Historia de Chile FULL INTENSIVO

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Transcripción de la presentación:

Historia de Chile FULL INTENSIVO Derechos de las personas, constitución política de la República de Chile y participación PPTCINSHHCA03001V1

APRENDIZAJES ESPERADOS: CONTENIDOS: - Constitución política; Nacionalidad y ciudadanía; Derechos y deberes y Tratados internacionales; participación. APRENDIZAJES ESPERADOS: - Entiende la Constitución Política de la República de Chile como el cuerpo legal de más alto rango. - Comprende quiénes son sujetos de la nacionalidad chilena, y quiénes son ciudadanos. - Conoce y analiza los derechos individuales contenidos en la Constitución. Conoce los tratados internacionales ratificados por Chile, y evalúa su importancia.

¿Qué es la Constitución? Es la ley fundamental que establece la organización del Estado y de sus poderes, como también los derechos y deberes fundamentales de las personas y cuerpos intermedios de una sociedad determinada.

Capítulo I: Aquí se presentan las bases de la institucionalidad y señala los principios en los que se sustenta. Capítulo II: Establece las condiciones para tener la nacionalidad chilena y quiénes son sujetos de ciudadanía dentro de nuestra institucionalidad. Capítulo III: Se reconocen los “derechos y deberes constitucionales” y se establecen las garantías efectivas para la protección de las personas y los cuerpos inmediatos de la sociedad. Capítulo IV al XIII: Presentan la parte orgánica de la Constitución: características del Estado, del gobierno, así como la estructura y composición de los poderes públicos. Capítulo XIV: Se presentan los procedimientos y mecanismos a través de los cuales puede reformarse la Constitución política total o parcialmente.

c. “Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”. ¿Quiénes son chilenos? a. “Los nacidos en el territorio de Chile, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes” b. “Los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero”. c. “Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”. d. “Los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley”.

¿Cómo se pierde la nacionalidad?

“El ciudadano es aquel nacional de un Estado que puede participar a plenitud en la vida política del mismo, ejerciendo los deberes y los derechos políticos: el del sufragio, el de optar a cargos de elección popular y otros que la Constitución y las leyes establecen”.

Los derechos que tenemos los chilenos proceden de una serie de fuentes, entre ellos: Tratados internacionales firmados por Chile: destaca la Declaración Universal de los Derechos del Hombre. Constituciones anteriores y de otros países.

La Constitución establece los siguientes derechos:

1. Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1948. 7. Declaración sobre los Derechos del Niño, de 1990. TRATADOS INTERNACIONALES 6. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, de 1989 2. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre 3. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966. 5. Convención Americana sobre Derechos Humanos, de 1969 4. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966

¿Qué es la participación política? Participar, significa “hacernos parte”, es decir, tener parte en una cosa, formar parte de un todo La participación política es el conjunto organizado de acciones tendientes a aumentar el control sobre los recursos, decisiones o beneficios, por personas o grupos sociales que tienen niveles de injerencia relativamente menores dentro de una comunidad u organización.

La representación política en un régimen democrático

La participación ciudadana en la democracia chilena

El sufragio electoral y los plebiscitos • Plebiscito constitucional que constituye una atribución del presidente de la República para situaciones establecidas en el artículo 128: reforma constitucional en que no haya acuerdo entre el Congreso y el presidente sobre el contenido de una reforma. Es decir, el plebiscito se convoca para resolver una discrepancia entre el poder ejecutivo y el legislativo respecto del contenido de una reforma constitucional. • Plebiscito comunal: por su parte, el artículo 99 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley nº 19.806 de 2002), establece la posibilidad de que el alcalde, con acuerdo del concejo municipal, o por iniciativa de los ciudadanos de la comuna (al menos el 10% de los ciudadanos comunales), convoque a un plebiscito comunal. Esta consulta se debe realizar en torno a materias muy precisas: inversiones específicas de desarrollo comunal; aprobación o modificación del plan de desarrollo comunal; modificación del plan regulador, u otras de interés para la comunidad local. Para que este plebiscito sea vinculante y obligatorio de cumplir para las autoridades municipales, debe votar al menos el 50% de los ciudadanos inscritos en la comuna.

Las primarias presidenciales El 6 de diciembre de 2012 se publicó la ley que estableció el Sistema de Elecciones Primarias en Chile. Esta ley tiene por objeto que los partidos políticos designen a sus candidatos a presidente de la República, a parlamentarios y a alcaldes. El Servicio Electoral (SERVEL) es el organismo encargado de organizar las primarias, las que se deben realizar a nivel nacional, para elegir candidatos presidenciales y a nivel regional, para elegir candidatos al Parlamento. Las primarias se deben realizar a más tardar el vigésimo domingo anterior a la fecha de la elección final (es decir, 20 semanas antes de la elección oficial). En el caso de los gastos electorales de los candidatos, éstos son de cargo de las mismas candidaturas o de los partidos, según fuera el caso. Todos los gastos electorales se rigen por la Ley de Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, el que en todo caso no puede ser superior al 10% delvalor señalado para una elección general.

El rol de los partidos políticos en la democracia chilena Tratándose de elecciones generales y periódicas, los medios de comunicación deben ceñirse a lo que se establece en el artículo 31 de la ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. Este artículo plantea que los canales de televisión de libre recepción deben destinar gratuitamente 30 minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral en los casos de elección de presidente de la República, de Diputados y senadores, o de plebiscitos nacionales. Si se tratara de elecciones conjuntas de presidente y parlamentarios, los canales de televisión deben destinar 40 minutos diarios a propaganda electoral, los que se distribuirán en veinte minutos para la elección presidencial (distribuidos de manera equitativa entre los distintos candidatos) y veinte minutos para la elección de diputados y senadores, entregando un número de minutos proporcional al número de pactos.

La propaganda y la publicidad electoral En sociedades complejas, heterogéneas, masivas y en las que sus integrantes se encuentran localizados en distintos territorios, a veces muy alejados entre sí, como ocurre en Chile, la propaganda y la publicidad electoral cumplen un rol central en la información política durante los períodos de campaña electoral. La ley de elecciones (18.700), establece que la propaganda solo puede efectuarse desde el día 30 y hasta el tercer día anterior a una elección o plebiscito, ambos días inclusive, salvo en el caso de una segunda vuelta presidencial, en que los plazos se acortan desde el décimo cuarto día y hasta el tercer día antes de la elección. Además, la ley establece que no puede haber propaganda en cines, ni por altoparlantes, salvo que se trate de discursos pronunciados en concentraciones públicas autorizadas.

Otras formas de participación ciudadana Las Organizaciones No Gubernamentales ¿Qué es una ONG? Nombres conocidos como Hogar de Cristo, Caleta Sur, Un Techo para Chile, Amnistía Internacional, Greenpeace, entre otros muchos casos, son Organizaciones No Gubernamentales. Su trabajo y actividad está centrado en mejorar la calidad de vida de las personas, haciendo de la sociedad un lugar mejor y más justo para vivir. Estas organizaciones no persiguen fines de lucro y se movilizan en temas de interés público. Trabajan en distintas áreas: infancia, derechos de la mujer, medioambiente, derechos humanos, empleo, seguridad ciudadana, juventud, entre otras materias. Están presentes en la mayoría de las comunas del país, y algunas de ellas tienen presencia internacional. Este tipo de organizaciones son de aparición reciente en el mundo. Fueron reconocidas por la ONU en la década de 1950 y en Chile, las primeras ONG se conocieron en la década de 1980, como instituciones de servicio social que trabajaban, junto a otros sectores, por la democratización del país.

Los movimientos sociales Son agrupaciones de personas que se organizan para desarrollar una acción colectiva (una movilización) en pos de un objetivo o motivo de cambio social, o para llamar la atención de las autoridades y la opinión pública sobre algún fenómeno social concreto que las aqueja. La acción colectiva es la que identifica al movimiento social. Esa identidad puede tomar muchos años en formarse (en tal caso se habla de movimientos históricos),o puede ocurrir en un breve período (en tal caso se trata de movimientos coyunturales).

Características de los movimientos sociales

Nuevas formas de participación juvenil “El fenómeno juvenil permanentemente interroga a las sociedades, entre otras razones, porque la experiencia juvenil (ser joven) es también una experiencia de constitución de alguna identidad individual y colectiva. Como hemos sostenido en otras ocasiones, en el caso de los jóvenes chilenos y latinoamericanos, la pregunta por la identidad puede ser más acuciante, cuando además de ser joven, se es pobre. La pregunta entonces por la identidad es más radical porque no está implicada en ella solo una opción frente a la generación anterior (la de sus padres), sino que también realizar opciones para asegurar la sobrevida, que no está asegurada por padres de escasos recursos o débiles formas de inserción en el mercado laboral” . Fuente: Garcés, M. y Valdés, A., Estado del arte de la participación ciudadana en Chile. En http://www.munitel.cl/file_admin/archivos_munitel/social/social32.pdf Consulta 29 de Abril de 2013

Nuevas formas de participación juvenil De esta forma, la participación juvenil se ha fragmentado en múltiples expresiones, que tienen en común una desconfianza generalizada en el sistema político, incluyendo la desconfianza respecto de las medidas que se toman en su favor, y en un creciente distanciamiento entre su actividad social y el ámbito de la política. De este modo, desde la década de 1990 se popularizó la consigna del “no estar ni ahí”, que se expresó en la baja inscripción en los registros electorales, y desde la automatización de la inscripción, en la baja participación electoral de los jóvenes. En lugar de la política, han adquirido mayor visibilidad pública, las denominadas “barras bravas” y el “carrete” urbano nocturno de fines de semana.

