MGTER. WALTER CERRUD S.. REFLEXION "Emplea el tiempo en perfeccionarte con los pensamientos de otras personas ; así alcanzarás fácilmente aquello por.

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Transcripción de la presentación:

MGTER. WALTER CERRUD S.

REFLEXION "Emplea el tiempo en perfeccionarte con los pensamientos de otras personas ; así alcanzarás fácilmente aquello por lo que otros han tenido que esforzarse mucho." Sócrates.

TEMARIO 1.Conceptos legales 2.Obligaciones de los trabajadores 3.Prohibiciones de los trabajadores 4.Obligaciones de los empleadores 5.Prohibiciones de los empleadores. 6.Conclusiones

El Código de Trabajo contempla en el Libro I, Título IV, Capítulo I y II, las obligaciones de los trabajadores como también la de los empleadores, y a continuación vamos a explicarlas.

En materia legal, la obligación es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación -objeto de la obligación-. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer.prestación

Las prohibiciones son el veto, el impedimento del uso o ejecución de algo, que viene como efecto de las normas jurídicas.

Las principales obligaciones de los trabajadores con base al Artículo 126 del Código de Trabajo, tenemos: 1.Realizar el trabajo convenido. 2. Acatar las órdenes e instrucciones del empleador. 3.Abstenerse de revelar a terceros, secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos, etc. 4.Presentarse al trabajo en aceptables condiciones mentales y físicas. 5.Observar buenas costumbres durante la presentación del servicio. 6.Conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se le hubiese entregado para trabajar. 7. Prestar los servicios requeridos cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas, sus compañeros de trabajo, o el establecimiento donde preste el servicio.

8. Observar las disposiciones del reglamento interno de trabajo, así como las medidas preventivas e higiénicas adoptadas. 9. Dar aviso inmediato al empleador o a sus representantes, de cualquier hecho o circunstancia que pueda causar daño o perjuicio a la seguridad de sus compañeros, equipos o instalaciones del empleador. 10. Desocupar las casas o habitaciones que les haya proporcionado el empleador con motivo de la relación de trabajo, a más tardar 30 días después de terminada ésta, salvo lo que disponga para el caso de riesgos profesionales. Tratándose de trabajadores con contrato indefinido, con más de 2 años de servicio, la autoridad administrativa podrá extender hasta 6 meses, teniendo en cuenta la antigüedad, condiciones familiares, etc.

Asimismo, el Artículo 127 hace referencia a las prohibiciones de los trabajadores, siendo las principales: 1.Ejecutar actos que pongan en peligro la seguridad propia, los compañeros o a terceros, como del establecimiento. 2. Faltar al trabajo sin causa justa o sin permiso del empleador. 3. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad o bajo algún efecto de droga. 4. Portar armas durante las horas de trabajo. 5. Efectuar colectas no autorizadas por el empleador y promover o vender boletos de rifa y lotería. 6. Realizar actos sexuales.

7. Laborar para otro empleador durante las vacaciones, períodos de incapacidad, o cualquier licencia remunerada. 8. Alterar, trastocar o dañar, en cualquier forma, los datos artículos de programación informática, los archivos de soporte, los ordenadores o accesorios de informática. 9. Suspender sus labores sin causa justificada o sin permiso del empleador, aun cuando permanezca en su puesto, siempre que tal suspensión no se deba a huelga.

Las principales obligaciones de los empleadores con base al Artículo 128 del Código de Trabajo, tenemos: 1. Darle ocupación efectiva al trabajador. 2. Pagara a los trabajadores los salarios, prestaciones e indemnizaciones correspondientes. 3. Proporcionar local seguro para guardar los objetos del trabajador. 4. Guardar a los trabajadores las debidas consideraciones, absteniéndose de maltratos de palabras o de obra. 5. Adoptar las medidas higiénicas y de seguridad 6. Fijar en un lugar visible el horario de trabajo, entre otras.

7. Fijar en un lugar visible el horario de trabajo, la división de la jornada, los turnos y los días de descanso semanal y los nombres de los trabajadores que están de vacaciones. 8. Suministrar al trabajador habitación higiénica y alimentación sana y suficiente en el caso de que se haya obligado a hospedarle y alimentarle. 9. Respetar a las organizaciones sociales de trabajadores. 10. Dar protección material a la persona y bienes del trabajador. 11. Conceder permiso remunerado por jornada parcial al trabajador que, mediante aviso previo y comprobación posterior, tenga necesidad de atender citas de control médico para su cuidado personal o para la atención de sus hijos menores de 2 años.

ARTÍCULO 129: “Si se contrata al trabajador para labores que deben realizarse en lugar distantes más de 10 kilómetros de su residencia habitual en el momento de celebrarse el contrato, el empleador sufragará los gastos razonables de ida y regreso del trabajador o le proporcionará los medios de transporte necesarios. Asimismo la empresa que ocupen más de 25 trabajadores cuyos lugares o sitios estén distantes en más de 5 km. del principal centro de población respectivo, deberán proporcionar medios de transporte a sus trabajadores o, sufragarles los gastos correspondientes”.

ARTÍCULO 131: “Si por razón de la celebración del contrato, o de su ejecución, se exigiere al trabajador que cambie de residencia a otro lugar dentro del territorio, los gastos de transporte serán cargo del empleador, así como de los dependientes que vivan con él, y estuvieran a su amparo al momento de celebrarse el contrato. Igualmente los cargos de transporte, cuando el trabajador tenga la necesidad de retornar a su antigua residencia por haberse terminado la relación de trabajo”.

ARTÍCULO 134: “ El empleador está obligado a suministrar gratuitamente a los trabajadores los accesorios que necesiten para el desempeño de sus labores, como botas, cascos, guantes, vestimentas especiales u otros implementos……….. En cualquier otro caso en que la empresa exija a los trabajadores el uso de un uniforme deberá suministrarlos y renovarlos gratuitamente”.

ARTÍCULO 137: “ El empleador está obligado a reconocer a sus trabajadores aumentos de salario con base a su antigüedad y eficiencia”.

Asimismo, el Artículo 138 hace referencia a las prohibiciones de los trabajadores, siendo las principales: 1. Despedir a sus trabajadores o tomar cualquier otra represalia. 2. Inducir o exigir a sus trabajadores la adquisición de artículos. 3. Obligar a sus trabajadores ya sea por coacción u otro medio para que se afilien o no a alguna organización. 4. Establecer listas negras, índices o practicas para afectar a sus trabajadores. 5. Realizar actos sexuales. 6. Dirigir los trabajos bajo efecto de embriaguez u otra sustancia.

7.Imponer a los trabajadores sanciones que no estén previstas en la ley o los reglamentos internos de trabajo vigentes. 8. Portar armas en los lugares de trabajo, excepto en los casos en que estén facultados para portarlas por la autoridad competente. 9.Hacer colectas o suscripciones entre los trabajadores.

Es importante que los distintos actores sociales involucrados en las relaciones laborales, mediante el conocimiento adecuado de sus derechos y obligaciones, desarrollen relaciones entre el empleador y trabajadores, en estricto apego a la ley, en un ambiente de armonía, respeto, y justicia social, que ha de favorecer al sector social.