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DEFENSORÍA ESPECIALIZADA EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES

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Presentación del tema: "DEFENSORÍA ESPECIALIZADA EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES"— Transcripción de la presentación:

1 DEFENSORÍA ESPECIALIZADA EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
DEFENSORÍA ESPECIALIZADA EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. JORNADA JURIDICA NOVIEMBRE 2013.

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3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículos 1, 3, 4 y 18. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Convención sobre los Derechos del Niño. Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar. Reglamento de la Ley. Ley de Educación de Guanajuato. Ley de Responsabilidades del Servidor Público. Código Penal y Ley de Justicia para Adolescentes.

4 ¿¿¿¿¿Conoces los Derechos de los Niños, niñas y adolescentes????

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7 DEFINICIÓN DE NIÑO. LIBERTAD DE CONCIENCIA, RELIGIÓN Y PENSAMIENTO. EL NIVEL DE VIDA. NO DISCRIMINACIÓN. LA EDUCACIÓN. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN. APLICACIÓN DE LOS DERECHOS. PROTECCIÓN DE LA INTIMIDAD. MINORIAS ÉTNICAS O RELIGIOSAS. ORIENTACIÓN DE LOS PADRES Y MADRES. ACCESO A INFORMACIÓN ADECUADA. EL OCIO Y LA CULTURA. VIDA, SUPERVIVENCIA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES. EL TRABAJO INFANTIL. Y DESARROLLO. EL USO DE DROGAS ILEGALES. PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS. NOMBRE Y NACIONALIDAD. LA EXPLOTACIÓN SEXUAL. PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS SIN FAMILIA. IDENTIDAD. LA VENTA Y SECUESTRO DE NIÑOS. SEPARACIÓN DE LOS PADRES. ADOPCIÓN. OTRAS FORMAS DE EXPLOTACIÓN NIÑOS REFUGIADOS. REUNIÓN DE LA FAMILIA. NIÑOS Y NIÑAS DISCAPACITADOS. TRASLADOS Y RETENCIONES ILICITAS. TORTURA Y CARCEL. CONFLICTOS ARMADOS. SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS. OPINIÓN DE NIÑAS Y JOVENES. RECUPERACIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL. CONDICIONES DE INTERNAMIENTO. LIBERTAD DE EXPRESIÓN JUSTICIA Y MENORES. LE LEY MAS FAVORABLE. LA SEGURIDAD SOCIAL.

8 “INTERES SUPERIOR DE LA NIÑEZ” GARANTIZAR DE MANERA PLENA SUS DERECHOS
ASEGURAR AL NIÑO, LA PROTECCIÓN Y EL CUIDADO NECESARIOS PARA SU BIENESTAR y GARANTIZAR DE MANERA PLENA SUS DERECHOS

9 “LA EDUCACIÓN DEL NIÑO”
Yo te instruiré, y te mostraré el camino a seguir y me ocuparé de ti constantemente. “LA EDUCACIÓN DEL NIÑO” Art. 29 Convención sobre los Derechos del Niño.

10 Que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad…. Convención sobre los Derechos del Niño.

11 Desarrollo de la personalidad, aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.

12 Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales.

13 Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive o sea originario y de las civilizaciones distintas a la suya.

14 Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos

15 LA EDUCACION QUE IMPARTA EL ESTADO TENDERA A DESARROLLAR ARMONICAMENTE, TODAS LAS FACULTADES DEL SER HUMANO Y FOMENTARA EN EL, A LA VEZ, EL AMOR A LA PATRIA, EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS Y LA CONCIENCIA DE LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL, EN LA INDEPENDENCIA Y EN LA JUSTICIA. Artículo 3 Constitucional.

16 DERECHO VS OBLIGACIÓN

17 EL EDUCADOR DEBERÁ: Actualizar de los conocimientos que imparten (Art. 8 LEG). La atención al desarrollo individual e integral de los educandos (Art. 8 LEG). Realizar acciones educativas y preventivas en el ámbito de su competencia, a fin de evitar la comisión de delitos y violencia escolar. (Art. 66 LEG y 24 del Reglamento) Promover entre los niños, niñas y jóvenes, el conocimiento de los valores universales, los derechos humanos y el respeto de los mismos, así como los valores de justicia, la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos (Reglamento de la Ley, art. 9) Propiciar la cultura de la legalidad, la paz y la convivencia armónica, a fin de generar una convivencia libre de violencia (Reglamento de la Ley, art. 9).

18 Promoverán la mediación escolar, como mecanismo alterno de
conflictos (Art. 10 Reglamento de la Ley). Denunciar hechos u omisiones que constituyan un ilícito o una conducta de violencia escolar (art. 12 Reglamento de la Ley). Observar e identificar rasgos de la conducta de los educandos, para dilucidar si son receptores o generadores de violencia escolar (Art. 22 Reglamento de la Ley).

19 “PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS”

20 contra toda forma de perjuicio
PROTEGER al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual….

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22 GENERADOR DE VIOLENCIA ESCOLAR RECEPTOR DE VIOLENCIA ESCOLAR
DERECHO DE LOS EDUCANDOS GENERADOR DE VIOLENCIA ESCOLAR RECEPTOR DE VIOLENCIA ESCOLAR Ser tratado con respeto a su integridad y el ejercicio pleno de sus derechos; Recibir protección inmediata y efectiva; Recibir información para decidir sobre las opciones de atención y tratamiento; Recibir asesoría y representación jurídica gratuita y expedita; Recibir asistencia médica y psicológica gratuita; En caso de riesgo, que se dicten medidas cautelares para garantizar sus derechos. A la reparación del daño moral y, en su caso, a recibir una indemnización o el pago de daños. Ser tratado con respeto en el ejercicio pleno de sus derechos; Acceder a procedimientos expedidos de procuración y administración de justicia, incluida la representación gratuita; Contar con asistencia médica y psicológica; Contar con la protección de las autoridades cuando se encuentre en riesgo su integridad; Recibir información para decidir sobre las opciones de atención y tratamiento;

23 PORQUE YA DEJARON HUELLA CON SU VOCACIÓN …
GRACIAS

24 RESPONSABILIDAD PENAL

25 EVITABILIDAD: Posición de Garante

26 OMISIÓN COMISIÓN POR OMISIÓN

27 CONSECUENCIAS LEGALES

28 DEBER DE DENUNCIAR

29 CONSECUENCIAS LEGALES

30 POR SU ATENCIÓN……. GRACIAS.


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