Cambiando la forma de buscar empleo

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Transcripción de la presentación:

Cambiando la forma de buscar empleo DIAPOSITIVA DE CIERRE DE PRESENTACIÓN. Operatividad del Servicio Público de Empleo 2 de julio de 2015

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

Planificación de la prestación de servicios de gestión y colocación de empleo ACTIVIDADES Responsable AMVA Municipio 1.    Análisis del contexto del mercado laboral local, que incluya la identificación y caracterización de sus actores. X 2.    La oferta de servicios de gestión y colocación de empleo, identificando:   a.    Los objetivos que se pretenden alcanzar con la prestación de los servicios, así como los riesgos que puedan impedir su cumplimiento. b.    Los procedimientos que se adelantarán para la prestación de cada uno de los servicios que se ofrecen. 3.    Definición de metodología de seguimiento a indicadores de gestión y calidad. 4.    Plan Operativo del Convenio y de la operación de las Agencias

Planificación de la prestación de servicios de gestión y colocación de empleo ACTIVIDADES Responsable AMVA Municipio 5.    Caracterización de otras políticas de empleo que incluya:   a.    Programas de formación para el trabajo ofertados en el territorio, así como instituciones oferentes con los cuales sea posible desarrollar alianzas o convenios. X b.    Programas para superar barreras de empleabilidad y de generación de ingresos, así como los actores públicos y privados del orden nacional o local, que desarrollen los mismos y con los cuales sea factible desarrollar alianzas o convenios. 6.    Definición de metodología de medición y seguimiento de la satisfacción del usuario (buscadores de empleo y empleadores) 7. Diseño de la estrategia de comunicación y divulgación de información hacia los usuarios y actores considerados relevantes en el territorio

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 a) Observar y cumplir los principios del Servicio Público de Empleo en la prestación de los servicios de gestión y colación a los usuarios del mismo; Eficiencia Mejor utilización de los recursos disponibles. Integralidad Atención de las diversas necesidades de los trabajadores Universalidad Asequibilidad a los servicios y beneficios Igualdad Sin discriminación alguna Libre escogencia Libre selección de prestadores Confiabilidad Oportunidad, pertinencia y calidad Enfoque diferencial Características particulares de personas y grupos poblacionales Calidad De acuerdo con los estándares de calidad

Las actividades básicas de gestión y colocación son: Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 b) Mantener las condiciones y requisitos que posibilitaron la obtención de la autorización; c) Tener un Reglamento de Prestación de Servicios y darlo a conocer a los usuarios; d) Prestar los servicios básicos de gestión y colocación de forma gratuita a los trabajadores; Las actividades básicas de gestión y colocación son: a) Registro de oferentes (buscadores), demandantes (empleadores) y vacantes; b) Orientación ocupacional a oferentes y demandantes; c) Preselección, o d) Remisión. Prestadores públicos: deben prestar los servicios autorizados a todos los buscadores y empleadores de mano de obra, sin ningún tipo de distinción. Los Prestadores del Servicio podrán realizar actividades distintas a las enunciadas, pero deben estar registradas en el reglamento de prestación de servicios.

Orientación ocupacional Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 e) Prestar los servicios con respeto a la dignidad y el derecho a la intimidad de los oferentes y demandantes. f) Velar por la correcta relación entre las características de los puestos de trabajo ofertados y el perfil ocupacional, académico y/o profesional requerido; Registro Es la inscripción de manera virtual o presencial en el Sistema Informático autorizado al prestador de: a. Hojas de vida de los oferentes, b. Información básica de demandantes, c. Vacantes. Orientación ocupacional Comprende el análisis del perfil del buscador, información general del mercado laboral, información sobre programas de empleabilidad, y asesoría en el desarrollo de estrategias de búsqueda de empleo. La orientación también incluye la asesoría brindada a los demandantes de empleo para la definición y registro de vacantes. Preselección Es el proceso que permite identificar entre oferentes inscritos, aquellos que tengan el perfil requerido en la vacante. Remisión Es el proceso por el cual se envían, o se ponen a disposición del empleador, los perfiles de los candidatos preseleccionados. APOYO DE LA UNIDAD Capacitación al equipo de trabajo

