REFORMA PENSIONAL EN COLOMBIA: AMENAZA PARA EL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL Luis Fernando Alarcón Mantilla PRESIDENTE ASOFONDOS Río de Janeiro, Brasil Abril 24 de 2002
AGENDA La reforma de 1.993 Antecedentes La Ley 100 de 1.993 El RAI en cifras: evolución La magnitud del problema Propuesta del Gobierno Comentarios Finales
AGENDA La reforma de 1.993 Antecedentes La Ley 100 de 1.993 El RAI en cifras: evolución La magnitud del problema Propuesta del Gobierno Comentarios Finales
Antecedentes En 1.961 se creó el sistema de seguros de IVM en el ISS, el cual se inició en todo el país en 1.967. Diseño original era uno de: “cuota escalonada quinquenal con reparto de capitales de cobertura”. Sus características: En todo momento debería haber reservas suficientes para atender las obligaciones, presentes y futuras, de los ya pensionados. Aportes tripartitos: gobierno, trabajadores, empleadores. La cuota se revisaba quinquenalmente, o cuando se modificaran las prestaciones concedidas.
Antecedentes Desde el principio se violó el esquema: el gobierno no aportó lo suyo, no se revisaron las cotizaciones, se incrementaron irresponsablemente las prestaciones. Los gobiernos no tuvieron el coraje político, para modificar los parámetros del sistema y dejaron crecer el problema hasta que explotó. Se optó por trasladar el problema a las siguientes generaciones. Por otra parte, desde antes existían sistemas múltiples para el sector público: sin cotizaciones ni reservas, y prestaciones exageradas.
ANTECEDENTES Al inicio de la década de los noventa, el país emprende, entre otras, una reforma al sistema de pensiones. Principales características del antiguo sistema de pensiones: “Régimen de Prima Media” Beneficios pensionales muy altos en relación con los requisitos y la tasa de cotización Insolvencia financiera Más de un millar de cajas y fondos de previsión (trabajadores públicos) en adición al ISS (trabajadores del sector privado) lo cual era ineficiente, costoso y un foco de corrupción inmanejable.
ANTECEDENTES La Ley creó un NUEVO régimen de pensiones fundamentado en el Ahorro y Capitalización Individual. Para la gestión del nuevo régimen y de los ahorros pensionales se creaban las Administradoras de Fondos de Pensiones. La propuesta original contemplaba el marchitamiento del ISS. Pero como transacción política se mantuvieron los dos regímenes (Reparto y capitalización) compitiendo entre sí
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CONTRIBUCIONES Y BENEFICIOS LA LEY 100 DE 1.993 CONTRIBUCIONES Y BENEFICIOS MONTO DE COTIZACIÓN DESPUÉS DE LA REFORMA ANTES DE LA REFORMA ISS RAI 13.5% 1% SALARIOS > 4SM ISS 8% SISTEMA PÚBLICO 0% al 5%
¿QUIÉN ASUME LA COTIZACIÓN? LA LEY 100 DE 1.993 ¿QUIÉN ASUME LA COTIZACIÓN? ANTES DE LA REFORMA DESPUÉS DE LA REFORMA * EMPLEADOR 67% TRABAJADOR 33% EMPLEADOR 75% TRABAJADOR 25%
LA LEY 100 DE 1.993 PROMEDIO DE LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS COTIZADOS* INGRESO BASE PARA LIQUIDACIÓN (RPM) ANTES DE LA REFORMA DESPUÉS DE LA REFORMA PROMEDIO DE LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS COTIZADOS* PROMEDIO DE LOS 2 ÚLTIMOS AÑOS COTIZADOS
MONTO DE PENSIÓN DE VEJEZ 3% por cada año adicional LA LEY 100 DE 1.993 MONTO DE PENSIÓN DE VEJEZ ANTES DE LA REFORMA DESPUÉS DE LA REFORMA ISS SISTEMA PÚBLICO RPM RAI 95% 90% 95% del salario de los últimos 2 años después de 20 años de servicios MUCHAS GRANDES EXCEPCIONES DEPENDE DEL SALDO DE LA CUENTA INDIVIDUAL MÁS EL BONO PENSIONAL Y SEGÚN LA MODALIDAD BENEFICIO NO DETERMINADO NO EXIGE EDAD MÍNIMA NO EXIGE NÚMERO DE SEMANAS PARA ACCEDER A LA PENSIÓN 45% DEL IBL POR LOS 10 PRIMEROS AÑOS 3% por cada año adicional 85% 3% POR CADA 50 SEMANAS DESPUÉS DE 1.200 2% POR CADA 50 SEMANAS HASTA 1.200 65% DEL IBL LUEGO DE 1.000 SEMANAS DE COTIZACIÓN
LA LEY 100 DE 1.993 A Ñ O S RPM RAI ISS H 62 Se puede Adelantar EDAD DE JUBILACIÓN ANTES DE LA REFORMA DESPUÉS DE LA REFORMA RPM RAI Después del 2.014 ISS SISTEMA PÚBLICO Hasta el 2.014 H 62 Se puede Adelantar Ordinario: M=57 H=62 H 60 H 60 A Ñ O S M 57 M 55 55 En Régimen ordinario M 55 M= MUJERES H = HOMBRES
La Ley 100 de 1.993 A pesar de que el Congreso no aprobó la propuesta original y se mantuvo la existencia del ISS, la propuesta gubernamental fue exitosa, pues se produjo un fuerte ajuste en las principales variables. El ajuste no fue suficiente y desde el principio fue claro que era necesario promover, en el corto plazo, otra reforma para corregir los recortes que sufrió la iniciativa en el Congreso y para equilibrar la competencia entre el ISS y las AFP.
