Uso de recursos y rendición de cuentas SEP (Ley N° 20.248) Jaime M. Veas Sánchez Profesor.

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Transcripción de la presentación:

Uso de recursos y rendición de cuentas SEP (Ley N° ) Jaime M. Veas Sánchez Profesor

¡ Todos los recursos asociados a la SEP, tanto los aportes como las subvenciones (preferencial y por concentración), deben ser invertidos y proyectados a través del Plan de Mejoramiento Educativo (PM – SEP) ! Art° 25, Decreto Supremo de Educación N° 235, del 03 de abril de Sin dudas Ley , art. 5°: “En todo lo no regulado expresamente en esta ley, la subvención escolar preferencial y la subvención por concentración de alumnos prioritarios...se regirán por las normas de los Títulos I y IV de la Ley de Subvenciones”

Según Reglamento de la SEP Artículo 25.- Los sostenedores, además de la obligación establecida en el artículo precedente, presentarán anualmente al Ministerio de Educación una rendición de cuentas de los ingresos percibidos por concepto de subvenciones y aportes establecidos en la Ley N° y de los gastos asociados al Plan de Mejoramiento Educativo, a través de formulario disponible en el sitio web del Ministerio de Educación. Para estos efectos se considerará el año calendario. Esta rendición de cuentas deberá estar sustentada en la programación de actividades que realizarán las escuelas en el marco de sus planes de mejoramiento, tanto en el caso de las escuelas autónomas, como también de las emergentes y en recuperación, debiendo acreditar, a través de medios de verificación, tales como informes técnicos, informes financieros, facturas o boletas de ventas o servicios, que: El 100% de los recursos de la subvención escolar preferencial se destinaron al plan de mejoramiento educativo y sus actividades asociadas Los gastos realizados cuentan con el respaldo documental y legal correspondiente. Las instituciones contratadas para asistencia técnica de las escuelas están en el Registro Público de Personas o Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo. La información será pública y tanto el sostenedor como el Ministerio de Educación la pondrán a disposición de la Comunidad Escolar.

Según Reglamento de la SEP Artículo 26.- La rendición de cuentas a que se refieren los artículos anteriores será suscrita por el sostenedor y en el caso de los establecimientos En Recuperación, además, deberá ser visada por el organismo externo a que se refiere el artículo 20. Artículo 27.- Los estados de resultados y las rendiciones de cuentas de que trata este Párrafo estarán sujetos a un sistema de auditorías implementado directamente por el Ministerio de Educación o a través de empresas externas. Para efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, los sostenedores de los establecimientos educacionales adscritos al régimen de subvención preferencial, mantendrán durante 5 años la documentación referida en el artículo 25 a disposición del Ministerio de Educación y/o de las empresas externas a que se refiere el inciso anterior.

Rendición de Cuentas DEFINICION Es una cuenta detallada de los ingresos percibidos por concepto de SEP y gastos asociados al Plan de Mejoramiento. La rendición de cuentas se sustenta en la programación anual de actividades de cada plan de mejoramiento, tanto para las escuelas autónomas como para las escuelas emergentes y en recuperación. PERIODICIDAD La rendición de cuentas se realizará por año calendario, de enero a diciembre de cada año. En consecuencia, la primera rendición de cuentas podrá tener un período menor a 12 meses, que incluye desde el primer pago percibido por el sostenedor hasta el 31 de diciembre del año. RESPONSABLE El sostenedor es el responsable de la rendición de cuentas. Reporta de acuerdo a formato a establecer a través de página web comunidadescolar.cl; los antecedentes contables los mantiene en su poder. Tiene la obligación de mantenerlos hasta por un plazo mínimo de cinco años.

Rendición de Cuentas CONTENIDOS. La información se entrega por cada hecho económico que origina un registro contable (ingreso y/o gasto) y por cada escuela de acuerdo a su programación anual de actividades del Plan de Mejoramiento Educativo. Implica la creación de categorías de ingreso y gasto por unidad educativa Las categorías de ingreso son las siguientes y están de acuerdo a la forma de pago que percibirá el sostenedor: Subvención Preferencial Subvención por Concentración Aporte Otros ingresos para la ejecución del Plan de Mejoramiento.

Rendición de Cuentas CATEGORIAS DE GASTO: 1.Gastos de operación (bienes y servicios): son los recursos destinados a material de uso o consumo corriente, servicios varios, arriendos y gastos menores que digan relación con la ejecución del Plan de Mejoramiento Educativo. Los gastos de funcionamiento normal del establecimiento no pueden ser imputados a la Subvención Escolar Preferencial. 2.Gastos en personal: son los recursos destinados a las remuneraciones de los trabajadores por su labor en relación exclusiva con la ejecución del Plan de Mejoramiento Educativo. Cualquier otra actividad que no corresponda al Plan deberá ser atendida con los recursos de la subvención regular. Las relaciones laborales que se establezcan deben regirse por las normas vigentes y de acuerdo a los dictámenes de los organismos competentes en la materia. 3.Gastos de capacitación y perfeccionamiento: son los recursos destinados a la capitación del personal en el marco del Plan de Mejoramiento Educativo, con las certificaciones pertinentes y de asistencia.

