Prestación de servicios de Salud entre el Departamento – Secretaría de Salud y la E.S.E Hospital, para garantizar el acceso a los servicios de Salud.

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Transcripción de la presentación:

Prestación de servicios de Salud entre el Departamento – Secretaría de Salud y la E.S.E Hospital, para garantizar el acceso a los servicios de Salud a la población pobre y vulnerable vinculada y no afiliada al Sistema de Seguridad Social en Salud SGSSS y los eventos no contenidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado POSS.

MENOR DE UN AÑO MENOR DE UNO A CINCO AÑOS ESCOLAR DE 6 A 9 AÑOS ESCOLAR DE 10 A 14 AÑOS ESCOLAR DE 15 A 19 AÑOS GESTANTES ADULTO CON HIPERTENSION ARTERIAL ADULTO CON DIABETES MELLITUS). ADULTO CON ASOCIACION HTA- DM POBLACION SUCEPTIBLE AL PROGRAMA DE PLANIFICACION FAMILIAR.

PARA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN LO QUE CORRESPONDE A LAS ACTIVIDADES DE PROMOCION Y PREVENCION DE LA SALUD, LA POBLACION SERA PRIORITARIAMENTE LA DE LOS MUNICIPIO A CARGO DEL HOSPITAL Y LA DE LOS MUNICIPIOS DE SU AREA DE INFLUENCIA, DE ACUERDO A LA RED DE PRESTACION DE SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO.

4.1.6 DE INTEGRALIDAD : Prestar el servicio a la población pobre y vulnerable no afiliada al Sistema General de Seguridad Social de Salud y los eventos No POSS de su jurisdicción, según las normas vigentes, incluyendo lo establecido en contemplados en el Acuerdo 8 de 2009 de su circunscripción, de acuerdo a las normas técnicas definidas en el Acuerdo 117 de 1998, la Resolución 412 del 2000, las Resoluciones 3384 de 2000 y 968 de 2002 o las normas que las adicionan, modifican o sustituyan, las cuales son enunciadas en el Anexo Técnico No. 4 del presente contrato. Estas deben ser prestadas mediante Paquetes de Atención Integral y no como actividades individuales.

: Informes de Salud Pública: Hacer entrega a la Dirección de Salud Pública dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, el registro de vacunación de los recién nacidos, el reporte del certificado de nacido vivo y el informe de gestión de las actividades de promoción y prevención (ABs) llevadas a cabo en el período, con su respectivo análisis y plan de mejoramiento, de ser requerido.

PARAGRAFO PRIMERO: TARIFAS (según anexo 7.5) Se establece el pago para las actividades de promoción y prevención realizadas a la población vinculada, los siguientes porcentajes de pago: Si se realiza la totalidad de la AB se reconocerá el 100% de su valor a tarifas SOAT vigente. (condición que Aplicará para la Población nivel 3 con subsidio Parcial) Si se realizan la totalidad de actividades priorizadas de la AB se reconocerá el 70% de su valor a tarifas SOAT vigentes (condición que Aplicará para la Población nivel 3 con subsidio Parcial) Las actividades de promoción y prevención que no cumplan ninguna de dos condiciones anteriores se reconocerán por actividad a tarifas SOAT vigentes menos el 50%.((condición que Aplicará para la Población nivel 3 con subsidio Parcial) Excepto que por fuerza mayor y caso fortuito (muerte del usuario, desplazamiento y cambio de afiliación) no se puedan culminar las ABs, las actividades se reconocerán por evento a tarifas SOAT al 100%. El pago de estas Actividades son establecidas mediante el Decreto 2423 de 2006 Manual Tarifario SOAT.