Panelas y Trapiches Cindy Leal U. Paula Giraldo S.

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Transcripción de la presentación:

Panelas y Trapiches Cindy Leal U. Paula Giraldo S.

Definiciones PANELA:  Producto obtenido de la extracción y evaporación de los jugos de la caña de azúcar, elaborado en los establecimientos denominados trapiches paneleros o en las centrales de acopio de mieles vírgenes, en cualquiera de sus formas y presentaciones MIELES VIRGENES:  Producto natural que resulta de la concentración del jugo clarificado de la caña de azúcar, elaboradas en los denominados trapiches paneleros. TRAPICHE: Establecimiento donde se extrae y evapora el jugo de la caña de azúcar y se elabora la panela. RESOLUCIÓN 779 DE 2006

Resolución 4217 - Octubre 17/2013 Por la cual se modifica la Resolución número 3544 de 2009. Modifica el artículo 1º, donde los trapiches paneleros, deberán envasar individualmente o por unidades la panela. Modifica el artículo 2° , es obligatorio el rotulado en el envase individual o por unidades la panela

PDF. 43 Centrales mieles vírgenes Resolución 010617 – Abril 26 /2010 Por la cual se establece el listado oficial de los Trapiches Paneleros y las Centrales de Acopio de Mieles Vírgenes que presentaron formulario de inscripción ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA PDF. 17,928 Trapiches PDF. 43 Centrales mieles vírgenes

Resolución 029671- Octubre 20/2008 Por la cual se establece el procedimiento para la Inscripción de los Trapiches Paneleros y las Centrales de Acopio de Mieles Vírgenes procedentes de Trapiches Paneleros Formato Único de inscripción de Trapiches Paneleros Formato Único de inscripción Centrales de Acopio de Mieles Virgenes procedentes de trapiches paneleros

Resolución 000779 – Marzo 17/2006 Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la panela para consumo humano y se dictan otras disposiciones.

Art. 9°. Delimitación física de áreas Resolución 4121 – Septiembre 16/2011 Por la cual se modifica parcialmente la Resol. 779. Resolución 779 del 06 Adicionar una definición más (sala de proceso) Evitar contaminación cruzada entre áreas serv. Sanit. señalizado, separado zonas proceso, condic. aseo, dotado de agua y elem. aseo. Visitas de inspec. Vigilancia y control de acuerdo al riesgo asociado que determine el INVIMA Art 3°. Definiciones. Art. 9°. Delimitación física de áreas Disposición de servicios sanitarios sufic, dotados, buenas cond. Art. 19°. Visitas de inspección: autoridad sanitaria realiza dos (2) visitas de inspección al año.

R 779 del 06 Resolución 003544 – Septiembre 24/2009 Por la cual se modifican los artículos 11 y 13. Art 11. Del envase: A partir del tercer año de entrada en vigencia de la presente resolución, es obligatorio el envase individual o por unidades de la panela. Art 13. Del rotulado. A partir del tercer (3) año de entrada en vigencia del presente reglamento técnico, es obligatorio el rotulado en el envase individual o por unidades de panela. A partir del quinto (5) año de entrada en vigencia… es obligatorio el envase individual o por unidades de la panela. A partir del quinto (5) año de entrada en vigencia… es obligatorio el rotulado en el envase individual o por unidades de panela.

R 779 del 06 Resolución 3462 – Septiembre 11/2008 Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 9° y el artículo 15. Art. 9. Parágrafo. El cumplimiento de las condiciones sanitarias previstas… se hará exigible a partir del quinto año de entrada en vigencia de la presente resolución. Trapiches y de centrales de acopio de mieles vírgenes que cumplan con las BPM. Inscripción de trapiches paneleros y centrales de acopio de mieles vírgenes, base de datos, Incumplimiento del requisito de inscripción. Art. 9 “Parágrafo. El cumplimiento de las condiciones sanitarias previstas… se hará exigible a partir del tercer año de entrada en vigencia de la presente resolución”. Requisitos sanitarios para la exportación de panela: trapiches y de centrales de acopio de mieles vírgenes que cumplan con las BPM.

CAPITULO III. Requisitos y prohibiciones RESOLUCION NÚMERO 000779 DE 2006 CAPITULO III. Requisitos y prohibiciones Art. 5: De los requisitos de calidad de la panela