $ 40,000,000 Total $267,000,000 Tasa de Retorno Fondo Fiduciario 5% (año terminado al 30 Septiembre de 2011) Este total equivale a un Capital de $5,340,000,000 8

9 Paradójicamente: Países de la OCDE con acciones al portador
Tabla 1: Estados de la OCDE que permiten Acciones al Portador u Opciones de Acciones al Portador Austria Francia Israel Portugal Suiza Canadá Alemania Corea Eslovaquia Holanda República Checa Grecia Luxemburgo Eslovenia Turquía Dinamarca Irlanda Polonia España Reino Unido

10 Estudio J.Sharman valida
La conspiración de la OCDE contra los Centros Financieros no tradicionales Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE publican “Mejorando el acceso a la información Bancaria para Propósitos de Impuesto” documento que revela el intento de tomar acción contra los Centros Financieros Offshore 2002: US IRS REg , CB 862 propone regulaciones que requerirían que solamente se reportaran pagos de intereses a individuos extranjeros no residentes que son residentes de ciertos países determinados No aprobado 2006 Reporte de US Government Accountability Office (GAO) resalta serias deficiencies en la formarción de compañías en EE.UU. 2006 Senador Carl Levin propone una nueva ley S.569 que solicita a los Estados identificar a los clientes de las personas jurídicas. No aprobada. Se repitió y se rechazó en 2008, 2009, 2011 Global Forum Peer Review Rates US cumple con el acuerdo Internacional de los principios de transparencia e intercambio de información como lo estableció la OCDE. OCDE diseña estrategias para eliminar la viabilidad de los Centros Financieros Offshore emergentes 1961 Se estableció la OCDE 1961 Se estableció la OCDE Estudio J.Sharman valida sistema panameño 2012 60s – 70s– Proliferan los Centros Financieros Offshore 1998 OCDE crea las Listas Negras 2000 Se establece el Foro Global OCDE cambia lema de “Competencia Fiscal Dañina” a “Transparencia e Intercambio Efectivo de Información” OCDE presiona a los países en “listas negras” a firmar doce tratados de intercambio de información con sus socios. 2001 – Acuerdo de Intermediario Calificado 2008 – El FMI elimina las clasificaciones de los centros financieros “onshore” y “offshore” Los 26 Congresistas del Estado de Florida dirigen carta al Presidente Obama para señalar su oposición a la propuesta REG del IRS donde solicita que el reporte de intereses de depósitos bancarios pagados a cuenta habientes extranjeros cedidos a gobiernos extranjeros.

11 Carta de Congresistas de Florida a Presidente Barack Obama
“…Estimado señor presidente. Las instituciones financieras norteamericanas se benefician grandemente de los depósitos de extranjeros en bancos de Estados Unidos. Estos depósitos ayudan a financiar empleos y generación, crecimiento económico beneficiando principalmente a comunidades locales, consumidores, familias y pequeñas empresas. Por más de 90 años los Estados Unidos han reconocido la importancia de los depósitos extranjeros y se han abstenido de gravar con impuestos los intereses generados por ellos o requerir que se reporten. Desafortunadamente una reglamentación propuesta por el IRS (Internal Revenew Services - que es el rental interno del Estado) modificaría esta práctica y posiblemente resultaría en la fuga de cientos de millones de dólares de las instituciones financieras norteamericanas. Esta regulación requiere reportar los intereses de depósitos bancarios pagados a cuentahabientes extranjeros de manera que la información esté disponible para los países de origen de dicho cuentahabiente no residente. La regulación puede ocasionar que salgan de Estados Unidos capital que crea empleo además de afectar los mercados financieros del país. De acuerdo con el departamento de comercio, los extranjeros tienen 10.6 trillones de dólares invertidos pasivamente en la economía norteamericana incluyendo cerca de 6.3 trillones reportados por los bancos y casas de valores de Estados Unidos. Adicionalmente un estudio llevado a cabo en 2004 por el Mercatus de George Center University estimó que una versión más moderna de la norma ocasionaría la fuga de 88 billones de dólares de las instituciones financieras norteamericanas y esta versión de la regulación causaría mucho más daño.”

