PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN PARA PERSONAS ENCARGADAS DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES A NOMBRE DE TERCEROS MÓDULO III (1ª. Parte)

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Transcripción de la presentación:

PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN PARA PERSONAS ENCARGADAS DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES A NOMBRE DE TERCEROS MÓDULO III (1ª. Parte)

REQUISITOS DE PROMOCIONES INDICAR SI EXISTE O NO: MEDIO DE DEFENSA O VISITA DOMICILIARIA Cuando el contribuyente promueva:  Consultas  Solicitudes de autorización o régimen Señalar, si se tiene interpuesto algún medio de defensa (recurso de revocación o juicio de nulidad), o bien si se encuentra en revisión por la autoridad fiscal (visita domiciliaria ) Art. 18-A y 34 del CFF

REPRESENTACIÓN LEGAL REGISTRO DE REPRESENTANTES LEGALES Se podrán simplificar requisitos para acreditar la representación en el registro de representantes legales, mediante reglas de carácter general La idea es inscribirse electrónicamente y facilitar el esquema a través del reconocimiento de la personalidad del otorgante Art. 19 CFF REQUISITOS DE PROMOCIONES

TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES DEVOLUCIONES Las autoridades devolverán las cantidades (saldos a favor): Pagadas indebidamente y Las que procedan conforme a las leyes fiscales Se deberá efectuar dentro del plazo de 40 días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud de devolución y para los que dictaminen será de 25 días Art. 22 CFF

ERRORES EN LOS DATOS DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Si la solicitud de devolución presenta errores en los datos, se requerirá al contribuyente para que mediante escrito y en un plazo de 10 días los aclare, si no se atiende se le tendrá por desistido No es necesario presentar una nueva solicitud, si los errores sólo se hayan anotado en la solicitud o en los anexos El requerimiento suspenderá el plazo previsto para la devolución, durante el período que trascurra entre el día hábil siguiente en que surta efectos la notificación del requerimiento y la fecha en que se atienda DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22 CFF ERRORES ARITMÉTICOS EN LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Si en la solicitud existen errores aritméticos en la determinación de la cantidad solicitada, las autoridades fiscales devolverán las cantidades que correspondan sin necesidad de presentar una declaración complementaria DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22 CFF VIGENCIA DEL CÁLCULO DE LA ACTUALIZACIÓN E INTERESES Se considera que una devolución está debidamente efectuada siempre que entre la fecha de emisión de la autorización y la fecha en la que la devolución esté a disposición del contribuyente no haya trascurrido más de un mes Si durante el plazo de un mes se da a conocer un nuevo INPC, el contribuyente tendrá derecho a solicitar la devolución de la actualización correspondiente DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22 CFF PLAZO PARA PONER LA DEVOLUCIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN A DISPOSICIÓN DEL CONTRIBUYENTE El monto de la devolución de la actualización deberá ponerse a disposición del contribuyente en un plazo de 40 días siguientes a la fecha en la que se presente la solicitud de devolución correspondiente DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22 y 22 A CFF PAGO DE INTERESES POR DEVOLUCIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN Las autoridades fiscales pagarán intereses cuando la devolución de la actualización se ponga a disposición del contribuyente fuera del plazo establecido de 40 días Dichos intereses se calcularán : Sobre el monto de la devolución actualizado por el periodo comprendido entre el mes en que se puso a disposición del contribuyente la devolución correspondiente y el mes en que se ponga a disposición del contribuyente la devolución de la actualización DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22 CFF LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN SE CONSIDERA COMO GESTIÓN DE COBRO QUE INTERRUMPE LA PRESCRIPCIÓN Al presentar el contribuyente una solicitud de devolución, constituye un acto de gestión de cobro que interrumpe la prescripción, excepto cuando el particular se desista de la solicitud DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22-A CFF y RMF TASA DE RECARGOS PARA EL PAGO DE INTERESES Será la que resulte de incrementar en un 50% la tasa de recargos por prórroga contenida en la Ley de Ingresos La tasa será del 1.13% en los casos de mora y de intereses a cargo del fisco federal DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22-B CFF SUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA DEVOLUCIONES Se suspenderá el plazo para que proceda la devolución: Cuando no sea posible efectuar el depósito en la cuenta proporcionada por el contribuyente por: Ser inexistente Contenga errores el número de la cuenta La cuenta se haya cancelado Lo anterior, hasta en tanto proporcione el número de la cuenta correcta DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Arts. 22-B CFF MEDIANTE CHEQUE NOMINATIVO  Sólo las personas físicas que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos inferiores a $150, podrán optar por que la devolución se les realice mediante cheque nominativo DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22-B IV CFF EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS ESPECIALES La devolución podrá realizarse mediante certificados especiales expedidos a nombre de terceros, previa autorización de la Tesorería de la Federación, en el supuesto de: IV.- Contribuyentes que dictaminen u opten por dictaminarse para efectos fiscales DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Art. 22-C CFF SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN EN FORMATO ELECTRÓNICO Y CON FEA Todas las devoluciones cuyo monto sea igual o superior a $25, deberán solicitarse en formato electrónico y con Firma Electrónica Avanzada DEVOLUCIONES TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

