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Publicada porEduarda Pizarro Modificado hace 10 años
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Seminario – Taller para el fortalecimiento de las capacidades de las autoridades consulares en la protección de los derechos laborales de las personas migrantes trabajadoras La experiencia de la Opinión Consultiva OC-18/03
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia A través de los siglos se ha reconocido el derecho de los Estados a velar por el interés y bienestar de sus gobernados cuando estos se encuentran fuera de su territorio. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963) 170 países son parte de la CVRC. Funciones consulares: art.5. 1.Protección y asistencia a nacionales en el exterior
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Las funciones consulares consistirán en: a) proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que envía y de sus nacionales, sean personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional. (…) e) prestar ayuda y asistencia a los nacionales del Estado que envía, sean personas naturales o jurídicas … protección y asistencia
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Estrategia legal – Méritos – Oportunidad – Consecución del fin – Repercusiones legales Consideraciones políticas – Oportunidad – Posibles alianzas 2. Consideraciones para presentar un recurso en un órgano internacional
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Corte Internacional de Justicia (CIJ) (Protocolo Opcional CVRC). Breard (Paraguay vs. EUA, 1998) - Medidas Precautorias (Suspensión) 3. Litigios internacionales para hacer valer las violaciones al artículo 36 de la CVRC
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia LaGrand (Alemania vs. EUA, 1999) Estados Unidos violó el derecho a la notificación consular de los la hermanos LaGrand, así como los derechos del gobierno alemán a proveer asistencia consular (art. 5 CVRC). La CVRC si crea derechos individuales a favor del detenido. Reglas domésticas de preclusión procesal no deben aplicar a incidentes de violación a la CVRC. Las medidas precautorias dictadas por la CIJ crean obligación respecto a las Partes. … litigios ante CIJ
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Trabajo conjunto Observaciones escritas (30abr98): la República Dominicana, la República de Honduras y la República de Guatemala. Audiencia pública (12 y 13jun98): participantes relacionan derecho a la información sobre la asistencia consular directamente con los derechos humanos, en particular con las garantías judiciales (alegatos de México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Paraguay) e inclusive con el propio derecho a la vida (alegatos de México, Paraguay, República Dominicana). Una delegación discrepante (carácter interestatal). 4. Opinión Consultiva CIDH 16/99
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Contribuciones muy importantes: Amnistía Internacional, la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de Derechos Humanos, Human Rights Watch/Américas y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, universidades e individuos. … OC 16/99
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Temas: 2002 (artículo 64.1 de la CADH). –Obligación de respetar y garantizar los derechos humanos y carácter fundamental del principio de igualdad y no discriminación. –Aplicación del principio de igualdad y no discriminación a los migrantes. –Derechos de los trabajadores migrantes indocumentados. –Obligaciones estatales en la determinación de políticas migratorias a la luz de los instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos. 5. Opinión Consultiva CIDH 18/03
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia Los Estados tienen la obligación general de respetar y garantizar los derechos fundamentales. El incumplimiento por el Estado, mediante cualquier tratamiento discriminatorio, de la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos, le genera responsabilidad internacional. La obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos vincula a los Estados, independientemente de cualquier circunstancia o consideración, inclusive el estatus migratorio de las personas. …OC 18/03
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Protección de nacionales en el exterior ante órganos internacionales de justicia La calidad migratoria de una persona no puede constituir una justificación para privarla del goce y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos el carácter laboral. Los derechos son consecuencia de la relación laboral. El Estado tiene la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos laborales de todos los trabajadores. …OC 18/03
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