Rendición de Cuentas CATEGORIAS DE GASTO: 4.Gastos en recursos de aprendizaje: son los recursos destinados al material fungible y no fungible destinado a satisfacer las necesidades y actividades pedagógicas de apoyo y reforzamiento de los alumnos y alumnas, del Plan de Mejoramiento Educativo. 5.Gastos en equipamiento de apoyo pedagógico: son los recursos destinados a la adquisición de bienes necesarios para el cumplimiento de las actividades descritas en el Plan de Mejoramiento Educativo. 6.Gastos en imprevistos: son los recursos destinados a gastos no considerados en la programación anual y que se consideran indispensables para la ejecución del Plan de Mejoramiento. Éstos no podrán exceder el 5% de la rendición de cuentas. 7.¿ Inversión en Infraestructura, con cargo a los recursos SEP? NO, HASTA AHORA

Rendición de Cuentas NORMAS BASICAS DE OPERACIÓN Los recursos financieros no gastados deberán informase en la rendición de cuentas, especificando; a) las actividades que no se realizaron; b) las actividades se realizaron y quedó un saldo. Los recursos no gastados deberán considerarse como saldo inicial del período siguiente para la implementación del Plan de Mejoramiento Educativo. FISCALIZACION Será realizada por la Unidad de Inspección de cada Departamento Provincial. En función de: El 100% de los recursos SEP están destinados al plan de mejoramiento y sus actividades. Los gastos realizados cuentan con el respaldo documental y legal correspondiente, y los registros deben permanecer al día. El sostenedor deberá entregar los medios de verificación (existencia física, reporte de participación, informes, entre otros) de las actividades ejecutadas[1].[1] Que las instituciones y personas contratadas para la asistencia técnica de las escuelas en SEP, están incorporadas en el Registro de Asistencia Técnica Externa. Se considerará un plazo de 10 días hábiles para que el sostenedor aclare eventuales observaciones. [1][1] Estos medios de verificación deberán ser los mismos que se soliciten en el Informe de Resultados.

Recursos complementarios MINEDUC PM - SEP El Ministerio de Educación como parte de sus políticas de apoyo al sistema escolar, junto con la promulgación de la ley de Subvención Escolar Preferencial, dispone para los establecimientos y los sostenedores de diversas iniciativas que debieran ser consideradas de manera complementaria en la elaboración y ejecución de los Planes de Mejoramiento Educativo, entendido éste como el "contenedor" de las acciones pedagógicas de la escuela para asegurar aprendizajes de calidad para todas y todos. - Plan de Informática Educativa (Enlaces) - Fondo de Apoyo a la Gestión Municipal -Subvención de Reforzamiento Educativo - Aporte a los Grupos Diferenciales. -Planes de Superación Profesional (ED) - Convenios de Desempeño Colectivo (Art. 70 bis, Estatuto Docente) -Ayudantes de Sala y TAP. - CRA, materiales pedagógicos y textos escolares.

Ejemplos de acciones financiadas por SEP I.- Gestión Curricular Mejoramiento de las prácticas pedagógicas:  Capacitación de profesores.  Recursos para las prácticas docentes: Guías, CD’s, Videos, etc.  Supervisión de prácticas pedagógicas en aula. Apoyo de estudiantes con necesidades educativas específicas:  Atención de alumnos con problemas de aprendizaje. Mejoramiento de los sistemas y procedimientos de evaluación de los estudiantes:  Contratación de Asistencia Externa para el diseño y aplicación de pautas evaluativas. Giras y visitas:  Museos, teatros, exposiciones, lugares históricos y patrimoniales, etc.

Ejemplos de acciones financiadas por SEP II.- Liderazgo Escolar Fortalecimiento del Consejo de Profesores. Participación en el establecimiento de personalidades de la vida cultural, científica y de profesionales o dirigentes de la sociedad local o nacional. Proyección de la escuela en la comunidad, fortalecimiento de la formación valórica y cívica de los estudiantes. Intercambio de experiencias de gestión con escuelas exitosas.

Ejemplos de acciones financiadas por SEP III.- Convivencia Escolar Apoyo sicológico y de asistencia a los alumnos y sus familias. Mejoramiento de la convivencia y gestión del clima escolar. Fortalecimiento del Consejo Escolar Fortalecimiento de las familias y de los apoderados en el vínculo educativo y afectivo con los alumnos y la escuela. IV.- Gestión de recursos Fortalecimiento de los instrumentos de apoyo a la actividad educativa, tales como:  Biblioteca escolar, software educativos, internet (conectividad), talleres, sistemas de reproducción de impresos, materiales educativos, etc.

Uso de recursos y rendición de cuentas SEP (Ley N° ) Jaime M. Veas Sánchez Profesor