Modos de extinción de las obligaciones

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TEMA VI. LAS OBLIGACIONES.
Advertisements

Contratos en General.
TESIS II:DERECHO TRIBUTARIO
EL CONTRATO DE COMPRAVENTA
LA TRANSFORMACIÓN Y EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA
Confusión de derechos Teoría del Derecho.
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
EFICACIA E INEFICACIA DEL CONTRATO
OBLIGACIONES Y CONTRATOS
EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES
Material para el curso de Derechos Reales Facultad de Derecho
CONTRATO DE DEPÓSITO MERCANTIL
OBLIGACIONES CIVILES.
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
Prof. Dr. José María Breuer Planas
EFECTOS FISCALES EN LA EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES.
ALGUNOS ASPECTOS JURIDICOS SOBRE EL CONTRATO ELECTRONICO Por Luís Alfonso Jurado Viscarra.
Documentación mercantil El contrato de compraventa
Prof. Dr. José María Breuer Planas
OBLIGADO SOLIDARIO.
La Novación. Concepto Transformación de una obligación en otra
MEDIOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
LA RESPONSABILIDADDE LOS SUJETOS DEL CREDITO FISCAL.
EL PAGO.  Concepto  Regulación del pago Integridad Indivisibilidad Quien puede pagar A quien se paga. Que se paga. Donde se paga. Oportunidad del pago.
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
UNIVERSIDAD DE CONGRESO Obligaciones civiles y comerciales
OBLIGACIONES Sheila Cervantes Rodrigo Torres Verónica Torres
E.P.E.T. N° 1 MARCO JURÍDICO 2005 INTEGRANTES: TTTTorres Matías DDDDueñas Emiliano GGGGonzález Antonio.
DEUDAS MONETARIAS U OBLIGACIONES PECUNIARIAS.
NULIDAD E INEXISTENCIA DEL ACTO JURÍDICO
Profesor Carlos López Díaz
Unidad Nro. 17 CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES (CONT.)
LA CADUCIDAD DE LA HIPOTECA
Derecho concursal mercantil Efectos de la insolvencia en deudores del comerciante Cuauhtémoc Enríquez Coronel.
Trabajo Práctico de Derecho Civil
Prof. Jose Antonio Camacho Beas
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES.
ESCUELA DE DERECHO OBLIGACIONES II EFECTOS DEL CONTRATO
 Derecho real es la relación jurídica en virtud del cual el sujeto activo ejerce directamente poderes sobre las cosas, y puede oponerse a que éstas sean.
CONTRATOS CONVENCIÓN POR LA CUAL UNA PARTE SE OBLIGA PARA CON LA OTRA O AMBAS RECÍPROCAMENTE A DAR, HACER O NO HACER ALGO.
MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
Contratos aleatorios Renta Vitalicia
BIOGRAFÍA DE LA OBLIGACIÓN.
BIOGRAFÍA DE LA OBLIGACIÓN.
Introducción a las Contrataciones en Ingeniería
TESIS IV: CONTRATOS MERCANTILES
TESIS II:DERECHO TRIBUTARIO
CAUSA DE LAS OBLIGACIONES
TEMA 10 LOS CONTRATOS.
TEMAS DE DERECHO CIVIL EGACAL 2013.
CONTRATOS PREPARATORIOS
Enfoque Sistémico del Derecho Obligaciones y Contratos Aspectos Legales - GSI 731 Carmen R. Cintrón Ferrer Revisado 2003.
RESPONSABILIDAD CIVIL PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
Obligaciones con pluralidad de sujeto
EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.
LA NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO
Presupuestos Generales de la Responsabilidad Civil Extracontractual
OBLIGACIONES DEUDOR ACREEDOR PRESTACIÓN CLASIFICACIÓN n CIVILES NATURALES n MODALES (condición) SIMPLES CARGO (“pero”) PLAZO CONDICIÓN :SUSPENSIVA RESOLUTORIA.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
MARTIN CASTRO GABALDO CONVENIO U.N.A. – C.F.N.A TALLER DOS “OBLIGACIONES Y CONTRATOS”
LOS HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS. EL HECHO Es toda acción material de las personas pero además son aquellos sucesos independientes de las mismas, como pueden.
 Modo de extinguir las obligaciones.  Evita el doble pago.  Debe haber dos obligaciones reciprocas.
EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
VOCACION SUCESORIA, ¿ Qué significa ? Art. 962 CC Significa Estar en posibilidad de suceder a determinada persona, y este derecho a heredar solo puede.
 Las obligaciones pueden clasificarse según sus elementos, por lo que existen diferentes clases de obligaciones atendiendo:  A) El vínculo,  B) El.
OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES
Tema VIII Modificación y extinción de las obligaciones Es preciso perdonar mucho, pero no olvidar nunca François Guizot.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
LEY CONTRATOS FUENTESDECLARACION UNILATERAL DE VOLUNTAD ENRIQUECIMIENTO ABIERTO GESTION DE NEGOCIOS HECHOS ILICITOS CONDICIONALES A PLAZO CONJUNTIVAS ALTERNATIVAS.
Transcripción de la presentación:

