TEMAS: Pautas Básicas de las Funciones del Tribunal de Cuentas Elaboración y exposición: AB. MARCELO GHERRO (Secretario Legal y Técnico)

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Transcripción de la presentación:

TEMAS: Pautas Básicas de las Funciones del Tribunal de Cuentas Elaboración y exposición: AB. MARCELO GHERRO (Secretario Legal y Técnico)

ORIENTACIONES BASICAS PARA EL CONTROL DEL GASTO: El Tribunal de Cuentas Municipal y Comunal Órgano de control externo actividad regulada por Ley Orgánica de Municipalidades Cartas Orgánicas “Herramientas” del Tribunal de Cuentas conjunto de facultades y atribuciones como así el modo y oportunidad de ejercerlos

¿Qué es el CONTROL DE LEGALIDAD? El esquema constitucional prevé la existencia de controles a) Políticos b) de gestión c) de legalidad: ajustar su actuación al marco impuesto por el ordenamiento jurídico vigente

El control de legalidad en nuestra Provincia y Municipios El Superior Tribunal de Justicia ha considerado "... conforme lo dispuesto por la Constitución Provincial, que la Administración Pública debe sujetar su accionar al respeto inexorable del orden jurídico y satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, eficiencia, economicidad y oportunidad entre otros principios ". (Sent.Nº79 del 07/08/98, en "Cheble, Miguel Angel - Intendente de la Localidad de Villa del Totoral...").-

Control de legalidad y control de gestión: alcance de cada una de ellos control de LEGALIDAD DIFERENTE Control de GESTION Este control de LEGALIDAD Compete al Tribunal de Cuentas, ACTIVIDAD REGLADA, actuar de acuerdo a la forma y el modo que las ordenanzas, decretos, etc, determinan. Los funcionarios solo tienen las facultades que la Ley, ordenanzas y demás normativas le señalan expresamente. competencia del Tribunal de Cuentas DE LEGALIDAD DEL GASTO: verificar la correspondencia de las erogaciones con la ordenanza presupuestaria vigente y con el resto de las ordenanzas y disposiciones que predeterminan la regularidad contable y legal del gasto que se pretende efectuar

DIFERENCIAR LEGALIDAD DEL ACTO de lo que significa CONVENIENCIA o DISCRECIONALIDAD DEL ACTO, acto administrativo es legal requisitos: competencia, objeto, voluntad y forma CONTROL DE LEGALIDAD: ANALIZAR: el gasto en base al cumplimiento de la normativa vigente si el Departamento Ejecutivo Municipal o Comunal esta autorizado a realizar determinado acto que implique gasto. En caso de afirmativa, debe observarse: a) quien es la persona autorizada (competencia) b) Modo en el que debe realizarse (sistema de contratación), c) oportunidad de intervención de tribunal (visación previa, excepciones al régimen) d) factibilidad presupuestaria OPORTUNIDAD O CONVENIENCIA del gasto = discrecionalidad - posibilidad que tiene de elegir entre dos o mas decisiones igualmente posibles y permitida - jurídicamente - ELEGIR, es la esencia de la actividad de gobernar.-. - ajeno al control del TRIBUNAL DE CUENTAS,

Pautas prácticas a tener en cuenta al momento de decidir sobre la legalidad de un gasto. a) Legalidad del acto administrativo: ¿Quién? ¿Qué? y ¿Cómo? - ¿Quien? – competencia - ¿Qué? - objeto del gasto - ¿Cómo? - procedimiento b) Discrecionalidad del gasto - ¿Cuando? oportunidad - ¿Por qué? esencia de la decisión del gobierno.

NORMATIVA A CONSIDERAR PARA EL CONTROL DE LEGALIDAD EN CADA CASO. a.- La Constitución Nacional b.- Constitución de la Provincia de Córdoba c.- la Ley Orgánica Municipal (ley y sus modificatorias), d.- Carta Orgánica e.- Ordenanza del Presupuesto y de contabilidad f.- Ordenanza de contratación: g.- Estatuto del Personal Municipal: h.- Ordenanza de subsidios personales o institucionales: i.- Ordenanza de Cajas Chicas o Fondos fijos: j.- Otras ordenanzas especiales k.- forma supletorias: Ley Orgánica de Contabilidad y, presupuesto y Administración de la Provincia y la ley orgánica del Tribunal de Cuentas de la Provincia, (Art. 87 Ley 8.102)

OPORTUNIDAD DEL CONTROL POR PARTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS MOMENTOS

OPORTUNIDAD DEL CONTROL 1) "actos de control preventivo", inc. 2 art. 84. Ley 8.102: "visar, previo a su cumplimiento, todos los actos administrativos del Departamento Ejecutivo que comprometan gastos.“ 2) "actos de control posterior", "aprobar las órdenes de pago expedidas en legal forma" (inc. 3), "hacer observaciones en las órdenes de pago ya cumplimentadas“ (inc.4º), "fiscalizar las inversiones de los fondos otorgados en carácter de subsidios o subvenciones" (inc.6º), "fiscalizar las operaciones financiero-patrimoniales de la Municipalidad" (inc.8º), es decir verificar la adecuada ejecución del presupuesto de gastos y recursos correspondiente.-

