Consideraciones éticas

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Transcripción de la presentación:

Consideraciones éticas Causal Salud. Interrupción legal del embarazo, ética y derechos humanos.

Consideraciones éticas Directrices a considerar al emitir un dictamen médico que evalúe el riesgo a la salud de la mujer embarazada, o al tomar decisiones en el ámbito administrativo, en relación con la interpretación y aplicación de la causal salud. Algunos provienen de la bioética y otros del marco de derechos.

Respeto de la autonomía Relación conceptual con los derechos humanos a la autonomía y a la privacidad. Las mujeres son sujetos éticos autónomos con aptitud y capacidad de tomar decisiones, como un medio para alcanzar los fines y la vida que se han propuesto: sus decisiones se basan en sus propias creencias, su conciencia, su idea de bienstar, su proyecto de vida. Es necesario respetarlas como agentes autónomos: no intervenir y garantizar condiciones.

Respeto de la autonomía y consentimiento informado En la aplicación de la causal salud tiene dos implicaciones: Imposibilidad de intervenir o controlar la decisión de la mujer sobretodo por tratarse de un riesgo Deber de promover en forma activa que la decisión de la mujer sea efectivamente autónoma.

Respeto de la autonomía y consentimiento informado El respeto de la autonomía incluye tanto la decisión de interrumpir el embarazo como la de continuarlo, cuando existe riesgo para la salud de la mujer: La persona que toma la decisión debe actuar: Intencionadamente Con conocimiento En ausencia de influencias externas que pretendan controlar (proteger a las vulnerables)

Respeto de la autonomía y consentimiento informado Un elemento fundamental del principio de respeto de la autonomía, es el consentimiento informado: reemplazar el paternalismo médico La información es clave para tomar decisiones autónomas. Los profesionales de la salud tienen un papel protagónico.

Respeto de la autonomía y consentimiento informado No basta con la exposición del riesgo, debe asegurarse que la información ha sido transmitida adecuadamente y que se adapta a las condiciones socioculturales de la usuaria para que pueda comprenderla. Cuánta información, cómo, en qué lenguaje, por qué medios y en qué momento, depende de caso concreto

Respeto de la autonomía y consentimiento informado Excepcionalmente, hay mujeres que no pueden prestar directamente el consentimiento: Mujeres menores de edad Mujeres en situación de discapacidad cognitiva

Respeto de la autonomía y consentimiento informado Directrices para mujeres menores de edad: (i) ofrecer información de acuerdo con sus condiciones y de manera amigable: mejor interés (ii) evaluar la capacidad para decidir en cada caso concreto: evolución de capacidades (iii) agotar todos los esfuerzos para que la menor pueda tomar la decisión autónomamente, (iv) las menores no pueden ser obligadas a informar o solicitar el consentimiento de terceros

Principios de no maleficiencia y beneficiencia El principio de no maleficencia consiste en la obligación de no hacer daño intencionadamente.

Principios de no maleficiencia y beneficiencia En aplicación de la causal salud, el daño se debe entender en plena correspondencia con los conceptos de bienestar y de salud. Toda acción encaminada a impedir, dilatar u obstaculizar la interrupción del embarazo generará un daño, pues afecta el bienestar, la salud o la vida de la mujer.

Principios de no maleficiencia y beneficiencia También se causa daño, y se incumple el principio de no maleficencia, cuando los profesionales de la salud actúan sin la debida diligencia en el cuidado de la salud de la mujer (habilidad, conocimiento, pericia, prontitud). O cuando intencionadamente no se presta el servicio requerido. Se actúa con un descuido tal, que el resultado es la generación de un daño para la salud de la mujer.

Principios de no maleficiencia y beneficiencia La obligación de cuidado activo de la salud de las mujeres incluye la obligación de prestar servicios de calidad para el acceso a la interrupción del embarazo.

Principios de no maleficiencia y beneficiencia Servicios de calidad para la ILE por la causal salud: (i) disponibilidad de infraestructura para atender los procedimientos de acuerdo a las indicaciones de la OMS (ii) oferta de información completa, clara, veraz y oportuna sobre todos los aspectos relacionados la ILE (iii) disponibilidad de profesionales con capacidad técnica en el manejo integral de ILE por riesgo para la salud,

Principios de no maleficiencia y beneficiencia (iv) trato amable y respetuoso por parte del personal de salud, (v) oferta de servicios de planificación y de seguimiento al procedimiento (vi) disponibilidad de servicios de referencia y contra referencia, (vii) ofrecer distintas opciones frente a una situación de afectación de su salud.

Principios de no maleficiencia y beneficiencia El principio de beneficencia tiene por objeto el mandato de hacer el bien y maximizarlo. Se deben elegir aquellas alternativas que minimicen el riesgo y los costos y maximicen los beneficios.

Principio de objetividad y objeción de conciencia La libertad de manifestar las creencias incluye la de adoptar decisiones relacionadas con la propia salud de conformidad con estas convicciones. Como todas esta libertad tiene límites: hasta donde va la manifestación de las creencias?.

Principio de objetividad y objeción de conciencia No se pueden imponer las propias creencias o las creencias mayoritarias a nadie. Las creencias religiosas de los profesionales de la salud no pueden interferir con las decisiones autónomas de las mujeres.

Principio de objetividad y objeción de conciencia La objeción de conciencia el mecanismo institucional para que los profesionales de la salud expresen las convicciones que les impiden participar de los procedimientos.

Objeción de conciencia Quiénes son titulares de la objeción de conciencia? (i) sólo corresponde a personas, no a instituciones (ii) todo el personal de salud puede ser objetor de conciencia, salvo limitaciones legales, pero se refiere fundamentalmente a los profesionales que participan directamente del procedimiento (iii) las instituciones que presten el servicio de salud tienen la obligación de garantizar la prestación de los servicios cuando estos sean legales; (iv) no constituye un trato discriminatorio indagar por la posición frente a la ILE de las o los candidatos a ocupar vacantes

Objeción de conciencia Cuáles son los límites de la objeción de conciencia? (i) cuando la ILE se requiera de manera urgente, no podrá ser alegada la objeción de conciencia; (ii) cuando el procedimiento no sea urgente, se debe derivar a la mujer a un profesional no objetor, en condiciones de respeto y de manera inmediata; (iii) la objeción de conciencia no aplica para la obligación de proporcionar a la mujer información

Objeción de conciencia Cómo se debe referir? a un profesional debidamente capacitado que pueda prestar los servicios, en el marco de la información y el respeto de la confidencialidad y de manera respetuosa con la decisión de la mujer.