COMPENSACIONES AVISO DE COMPENSACIÓN Presentar aviso de compensación correspondiente, dentro de los 5 días siguientes en la forma oficial 41 Art. 23 CFF TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

COMPENSACIONES REMANENTES DE SALDOS A FAVOR Cuando se opte por la compensación de un saldo a favor, se tendrá derecho a solicitar la devolución del remanente que haya quedado de ese saldo una vez efectuada la compensación Art. 23 CFF TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

COMPENSACIONES COMPENSACIÓN DE OFICIO El contribuyente tiene un saldo a favor y solicita su devolución Al mismo tiempo el contribuyente esta pagando un crédito fiscal a plazos La autoridad podrá compensar de oficio, el adeudo del contribuyente con el saldo a favor, notificándole personalmente al contribuyente Art. 23 CFF TRÁMITES DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES

Se elimina la posibilidad de presentar: solicitudes, declaraciones, avisos o informes o avisos en papel para personas físicas por nivel de ingresos Art. 31 CFF SOLICITUDES DECLARACIONES AVISOS O INFORMES Deberá ser a través de medios electrónicos

Cuando no se cuente con un local, se considerará como domicilio fiscal, la casa habitación del contribuyente Art.. 10 fracción I del CFF DOMICILIO FISCAL (CASA HABITACIÓN)

La autoridad practicará diligencias en cualquier lugar en que se realicen actividades, cuando el contribuyente no haya designado domicilio fiscal o manifieste uno ficticio Entrará en vigor a partir del 1 de octubre del 2006 No será aplicable a las notificaciones que deban realizarse en el domicilio para oír y recibir notificaciones Art. 10 fracc. II del CFF, Transitorios fracc. XI y XIII DOMICILIO PARA PRACTICAR DILIGENCIAS

Se fortalecen las facultades de verificación El aviso de cambio de domicilio fiscal se deberá presentar previo al cambio (5 días de anticipación), cuando el contribuyente esté en revisión y no se le haya notificado la resolución La autoridad fiscal podrá considerar como domicilio fiscal del contribuyente el señalado en el Articulo 10 del CFF, cuando el manifestado en las solicitudes y avisos a que se refiere este artículo no corresponda a alguno de los supuestos de dicho precepto. Art. 27 del CFF CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL CUANDO SE HAYAN INICIADO FACULTADES DE COMPROBACIÓN

Art. 27 del CFF SAT ES RESPONSABLE DEL RFC AHORA: El SAT llevará el RFC ANTES: La SHCP llevaba el RFC

Las personas inscritas en el RFC deberán conservar en su domicilio fiscal la documentación comprobatoria No se considera que se lleva contabilidad fuera del domicilio fiscal, por: Procesar datos e información a través de medios electrónicos en lugar distinto al domicilio fiscal Art. 28 del CFF CONSERVAR DOCUMENTACIÓN EN DOMICILIO FISCAL

La clave de RFC se proporcionará a los contribuyentes a través de:  La cédula de identificación fiscal o  La constancia de registro fiscal Art. 27 del CFF CIF Y CONSTANCIA DE REGISTRO FISCAL Deberán contener las características que señale el SAT mediante reglas de carácter general

Los contribuyentes deberán presentar:  Aviso de apertura o  Cierre Tratándose de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier local o establecimiento que se utilice para el desempeño de sus actividades Deberán conservar en los lugares citados el aviso de apertura Art. 27 del CFF AVISO DE APERTURA O CIERRE DE ESTABLECIMIENTO