Banner externo - entrada principal Señalética Sello de autorización Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 g) En el desarrollo de sus actividades, en los medios de promoción y divulgación de las mismas, hacer constar la condición en que actúa, mencionando el número del acto administrativo mediante el cual fue autorizado, la pertenencia a la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo y utilizar la imagen de identificación del Servicio Público de Empleo definida por el Ministerio del Trabajo; MÍNIMOS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO Banner externo - entrada principal Señalética Sello de autorización Sitios web Pendones Espacios interiores APOYO DE LA UNIDAD Manual de Marca

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 h) Disponer de un sistema informático para la operación y prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Proceso de Transición APOYO DE LA UNIDAD Redempleo Capacitación en la herramienta

Registro de vacantes, oferentes y demandantes de empleo. Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 h) Disponer de un sistema informático para la operación y prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Registro de vacantes, oferentes y demandantes de empleo. Registro de las actividades realizadas por los usuarios en materia de búsqueda de empleo, formación o recalificación profesional u otras concernientes a su inserción laboral. Modificación y actualización de los datos de los usuarios. Publicación de ofertas de empleo. Búsqueda en la base de datos de oferentes de empleo (registrados en Redempleo). Remisión y seguimiento de hojas de vida de los oferentes a los demandantes de empleo. Producir reportes de la gestión y colocación de empleo. Extraer información en archivos planos.

RESOLUCIÓN 1480 del 11 de abril de 2014 Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 i) Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de empleo realizada, en los formatos, términos, periodicidad y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo mediante resolución; RESOLUCIÓN 1480 del 11 de abril de 2014 Procedimiento para obtener información sobre la gestión realizada. Reporte por cada punto de atención Se debe diligenciar los 15 primeros días de cada mes Se realiza a través del link: comunidad.serviciodeempleo.gov.co APOYO DE LA UNIDAD Comunidad Virtual

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 i) Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de empleo realizada, en los formatos, términos, periodicidad y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo mediante resolución; Inscritos / registrados activos Personas que registraron su hoja de vida en el punto de atención durante el mes de referencia. Personas que tenían registrada su hoja de vida antes del mes de referencia y realizaron modificaciones y/o actualizaciones durante el mes de referencia Se debe diferenciar entre hombres y mujeres

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 i) Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de empleo realizada, en los formatos, términos, periodicidad y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo mediante resolución; 2. Remisiones a empleadores Total de remisiones para procesos de selección y/o contratación en el mes de referencia. 3. Colocados Total de personas que como resultado de la intermediación laboral realizada por el punto de atención, fueron contratados por el empleador en el mes de referencia. Se debe diferenciar entre hombres y mujeres 4. Empleadores registrados/inscritos activos Empleadores registrados en el punto de atención en el mes de referencia. Empleadores inscritos anteriormente que hicieron modificaciones y/o actualizaciones de su registro o gestionaron vacantes en el punto de atención en el mes de referencia. 5. Vacantes registradas/publicadas Total de vacantes registradas en el punto de atención en el mes de referencia Se debe diferenciar por modalidad de vinculación: por contrato laboral o prestación de servicios