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Régimen de Ahorro Individual A Diciembre 31 / 01 A.F.P.: 4.336.379 Fuentes: Informes de Coyuntura - Superintendencia Bancaria. boletín Mensual - Superintendencia Bancaria. Informes suministrados por las AFP - ASOFONDOS
Régimen de Ahorro Individual A diciembre/ 01: AFP: 4.336.379 ISS: 4.485.929 Fuentes: Informes de Coyuntura - Superintendencia Bancaria. boletín Mensual - Superintendencia Bancaria. Informes suministrados por las AFP - ASOFONDOS
Régimen de Ahorro Individual A Diciembre 31 / 01 Fondos de Pensiones: 11.595.786 Fuentes: Informes de Coyuntura - Superintendencia Bancaria. boletín Mensual - Superintendencia Bancaria. Informes suministrados por las AFP - ASOFONDOS
Régimen de Ahorro Individual A Diciembre 31 / 01 Fondos de Pensiones: 11.345.131 ISS: 4.514.953 Fuentes: Informes de Coyuntura - Superintendencia Bancaria. boletín Mensual - Superintendencia Bancaria. Informes suministrados por las AFP - ASOFONDOS
Régimen de Ahorro Individual Composición del Portafolio de los Fondos de Pensiones Obligatorias Diciembre 31 de 2.001 Fuentes: Informes de Coyuntura - Superintendencia Bancaria. boletín Mensual - Superintendencia Bancaria. Informes suministrados por las AFP - ASOFONDOS
Régimen de Ahorro Individual A Diciembre 31 / 01 Sistema: 19.97% Mínima: 18.40% Rentabilidad bruta promedio antes de comisiones acumulada de Diciembre 31/98 a Diciembre 31/01 Fuentes: Informes de Coyuntura – Superintendencia. Bancaria Boletín Mensual - Superintendencia Bancaria
Régimen de Ahorro Individual A Diciembre 31 / 01 Sistema: 10.52% Mínima: 9.07% Rentabilidad bruta promedio antes de comisiones acumulada de Diciembre 31/98 a Diciembre 31/01 Fuentes: Informes de Coyuntura – Superintendencia. Bancaria Boletín Mensual - Superintendencia Bancaria
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La Magnitud del Problema Déficit operacional no financiado del Sistema General de Pensiones como porcentaje del PIB VP = 192% del PIB
La Magnitud del Problema El cálculo del faltante del nivel nacional, en valor presente, es contundente: 192% del PIB (sin incluir Garantía de Pensión Mínima). Este año el faltante es 3.0% del PIB y sube a 5.5% en 2.016. El faltante se discrimina así: ISS 66% Cajas Públicas Nacionales 49% Maestros 19% Bonos 18% FFAA y Policía 40%
La Magnitud del Problema Altísimo nivel de subsidios en el RPM para todos los niveles de salario El desbalance se origina en el RPM: no hay correspondencia entre cotizaciones y beneficios. Regímenes especiales implican alto costo fiscal y deben suprimirse Laxo período de transición agrava significativamente el problema Por lo anterior, el problema se acentúa en los próximos 20 años Estos son los temas que hay que ajustar
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PROPUESTA DEL GOBIERNO Aumento de las cotizaciones en dos puntos para el Sistema General de Pensiones (ambos regímenes): uno de los cuales se cobraría a partir de la vigencia de la ley que se apruebe, y el otro, cuya formación será gradual a razón de 0.25% por año entre el 2.005 y el 2.008. Incrementar el período para calcular el Ingreso Base de Liquidación, de 10 a 20 años. Aumento en la edad de pensión: 60 años para las mujeres y 65 para los hombres, a partir de 2.020. Aumento en las semanas cotizadas para acceder a Garantía de Pensión Mínima en el RAI a 1400.