Las autoridades fiscales podrán verificar la existencia y localización del domicilio fiscal manifestado por el contribuyente en el aviso respectivo Art. 27 del CFF FACULTAD DE LA AUTORIDAD DE VERIFICACIÓN DE DOMICILIO FISCAL

Los contribuyentes que no realicen actividades podrán solicitar su inscripción al RFC, cumpliendo con los requisitos que establezca el SAT Art. 27 del CFF INSCRIPCIÓN AL RFC DE CONTRIBUYENTES SIN ACTIVIDAD ECONÓMICA (POTENCIALES)

Las autoridades fiscales puedan practicar verificaciones y constatar los datos proporcionados al RFC Art. 41-B del CFF FACULTADES DE LA AUTORIDAD PARA VERIFICAR DATOS DE IDENTIDAD, DOMICILIO, ETC, SIN QUE SE INICIEN FACULTADES DE COMPROBACIÓN

Las autoridades fiscales podrán solicitar a los contribuyentes la información necesaria para su inscripción y actualización de sus datos Art. 42 del CFF FACULTAD DE LA AUTORIDAD PARA SOLICITAR INFORMACIÓN NECESARIA DEL CONTRIBUYENTE PARA ACTUALIZAR LOS DATOS DEL RFC

Si con motivo de una visita domiciliaria, se observa que el visitado no se encuentra inscrito en el RFC, la autoridad requerirá los datos necesarios para su inscripción, sin perjuicio de las sanciones y demás consecuencias legales derivadas de dicha omisión Art. 49 del CFF SI EN VISITA DOMICILIARIA SE DETECTA QUE EL CONTRIBUYENTE NO ESTA INSCRITO EN EL RFC LA AUTORIDAD REQUERIRÁ DATOS PARA SU INSCRIPCIÓN

PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN PARA PERSONAS ENCARGADAS DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES A NOMBRE DE TERCEROS MÓDULO III (2ª parte)

SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

OBJETIVO: “ Integrar un padrón único del contribuyente con información actualizada e incorporar a aquéllos que aún no se han registrado. El fin es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a través de procesos que simplifiquen y contribuyan a hacer más eficiente la administración tributaria”. SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

 Disminución de tiempos de atención  Solicitud de requisitos mínimos  Eliminación total del uso de formatos impresos  Evitar visitas innecesarias al módulo  Entrega inmediata de CIF y Guía de obligaciones  Reexpedición de CIF a través de Internet  Reducción del costo cumplimiento de las obligaciones fiscales SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE SOLICITUD Y ACTUALIZACIÓN AL RFC POR INTERNET Beneficios para los usuarios del servicio

SERVICIO: IDENTIFICACIÓN DEL CONTRIBUYENTE Se refiere a la inscripción y actualización de los datos del contribuyente en el padrón del RFC, considerando la información de identificación, actividad económica, obligaciones, ubicación y relación con otros contribuyentes. De estos servicios se desprenden subservicios que operarán a través de diferentes canales o medios de atención, como serán entre otros: Personalizada (Ventanilla), Internet DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN

SUBSERVICIOS: 1. Inscripción 1.1.Inscripción de Contribuyentes Se refiere a la inscripción de contribuyentes al padrón del RFC, considerando la información de identificación, actividad económica, obligaciones, ubicación y relación con otros contribuyentes 1.2.Inscripción de Contribuyentes sin actividad económica (Potenciales) Se refiere a la generación de la clave de RFC para contribuyentes sin actividad económica. (Ejemplo: amas de casa, estudiantes que requieren el RFC para otros trámites) DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN

SUBSERVICIOS: 2. Actualización Se refiere a poner al día los datos del contribuyente en el padrón del RFC considerando la información de identificación, actividad económica, obligaciones, ubicación y relación con otros contribuyentes Actualización de Contribuyentes en el padrón Es la actualización del padrón mediante la operación de los avisos que el contribuyente presenta al RFC. DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN

SUBSERVICIOS: 2.2. Solicitudes de incorporación y desincorporación a padrones específicos Es la actualización de la información a solicitud del contribuyente en el padrón, derivado de las autorizaciones a padrones específicos, como son entre otros: DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN  Importadores  Exportadores  Empresas transportistas  Dictaminados  Contribuyentes de bebidas alcohólicas  Representantes legales  Agentes aduanales  Síndicos del contribuyente  Impresores autorizados

DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN MODALIDADES DE ATENCIÓN: Se contará con tres modalidades de atención para los casos de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que son: 1. Módulos de Atención del SAT (Personalizado en ventanilla SAT) Se podrán realizar inscripciones de personas físicas, morales, fusiones, escisiones y fideicomisos Las personas físicas acudirán exclusivamente de forma personal o a través de su representante legal, a una entrevista en las instalaciones de la ALAC que le corresponda a su domicilio fiscal

DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN MODALIDADES DE ATENCIÓN: 2.- Personalizado con Fedatario Público : Estará habilitada para los notarios y corredores públicos autorizados para inscribir personas morales en el padrón de manera personalizada 3.- Personalizado en Entidad Federativa :. Esta modalidad se habilitará para usuarios en las Entidades Federativas para la operación de trámites de inscripción en el padrón de contribuyentes del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOs)

DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y MODALIDADES Y CANALES DE ATENCIÓN CANALES DE ATENCIÓN Existirán diversos canales o medios de atención, tanto personales como remotos para brindar a los contribuyentes los subservicios de inscripciones y actualizaciones al RFC, como son entre otros: 1.- Módulos de Atención del SAT (Personalizado en ventanilla) Esta modalidad es la que opera actualmente en las ALAC’s 2.- Atención Telefónica (ayuda en línea) Los contribuyentes podrán utilizar este canal de atención para hacer la solicitud de inscripción al RFC, que deberán concluir en el Módulo de Atención que le corresponda, para efectos de entregar la documentación comprobatoria

DEFINICIÓN DE SERVICIOS, SUBSERVICIOS Y CANALES CANALES DE ATENCIÓN 3.- Atención Telefónica (trámites conclusivos) Los contribuyentes podrán utilizar esta modalidad para que vía telefónica además de recibir orientación para como realizar una inscripción y la documentación requerida, el asesor telefónico también pueda iniciar el proceso de inscripción, al hacer una precaptura de información, que posteriormente el contribuyente deberá concluir en el Módulo de Atención del SAT, para efectos de entregar la documentación correspondiente 4.- Internet (autoservicio) Los contribuyentes podrán utilizar esta modalidad para hacer la precaptura de su solicitud de inscripción al RFC, en las Salas de Internet, cafés Internet, desde su casa u oficina y concluyendo en el Módulo de Atención del SAT, para efectos de entregar la documentación comprobatoria Asimismo, se ofrecerá al contribuyente el envío de trámites de actualización al padrón de contribuyentes, en forma electrónica desde el portal del SAT.

 Actualización de obligaciones (antes aumento, disminución de obligaciones y cambio de actividad preponderante)  Reanudación de Actividades, o  Suspensión de Actividades  Apertura de Establecimientos, o  Cierre de Establecimientos No se requiere de documentación SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE SOLICITUD Y ACTUALIZACIÓN AL RFC POR INTERNET Los avisos de actualización que se deberán hacer por Internet, sin presentar documentación o requisitos adicionales en los módulos de Atención al Contribuyente son lo siguientes:

Continúa SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE SOLICITUD Y ACTUALIZACIÓN AL RFC POR INTERNET Trámites que pueden hacerse directamente en el módulo de atención fiscal o previamente en precaptura por Internet  Inscripción al RFC  Avisos de cambio de situación fiscal distintos a los mencionados en la lámina anterior Estos trámites se pueden iniciar por Internet con una precaptura de información y deberán concluirse con la entrega de la documentación requerida en el módulo de atención fiscal de su preferencia

Nueva estructura de los formatos electrónicos SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE La nueva estructura del formato electrónico para la inscripción y actualización al RFC, buscará dar respuesta a cuatro interrogantes: ¿Quién eres?.- Datos de identificación ¿Dónde estás?.- Ubicación del contribuyente ¿Qué haces?.- Actividad del contribuyente ¿Con quién te relacionas?.- Relación con otros contribuyentes

Nueva estructura de los formatos electrónicos SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE Para determinar las obligaciones fiscales del contribuyente, se requerirá contestar un cuestionario sobre las actividades económicas que realiza y las características de éstas Se entregará al contribuyente el calendario de obligaciones, que incluye: regímenes, obligaciones y fechas de vencimiento específicas

Proceso operativo general SERVICIO DE DENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

Por Internet Avisos al RFC Inscripción al RFC Inscripción al RFC En la ALAC FedatarioFedatario PúblicoPúblico Esquema actual: Registro Actualización SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

