COYUNTURA LABORAL JULIO 2010. AUMENTO EMPLEO LIMA PEA OCUPADA (I): Ramas actividadAbr.-Jun. 2009 Abr.-Jun. 2010 Var. % Total4’120,9004’295,4004.2% Ramas.

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Transcripción de la presentación:

COYUNTURA LABORAL JULIO 2010

AUMENTO EMPLEO LIMA PEA OCUPADA (I): Ramas actividadAbr.-Jun Abr.-Jun Var. % Total4’120,9004’295,4004.2% Ramas actividad Construcción275,200333, % Manufactura660,100711,3007.8% Comercio872,900939,6007.6% Servicios2’262,6002’249, % Fuente: INEI Encuesta Permanente de Empleo

AUMENTO EMPLEO LIMA PEA OCUPADA (II): Tamaño empresa Abr.-Jun Abr.-Jun Var. % De 1 a 10 trabajadores 2’558,2002’738,2007% De 11 a 50 trabajadores 404,000439,1008.7% De 51 a más trabajadores 1’158,7001’118, % Fuente: INEI Encuesta Permanente de Empleo

AUMENTO INGRESO LIMA (I): Sexo trabajador Abr.-Jun Abr.-Jun Var. S/. Var.% Total2’054,0002’085, % Sexo Hombre1’241,4001’249, % Mujer812,600835, % Fuente: INEI Encuesta Permanente de Empleo

AUMENTO INGRESO LIMA (II): Grupos edad Abr.-Jun Abr.-Jun Var. S/.Var. % De 14 a 24 años 642,900672, % De 25 a 44 años 1’115,3001’141, % De 45 a más años 1’258,3001’237, % Fuente: INEI Encuesta Permanente de Empleo

TERRORISMO Y EMPLEO:  DIRCOTE: 653 terroristas excarcelados estaban prestando servicios sector público (69% educación), 299 sector privado y 87 pensionistas.  D.S ED (2/7/10): despido por actividades proselitismo político o actos vinculados terrorismo; rotación a puestos administrativos docentes condenados terrorismo; prohibición contratación o recontratación condenados terrorismo.

AMPARO CONTRA AMPARO:  Sentencia TC 25/11/09 amparo Cooperativa Sub-Oficiales PNP (Exp ): amparo contra amparo que ordena reposición trabajador, pero que aún no se ha efectuado.  Improcedente demanda si a momento interposición ésta, no se ha efectuado reposición trabajador.

DESPIDO FRAUDULENTO:  Sentencia TC 21/5/10 amparo Aída Escudero contra Taca Perú (Exp ): es fraudulento despido por no haber presentado trabajadora CITT a empleador para cobro subsidios ESSALUD.  Faltas graves imputadas: incumplimiento obligaciones trabajo quebranta buena fe laboral, reiterada resistencia órdenes empleador y apropiación bienes empleador.  Trabajadora no tenía en su poder CITT, lo que sabía empleador. Trámite reembolso no es responsabilidad trabajadora, despido fraudulento por faltas graves inexistentes.

COBRO BENEFICIOS SOCIALES Y REPOSICION:  Sentencia TC 30/3/10 amparo Pedro Avalos contra Junta Usuarios Riego Chicama (Exp ): procede reposición trabajador contrato modal desde 01/09/07 hasta 31/08/08, pese a cobrar beneficios sociales hasta dicha fecha, porque siguió laborando hasta 02/09/08, fecha en que fue despedido.  Continuidad labores desnaturalizó contrato modal, cobro beneficios sociales no extinguió vínculo laboral.

ACLARACION SENTENCIA NEG. COLECTIVA PUERTOS:  Sentencia TC 17/08/09 amparo SUTRAMPORPC contra gremios empresas portuarias (Exp ): arbitraje decidirá nivel negociación colectiva en puertos, ante negativa parte empleadora para negociar.  Resolución aclaratoria TC 10/06/10: arbitraje facultativo, no voluntario, en toda negociación colectiva.  ¿Y precedente vinculante Seguros Rímac? ¿Y opinión OIT?

ARBITRAJE OBLIGATORIO MINTRA:  Caso Shougang: a pedido partes resolvió ART Ica.  Caso Alicorp: huelga sindicato justificaría intervención ART para emitir resolución que levante huelga y otorgue aumentos y condiciones trabajo.