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 i) Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de empleo realizada, en los formatos, términos, periodicidad y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo mediante resolución; 6. Personas remitidas a servicios de gestión de empleo Remisión a entrevistas de orientación laboral: personas remitidas a entrevista con un psicólogo u orientador laboral con el objetivo de identificar su perfil laboral y definir las acciones para mejorar su empleabilidad. Remisión a talleres de orientación laboral: personas remitidas a talleres grupales en donde se orienta sobre alternativas laborales, se brindan herramientas para la búsqueda de empleo. Remisión a formación y capacitación para el trabajo: personas remitidas a cursos y/o programas de formación y capacitación para el trabajo y el desarrollo humano. Remisión a talleres de emprendimiento en el punto de atención: personas remitidas a talleres grupales ofrecidos directamente en el punto de atención para fortalecer las habilidades emprendedoras de los usuarios. Remisión a programas de emprendimiento ofrecidos por entidades externas al punto de atención: personas remitidas a programas de emprendimiento ofrecidas por entidades como alcaldías, ONGs, fundaciones, etc. Remisión a servicios complementarios: personas remitidas a otro tipo de servicios diferentes a los enunciados anteriormente.

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 i) Presentar los informes estadísticos sobre la gestión y colocación de empleo realizada, en los formatos, términos, periodicidad y por los medios que establezca el Ministerio del Trabajo mediante resolución; 7. Talleres realizados por el punto de atención Total de talleres realizados por el punto de atención en el mes de referencia. 8. Personas atendidas en talleres realizados por el punto de atención •Total de personas que participaron en talleres realizados por el punto de atención en el mes de referencia. 9. PQRS radicados en el punto de atención Total de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias radicados en el punto de atención en el mes de referencia.

Obligaciones de los Prestadores del Servicio Público de Empleo Artículo 21, Decreto 2852 de 2013 j) Entregar oportunamente la información que sea requerida por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo; k) Cuando haya una modificación en la representación legal de la agencia de gestión y colocación, remitir a la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo el certificado respectivo, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al registro de la modificación; l) Remitir a la autoridad administrativa, las reformas estatutarias de las personas jurídicas autorizadas como prestadoras del servicio público de empleo, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a su adopción, y m) Solicitar autorización para la prestación de servicios en lugares distintos a los inicialmente autorizados.

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

Registro obligatorio de vacantes: Resolución 2605 de 2014 y Resolución 0129 de 2015 “Por medio de la cual se desarrollan los lineamientos sobre el registro y publicación de vacantes” ¿ Qué es una vacante? Es un puesto de trabajo no ocupado, para el cual el empleador está tomando medidas activas con el objetivo de encontrar el candidato idóneo (Resolución 2605 de 2014) ¿Qué es el registro de vacantes? Es la obligación a cargo de los empleadores, de registrar sus vacantes a través de cualquier prestador autorizado, en el Sistema de Información del SPE. Exigible desde el 1 de Julio de 2014.

SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SPE SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SPE Registro obligatorio de vacantes: Resolución 2605 de 2014 y Resolución 0129 de 2015 El procedimiento de registro consta de dos etapas: El EMPLEADOR, una vez seleccionado el prestador, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la existencia de la vacante, registrará la misma aportando la información mínima establecida en el artículo 3° de la Resolución 2605 de 2014 del Ministerio del Trabajo. El PRESTADOR transmitirá diariamente la información de la vacante al Sistema de Información del SPE. SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SPE Una vez que el prestador transmita la información de la vacante, la misma será publicada en el Sistema de Información (www.buscadordeempleo.gov.co) salvo que se haya solicitado que se exceptúe de publicación. SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SPE Una vez que el prestador transmita la información de la vacante, la misma será publicada en el Sistema de Información (www.buscadordeempleo.gov.co) salvo que se haya solicitado que se exceptúe de publicación.

SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SPE Registro obligatorio de vacantes: Resolución 2605 de 2014 y Resolución 0129 de 2015 www.buscadordeempleo.gov.co SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SPE Una vez que el prestador transmita la información de la vacante, la misma será publicada en el Sistema de Información (www.buscadordeempleo.gov.co) salvo que se haya solicitado que se exceptúe de publicación.

