Beneficios del Sistema de Pensiones

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Transcripción de la presentación:

Beneficios del Sistema de Pensiones SOFOFA Fernando Avila Soto Gerente de Operaciones Asociación de AFP OCTUBRE 2004

Sistema de Fondo de Pensiones Objetivo del Sistema de Pensiones Reemplazar el salario por una pensión Por Vejez: Trabajador Por Anticipar su jubilación Trabajador Por Invalidez Trabajador Por Fallecimiento Grupo Familiar Tasa de reemplazo = Monto pensión/ Renta promedio * 100.

Sistema de Fondos de Pensiones Financiamiento de las Pensiones Vejez edad legal o anticipada Cotización obligatoria(10% RI) más la Rentabilidad generada por las inversiones Bono de Reconocimiento Ahorro Previsional Voluntario APV Depósitos Convenidos Cuenta de Ahorro Voluntario - Cuenta 2

Sistema de Fondos de Pensiones Financiamiento de las Pensiones De Invalidez y Sobrevivencia Fondo de Pensiones + Bono de Reconocimiento Seguro de Invalidez y Sobrevivencia - Aporte Adicional Cubre el riesgo que los fondos acumulados en la cuenta de capitalización, sean insuficientes para asegurar el pago de las pensiones que se generen ante la invalidez o fallecimiento del trabajador. Existen trabajadores: Cubiertos y no cubiertos por el Seguro. APV, DC,Cuenta 2.

Tasas de Reemplazo Tasa de Reemplazo VEJEZ Función de: Ahorro Total Acumulado, el cual depende de: Edad inicio vida laboral Períodos sin cotización - lagunas Rentabilidad Crecimiento de remuneraciones Edad de jubilación Expectativas de Vida Grupo Familiar Tasa de Interés en función de la Modalidad de Pensión

Tasa de reemplazo Pensión de Invalidez Están fijadas por Ley Invalidez Parcial e Invalidez Total Parcial : Pérdida capacidad de trabajo >= al 50% Total : Pérdida capacidad de trabajo >= a 2/3 Cubiertos por el Seguro Invalidez. Parcial 50% de la RI promedio 10 años Invalidez Total 70% de la RI promedio 10 años No Cubiertos por el Seguro Según saldo en su cuenta + Bono de reconocimiento

Tasas de Reemplazo Tasa de Reemplazo Pensión de Sobrevivencia Están fijadas por Ley Monto en función de la relación con el fallecido Cónyuge, Hijos, Madre de hijos de filiación NM, Padres Beneficiarios y requisitos Se distinguen: Cubiertos por el seguro No cubiertos por el Seguro

Modalidades de Pensión En la actualidad existen: Retiro Programado(RP) Renta Vitalicia(RV) Tradicional Con Períodos Garantizados Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida Retiro Programado con Renta Vitalicia Inmediata * *: Ley de Rentas Vitalicias Agosto 2004

Modalidades de Pensión Principales aspectos a considerar Pensiones en UF, protección ante Inflación Propiedad de los Fondos Opción de cambio Garantías específicas Garantías Estatales Pensiones de Sobrevivencia Opción de Herencia Opción de Excedentes de Libre Disposición Cuota Mortuoria

Modalidades de Pensión La Elección de la Modalidad frente a: Riesgo de Longevidad Riesgo individual frente al promedio de la Tabla de Expectativas de Vida Riesgo de la Rentabilidad Futura Valorización de las Inversiones o Volatilidad Tasa de Interés utilizada al momento del cálculo de la pensión

Modalidades de Pensión Oferentes AFP Retiro Programado Cías de Seguros Renta Vitalicia AFP- Cía Seg. Combinación Precio o Comisión RV sobre Fondos acumulados y spread RP sobre monto de la pensión mensual Protección ante los Riesgos de Longevidad y Rentabilidad. Servicio

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Fundamentos : Bajo nivel de conocimiento de los Afiliados Asimetría entre Oferta y Demanda Tráfico de Información Costos de Intermediación(RV) Licuación de Fondos Jubilación Anticipada - Modifica cálculo para RI promedio Excedentes de Libre Disposición Baja tasa de reemplazo: cobertura del seguro para Cesantes, ajuste de tasa de interés. Fomenta la competencia: Agrega Modalidad de Pensión y mejora las RV.

