Integrantes: Gloria Cortez Miguel Beiza Ivana Vera

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Transcripción de la presentación:

Integrantes: Gloria Cortez Miguel Beiza Ivana Vera ASISTENCIA MEDICA Integrantes: Gloria Cortez Miguel Beiza Ivana Vera

Introducción Con la Presente investigación, se da a conocer la audiencia una serie de instituciones, las cuales brindan una serie de servicios para la asistencia y velar por la protección de la seguridad social, de manera eficiente, realizando prestaciones de servicio en área de asistir al trabajador protegiéndolo en su seguridad social en materia de la salud, en la prevención, promoción y recuperación de la salud.

¿Qué es FONASA? El Fondo Nacional de Salud, FONASA, es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención, tanto a las personas que cotizan el 7% de sus ingresos mensuales para la salud en FONASA, como aquellas que, por carecer de recursos propios, financia el Estado a través de un aporte fiscal directo.

Historia de FONASA FONASA, nace como continuador legal del Servicio Médico Nacional (SERMENA), el 3 de agosto de 1979, en el contexto de la reestructuración del Sector Público de Salud dispuesto por Decreto Ley Nº 2.763. En dicha oportunidad, se definieron tres funciones básicas a ser ejecutadas por los organismos de dicho sector.

Funciones Básicas  Función Normativa: El Ministerio de Salud se haría cargo de la dictación de las políticas.   Función de Ejecutar: Los Servicios de Salud 26 unidades geográficas a lo largo del país se harían cargo de ejecutar dichas políticas a través de su red asistencial de hospitales, postas y consultorios públicos. Función Financiera: FONASA estaría a cargo de restaurar y distribuir los recursos financieros. Adicionalmente, el Fondo estaría a cargo de administrar la Modalidad de Atención de la Libre Elección.

Antecedentes Históricos En el año 1952 se crea el Servicio Nacional de Salud, que atendía a los obreros, quienes junto a sus familias accedían a tratamientos médicos y quirúrgicos y a atención dental; incluía la asistencia del embarazo, parto y puerperio de la cónyuge; el subsidio por incapacidad laboral era el promedio del salario de los últimos seis meses, siempre que la enfermedad los incapacitara por más de tres días. En cuanto a los empleados, sean públicos o privados, se contemplaban los beneficios de asistencia médica y dental, las que se otorgaban ya sea a través del sistema administrativo o del sistema de libre elección (bonos SERMENA).

Reorganización Del Sistema De Salud En el año 1979 se produce una primera gran reforma en materia de salud, con la dictación del Decreto Ley Nº2.763, vigente a partir de enero de 1980, que creó el Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS); de acuerdo a dicho cuerpo legal, el SNSS estaría integrado por los Servicios de Salud, el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), la Central Nacional de Abastecimientos (CENABAST) y el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Se da inicio en Chile a un proceso de descentralización, separándose las funciones normativas (Ministerio de Salud), de las operativas (CENABAST, ISP y Servicios de Salud) y de las financieras (FONASA)

MISIÓN: "Asegurar a los beneficiarios del FONASA el acceso a los servicios disponibles en el ámbito de la protección social en salud, con atención de excelencia".   VISION: "Ser la Institución  de Seguridad Social Pública en Salud  para los habitantes del país, que garantiza a sus beneficiarios la protección social en salud de manera universal, solidaria y equitativa, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población". OBJETIVOS ESTRATEGICOS: Mejorar el acceso a las  prestaciones y servicios de Salud, que sean compatibles con los objetivos sanitarios y con las necesidades expresadas por la población. Extender la Protección Social en Salud a los potenciales beneficiarios, con énfasis en los grupos vulnerables.

Funciones y Atribuciones Informar adecuadamente al público en general y a los beneficiarios del Régimen en especial, sobre los derechos que les asisten en la Modalidad de Libre Elección a que se refiere la Ley Nº18.469. Requerir la información que estime necesaria a los Beneficiarios, Afiliados, empleadores del sector público y privado, y entidades de previsión y demás servicios públicos, para el mejor cumplimiento de las funciones que la ley le asigna.

