La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

TEMAS DE DERECHO CIVIL EGACAL 2013.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "TEMAS DE DERECHO CIVIL EGACAL 2013."— Transcripción de la presentación:

1 TEMAS DE DERECHO CIVIL EGACAL 2013

2 ACTO JURÍDICO (NEGOCIO JURÍDICO)
HECHO, ACTO Y NEGOCIO JURÍDICO

3

4 EL CONCEPTO DEL ACTO JURÍDICO
A.J. H.J. VOLUNTARIO LICITO Manifestación de la Voluntad que responden A la intención del sujeto Derecho Objetivo De conformidad Efectos queridos Es un Con y 4

5 DEFINICIÓN LEGAL Acto Jurídico: “El acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas. Para su validez se requiere: 1.- Agente capaz 2.- Objeto física y jurídicamente posible 3.- Fin lícito 4.- Observancia de la forma prescrita bajo sanción de nulidad.

6 LA REPRESENTACIÓN Clases de representación - Legal - Voluntaria
¿Son nulos, anulables o ineficaces los actos realizados por el falsus procurador?

7 INTERPRETACIÓN DEL ACTO JURÍDICO
Clases: - Objetiva (Art. 168° C.C.) - Sistemática (Art. 169° C.C.) - Finalista (Art. 170° C.C.)

8 MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO
Clases - Condición (Art. 171° y sigtes. C.C.) - Plazo (Art. 178° y sigtes. C.C.) - Cargo (Art. 185° y sigtes. C.C.)

9 ESTRUCTURA - Sujeto Presupuestos: - Objeto Elementos: - La causa
- La forma Requisitos: - La capacidad - La licitud

10 EFICACIA ESTRUCTURAL:
Si el negocio es apto para crear los efectos queridos por las partes” EFICACIA FUNCIONAL: Si la relación jurídica ya (ETAPA ya generada continúa realizando plenamente los efectos que las partes persiguieron al celebrar el acto (Se hace contrario a la ley o por causa sobreviniente)

11 INEFICACIA FUNCIONAL Resolución Rescisión
ESTRUCTURAL Nulidad Anulabilidad

12 NULIDAD Art. 219° C.C..- El acto jurídico es nulo:
1.- Cuando falta la manifestación de voluntad del agente. 2.- Cuando se haya practicado por persona absolutamente incapaz, salvo lo dispuesto en el artículo 1358. 3.- Cuando su objeto es física o jurídicamente imposible o cuando sea indeterminable. 4.- Cuando su fin sea ilícito. 5.- Cuando adolezca de simulación absoluta. 6.- Cuando no revista la forma prescrita bajo sanción de nulidad. 7.- Cuando la ley lo declara nulo. 8.- En el caso del artículo V del Título Preliminar, salvo que la ley establezca sanción diversa.

13 Casos de Nulidad ¿Es nulo el contrato celebrado por uno de los miembros de la sociedad conyugal sin intervención del otro? ¿Es nulo el contrato realizado por el sujeto no propietario?

14 ANULABILIDAD Art. 219° C.C..- El acto jurídico es anulable:
1.- Por incapacidad relativa del agente. 2.- Por vicio resultante de error, dolo, violencia o intimidación. 3.- Por simulación, cuando el acto real que lo contiene perjudica el derecho de tercero. 4.- Cuando la ley lo declara anulable.

15 DERECHO DE LAS RELACIONES OBLIGATORIAS

16 Obligaciones Vínculo jurídico por el que un sujeto (acreedor) tiene derecho a exigir a otra (deudor) la observancia de un determinado comportamiento (prestación) de cuyo cumplimiento responde el deudor con todo su patrimonio

17 ESTRUCTURA DE LAS RELACIONES OBLIGATORIAS
Los Sujetos: Sujeto activo: Acreedor, que tiene el derecho de pedir y de obtener que el deudor desarrolle la actividad debida Sujeto pasivo: Deudor, que tiene el deber de dar, o de hacer o de no hacer El vínculo jurídico: que liga a una persona con otra El Objeto: la prestación debida

18 RELACIONES OBLIGATORIAS SIMPLES Y COMPLEJAS
- Cuando el derecho subjetivo atribuido a una persona y el deber jurídico o estado de sujeción recae sobre otra. Relaciones obligatorias complejas: Cuando abarca el conjunto de derechos y deberes o estados de sujeción nacidos de un mismo hecho jurídico.

19 LAS OBLIGACIONES COMPLEJAS
Obligaciones subjetivamente complejas Mancomunadas Solidarias Obligaciones objetivamente complejas Alternativas Facultativas Divisibles Indivisibles

20 Clasificación de las obligaciones
Por el sujeto Pluralidad Parciarias Solidarias Por el objeto específicas Genéricas/ indivisibles Divisibles/ Alternativas /facultativas

21 CATEGORÍA DE LAS OBLIGACIONES
Obligaciones de dar: un comportamiento dirigido a provocar un efecto jurídico Obligaciones de hacer: un comportamiento de orden predominantemente material o de hecho Obligaciones de no hacer: la abstención de un comportamiento

22 OBLIGACIONES DE MEDIOS Y DE RESULTADO
A PROPÓSITO DE LOS CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS y CONTRATOS DE OBRA.