Registro obligatorio de vacantes: Resolución 2605 de 2014 y Resolución 0129 de 2015 ¿Cuál es la diferencia entre el registro y la publicación de una vacante? El registro es el reporte de la información específica de la vacante al Sistema de Información del SPE. La publicación es la acción mediante la cual un prestador o la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, difunden entre los buscadores de empleo la vacante registrada por el empleador. Medios de publicación. f Aspectos relevantes de la publicación: Confidencialidad. El empleador podrá solicitar no hacer pública la información que reporte y sea relativa a su identificación. El registro de las vacantes es obligatorio en todos los casos, mientras que de la publicación se podrá prescindir en los casos expresamente previstos en la reglamentación, cuando el empleador así lo solicite.

Registro obligatorio de vacantes: Resolución 2605 de 2014 y Resolución 0129 de 2015 Casos excepcionales   1.  Cargos estratégicos: aquellos cargos del nivel directivo y estratégico cuyas funciones tengan relación directa con la fijación de  los objetivos a largo plazo y con la toma de decisiones que impacten transversalmente la empresa. 2.  Proyectos especiales: aquellos cargos del nivel directivo y estratégico cuyas funciones tengan relación directa con el establecimiento de los objetivos generales de la ejecución de  proyectos especiales. 3.  Posiciones directivas en mercados e industrias especializadas: cargos del nivel directivo de industrias como la de hidrocarburos, eléctrica o minera. 4.  Vacantes que por su naturaleza no deban ser públicas: cargos cuya publicación represente riesgo para la estabilidad del sistema financiero o de la seguridad nacional.

Registro obligatorio de vacantes: Resolución 2605 de 2014 y Resolución 0129 de 2015 Procedimiento para exceptuar de publicación una vacante:    El Representante Legal o quien tenga a su cargo el área de talento humano de la empresa, en el momento que realice el registro de su vacante ante el prestador que haya elegido, solicitará de forma expresa la exclusión de publicación de la vacante, declarando bajo su responsabilidad que la misma corresponde a aquellas previstas en el parágrafo 3° del artículo 13 del Decreto 2852 de 2013 y en el artículo 6° de la Resolución 2605 de 2014 (casos excepcionales)

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

Normatividad Normatividad relacionada con el Servicio Público de Empleo, la cual pueden encontrar en la Comunidad Virtual NORMA - FECHA TEMA Ley 1636 (18 de junio de 2013) Creación del Mecanismo de Protección al Cesante Decreto 2852 (06 de diciembre de 2013) Reglamentación de la Ley 1636/2013 del Servicio Público de Empleo Resolución 1480 (11 de abril de 2014) Reporte de Información de prestadores a la Unidad del Servicio Público de Empleo. Resolución 2605 (26 de junio de 2014) Se establecen lineamientos y se reglamenta el reporte de vacantes dispuesto en el artículo 13 del decreto 2852 de 2013 Resolución 0129 (03 marzo de 2015) Lineamientos sobre el registro y publicación de vacantes Resolución 1397 (20 de abril de 2015) Por el cual se reglamenta el Registro de Prestadores del Servicio Público de Empleo Circular 006 (6 de abril de 2015) Directrices para la apertura e inauguración de puntos de atención Circular 008 (8 de mayo de 2015) Calidad en la prestación de los servicios de gestión y colocación. comunidad.serviciodeempleo.gov.co Biblioteca Normatividad