I. Beneficiarios Afiliados (Ley 18.469) Trabajador dependiente del sector público o privado, incluido los contratados diariamente por turnos o jornadas y por obra o faena, que cotizan en FONASA. Trabajador independiente y voluntario que sea imponente del INP o de una AFP y que cotice en FONASA. Personas que reciban pensión de algún sistema previsional y que cotice en FONASA. Subsidiados por Cesantía y por incapacidad laboral II. Otros Beneficiarios (Ley 18.469) Las cargas familiares de los cotizantes. Beneficiarios de Pensiones Asistenciales de invalidez y ancianidad. La mujer embarazada, que no tiene previsión, y los niños hasta los 6 años de edad, para el control de su salud. Causantes del subsidio único familiar. Personas carentes de recursos o indigentes.

PLAN DE SALUD El Beneficiario beneficiario o beneficiaria pagará por la atención de acuerdo a su grupo de ingreso: Grupo A: Sin costo para el beneficiario o beneficiaria. Grupo B: Grupo C: Paga un 10% del valor de la atención. Grupo D: Paga un 20% del valor de la atención.

¿Cómo accede a los beneficios de FONASA? Grupo A Carentes de Recursos, o Indigentes Grupo B Ingreso Imponible Mensual menor o igual a $165.000 Ingreso Imponible Mensual Mayor a $165.000 y Menor o igual a $240.900. Con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo B Grupo C Grupo D Ingreso Imponible Mensual Mayor a $240.900 Con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo C

Afiliación Trabajadores Dependientes Trabajadores dependientes con Contrato Indefinido Trabajadores dependientes con Contrato Fijo Trabajadores dependientes con contrato por obra o faena (temporeros) Trabajadores dependientes con contrato por turnos jornadas diarias (temporeros)

Beneficios que otorga FONASA Atención Médica y Dental Examen y Consulta a Especialista Hospitalización y Procedimientos de Diagnóstico y Terapéutico Modalidad Libre Elección Hospitalización y Procedimientos de Diagnostico y Terapéutico Modalidad Institucional Urgencia

Beneficiarios Tramo A Las personas carentes de recursos o indigentes Las personas que reciben Pensiones Asistenciales (PASIS): Los causantes de Subsidio Único Familiar (SUF): La mujer embarazada hasta el sexto mes. Los niños hasta los 6 años de edad Los menores internos en establecimiento del Servicio Nacional de Menores (SENAME) Las personas en goce de Pensiones Asistenciales (PASIS Las personas en goce de un Subsidio Único Familiar (SUF)

Las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES) las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES), entes privados que se encargarían de financiar las prestaciones de salud de las personas que desearan afiliarse a dichos entes, previo pago de una cotización y a través de la suscripción de un contrato, el cual establecía los beneficios de salud que las personas podían exigir (plan de salud). DEFINICIONES Producto de Gestión Interna: Sistemas de Soporte a la Gestión Sistema de Planificación Sistema de Evaluación de Coberturas y Beneficios del Plan de Salud Sistema de acompañamiento y seguimiento a la gestión Sistema Informático Sistemas de Auditoria Estudios e Informes Jurídicos Desarrollo Organizacional Cooperación Técnica

El Instituto de Seguridad del Trabajo y la Asociación Chilena de Seguridad, la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Con el fin de resolver este grave problema nacional, un grupo de empresarios decidió poner en práctica un seguro laboral integral, que atendiera a los accidentados y los rehabilitados y pagara las prestaciones económicas correspondientes, y que impartiera programas preventivos que educaran y capacitaran al hombre de trabajo.  Marco Legal: Ley 16.744   La ley 16.744, que rige el Seguro Social Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, fue promulgada en el año 1968. Sus puntos centrales son: Seguro de Carácter Obligatorio para todos los trabajadores que tengan trabajadores a su cargo. El financiamiento será de cargo del empleador, con un 0.95% (actual) de las remuneraciones imponibles, más una cotización adicional en base a la actividad y riesgo de la empresa.

Conclusión La seguridad Social también está inmersa en la Asistencia Médica de diversas formas cubriendo en forma de paraguas de protección para el trabajador y sus familias, diferentes plataformas de servicio en acuerdo a las instituciones de salud, ya sean públicas o privadas, en conjunto a su formato de entregar las prestaciones correspondientes de Salud. Por el bienestar y protección social, tanto físico y mental del individuo, llamado persona en su integridad total sustentando, previniendo su forma de trabajo, velando por la integralidad tanto para la empresa como para el trabajador