La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Profesor Carlos López Díaz

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Profesor Carlos López Díaz"— Transcripción de la presentación:

1 Profesor Carlos López Díaz
(008) Obligaciones. Modos de extinguir Profesor Carlos López Díaz Versión al 1 de agosto de 2011

2 Artículo Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula. Las obligaciones se extinguen además en todo o parte: 1.- Por la solución o pago efectivo; 2.- Por la novación; 3.- Por la transacción; 4.- Por la remisión; 5.- Por la compensación; 6.- Por la confusión; 7.- Por la pérdida de la cosa que se debe; 8.- Por la declaración de nulidad o por la rescisión; 9.- Por el evento de la condición resolutoria; 10.- Por la prescripción. De la transacción y la prescripción se tratará al fin de este Libro; de la condición resolutoria se ha tratado en el título De las obligaciones condicionales.

3 Modos de extinguir las obligaciones
Son ciertos actos o hechos jurídicos que operan la liberación del deudor de la prestación a que se encuentra obligado. Concepto El pago Que satisfacen al acreedor con la prestación debida o análoga Modos de extinguir las obligaciones La dación en pago La novación Primera clasificación La compensación Que extinguen la obligación sin tal satisfacción La pérdida de la cosa debida La prescripción La prescripción Que extinguen la obligación directamente Segunda clasificación El pago La pérdida de la cosa debida En forma consecuencial La nulidad o rescisión El evento de la condición resolutoria

4 El mutuo consentimiento o resciliación
Art Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula. Concepto La resciliación No confundir con rescisión Terminología La revocación La terminación Mutuo disenso La expresión “consienten en darla por nula” El desahucio Capacidad de las partes Capacidad de disposición Obligaciones que se extinguen por mutuo consentimiento Toda obligación, cualquiera sea su fuente. La resciliación opera hacia lo futuro

5 El pago El pago Concepto y alcances 1. Por quién se hace el pago
2. Requisitos del pago 3. A quién debe hacerse el pago El pago 4. Lugar, época y gastos del pago 5. Cómo debe hacerse el pago 6. Imputación del pago 7. Prueba del pago

6 Por quién se hace el pago
El pago. Gráfico 1 Concepto. Artículo “El pago efectivo es la prestación de lo que se debe”. Concepto y alcances Necesidad de una obligación preexistente. Extinción de la misma. Alcances El deudor mismo. Mandatarios. Representantes legales. Herederos. Legatarios. Quiénes Deudor Efecto Fiador. Codeudor solidario. Tercer poseedor de la finca hipotecada 1. Por quién se hace el pago Quiénes Persona interesada Efectos: subrogación Pago con el consentimiento del deudor. Diputado para el pago. Efecto: subrogación Pago sin conocimiento del deudor. Efectos: extingue la obligación. Tercero es agente oficioso. No subrogación, sólo acción de reembolso. Pago contra la voluntad del deudor. Ningún efecto: debe pedir acciones. Un extraño

7 El pago. Gráfico 2 Es dueño Derecho a un nuevo pago.
Derecho de repetición No pierde el dominio. Propietario de la cosa regla No vale. Efectos. No es dueño Con consentimiento del deudor. Adquisición posterior del dominio Cosa fungible consumida de buena fe excepciones 2. Requisitos del pago Capacidad para enajenar Solemnidades legales Reglas de la tradición

8 A quién debe hacerse el pago
El pago. Gráfico 3 Regla Al acreedor no administración de sus bienes embargo o retención judicial fraude de los acreedores del fallido Excepción (no vale) Convencional Legal Judicial Origen 3. A quién debe hacerse el pago Representado Al representante del acreedor Capacidad Representante Puede ser incapaz. Artículo 1581 Término: revocación Al poseedor del crédito

9 Especie o cuerpo cierto
El pago. Gráfico 4 Regla Lo pactado Lugar Especie o cuerpo cierto Donde se encontraba al constituirse la obligación Excepción Género Domicilio del deudor 4. Lugar y época del pago Pura y simple Epoca Condicional Regla: deudor Gastos Excepción: acuerdo