ASEGURAMIENTO UNIVERSAL EN SALUD (I):  18/03/10: Ley Marco AUS. 15/07/10: inicio inscripciones AUS Lima y Callao, 3 regímenes: subsidiado, semicontributivo y contributivo. Es necesario no contar con seguro alguno, 380 M pobres, objetivo final 3 MM (11.5 MM no tienen seguro alguno). Experiencia Ayacucho, Huancavelica y Apurímac 2009: ausencia fondos, endeudamiento SIS.  Cobertura PEAS: consulta externa, hospitalización, cirugía, atención urgencias y emergencias, atención parto y recién nacido, rehabilitación y odontología. Red Salud: 50 hospitales y 545 (UBAP y policlínicos).

ASEGURAMIENTO UNIVERSAL EN SALUD (I):  SIS 1.3 millones asegurados, EPS 1 millón, ESSALUD 4.5 millones. AUS para 380,000 con S/. 280/persona/año.  2008: SIS tuvo filtración 39.7% (aseguró 2 de cada 5 que no debió asegurar) y subcobertura 45% (sólo aseguro mitad que debió asegurar). AUS busca re-empadronamiento asegurados y atención en hospitales por territorios salud.  ESSALUD independiente: S/. 65 mensuales seguro individual, S/. 115 más un dependiente, S/. 175 dos dependientes y S/.230 tres dependientes. Cobertura: consultas, cirugía, hospitalización y análisis clínicos.

SEGURO VIDA LEY (LEY 29549, 3/7/10):  Remuneración asegurable para pago capital o póliza no incluye gratificaciones, participaciones, compensación vacacional adicional y otros conceptos que se abonan con periodicidad mayor a la mensual. Tope S/. 7, (remuneración máxima asegurable para seguro invalidez, sobreviviencia y gastos sepelio SPP.  Al cese, trabajador opta por mantener su póliza o no. Lo primero si lo solicita por escrito aseguradora 30 días calendario siguientes término relación laboral, sobre última remuneración percibida con tope.  Registro Obligatorio Contratos Seguros Vida Ley.

COBERTURA PREEXISTENCIAS EPS (LEY 29561, 18/7/10):  Continuidad cobertura preexistencias capa compleja plan salud EPS para trabajadores que cambian plan por cambio empleador o EPS (90 días calendario).  Preexistencia: cualquier condición alteración estado salud diagnosticada médico colegiado, conocida por titular o dependiente y no resuelta antes presentación declaración jurada salud.

ENTRADA EN VIGENCIA LEY PROCESAL TRABAJO: Cronograma implementación: Tacna, 15 julio. Cañete, 16 agosto. La Libertad, 01 septiembre. Arequipa, 01 octubre. Lambayeque, 02 noviembre.

PRECIOS DE TRANSFERENCIA: PRESENTACIÓN PDT 3560 Y CASOS ESPECIALES Martes, 20 de Julio 2010

OBLIGACIONES FORMALES DE PT DECLARACIÓN JURADA PDT 3560 EPT 06 y 07 EPT 08 en adelante Por: Monto de operaciones con vinculadas > S/. 200,000 (*)  XX Ingresos devengados > S/. 6 millones y monto de operaciones con vinculadas > S/. 1 millón   El S/. 1 millón aplica para vinculadas no domiciliadas  El S/. 1 millón aplica para todas las vinculadas Por transacción desde, hacia o a través de paraíso fiscal (**)  (*) Si se encuentra en alguno de los supuestos que causa perjuicio fiscal, debe hacerlo  (numerales 1,2 y 3 del inciso a) art. 32-A LIR) (**) OJO !!! con Resolución SUNAT/2B0000 R.S SUNAT (14 / Oct /2006) R.S SUNAT (7/ Ene /2007) ¿Recomendable EPT? *

SANCIONES E INFRACCIONES

Nuevos requerimientos de SUNAT

Ampliemos el detalle….

Otros detalles…

 Aspectos a considerar en el llenado del PDT: vinculación, métodos de PT utilizado(s) y montos de las transacciones.  Casos especiales DECLARACIÓN JURADA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA PDT 3560

¿Suficiente 1 criterio?

3 áreas bien definidas: 1. Sin Estudio Técnico? 2. (Con) Métodos tradicionales 3. (Con) Otros métodos Presencia de Ajustes

Ingreso de las transacciones a analizar…

En caso de ajustes… (métodos tradicionales)

En caso de ajustes… (Otros métodos)

Casos especiales en el PDT 3560 a tener en cuenta 1. Préstamos: capital o intereses? 2. Transacciones y transferencias con paraísos fiscales (Informe /SUNAT) 3. Operaciones que causen perjuicio fiscal 4. Operaciones en hoja de balance (CxC, CxP, reembolsos, intercompany)…#41 y #38 5. Transferencias gratuitas o sin contraprestación 6. Ajustes en el PDT Análisis bilateral…compensaciones? 41:diversos cobros que no son ingresos 38: diversos creditos o acreditaciones que no son costo y/o gasto