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio AMVA Municipios Coordinar los centros de empleo y brindar el apoyo técnico para la operación y funcionamiento de los Centros de Empleo en el Valle de Aburrá de acuerdo a los parámetros exigidos por la Unidad del Servicio Público de Empleo. Garantizar las condiciones técnicas, operativas, administrativas y logísticas requeridas para la implementación de este acuerdo, el cual comprende el Plan de Trabajo, que cada Municipio deberá pasar para aprobación del Area Metropolitana del Valle de Aburra y la Unidad del Servicio Público de Empleo, que se construirá conjuntamente con las entidades y municipios participantes del Proyecto, en el primer mes del ejecución. Adoptar las metodologías e instrumentos diseñados por la Unidad del Servicio de Empleo para la mejora en la calidad de los servicios de gestión y colocación ofrecidos por los centros de empleo y en todo caso garantizar las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para la adecuada prestación de los servicios de gestión y colocación. Identificar los actores y la oferta de servicios que tengan relación con la gestión y colocación de empleo y empleabilidad en el Área Metropolitana de Valle de Aburra. Atender los lineamientos impartidos por la Unidad del Servicio Público de Empleo, con miras a la integración de servicios e información sobre buscadores de empleo y la generación de alianzas para fortalecer y complementar el portafolio de servicios que contribuyan a cerrar brechas y mejorar la empleabilidad en el Valle de Aburrá. Garantizar que en los reglamentos y otros documentos relevantes de los centros de empleo se facilite y garantice el funcionamiento conjunto en lógica metropolitana del Servicio Público de Empleo, y que se compartan las hojas de vida y las vacantes con los otros centros de empleo.

Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio AMVA Municipios Realizar el reporte consolidado mensual de los indicadores metropolitanos para el seguimiento de la gestión y colocación de empleo y de la gestión conjunta que se realice de hojas de vida y de vacantes. Realizar el reporte mensual de los indicadores de desempeño municipal para el seguimiento a la gestión y colocación de empleo. Acordar con la Unidad la implementación de Indicadores de desempeño de la implementación del Servicio Público de Empleo en el Área Metropolitana de Valle de Aburra para el seguimiento a la gestión y colocación de empleo. Garantizar el uso del aplicativo informático provisto por la Unidad del Servicio de Empleo para el cargue oportuno de información. Velar la ejecución de los planes de mejoramiento por parte de los municipios, que se deriven de la Asistencia Técnica realizada por la Unidad del Servicio Público de Empleo. Diseñar e implementar acciones de mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios de los centros de empleo que se determinen en conjunto con la Unidad como quejas y reclamos y estandarización de procesos. Adoptar las metodologías e instrumentos diseñados por la Unidad del Servicio Público de Empleo para la mejora en la calidad de los servicios de gestión y colocación ofrecidos por los centros de empleo y en todo caso garantizar las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para la adecuada prestación de los servicios de gestión y colocación.

Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio AMVA Municipios De común acuerdo, diseñar una estrategia de comunicación y divulgación de información que permita dar a conocer el Servicio Público de Empleo entre empresarios, buscadores de empleo y actores considerados relevantes en el territorio.   Coordinar que los centros de empleo utilicen el aplicativo informático provisto por la Unidad del Servicio de Empleo para el cargue oportuno de información y en general articular y coordinar la operación de los centros de empleo del Área Metropolitana del Valle de Aburra. Verificar que los centros de empleo de cada municipio compartan las vacantes y las hojas de vida bajo su jurisdicción de manera que la Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo y del Área Metropolitana del Valle de Aburra funcionen en forma de red integrada. Proveer material publicitario para la ejecución del objeto del presente convenio, así como los logos e imagen institucional de la Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo, el Área Metropolitana del Valle de Aburra y de los municipios los cuales serán autorizados por la Oficina de Comunicaciones del Área Metropolitana del Valle de Aburrá.

Compromisos sobre la coordinación del Convenio Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la coordinación del Convenio AMVA Municipios Velar que los recursos se ejecuten exclusivamente conforme al objeto del convenio según Anexo 2 “ Presupuesto Centros de Empleo” para cada uno de los municipios Destinarán los recursos proporcionados única y exclusivamente para asuntos relacionados directamente con los Centros de Empleo. Mantener registros claros, exactos y completos de los fondos recibidos en virtud de este Acuerdo, aportados por la Unidad del Servicio Público de Empleo, el Área Metropolitana del Valle de Aburra y el Municipio correspondiente. Aportar los recursos estimados con base en los conceptos, descripciones y valores descritos en el Anexo No. 2 (Presupuesto de los Centros de Empleo) que hará parte integral del Convenio. Acordar, en conjunto con la Unidad, la destinación de los rendimientos financieros de los recursos aportados en dinero, para el cumplimiento del objeto y compromisos del Convenio. En caso que aplique. Entregar los informes de gestión, financieros y demás que requiera la Unidad, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes.