10 Cómo debe hacerse el pago
El pago. Gráfico 5 regla Con la misma cosa debida excepción obligaciones modales obligaciones facultativas Requisitos generales regla controversia quiebra / cesión compensación pago con beneficio de competencia Total excepción 5. Cómo debe hacerse el pago Obligaciones de especie o cuerpo cierto Requisitos específicos Obligaciones de género Obligaciones de dinero

11 El pago. Gráfico 6 Requisitos Deudor 6. Imputación del pago
A quién le corresponde Acreedor Ley “Si el acreedor otorga carta de pago del capital sin mencionar los intereses, se presumen éstos pagados”. Artículo 1595 inciso 2. “En los pagos periódicos la carta de pago de tres períodos determinados y consecutivos hará presumir los pagos de los anteriores períodos, siempre que hayan debido efectuarse entre los mismos acreedor y deudor”. Artículo 1570. “El finiquito de una cuenta hará presumir el de las anteriores, cuando el comerciante que lo ha dado arregla sus cuentas en períodos fijos”. Artículo 120 Código de Comercio. Regla 7. Prueba del pago Presunciones

12 Estipulación en contra
La novación Concepto Obligación preexistente Nueva obligación Diferencia sustancial entre ambas Capacidad para novar Animo de novar Requisitos objeto Novación objetiva causa Formas acreedor Novación subjetiva Novación deudor efecto Regla La novación consecuencias Efectos Artículo La novación es la substitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida. Excepción Estipulación en contra Delegación

13 Novación por cambio de deudor
Acreedor Deudor Nuevo deudor En rojo, están las partes que consienten en la novación por cambio de deudor

14 Novación por cambio de deudor
Delegación perfecta: Novación por cambio de deudor Acreedor Deudor Nuevo deudor Acreedor Delegación imperfecta: Acreedor Deudor Nuevo deudor En rojo, están las partes que consienten en la novación por cambio de deudor Deudor Nuevo deudor

15 Novación por cambio de deudor
Delegación perfecta: Expromisión: Novación por cambio de deudor Acreedor Acreedor Deudor Nuevo deudor Deudor Nuevo deudor Acreedor Delegación imperfecta: Adpromisión: Acreedor Acreedor Deudor Nuevo deudor En rojo, están las partes que consienten en la novación por cambio de deudor Deudor Nuevo deudor Deudor Nuevo deudor

16 Novación por cambio de deudor
Delegación perfecta: Expromisión: Novación por cambio de deudor Acreedor Acreedor Deudor Nuevo deudor Deudor Nuevo deudor Acreedor Hay novación Deudor Nuevo deudor En rojo, están las partes que consienten en la novación por cambio de deudor

17 La remisión Remisión Concepto voluntaria 1a clasificación forzada
testamentaria 2a clasificación por acto entre vivos Remisión Clases total 3a clasificación parcial La remisión expresa 4a clasificación La remisión o condonación es la renuncia gratuita que hace el acreedor a favor del deudor del derecho de exigir el pago de su crédito. tácita total Efectos parcial

18 La compensación Compensación
Deudores personales y recíprocos Obligaciones de dinero, cosas fungibles o indeterminadas de igual género y calidad Liquidez de ambas obligaciones Actual exigibilidad de ambas obligaciones Créditos embargables Pagaderas en el mismo lugar Que no sea en perjuicio de acreedores La compensación debe ser alegada La compensación La compensación es un modo de extinción de las obligaciones recíprocas existentes entre dos personas, hasta concurrencia de la de menor valor. Requisitos Concepto Demanda de restitución de un despojo. Demanda de restitución de un depósito o comodato. Demanda de indemnización por actos de violencia o fraude. Demanda de alimentos no embargables. Casos en que no procede legal Compensación Efectos Opera de pleno derecho Renuncia Clases voluntaria judicial

19 La confusión Confusión
Concepto Artículo Cuando concurren en una misma persona las calidades de acreedor y deudor se verifica de derecho una confusión que extingue la deuda y produce iguales efectos que el pago. Por causa de muerte Causas Por acto entre vivos Confusión Total Clases Parcial Efectos