Modos de extinción de las obligaciones -Ángeles Casas Verónica Grisel -López Hernández Carlos -Mendoza Hernández Leonardo Daniel

Concepto Son los actos o hechos jurídicos establecidos por la ley para disolver el vinculo jurídico que une al acreedor con su deudor en torno a una prestación.

1.-Pago Es el modo mas general de extinguir las obligaciones, también se conoce como solución. Es el cumplimiento de la obligación, satisfaciendo el interés del acreedor y liberando al deudor.

Ofrecimiento de pago y consignación. Sujeto activo Sujeto pasivo ¿Quién realiza el pago? ¿Quién recibe el pago? -Acreedor -Representante -Pago por el deudor. -Pago por un tercero. Ofrecimiento de pago y consignación. El acreedor se rehúsa a recibir la prestación que se le adeuda, o este incapaz, ausente, etc. Interseado en extinguir a ob

2.-Dación en pago Consiste en que el deudor de a su acreedor una cosa distinta de la que debió darle en virtud de la obligación, con el consentimiento del acreedor (art 2095 del C. Civil). Una cosa distinta a la debida. En ves de dinero, mercancias. El acreedor no poddra ser obligado, parcial

3.-Compensación Es el medio de extinguir obligaciones que tiene lugar cuando en dos personas o mas reúnen recíprocamente las cualidades de deudor y acreedor (art. 2185 del C. Civil). El efecto es extinguir las deudas hasta el importe de la menor.         DEUDOR ACREEDOR Juan Luis $1,000,000 Luis Juan $100,000 Juan $900,000 Luis

Exigibles (art 2190 del C. Civil) Para que la compensación se efectué es necesario que las dos deudas sean en dinero o en cosas fungibles y que sean además: Reciprocas Liquidas Exigibles (art 2190 del C. Civil) Embargables (excepto deudas alimenticias, rentas vitalicias, salarios mínimos, etc. (art. 2192 del C. Civil)). Modalidad de pensión de jubilacion

Consiste en que las dos cualidades de deudor y acreedor se reúnan en una misma persona (art. 2206 del C. Civil). Los casos mas frecuentes son en la sucesión por causa de muerte. 4.-Confusión DEUDOR ACREEDOR Se extingue x completo xq no hay ni acreedor ni deudor , un sujeto no puede pagarse a si mismo, por actos entre vivos o x causa de muerte, total o parcial(si el causante(acree o deudor) tiene varios herederos) Enrique Luis $10,000 ACREEDOR $10,000 legado

5.-Remisión

6.-Novación

7.-Pérdida de la cosa

8.-Término extintivo

9.-Prescripción extintiva ADQUISITIVA EXTINTIVA O NEGATIVA Existe la prescripción extintiva cuando, transcurrido el tiempo señalado por la ley, el acreedor no ejercita sus derechos. En este caso, las obligaciones se extinguen. La ley señala los plazos que son necesarios para que una obligación prescriba (arts. 1159, 1161, 1162, 1163 y 1164 del código civil para el D.F). Existen obligaciones que son imprescriptibles. Por ejemplo: la obligación de dar alimentos.

10.-Nulidad Puede ser absoluta y relativa Absoluta: se origina cuando el acto realizado es contrario a la ley (el objeto es ilícito). Relativa: se presenta cuando un acto existe pero esta viciado.

11.-Resolución Esta forma de extinción la obligación se da al cumplirse una condición.

12.-Rescisión Anulación o invalidación del contrato celebrado, ya sea porque ambas partes estén de acurdo en invalidarlo, ya porque alguna de ellas no cumplió con la obligación contraída y la otra se ve en la necesidad de darlo por concluido.

13.-Revocación Consiste en dejar sin efecto un acto jurídico o una declaración de voluntad, anularla, la misma puede darse por el mutuo consentimiento de las partes o por la voluntad unilateral como son testamentos, mandatos, donaciones (por ciertas causas), y otras.