12 El Sistema de Sociedades de Panamá y las Acciones al Portador
Una Perspectiva Comparativa Un Trabajo de Investigación para la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá por: Jason Sharman

13 ¿Porqué el informe Sharman?
Este es un tema de país y por esa razón le pedí al Presidente Ricardo Martinelli que consultáramos a un asesor internacional para que él, el Presidente pudiera tomar la decisión correcta. Él lo aceptó y por eso la Facultad de Derecho de la UP comisionó al Dr. Jason Sharman para que analizara el tema. El informe Sharman es impecable y las credenciales de su autor mundialmente reconocidas. Mi recomendación al Presidente es que tome este informe como una excelente noticia y le de la divulgación necesaria para que el mundo entero conozca que somos un gran país y que nuestras Personas Jurídicas cumplen con los estándares internacionales, por encima de los países que controlan el Foro Global. Por último, este tema no es propio del MEF sino de la Presidencia y de la Cancillería ya que tiene que ver más con la imagen del país que con asuntos fiscales.

14 Datos del Profesor Jason Sharman
En este sentido,  la Facultad comisionó un estudio independiente sobre el tema al Profesor Jason Sharman, Director del Centro de Gobierno y Políticas Públicas de la Universidad de Griffith, Australia.  El Prof. Sharman es una reconocida autoridad mundial, experto en evasión fiscal internacional, lavado de dinero y cumplimiento de estándares internacionales en materia de transparencia fiscal.     

15 Enfoque del estudio “El cumplimiento de Panamá con las normas de participación accionarias se juzga en relación con las normas legales y con las prácticas reales existentes de los principales competidores de la OCDE, especialmente el Reino Unido y Estados Unidos. Asimismo, la justificación de este enfoque comparativo es de acuerdo con los principios de coherencia, equidad y objetividad, aprobados por el Foro Mundial, y refleja el hecho de que en un mundo de centros financieros de capitales móviles debe mantenerse la competitividad internacional, y a la vez satisfacer eficazmente las normas reglamentarias relevantes.”

16 Las acciones al portador son comunes en la OCDE
“El primer hallazgo importante de este informe es que una clara mayoría de los Estados miembros de la OCDE (20 de 34) permite acciones al portador, y pocos han tomado medidas para inmovilizarlas. Así las cosas, el hecho de que Panamá también permite acciones al portador y no las ha inmovilizado es consistente con la práctica típica de la OCDE.”

17 Lo que cuenta es la transparencia
“La reglamentación de las acciones al portador es importante para asegurar la transparencia de las empresas. Sin embargo, los estudios sobre la práctica indican claramente que los Proveedores de Servicios Corporativos (PSC) panameños cumplen en mayor medida con los estándares internacionales que sus contrapartes en Estados Unidos, el centro financiero más importante y la jurisdicción más grande en incorporaciones. Una revisión de la propuesta de Ley de Transparencia en las Incorporaciones y Asistencia en la Ejecución de la Ley de Estados Unidos apoya la conclusión de que las sociedades nominales que no se pueden rastrear son más comunes en ese país que en Panamá.” “En conclusión, una consideración objetiva del cumplimiento legal y material de Panamá con las normas de identificación de los propietarios de acciones de sociedades, indica que su cumplimiento es superior al del Reino Unido y Estados Unidos, aun teniendo las sociedades panameñas acciones al portador.”

18 Lo importante es Conocer al Cliente
“Hacer cumplir el principio de Conocer al Cliente a los intermediarios profesionales que forman y mantienen las compañías, es la que se considera como la vía más prometedora para asegurar la disponibilidad de la información sobre los tenedores beneficiarios (StAR 2011: 7).” “Por su parte, imponer esta obligación de Conocer al Cliente requiere que dichos PSCs sean regulados y autorizados. Panamá logra este objetivo al restringir la facultad de formar compañías a abogados y firmas de abogados, e imponerles un requisito de Conocer al Cliente. Muchos países prominentes de la OCDE omiten regular a sus PSCs, entre ellos Estados Unidos y aquéllos que sí los regulan omiten imponerles el deber de conocer a los dueños beneficiarios de las compañías que establecen dichos proveedores.”

19 Doble estándar grosero
“…La presión sobre Panamá para que elimine o inmovilice sus acciones al portador pareciera una incidencia conspicua de un doble estándar y una desviación sustancial de los principios de justicia, consistencia, universalidad y objetividad con los que el Foro dice estar comprometido.”

20 Comparación de Estados Unidos y Panamá
“En esta sección se hace una breve comparación entre el cumplimiento de Panamá y el de Estados Unidos. Se considera que, si bien las acciones al portador en Estados Unidos fueron abolidas en 2007, no ha mejorado sustancialmente los pobres resultados de este país en relación con la OCDE y las normas de la GAFI sobre la propiedad que, medidos con los mismos estándares, sigue siendo notablemente inferior a la actuación de Panamá.” “¿Por qué es relevante la comparación con Estados Unidos? Estados Unidos es el centro económico y financiero más grande del mundo, así como también el mercado más grande de drogas ilícitas. Aproximadamente dos millones de compañías de diversos tipos se forman en ese país cada año (en comparación con aproximadamente 40 mil anuales en Panamá), muchas de extranjeros.”

21 Estados Unidos, el país más importante debe ser ejemplo
“Dada la enorme escala de su actividad económica general y la creación de compañías, en la medida en que Estados Unidos no cumpla con los estándares internacionales en la materia, los esfuerzos de otros países serán irrelevantes. Estados Unidos es el país más importante en la determinación de si las normas internacionales de propiedad son efectivas o no.”

22 Estados Unidos no cumple ni en las leyes ni en la práctica
“En el 2006, dos jubilados norteamericanos, funcionarios del IRS, McDonald y Steven Smith, decidieron probar directamente los requisitos de incorporación en Estados Unidos y en Panamá. Utilizaron un CSP de Nevada para crear una compañía en Nueva York y otra en Florida; luego, por Internet, abrieron cuentas bancarias para cada una, sin necesidad de prueba de identidad o de número de Seguro Social y en ambas usaron el nombre de una mascota (un perro) para uno de los oficiales de la compañía. Después usaron una PSC panameña para establecer una sociedad nominal en Panamá, con una cuenta de banco asociada. En contraste con la experiencia de Smith y McDonald en Estados Unidos, en Panamá tuvieron que proporcionar copias notariadas de las páginas con la fotografía en sus pasaportes así como también de las licencias de conducir. Luego hicieron transferencias electrónicas entre las tres cuentas de banco de las compañías, que eran, en efecto, imposibles de rastrear debido a la falta de la diligencia debida del proveedor en Estados Unidos. Los ex funcionarios del IRS señalaron, explícitamente, lo relajado de los estándares de Estados Unidos en relación a los de Panamá.”

23 Estados Unidos no cumple ni en las leyes ni en la práctica
“El propio gobierno de Estados Unidos ha aportado una gran cantidad de evidencia convincente de que las sociedades nominales norteamericanas están rutinariamente involucradas en importantes crímenes financieros tanto localmente como en el extranjero (GAO 2006; FinCEN 2007; Levin 2011).” “Un informe reciente del World Bank/Oficina de las Naciones Unidas Contra drogas y Recuperación de Activos Robados (StAR) señala que las corporaciones norteamericanas están siendo usadas para blanquear productos de la corrupción, más que en cualquiera de los otros países (StAR 2011:121).”

24 Estados Unidos no cumple ni en las leyes ni en la practica
“Estados Unidos es, por mucho, el que peor desempeño tiene. De los 27 PSC estadounidenses que dieron una respuesta válida, únicamente tres respondieron que necesitaban algún tipo de identificación, los otros 24 estaban listos para incorporar compañías sin que mediara ningún proceso de diligencia debida (StAR 2011:92).”

25 Panamá si cumple “En marcado contraste, las PSC panameñas contactadas cumplieron con los estándares internacionales insistiendo, antes de formar una sociedad nominal, en obtener copias notariadas de documentos de identidad fotográficas expedidos por el gobierno. (Star 2011_ ).”