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Crea un Sistema Único de Información o de Consulta, de carácter obligatorio Información de Potenciales pensionados para todos los oferentes, con los antecedentes que permitan presentar ofertas de pensión. Presentación de las ofertas, en forma uniforme y comparables entre las modalidades, y una proyección del Retiro Programado. Establece un Sistema de Remate voluntario vinculante AFP y Cías de Seguros son responsables de implementar este Sistema.

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Costos de Intermediación Rentas Vitalicias Antes: Libre Competencia - Mercado Nueva Ley: Fija un límite máximo a los costos de intermediación para las RV, en un 2,5% del Fondo de Pensiones. Vigencia de 18 meses Eventual modificación SAFP - SVS Capital necesario para financiar una pensión: Mayor al 150% de la pensión mínima Mayor al 70% de la RI promedio

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Aumenta los requisitos para la Jubilación Anticipada Actual: pensión > al 50% promedio de RI y al 110% de la pensión mínima Nueva Ley: pensión > al 70% del promedio de la RI y > al 150% de la pensión mínima Aumenta los requisitos para el retiro de excedentes de libre disposición Actual: pensión > al 70% del promedio de la RI y al 120% de la pensión mínima. Nueva Ley: pensión > al 70% del promedio de la RI y al 150% de la pensión mínima

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Modifica fórmula de cálculo para establecer la Renta Imponible Promedio Actual: Suma de la RI de los últimos 10 años, dividido por 120. Nueva Ley: Distingue según Nº de períodos no cotizados - PNC Sí PNC < 16 se divide por 120 Sí PNC > 16 se divide por la diferencia entre 120 y el Nº de meses que exceda a 16. Ejemplo Sí PNC es 24, se divide por 112. Aplicación gradual en período de 4 años

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Transitoriedad Hombres >55 y Mujeres >50, podrán pensionarse anticipadamente, con los requisitos anteriores. El aumento de un 50% al 70% de exigencia, respecto de la RI, para la jubilación anticipada será gradual, a partir de 52% el primer año, incrementándose en 3 puntos porcentuales cada año, hasta alcanzar el 70% El aumento de un 110% al 150% de exigencia, respecto de la pensión mínima, para la jubilación anticipada, será gradual, 110% el primer año, 130% el segundo, 140% el tercero, y a partir del cuarto año será de 150%.

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Mejora Cobertura del Seguro de invalidez y Sobrevivencia, para cesantes cubiertos Antes: Pensión de referencia igual al 50% del ingreso base(muerte e invalidez total) 35% para invalidez parcial Nueva Ley: Pensión de referencia igual al 70% del ingreso base 50% para invalidez parcial. Cambio en tasa de interés Impacto en Costo del Seguro

Nueva Ley de Rentas Vitalicias Nueva Modalidad de pensión Retiro Programado con Renta Vitalicia Inmediata Las Rentas Vitalicias pueden ser: Pensión constante en UF Pensión variable Componente Fijo en UF Componente Variable

Fin de Presentación

Edad Inicio Cotización 70% 63% 57% 52% 47%

Densidad Cotización 83% 70% 74% 66% 58% 50% 41% 33%

Rentabilidad 222% 122% 70% 42% 27%

TABLA DE EXPECTATIVAS DE VIDA EDAD HOMBRE MUJER 0 72 78 20 56 76 62 82 40 37 77 43 83 50 28 78 33 83 60 20 80 24 84 65 16 81 20 85 70 13 83 16 86 80 8 88 10 90 100 2 102 2 102

Riesgo de Expectativa Vida - Longevidad Riesgo muerte bajo Promedio Riesgo muerte por sobre Promedio 90% o 95% promedio - 2ds promedio promedio +2ds

Modalidades de Pensión Tasa de Interés utilizadas RP fijada por Ley RV: Según criterio individual de cada Compañía de Seguros Impacto: Un 1% de diferencia en la tasa utilizada, tiene un impacto de un 10% aprox., en el monto de la pensión.