20 La pérdida de la cosa que se debe
destrucción Pérdida material inhabilitación Alcances extravío Pérdida jurídica SI. Obligaciones de especie o cuerpo cierto Casos en que procede NO. Obligaciones de género Pérdida de la cosa que se debe Pérdida imputable: la obligación subsiste Pérdida no imputable: la obligación se extingue Consecuencias Que la pérdida no sea imputable (caso fortuito) Que la pérdida sea total Requisitos Procedencia Pérdida por el deudor Deberá sólo el precio Incluye caso artículo 1679 Reaparición de la cosa

21 Prescripción extintiva Prescripción en general
La prescripción extintiva Prescripción en general Concepto Prescripción adquisitiva Clases Concepto Prescripción extintiva Fundamento Prescripción extintiva Prescripción en general La prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. 1. Acción prescriptible Artículo La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. 2. Alegada Requisitos 3. No interrumpida 4. No suspendida 5. Transcurso del tiempo

22 La prescripción extintiva
Regla: acciones prescriptibles 1. Acción prescriptible Acción de reclamación de estado civil. Artículo 320. Acción para pedir cese de ciertos estados perniciosos. Artículo 937. Acción cautelar general. Artículo 950 inciso 2º. Acción de partición. Artículo 1317. Nulidad de matrimonio. Artículo 48 LCM. Imprescriptibilidad de las excepciones. Excepción: nulidad Excepción: acciones imprescriptibles Regla: a solicitud de parte Cómo se alega En juicio ejecutivo En materia penal Excepción: de oficio Quién la alega El deudor 2. Alegada Regla: excepción (perentoria) Ejercicio Excepción: como acción expresa formas tácita Renuncia oportunidad capacidad

23 La prescripción extintiva
Alcance y fundamento Obra del acreedor Cuál es Requiere demanda judicial notificada Interrupción civil 3. No interrumpida Regla general: pierde tiempo Efectos Demanda ilegalmente notificada. Desistimiento de la demanda. Abandono de la instancia. Sentencia absolutoria del demandado. Excepción: no interrumpe Formas Obra del deudor Cuál es Por reconocimiento del deudor de la obligación Interrupción natural Es personal. Detiene la prescripción iniciada. Hace perder el tiempo transcurrido. Efectos Excepción a efectos relativos Obligaciones solidarias. Artículo 2519. Obligaciones indivisibles. Artículo 1529. Efecto común

24 La prescripción extintiva
Es un beneficio establecido a favor de ciertas personas en cuya virtud no corre la prescripción en contra suya. Alcance Artículo 2509 1º Los menores; dementes; sordos o sordomudos que no pueden darse a entender claramente; y todos los que estén bajo potestad paterna, o bajo tutela o curaduría. 2º La mujer casada en sociedad conyugal mientras dure ésta. 3º. La herencia yacente Personas favorecidas 4. No suspendida Efectos No hace perder el tiempo transcurrido Límites Diez años

25 La prescripción extintiva. Gráfico 4
Concepto Formas de cómputo El plazo Desde cuándo Determinación Acciones ordinarias Acciones personales 5. Transcurso del tiempo Acciones ejecutivas De largo tiempo Acciones de obligaciones accesorias Dominio en sí Acciones reales derivadas del dominio Acción reivindicatoria Clases Acción de petición de herencia Derechos reales desmembración del dominio De corto tiempo

26 La prescripción extintiva. Gráfico 4
El plazo 5. Transcurso del tiempo De largo tiempo Clases Honorarios profesionales: 2 años Mercaderes y servicios: 1 año Plazos Prescripciones presuntiva de pago No se suspenden Admiten interrupción Interverción. Artículo 2523. Aspectos De corto tiempo 6 meses, 1año, 4 años responsabilidad civil extracontractual Plazos Prescripciones especiales No se suspenden. Excepciones. Admiten interrupción No opera interverción Aspectos


Descargar ppt "Profesor Carlos López Díaz"

Presentaciones similares


Anuncios Google