23 EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

24 El pago Es la ejecución de la prestación debida
Solutio de solvere (liberar, soltar) por lo que el deudor que paga queda solutus (liberado)

25 ¿Quién puede hacer el pago? (Sujeto activo)
Regla general: Debe pagar el deudor Puede hacer un “tercero” Excepción: Obligaciones personalísimas Efectos del pago: extingue la obligación satisface al acreedor y libera al deudor

26 ¿A quién debe hacerse el pago? (Sujeto pasivo)
Regla general: Debe pagarse al acreedor También puede pagarse a algún representante: - legal Voluntario Excepción: al sujeto de buena fe que esta legitimado según las circunstancias univocas

27 ¿Qué debe pagarse? (Objeto)
Regla general: La prestación debida y no otra Satisfacer por completo el pago El acreedor no podrá ser compelido a su cumplimiento parcial Identidad Integridad Indivisibilidad

28 ¿Dónde debe hacerse el pago? Lugar
Regla general: En el domicilio del deudor, salvo estipulación en contrario, o que de resulte de la ley, de la naturaleza de la obligación o de las circunstancias del caso. (Art. 1238° C.C.) Excepción: Obligaciones pecuniarias: el domicilio del acreedor Obligaciones específicas: donde se encontraba la cosa al constituirse la obligación

29 ¿Cuándo debe pagarse? (Momento)
Regla general: Si no existe plazo, la obligaciones es exigible inmediatamente. Salvo, los usos o la naturaleza de la prestación modalidades: - Pura - Condicional - Sujeta a plazo

30 M0DIFICACION EN LOS ELEMENTOS DE LA RELACION OBLIGATORIA

31 Modificaciones en título Modificaciones en el contenido
Novación objetiva Modificaciones en el contenido La subrogación real La transacción Modificaciones en los sujetos En el sujeto pasivo: La delegación, la expromisión y la asunción de deuda. En el sujeto pasivo: La cesión del crédito, la subrogación y la delegación activa.

32 CAUSAS EXTINTIVAS DISTINTAS DEL CUMPLIMIENTO

33 Clases: La Novación objetiva. La condonación de la deuda
La compensación La confusión La imposibilidad sobrevenida

34 EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

35 Efecto principal de la obligación Cumplimiento –pago Consecuencias:
Extinción de la obligación Si el deudor no lleva a cabo la prestación Incumplimiento Consecuencias: puede que se extinga o puede que no

36 INCUMPLIMIENTO PROPIO
Las causas afectan a la esencia de la obligación: Impiden su cumplimiento Voluntario DOLO CULPA Involuntario CASO FORTUITO FUERZA MAYOR INCUMPLIMIENTO IMPROPIO Las causas no afectan a la esencia de la obligación: no impiden su posterior cumplimiento LA MORA

37 Art. 1318° del C.C. Art. 1319° y 1320° del C.C. Dolo
Acción u omisión que con conciencia y voluntariedad de producir un resultado antijurídico, impide el cumplimiento Culpa Acción u omisión voluntaria, pero no maliciosa, que impide se cumplan las obligaciones Culpa leve: es omitir aquella diligencia ordinaria exigida por la naturaleza de la obligación. Culpa inexcusable, quien por negligencia grave no ejecuta la obligación. Art. 1318° del C.C. Art. 1319° y 1320° del C.C.

38 CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
Causa no imputable al deudor, que le impide cumplir la obligación. Requisitos: evento extraordinario Imprevisible irresistible Efecto: libera de la responsabilidad Imposibilidad de previsión

39 MORA Es el retraso en el cumplimiento de una obligación
Incumplimiento impropio=no impide su posterior cumplimiento

40 CONTRATOS PARTE GENERAL

41 DEFINICIÓN LEGAL “El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial” (art. 1351° C.C.)

42 COMPONENTES DEL CONTRATO
Un acto consensual: El acuerdo Un acto jurídico patrimonial: El objeto del acuerdo Un acto de voluntad: El modo cómo opera el acuerdo respecto de su objeto

43 EL CONTRATO COMO ACUERDO
El contrato es el acuerdo…”para” crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial. Principios: - Libertad - Autonomía

44 TEORÍAS DEL CONTRATO Teoría voluntarista Teoría de la declaración
Teoría preceptivista Teoría normativista Teoría programática

45 ESTRUCTURA DEL CONTRATO
Requisitos 1. Manifestación de voluntad contractual 2. Forma del contrato 3. El objeto 4. La causa 5. El vinculo contractual

46 CLASIFICACIONES JURIDICAS Y LEGALES DEL CONTRATO

47 CLASIFICACIONES JURIDICAS Y LEGALES
1.- Por la naturaleza de las obligaciones a) Unilaterales: Ej. la donación. b) Bilaterales: Ej. la compraventa c) Plurilaterales: son aquellas en que intervienen más de dos partes . 2.- Por la finalidad o título. a) A título oneroso: Ej. compraventa. b) A título gratuito: Ej. depósito, comodato, donación.

