Sistema Africano de Derechos Humanos
Sistema Africano de Derechos Humanos Carta de la Organización de la Unidad Africana (1963) Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos (Carta de Banjul) 1981 Comisión Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (1987) Protocolo a Carta Africana para Corte Africana de DDHH y de los Pueblos (2003)
Comisión Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos Sede en Banjul (Gambia) 11 miembros independientes Se reúne 2 veces al año Funciones: garantizar que los estados participantes respeten los derechos de Carta. Puede establecer tratados. Examinar quejas individuales Medidas provisionales Acordar soluciones amistosas
Quién puede acudir a la Comisión Africana? cualquier victima de una violación de Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos, o cualquier persona en representación de una victima. cualquier individuo u organización que alegue un caso grave o a gran escala de violación de los derechos establecidos en la Carta Africana
Decisión de la Comisión Cuando termina su examen de una queja, adopta una decisión final. Puede declarar que ha habido una violación y establecer la acción para que el estado remedie dicha violación. Las recomendaciones finales de la comisión no serán legalmente vinculantes por sí mismas, sólo si se incluyen en el Informe Anual de la comisión
Casos especiales de violaciones gran escala Para casos especiales de violaciones graves o a gran escala de los derechos humanos y de los pueblos, se presentan a jefes de estado y de gobierno de países de Carta Africana. La comisión puede estudiar estos casos especiales, elaborar un informe y recomendaciones.