PROPUESTA DEL GOBIERNO Reducción en el monto de la pensión en RPM: 65% del Ingreso Base de Liquidación con 1250 semanas y hasta el 85% del Ingreso Base de Liquidación con 1750 semanas, pero a partir de 2.020. Reducción en un punto de la comisión de administración de las Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías. Endurecimiento de las condiciones de acceso a la Garantía de Pensión Mínima de los afiliados al Régimen de Ahorro Individual, a través de los siguientes mecanismos: Aumento del número de semanas exigidas de 1.150 a 1.400
PROPUESTA DEL GOBIERNO Creación del Fondo de Garantías de Pensiones Mínimas del Régimen de Ahorro Individual (alimentado con el 2%de incremento en la cotización y el 1% de reducción en la comisión). El Presupuesto Nacional no podrá hacer apropiaciones para garantizar la pensión mínima. En consecuencia, gran asimetría en GPM, que en Colombia es el 100% del salario mínimo: En RPM se accede con 1250 semanas y en RAI con 1400. En RAI se autofinancia y no hay garantía estatal. Qué pasa si recursos se agotan? En RPM no hay subsidio cruzado sino que lo paga el gobierno
PROPUESTA DEL GOBIERNO Eliminación del derecho de los servidores públicos de carrera administrativa de seleccionar libremente el régimen pensional de su preferencia y la obligación correlativa de vincularse al ISS. En materia de bonos pensionales se proponen cambios importantes: Se cambian los parámetros de cálculo, especialmente para ingresos altos: objetivo, reducir su valor. Afectar la redención normal de los bonos pensionales mediante la pretensión de facultar al Gobierno Nacional para que señale “la forma como deberán cancelarse” Eliminar el derecho sucesoral sobre el monto del bono al pretender que únicamente el mismo es redimible para el pago de pensiones.
PROPUESTA DEL GOBIERNO Se hacen más exigentes condiciones para acceder a seguros previsionales: Requisitos para obtener las pensiones de invalidez y sobrevivientes Si el afiliado se encuentra cotizando al régimen: aumento en el tiempo requerido para obtener la pensión de invalidez, de 26 a 150 semanas. Adicionalmente, se exige que las 150 semanas se hayan cotizado en los últimos 5 años anteriores al hecho que determina la invalidez. Si el afiliado ha dejado de cotizar, al menos 26 semanas (de las 150 requeridas) debieron haberse cotizado en el año anterior al hecho que determina la invalidez.
PROPUESTA DEL GOBIERNO En materia de traslados entre regímenes, se establecen tres (3) reglas que se describen a continuación: Se reduce el término de tres (3) a dos (2) años Los cambios de régimen únicamente proceden dentro de los primeros diez (10) años contados a partir de la selección inicial. En ningún caso un afiliado al RAI podrá trasladarse al RPM si ha cumplido la edad de pensión de éste último o si le restan tres (3) años para llegar a tal edad No hay ninguna propuesta para eliminar regímenes privilegiados del sector público
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COMENTARIOS FINALES La necesidad de una reforma pensional en Colombia es un hecho evidente. Así lo pactó el Gobierno con el FMI. La principal preocupación de los mercados internacionales es el alto crecimiento de la deuda del gobierno La capacidad de pagar esa deuda se podría ver limitada por razones fiscales. La Reforma Pensional es la prioridad en la agenda de Reformas estructurales.
COMENTARIOS FINALES La propuesta del gobierno se centra en: Aumento de cotizaciones, no muy recomendable dada la situación de desempleo Ajuste importante, aunque insuficiente, en condiciones de pensionamiento – edades, tasas de reemplazo, etc El anterior ajuste se hace a partir de 2.020 Aún no se propone nada sobre Regímenes Especiales No se hace nada con período de transición
COMENTARIOS FINALES Como el ajuste es tenue y sobre todo lejano en el tiempo, el gobierno hizo propuesta que busca obtener, con métodos represivos y señales equívocas, los afiliados y la caja del RAI. El anterior objetivo se logra con: Afiliación forzosa de empleados públicos a RPM Eliminación de garantía de pensión mínima en RAI, manteniendo garantía ilimitada en RPM. (Buscando que trabajadores de bajos ingresos se afilien a RPM)
COMENTARIOS FINALES Reducción de Bonos Pensionales, especialmente para trabajadores de altos ingresos (para que retornen a RPM) Como si no bastara con capturar forzosamente el mercado, se reduce arbitrariamente la comisión de las AFP El paquete anterior pone en peligro la existencia del RAI
COMENTARIOS FINALES Lo anterior se reviste de retórica populista por parte de los enemigos del RAI, algunos de los cuales se encuentran dentro del gobierno. Es preciso reconocer que dentro del gobierno se empiezan a admitir algunos de los anteriores problemas.
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍA