POR EL DERECHO A UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA TODAS Y TODOS COMPLEJO EDUCACIONAL LA REINA, ABRIL 2008
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS 1948 Artículo 26 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
Datos: En Zambia, el nº de alumnos es de 64 por sala de clases, pudiendo llegar a 100. En Liberia, en las escuelas primarias, comparten un libro de texto 27 alumnos.
Lo que necesitamos para una educación de calidad: Fin a la discriminación socioeconómica Transparencia en la administración escolar. Menos alumnos por sala. Mejor infraestructura y material didáctico.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS 1948 Artículo 26 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Situaciones que llevan a la exclusión. Pobreza. Lugar geográfico. Género. Etnia. Conflictos internos.
Reflexión y acción sobre la realidad
Preguntas a las autoridades
CONCLUSIONES A LAS PREGUNTAS Fortalecimiento de una educación inclusiva y de calidad para todas las personas, más allá de su raza, cultura, idioma, religión, condición socio-económica, etc.
MOTIVACIÓN AL DEBATE “Enseñar exige respeto a los saberes de los educandos”. Paulo Freire, educador brasileño. “Educar es también desarrollar una inteligencia histórica capaz de discernir en que herencias se está inscrito”. Philippe Meireiu, francés.
Conclusiones: ¿Qué aprendimos? La educación de calidad e inclusiva es un DERECHO…
AGRADECIMIENTOS