Políticas Públicas: la experiencia Española y Europea

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Transcripción de la presentación:

Políticas Públicas: la experiencia Española y Europea Trabajo, Familia y Libertad Sindical Rebeca Torada Máñez CCOO –España- Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Políticas Públicas: la experiencia Española y Europea Principio de igualdad de oportunidades Vivencias y malestar de las mujeres Conformación del movimiento feminista Articulación de la luchas reivindicativas Integración en las instancias legislativas europeas de derecho comunitario Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Políticas Públicas: la experiencia Española y Europea Punto de partida: Tratado CCE 1.957 (T. de Roma) Art. 119: igualdad de retribución. Mercado Único Libre circulación de mercancías Marcado carácter económico, sin visión social Posteriores Tratados han ampliado la visión social por la necesidad de “paz social” Desarrollo de Directivas Europeas: 75/117/CEE Igualdad de retribución 76/207/CEE Acceso al empelo, formación, promoción profesional y condiciones de trabajo Posteriores Directivas que van surgiendo en estas 3 décadas. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Políticas Públicas: la experiencia Española y Europea Directiva Europea: legislación de obligado cumplimiento en los estados miembros, que requiere de adopciones posteriores en las legislaciones nacionales. Tiempo máximo para incorporarlas al ordenamiento jurídico: 3 años. El Estado Español suele incumplir los tiempos… La Constitución Española es posterior al inicio de las Directivas, y recoge en su articulado la igualdad entre hombres y mujeres (Art. 14)y la implicación de las políticas públicas para promover dicha igualdad “removiendo los obstáculos” (Art. 9.2). Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Del principio de igualdad a la transversalidad de género (1) Años 80: Fortalecimiento del movimiento feminista Importante incorporación de las mujeres en sindicatos, universidades, partidos políticos, puestos de trabajo en la Administración … Creación de los organismos de igualdad en administración pública, en sindicatos y en partidos políticos. Marco normativo: directivas no transpuestas, tenemos referencias pero no articulaciones efectivas en el ordenamiento jurídico interno. Primer Plan de Igualdad Español, 1988-1990. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Del principio de igualdad a la transversalidad de género (2) Años 90: Más Planes de Igualdad: II PIOM 1993-1995 III PIOM 1997-2000 Discontinuos, con dificultades de evaluación. Ley 39/1999 de Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Vemos que en otros países europeos hablan de transversalidad… Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Del principio de igualdad a la transversalidad de género (3) Nuevo siglo: 2000 IV PIOM 2003-2006 Ley de Informes de Impacto de Género en las normas Jurídicas. Ley 30/2003 Desaparece la Dirección General de la Mujer para pasar a ser Secretaría General de Políticas de Igualdad. Ley de Protección Integral contra la violencia de género. LO 1/2004 Marco Estratégico Nacional de Referencia. Fondos Estructurales Europeos. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Del principio de igualdad a la transversalidad de género (4) Nuevo siglo: 2000 Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres. LOI 3/2007. Estrategia dual: transversalidad y acción positiva. Creación Comisión Interministerial. Unidades de Igualdad en todos los Ministerios. Consejo de Participación de la Mujer. Obligación de elaborar un Informe Periódico para dar cuenta al Congreso de los Diputados. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Del principio de igualdad a la transversalidad de género (5) Nuevo siglo: 2000 Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2008 – 2011: Redefinición del modelo de ciudadanía Empoderamiento Transversalidad Innovación científica y tecnológica. Creación del Ministerio de Igualdad Comisión Delegada del Gobierno para políticas de Igualdad Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Transversalidad de género Dimensiones Material: de los socio-laboral a otros órdenes de la vida. Instrumental: asunción Administraciones y agentes de la sociedad civil de instrumentos específicos (p.e. secretarias de la mujer en sindicatos). Subjetiva: discriminación de género como factor estructural. Universabilidad. Carga de la prueba. Temporal: I. Formal: inmediata I. Real y Efectiva: diacrónica, histórica. Transversalidad: permanente. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Trabajo, Familia y Libertad Sindical Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia (1) ¿Quien y para qué? La Ley de Dependencia contó con el respaldo de empresarios, sindicatos, movimiento asociativo de personas mayores y personas con discapacidad y una amplia mayoría de grupos políticos. Ha creado un nuevo derecho de ciudadanía en España: el derecho de las personas que no se pueden valer por sí mismas (personas mayores y personas con discapacidad) a recibir atención por parte del Estado. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Trabajo, Familia y Libertad Sindical Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia (2) Servicios Ayuda a domicilio Teleasistencia Centros de día y de noche Plazas residenciales Ayudas técnicas Prestaciones Prestación económica vinculada a la contratación del servicio Compensación económica por cuidados en el entorno familiar Prestación de asistencia personalizada Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (1) Transversalidad Principio informado del ordenamiento jurídico. El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres informará, con carácter transversal, la actuación de todos los Poderes Públicos. Las Administraciones públicas lo integrarán, de forma activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de todas sus actividades. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (2) Transversalidad Proyección general en los diferentes ámbitos normativos. Ley Orgánica del Régimen Electoral General Ley Orgánica del Poder Judicial Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal Ley de Enjuiciamiento Civil Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa Ley General de Sanidad Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud Ley General de Educación Estatuto de Trabajadores y Trabajadoras Ley de Prevención de riesgos Laborales Ley de Infracciones en el orden social Ley de Radiodifusión Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (3) Acción positiva Acciones específicas tendentes a corregir situaciones de patente desigualdad, temporales, razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso. Obligatorias para los poderes públicos y opcionales para las personas físicas y jurídicas. Ejemplos: Presencia equilibrada (40% - 60%) en La Administración General del Estado. Las listas de candidaturas en las elecciones generales, municipales y europeas. Los Consejos de administración de las sociedades mercantiles. Preferencia de acceso y reserva de plazas en planes formativos en la función pública. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (4) Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Repertorio de medidas que faciliten la atención de familiares: maternidad, excedencias, permisos, para trabajadoras y trabajadores. Novedad: permiso de paternidad de 13 días, compatible con el disfrute de 4 semanas del permiso de maternidad por parte del padre. Planes de igualdad en las empresas deben incluir, entre otras medidas, aquellas destinadas a la conciliación. Obligatorio para las que tienen 250 trabajadoras y trabajadoras, para las que así lo acuerden por negociación colectiva o por mandato de la autoridad laboral (sustituyendo una sanción). Para las de menos de 250 no es obligatorio el plan, pero si a adoptar medidas tendentes a evitar cualquier tipo de discriminación. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (5) Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Definición del principio de igualdad –Art. 3–: El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (6) Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos –Art. 14.2–: La integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas económica, laboral, social, cultural y artística… con el fin de… así como potenciar… el valor del trabajo de las mujeres, incluido el doméstico. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (7) Conciliación de la vida personal, familiar y laboral Acciones de planificación equitativa del tiempo–Art. 22–: Con el fin de avanzar hacia un reparto equitativo de los tiempos entre mujeres y hombres, las corporaciones locales podrán establecer Planes Municipales de organización del tiempo de la ciudad. Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009

Ley Orgánica de Igualdad entre Hombres y Mujeres (8) Diálogo Social y Negociación colectiva Participación importante de los sindicatos en la elaboración de la ley. Consulta preceptiva. Inclusión de las propuestas sindicales. Diálogo social en todos los ámbitos: educación, sanidad, medios de comunicación, … Establecimiento de medidas positivas a través de la negociación colectiva (Art. 43). Negociación colectiva preceptiva en la elaboración y aplicación de los Planes de igualdad en las empresas (Art. 45). Consejo de Participación de la Mujer (Art. 78) Trabajo, Familia y Libertad Sindical Santiago de Chile, 12 de mayo de 2009