Compromisos sobre la coordinación del Convenio Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la coordinación del Convenio AMVA Municipios Supervisar la selección y provisión, que cada municipio realice, del personal de los centros de Empleo a través del Servicio Público de Empleo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la UNIDAD y teniendo en cuenta la evaluación del personal existente y su curva de aprendizaje con respecto a la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Contratar al personal necesario que tendrán la misión de Coordinar, y Apoyar la operación y funcionamiento de los Centros de Empleo en el Valle de Aburrá de acuerdo a los parámetros exigidos por la Unidad del Servicio Público de Empleo.

Compromisos sobre la coordinación del Convenio Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la coordinación del Convenio AMVA Municipios Conformar el Comité Técnico de Evaluación y Seguimiento del Convenio y convocarlo dentro de los treinta (30) días siguientes a la suscripción del presente Convenio. Designar un representante, quien podrá asistir a las sesiones del Comité Técnico. Conformar el Comité de Coordinación del Convenio y convocarlo dentro de los cinco (05) días siguientes al perfeccionamiento del presente Convenio, el cual se reunirá cada mes para revisar las obligaciones pactadas en ese convenio y demás. Una vez perfeccionado el convenio, designar al funcionario que representará al Área Metropolitana de Valle de Aburra en el Comité de Coordinación del Convenio, así como al supervisor, quien será diferente del funcionario asignado para representar al Área Metropolitana de Valle de Aburra en el Comité de Coordinación del Convenio. Elaborar un Plan Operativo concertado entre las partes de este Convenio con la identificación de actividades, responsables y cronograma para su desarrollo, que integre las acciones de los municipios, del Área Metropolitana de Valle de Aburra y la Unidad del Servicio Público de Empleo. Este plan será el instrumento de seguimiento para el mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios a cargo de los centros de empleo, así como de los indicadores de desempeño acordados. Dicho Plan hará parte integral del Convenio.   Entregar un informe de gestión mensual a la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes. Participar en las reuniones de planeación, seguimiento y coordinación que convoque la Gerencia Estratégica del Proyecto (Área Metropolitana de Valle de Aburra) y aportar la información que sea requerida en los plazos solicitados.

CONTENIDO Responsabilidades en la prestación del servicio como Agencia autorizada Planificación Obligaciones de los Prestadores Registro de Vacantes Normatividad Compromisos de los municipios y de la Dirección del AMVA en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015

Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Brindar la asesoría, asistencia y apoyo técnico requerido para la operación y funcionamiento del Centro de Empleo del Área Metropolitana de Valle de Aburra, realizando acompañamiento para la operación de la estrategia en forma adecuada y cumpliendo los parámetros establecidos para ello. Entregar al Área Metropolitana de Valle de Aburra y los Municipios copia del Manual Operativo del Servicio Público de Empleo. Expedir la respectiva Autorización como Agencia de Gestión y Colocación de Empleo a los nueve municipios que serán los operadores del Centro de Empleo para la prestación del Servicio Público de Empleo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales y garantizar que en los reglamentos de cada uno se facilite el trabajo conjunto en lógica metropolitana. De ser necesario, expedir la respectiva Autorización como Agencia de Gestión y Colocación de Empleo al operador de los Centros de Empleo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales. Entregar claves de acceso al Área Metropolitana de Valle de Aburra para la consolidación de los informes estadísticos de los Centros de Empleo, de acuerdo Resolución 1480 de 2014, en el Sistema de Información dispuesto por la Unidad del Servicio Público de Empleo. Suministrar el aplicativo Informático y brindar capacitación a los equipos de trabajo de los Centros de Empleo en su manejo y operación para el reporte de información y la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. Entregar claves de acceso a los funcionarios de los Centros de Empleo de los municipios para realizar el ingreso de información y las consultas en el aplicativo informático que dispone la Unidad del Servicio Público de Empleo para la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo

Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la operación de la prestación del servicio Garantizar que el sistema de información permitirá en condiciones normales compartir las vacantes y las hojas de vida entre los centros de empleo de cada municipio de manera que la Unidad Administrativa Especial del Servicio de Empleo y el Área Metropolitana del Valle de Aburra funcionen como Red Metropolitana. Realizar seguimiento a la operación y funcionamiento de los nueve (9) Centros de Empleo de manera individual y conjunta. Incluir las imágenes institucionales (logo símbolos) de cada entidad (Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo y el Área Metropolitana del Valle de Aburra) en los documentos impresos, medios electrónicos y en general en el material publicitario desarrollado para la ejecución del objeto del presente convenio, así como en los documentos emanados de la realización del mismo. Los cuáles serán autorizados y provistos por la Oficina de Comunicaciones del Servicio Público de Empleo.

Compromisos de la Unidad del Servicio de Empleo en el marco del Convenio 065 de 2015 Compromisos sobre la coordinación del Convenio Entregar los recursos al Área Metropolitana de Valle de Aburra para apoyar la conformación del equipo de trabajo, dotación, equipamiento, de las áreas destinadas a la operación y funcionamiento del Servicio Público de Empleo en los 9 municipios y su funcionamiento coordinado y conjunto en lógica metropolitana Determinar los perfiles de experiencia, formación y competencias del personal que operará los diferentes servicios de gestión y colocación de los centros de empleo del Área Metropolitana de Valle de Aburra. Una vez perfeccionado el convenio, designar al funcionario que representara a la Unidad de Servicio Público de Empleo en el Comité Técnico, así como al supervisor, quien será diferente del funcionario asignado para representar al Unidad en el Comité Técnico. Designar al Supervisor del Convenio. Para el desarrollo del presente convenio interadministrativo de cooperación, las partes acordarán un Plan Operativo con la identificación de actividades, responsables y cronograma para su desarrollo. Dicho Plan hará parte integral del convenio. En dicho Plan, la Unidad incorporará las líneas estratégicas que considere pertinentes para fortalecer la calidad en la prestación de los servicios de gestión y colocación a cargo del Área Metropolitana de Valle de Aburra y sus municipios. Realizar seguimiento a la ejecución del proyecto, y operación del Centro de Empleo

Adicionalmente, la Asistencia Técnica de la Unidad del Servicio de Empleo… Brinda asesoría y el acompañamiento permanente y continuo a las Agencias, con el objetivo que exista una mejora en los servicios que ofrecen en los puntos de atención a los oferentes y demandantes. Tiene una permanente y continua comunicación con las Agencias para la solución de inquietudes y problemáticas que presentan día a día. Desarrolla y transfiere metodologías y herramientas que permitan fortalecer los diferentes servicios de gestión y colocación, así como la calidad en el servicio a sus usuarios. Es el canal de comunicación entre la Unidad del SPE y las Agencias de Gestión y Colocación de Empleo.

Adicionalmente, la Asistencia Técnica de la Unidad del Servicio de Empleo… Apoya y acompaña: El mejoramiento de la calidad de los servicios que se prestan a los usuarios en los diferentes puntos de atención del SPE La identificación y reducción de brechas de empleabilidad en los buscadores de empleo La construcción y uso de la planeación estratégica que sea pertinente con los servicios que se prestan y con el contexto laboral del territorio El fortalecimiento del portafolio de servicios al empleador, ajustándose a todas sus necesidades La implementación de una estrategia de satisfacción del usuario a todos los servicios prestados por cada una de las Agencias de Gestión y Colocación de Empleo autorizadas

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