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DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

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Presentación del tema: "DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS"— Transcripción de la presentación:

1 DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

2 ¿Qué se entiende por Derechos Humanos?
El conjunto de características o atributos inherentes a la persona humana que no pede ser afectado o vulnerado. El conjunto de criterios o normas supremas reguladoras de las relaciones de las personas entre sí, individualmente o agrupados, y de ellas con los poderes u órganos del Estado. Por Derechos Humanos (

3 Contexto Histórico Segunda Guerra Mundial (1939-1945)
Creación de la Organización de las Naciones Unidas (1945, ONU) Proclamación de los Derechos Humanos (1948, DDHH)

4 Organizaciones dependientes de la ONU

5 Características de los Derechos Humanos
Son inherentes Son universales Son inalienables Son inviolables

6 Clasificación de los Derechos Humanos
Derechos Civiles y Políticos Derechos Económicos, Sociales y Culturales Derechos de los Pueblos

7 Derechos Civiles y Políticos
Son parte de estos el derecho a la vida, a la integridad física y síquica, a la libertad de opinión e información, a la libertad de conciencia, libertad de trabajo, de igualdad ante la ley, a presentar peticiones a las autoridades, de recursos efectivos ante los tribunales competentes, etc.

8 Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Aquí destacan los derechos de propiedad, a recibir una retribución justa por el trabajo, de reunión, de asociación, a la seguridad social, a la protección de la salud, a la vivienda, a la educación, a constituir una familia, etc.

9 Derechos de los Pueblos
En esta categoría se encuentran por ejemplo el derecho a la paz, al desarrollo, a la autodeterminación, a la protección y no contaminación del medio ambiente, etc.

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11 Mafalda

12 Al Estado chileno le corresponde asumir los siguientes funciones en relación a los DDHH:
Reconocerlos: declarando expresamente su existencia y manifestando explícitamente su contenido. Respetarlos: es decir, no lesionar los derechos, ya sea por acción u omisión. Garantizarlos: creando las condiciones necesarias tanto en el ámbito legal como el material y espiritual, para asegurar su pleno ejercicio. Promoverlos: para lo cual se deben promover políticas de difusión y educación.

13 Por su parte, la Constitución establece además los procedimientos necesarios para garantizar estos derechos, como son el Recurso de Amparo (“Habeas Corpus”) y el Recurso de Protección.

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15 Habeas Corpus o Recurso de Amparo
Tiene el propósito de proteger la libertad de cualquier persona que se encuentre arrestada, detenida o presa en forma ilegal, o que se encuentre afectada en su seguridad individual. El Recurso de Amparo puede ser interpuesto cuando una persona se ve afectada en el goce de su libertad individual, y debe ser presentado por el afectado u otra persona en su nombre en la Corte de Apelaciones que corresponda.

16 Esta debe fallar el recurso en un plazo de 24 horas, el cual puede prorrogarse hasta 6 días.
Si se acoge el recurso, puede tomar medidas destinadas a restablecer el marco legal y asegurar la debida protección del afectado (artículo 21). Puede ordenar que el individuo sea traído a su presencia, decretar su libertad inmediata, pedir la reparación de los defectos legales o poner al individuo en presencia de un juez competente.

17 Recurso de Protección Dar protección a otros derechos consagrados constitucionalmente. El Recurso de Protección puede ser interpuesto en los casos en que, por actos arbitrarios, una persona sufre de privación, perturbación o amenaza del legítimo ejercicio de sus derechos. En tales casos, la persona afectada u otra en su representación, puede presentar el recurso ante la Corte de Apelaciones que corresponda.

18 derecho a la integridad física y síquica. igualdad ante la ley.
De acuerdo al artículo 19 de nuestra Constitución, el Recurso de Protección garantiza derechos tales como: derecho a la vida. derecho a la integridad física y síquica. igualdad ante la ley. derecho a no ser juzgado por comisiones especiales. respeto y protección a la vida privada y pública, y a la honra de la persona y la familia. inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación de carácter privado. libertad de enseñanza, de trabajo, de conciencia, de opinión y de propiedad. derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.


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