RESPONSABILIDADES CIUDADANAS “Los antiguos romanos, que fueron gente muy sabia y muy práctica, sintetizaron los grandes principios jurídicos en tres axiomas, a los que el derecho podría reducirse como mínima expresión y no obstante ser suficientes para abarcar todos los aspectos a regular por las normas: honeste vivere (vivir honestamente), suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo), alterum non laedere, es decir, no dañar al otro. Para los romanos, a partir de estos principios, ante cualquier situación se podía saber cómo comportarse en relación con los demás”. Fuente: López, E., Introducción a la responsabilidad civil, en http://www.derecho.unt.edu.ar/publicaciones/Introdresponsabilidadcivil.pdf Consulta 5 de mayo de 2013.

Estas premisas resumen el concepto de responsabilidad civil y cobran sentido solo en la vida en sociedad. Las leyes obligan a restituir los daños causados a otros o a los bienes públicos, es decir, dejar a las personas afectadas por ese daño o los bienes dañados, en una situación lo más parecida posible a como se encontraban antes de sufrir ese daño. • Nuevos conceptos • Responsabilidad: es la capacidad existente en todo sujeto activo de derecho, para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente. Deber: estar obligado a algo por ley divina, natural o positiva. Obligación: vínculo que sujeta a hacer o abstenerse de hacer algo, establecido por precepto de la ley, por voluntario otorgamiento o por derivación recta de ciertos actos.

El cumplimiento de las leyes y normas Como es sabido, las leyes mandan, prohíben o permiten. Por ende, la responsabilidad civil implica hacer lo que la ley manda, abstenerse de hacer lo que la ley prohíbe y decidir en libertad, y dependiendo de cada situación concreta, el hacer o abstenerse de hacer lo que la ley permite.

participación existen? ¿Qué formas de participación existen? El sufragio es en el derecho civil y constitucional a votar y la forma de provisión de cargos públicos. En las votaciones populares, el sufragio será: Personal: no es delegable o transferible. Igualitario: cada voto tiene el mismo valor. Secreto: los votos no llevan el nombre de quien lo emite. Sufragando

La forma clásica de participación es en partidos políticos La Constitución reconoce el derecho de todas las personas a asociarse sin permiso previo (Artículo 19 N 15) y además existe una Ley Orgánica Constitucional sobre partidos políticos. Son organizaciones estables y permanentes, que permiten afiliarse y desafiliarse libremente. Buscan el respaldo popular para acrecentar sus fuerzas a través de elecciones libres e informadas. Son pluralistas y compiten en forma pacífica por el poder. Son agrupaciones representativas, por lo que diversifican su funcionamiento y organización a nivel local. Elaboran programas de acción según su declaración de principios.

PARTIDOS POLÍTICOS ACTUALES

Sistema electoral

LOS PODERES PÚBLICOS Prepara tu próxima clase sobre Lee el capítulo I, del texto del alumno(a)

Nº CLAVE HABILIDAD 1 B Reconocimiento 2 A 3 C Comprensión 4 5 E Aplicación 6 D 7 Análisis 8 9 10 11 12 13 14 15

El solicitante de la nacionalidad chilena debe tener una residencia de más de cinco años continuados en el territorio de la República. Ser titular del permiso de permanencia definitiva (este plazo se computará a partir de la fecha de otorgamiento de la primera visación de residencia). Tener 21 años de edad.

Optar a cargos de elección popular 13 Organizar partidos políticos. 19 Sufragio. Optar a cargos de elección popular 13 Organizar partidos políticos. 19 ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. Protección a la salud. Educación. Libertad de enseñanza. La libertad de trabajo y su protección Admisión a todas las funciones y empleos públicos. Seguridad social. Sindicación. Desarrollo de cualquier actividad económica. Adquisición de toda clase de bienes. Propiedad. Autoría sobre creaciones intelectuales y artísticas y de la propiedad industrial. DE LOS PUEBLOS A vivir en un medio ambiente libre de contaminación. 39

Clasificación Derecho Artículo 19 CIVILES El derecho a la vida. A la integridad física y psíquica de la persona. La igualdad ante la ley. Igualdad ante la justicia, acceso a la justicia, justo proceso, tribunales competentes. La igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos. El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada. la libertad personal. Seguridad individual. Libre residencia y circulación. A reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas. Asociación. Presentación de peticiones a la autoridad. 19 40