PROCEDIMIENTO DE VISACION PREVIA Inicio del tràmite El D.E.M. decide realizar un acto que importa un gasto Como se concreta tal decisión Mediante un acto administrativo concreto Como se materializan esos actos administrativos ? Decreto Resolución ¿Qué actos administrativos están exceptuados de la visación previa ? Los actos adm. que importen gastos de organismos autónomos y autárquicos que no tengan dependencia funcional con el D.E.M. Los actos adm. que importen gastos del Tribunal de Cuentas Los actos adm. que importen gastos del Concejo Deliberante

Ingreso de documentación al Tribunal de Cuentas Procedimiento de control Plazo: 5 días, caso contrario, visación tácita Aprobado Observado Unanimidad Mayoría Vuelve el trámite al DEM Fin del trámite Fin del trámite Desiste Insiste sin plazo Disidencia de la Minoría Fin del trámite Ingresa al TC - Plazo Informe al Concejo Deliberante Visa con Aprueba reservas Informa al CD Fin trámite Fin trámite

PROCEDIMIENTO DE CONTROL POSTERIOR Artículo 84º.- Son atribuciones y deberes del Tribunal de Cuentas: 3) Aprobar las órdenes de pago expedidas en legal forma; 4) Hacer observaciones en las órdenes de pago ya cumplimentadas, si correspondiere, en cuyo caso deberá enviar copias de las mismas al Concejo Deliberante, en un plazo no mayor de tres (3) días;

El control sobre las Ordenes de Pago ¿Control Preventivo o Control Posterior? La respuesta Judicial Sentencia del Tribunal Superior de Justicia - Fallo Nº 3 del 01/06/2005 – (Tribunal de Cuentas de los Cocos, - Conflicto interno Municipal)

Aspectos prácticos para el control posterior del gasto (Art. 84 Inc, 3 y 4 de la ley 8.102) Verificar que: - Se haya cumplido con el proceso de contratación. - Este imputada en la partida correspondiente. - Exista saldo presupuestario en la misma - La facturación o recibos emitidos en legal forma debe tener claramente detallado: * Fecha * contratante * Objeto * Importe

Otros aspectos prácticos para un mejor control de las órdenes de pago. Se puede considerar: * Modalidad de pago: único - pagos parciales o en cuotas; * Consignación del saldo adeudado en caso de pago a cuenta o en cuotas. * Si se ha ejecutado (cumplido) con el objeto de la contratación * La coincidencia del contratista con quien factura

Pautas para el Funcionamiento del Tribunal de Cuentas a) Función y necesidad. b) Pautas o criterios básicos a considerar: 1 ) Integración. Los miembros electos se incorporarán en una sesión. 2) Incorporación ante renuncia o licencia: 3) Elección del Presidente: regular - acefalía. Reemplazo temporal. 4) modalidad de reuniones. Prever casos de necesidades. 5) Modo de registración de las decisiones o resoluciones.

Pautas para el Funcionamiento del Tribunal de Cuentas 6) Otorgamiento de licencia: Alcance. Plazos. Reemplazo.- 7) Observaciones o Disidencias: Forma y fundamentación. 8) Casos de suspensión de plazos para resolver.- 9) Modos de expedirse: distintas alternativas: 10) Modo de solicitar información complementaria al D.E.M. O H.C.D. u otra entidad o estamento Municipal.- 11) Régimen de rendición de subsidios o cuenta de terceros.

FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS : Conflictos desde el punto de vista municipal (art 128 Ley 8102) a.1 – Internos I) sobre el desenvolvimiento del Cuerpo colegiado como tal II) que atente contra el regular funcionamiento del mismo a.2 – externos: I) competencia entre órganos municipales II) que invada competencias del Tribunal de Cuentas

DISTINTOS SUPUESTOS DE CONFLICTO EN LOS TRIBUNALES DE CUENTAS La realidad en el quehacer diario del Tribunal de Cuentas: Conflictos I) Internos (dentro del funcionamiento del Tribunal) a) Ausencias (art 138 y ss Ley 8102) b) Renuncias c) Falta de firma d) Falta de integración del Cuerpo e) Género o cupo de integración

I) Internos (dentro del funcionamiento del Tribunal) f) Inhabilidades y/o incompatibilidades (art 16 x 79) g) Elección de presidente h) Aplicación de sanciones (art 25) - Remoción de miembros (art 30 inc 17º y 81) i) Falta de acta de traspaso de funciones SOLUCION: Ley Reglamento Interno – Normativa Municipal especifica

FIN