26 Written Testimony by The Honorable Robert M
Written Testimony by The Honorable Robert M. Morgenthau District Attorney for New York County, State of New York Delivered By Assistant District Attorney Adam S. Kaufmann Chief of Investigation Division Central New York County District Attorney’s Office before the United States Senate Committee on Homeland Security and Governmental Affairs Examining State Business Incorporation Practices: A Discussion of the Incorporation Transparency and Law Enforcement Assistance Act Washington D.C. June 18, 2009 Our statement of national transparency standards should be something more than: “U.S. financial transparency: Better than Lichtenstein and trying to catch up to Panama.” Simply put, we lag behind many other countries in the world in this regard, and it makes our statements concerning transparency and tax evasion ring hollow and hypocritical.

27 El Doble Estándar descarado de la OCDE en el Foro Global
“Mientras que el reporte de Recuperación de Activos Robados (Stolen Assets Recovery report) y varias publicaciones del Gobierno americano han sido muy enérgicos en sus críticas a Estados Unidos en materia de sociedades nominales, el Foro Global ha sido notablemente más deferente en ignorar o minimizar estas graves fallas. Esta actitud indulgente es particularmente evidente en lo que respecta a la decisión de permitir una revisión combinada de la Fase 1 y la Fase 2 para Estados Unidos, en agudo contraste con el progreso escalonado y condicional entre la Fase 1 y la Fase 2 impuesto sobre Panamá y otros países menos poderosos.”

28 Panamá cumple significativamente por encima de Estados Unidos y otros países importantes de la OCDE
“Otro estudio más largo y reciente valida contundentemente la conclusión de que los estándares regulatorios para las corporaciones panameñas son significativamente más altos que los estándares de Estados Unidos con relación al beneficiario final (Findley, Nielson and Sharman 2012).” “Las PSC panameñas no solamente requirieron documentos de identidad con mucha más frecuencia que las contactadas en Estados Unidos, sino que también tuvieron significativamente un mayor grado de cumplimiento que las del Reino Unido, Australia y Canadá.”

29 Panamá ejemplo para el mundo
“Conjuntamente una figura consistente mediante la cual los estándares internacionales sobre el beneficiario final son aplicados con mayor rigurosidad en Panamá que en Estados Unidos. Es más, los dos últimos estudios indican que los proveedores de los países miembros de la OCDE son más propensos a violar los estándares internacionales con mayor frecuencia que los de Panamá, al ofrecer sociedades nominales imposibles de rastrear.”

30 Conclusión del Estudio Sharman; debemos confrontar a la OCDE con la verdad y con dignidad
“En este contexto, no queda claro el por qué el hecho de que Panamá no elimine o no inmovilice las acciones al portador es en sí un problema. En términos legales, la mayoría de los países de la OCDE igualmente permiten acciones al portador y no las han inmovilizado, incluyendo centros financieros de gran importancia como el Reino Unido. En la práctica, la evidencia sugiere fuertemente que Panamá cumple significativamente con los estándares internacionales del beneficiario final y en mayor medida que muchos de los países de la OCDE, especialmente Estados Unidos. En vista de esta evidencia, se hace difícil darle valor al compromiso de la OCDE con los antes mencionados principios de justicia, consistencia y objetividad, en su manejo de las acciones al portador panameñas.“

31 Conclusiones La polémica se centra más bien en la hipocresía y la doble moral de la OCDE de utilizar artimañas descaradas para eliminar la competencia legitima de los centros financieros más pequeños no miembros del club de países más ricos del mundo.

32 Diferencias fundamentales entre Panamá y EUA en cuanto al sistema de sociedades:
Solo pueden ser incorporadas y vendidas por abogados idóneos Abogado tiene la obligación legal de conocer a su cliente – beneficiario final Todas las sociedades deben ser registradas en un Registro Público De darse un proceso legal, el abogado tiene la obligación de colaborar con las autoridades EUA Pueden ser incorporadas y vendidas por cualquier persona No hay ley que exija la obligación de conocer a su cliente – beneficiario final No existe un Registro Público De darse un proceso legal, no hay manera de rastrear al benefeciario final

33 ¡Gracias! www.eduardomorgan.com


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