Persona Moral acude con Fedatario y acepta el servicio de inscripción La PM deberá cumplir con los requisitos de la regla (RMF, abril 28, 2006 ) El Fedatario público imprimirá y entregará la CIF, así como la constancia de inscripción (RMF abril 28, 2006 ) Las inscripciones realizadas del día 1 al 15 de cada mes, se entregará dentro de los cuatro días hábiles posteriores al día 15 del mismo mes. Las inscripciones realizadas del día 16 al último día de cada mes, se entregará dentro de los primeros cuatro días hábiles del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda la inscripción. Inscripción al RFC Fedatario Público Dicha documentación se presentará a más tardar en las siguientes fechas: Los fedatarios públicos deberán entregar, ante la ALAC que corresponda a su domicilio fiscal, la documentación de las personas morales que hayan inscrito al RFC. Inicio Fin IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

Autoservicio REGISTRO Registro Ventanilla: A.SATSAT B.FedatariosFedatarios C.Entidades FederativasEntidades Federativas SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

SAT: valida los datos en línea (padrón único: inscrito o potencial). Contribuyente: Comparece en la ALAC para concluir trámite El contribuyente inicia trámite: Ingresando a la aplicación en portal público (se abre un caso). Contribuyente: Envía datos o guarda información en PC (máximo10 días). Datos incompletos SAT: guarda caso 10 días. Datos completos. SAT: Hoja previa para validación y hoja definitiva para firma. Hoja definitiva se dividirá en tres secciones: 1)Solicitud de inscripción (firma de contribuyente) 2)Producto (comprobante de inscripción y calendario) 3)Acuse de entrega de productos Autoservicio (Portal del SAT en Internet) SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

Asesor: revisa documentación, y valida los datos en línea (padrón único: inscrito o potencial) entrevista al contribuyente o representante legal y captura información Asesor: Solicita al contribuyente o representante legal que valide la información capturada y que firme de conformidad el contribuyente El asesor Ingresa a la aplicación de registro (abre un caso). Asesor: Escanea documentos. Posibilidad de dejar el caso pendiente (10 días máximo) Registro en ventanilla SAT SAT IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE Generación de productos:  Comprobante de inscripción.  Calendario de obligaciones. Generación de productos:  Comprobante de inscripción.  Calendario de obligaciones. Contribuyente: Solicita trámite que desea realizar y presenta documentación requerida 1 FIN bis 3 2

Registro con Fedatario Público Accede con claves a la aplicación WEB. Coteja documentos  Identificación oficial.  Poder notarial.  acta constitutiva. Fedatario Público Incorporado (posibilidad de esquema obligatorio). Captura datos y válida en línea. Entrega documentación en ALAC:  Solicitud de inscripción (hoja definitiva).  Identificación oficial.  Poder y/o extracto de acta constitutiva. SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

Accede con clave a la aplicación WEB. Coteja datos Entidad Federativa Captura datos y válida en línea. Resguarda documentación Registro en ventanilla de Entidad Federativa SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE Generación de productos: Comprobante de inscripción. Calendario de obligaciones.

Preinscripción (contribuyentes potenciales) Recaba datos de potenciales Envía al SAT Universidad Integra archivo con datos SAT procesa e incluye en sección de potenciales en padrón único SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

Ventanilla Autoservicio Actualización ACTUALIZACIÓN IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

SAT Valida los datos en línea (padrón único: inscrito o potencial). Inicia autoservicio Contribuyente: Inicia autoservicio Ingresa a la aplicación (se abre un caso). Envía datos por Internet Depende de: Documentación a presentar. Productos no impresos en línea. Acuse de recibo. Envía datos por Internet Concluye en la ALAC ALAC recibe documentos (determina el caso) complementa Genera producto en su caso. Autoservicio Portal SAT Internet SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE

SAT: Valida los datos en línea (padrón único: inscrito o potencial) y revisa documentación. Generación de productos y emite acuse Asesor: Ingresa a la aplicación de registro y captura información (se abre un caso). Asesor: Solicita al contribuyente o representante legal que valide la información capturada y que firme de conformidad el contribuyente Ventanilla en Módulo del SAT SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN AL CONTRIBUYENTE Contribuyente: Solicita trámite que desea realizar y presenta documentación requerida Asesor: Escanea documentos