48 CLASIFICACIONES JURIDICAS Y LEGALES
3.- Atendiendo a la necesidad o no de la entrega de la cosa para su perfeccionamiento se dividen en a) Consensuales: Ej. la locación b) Reales: Ej. El comodato 4.- Por el conocimiento o ignorancia que tengan las partes, - al momento de la celebración -, de las ventajas o pérdidas patrimoniales que les devengarán del contrato, los contratos a título oneroso, se dividen: a) Conmutativos: Ej. compraventa. b) Aleatorios:

49 CLASIFICACIONES JURIDICAS Y LEGALES
5.- Por la necesidad de guardar determinadas formalidades al momento de su celebración, se dividen en formales y no formales. a) No formales: b) Formales: - Son de solemnidad absoluta : Si el cumplimiento de la formalidad solemne es exigido bajo sanción de nulidad - Son de solemnidad relativa: Si el cumplimiento de la formalidad no es exigido bajo sanción de nulidad 6.- Por el tiempo en que comienzan a producir sus efectos, se distinguen en contratos de ejecución inmediata y de ejecución. a) De ejecución inmediata: Ej. Venta de una cosa que se paga inmediatamente después de celebrado el contrato.. b) De ejecución diferida: es el que contrato sujeto a un término, momento futuro pero cierto; ya sea inicial o final.

50 CLASIFICACIONES JURIDICAS Y LEGALES
7.- Por el , el tiempo en deben cumplirse, - momento único o continuado -, desde que comienza hasta que termina:. a) De ejecución instantánea: Ej. venta de una cosa que se paga de una sola vez. b) De tracto sucesivo Ej. contrato de locación de cosas. 8.- Por la dependencia o independencia de otro contrato, pueden ser: principales o accesorios. La distinción solamente aparece en el código en materia de obligaciones a) Principal: Ej. la locación de cosas. b) Accesorio: Ej. la fianza

51 CLASIFICACIONES JURIDICAS Y LEGALES
11.- Por la circunstancia de tener un nombre se dividen en nominados e innominados: Los contratos son nominados o innominados, según que la ley los designa o no, bajo una denominación especial . 12.- Por tener o no una regulación legal expresa, completa y unitaria: los contratos pueden ser típicos o atípicos. - Típicos: son aquellos contratos que tienen individualidad propia, una designación y una regulación especial en la ley. Ej. compraventa, permuta, cesión de derechos, locación, mandato etc. - Atípicos: son aquellos a quienes la ley no da nombre ni regulación específica. Ej. contrato de hospedaje, de garage, de publicidad, de agencia.

52 FORMACIÓN DEL CONTRATO
ACTOS UNILATERALES RECEPTICIOS: LA OFERTA LA ACEPTACIÓN

53 LA OFERTA Naturaleza jurídica Requisitos de la oferta
Negocio jurídico recepticio Requisitos de la oferta Debe ser completa No debe estar acompañado de reservas sobre el propio carácter actualmente vinculante

54 LA ACEPTACIÓN Naturaleza jurídica Requisitos de la oferta
Acto jurídico en sentido estricto recepticio Requisitos de la oferta Debe ser conforme con la oferta Debe ser oportuno La formalidad

55 DIFERENCIAS OFERTA AL PÚBLICO, PROMESA AL PÚBLICO Y INVITACIÓN A OFRECER

56 LA BUENA FE EN LAS TRATATIVAS Y RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL
TRATAMIENTO EN LA RESPONSABILIDAD CIVIL

57 LOS DEBERES PRECOTRACTUALES
Deber de información Deber de lealtad Deber de confidencialidad Algunos autores también refieren: Los deberes de protección Los deberes de seguridad

58 ¿LOS CONTRATOS SOLO PRODUCEN EFECTOS ENTRE LAS PARTES?
El principio de relatividad de los contratos y los terceros

59 REMEDIOS NEGOCIALES

60 TIPO DE REMEDIOS De acuerdo al modo de su activación Negociales
Judiciales (procesales) Legales A la Naturaleza del “defecto” Remedios en interés de parte Remedios en interés general A la Naturaleza del defecto contra el cual reacciona Remedios contra defectos originarios Remedios contra defectos sobrevinientes A la finalización de los efectos del contrato Remedios extintivos Remedios de mantenimiento

61 INEFICACIA ESTRUTURAL (INVALIDEZ DEL CONTRATO)
NULIDAD Y ANULABILIDAD

62 RESCISIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
INEFICACIA FUNCIONAL RESCISIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

63 LOS CONTRATOS ESTANDÁNDAR (Condiciones generales de Contratación)
LA EFICACIA FRENTE AL ADHERENTE

64 LAS CLÁUSULAS VEJATORIAS EN LOS CONTRATOS DE LOS CONSUMIDORES
ÁMBITO DE LA DISCIPLINA CRITERIOS GENERALES DE LA VEJATORIEDAD LA “LISTA GRIS” REMEDIOS: INDIVIDUAL Y COLECTIVO


Descargar ppt "TEMAS DE DERECHO CIVIL EGACAL 2013."

Presentaciones similares


Anuncios Google