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Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos (NEPE)
Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito 20 de abril del 2011
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
En las negociaciones entre los Bancos Autorizados*, la Tesorería de la Federación y el Servicio de Administración Tributaria, se definieron los requisitos necesarios para implementar el pago de Impuestos Federales con Tarjeta de Crédito. La incorporación de este medio de pago implica que el Banco Autorizado modifique las aplicaciones de Impuestos Federales para vincularlas con los sistemas de Tarjeta de Crédito, en virtud de que son 2 plataformas diferentes, así como realizar pruebas integrales. (*) Instituciones de Crédito Autorizadas como auxiliares de la Tesorería de la Federación.
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Banamex, por Ventanilla Bancaria. A partir del 4-abr-2011.
Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito En este sentido, las Personas Físicas que resulten con Impuesto a Cargo, derivado de la presentación de la Declaración Anual, podrán efectuar el pago de impuestos con las Tarjetas de Crédito emitidas por*: BBVA Bancomer, vía Internet y por Ventanilla Bancaria. A partir del 1-abr-2011. Banamex, por Ventanilla Bancaria. A partir del 4-abr-2011. Banorte, vía Internet. A partir del 21-abr-2011. (*) Se está trabajando para que otros Bancos Autorizados también brinden este servicio.
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Las principales características de este medio de pago son:
Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito Las principales características de este medio de pago son: Aplica para el pago del Ejercicio de las Personas Físicas. Se utilizan las aplicaciones de pagos electrónicos de Impuestos Federales del NEPE, por Internet y Ventanilla Bancaria. En el caso de Internet, el contribuyente captura la información del pago en el Portal Bancario. En el caso de Ventanilla Bancaria, el contribuyente presenta en las sucursales bancarias la Hoja de Ayuda que emite el DeclaraSAT o la Declaración Automática. NEPE: Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
Como comprobante del pago con Tarjeta de Crédito, el Banco Autorizado emitirá el Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales con sello digital. Si el pago se presenta en la Ventanilla Bancaria, el Banco Autorizado recabará la firma del contribuyente en el citado Recibo Bancario*. El pago de Impuestos Federales con Tarjeta de Crédito se entenderá realizado en la fecha en que éste se reciba en el Banco Autorizado. (*) BBVA Bancomer y Banamex decidieron no emitir el pagaré para simplificar la operación de pago de impuestos..
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
Para realizar el pago de Impuestos Federales con Tarjeta de Crédito en la Ventanilla Bancaria, es necesario que el contribuyente presente la tarjeta y una identificación, a efecto de validar que se trata del tarjetahabiente. El pago con Tarjeta de Crédito estará libre de cargos adicionales para el contribuyente, como sucede actualmente cuando el pago se efectúa en efectivo, cheque o con transferencia electrónica de fondos.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
El límite del importe a pagar con Tarjeta de Crédito estará determinado por la disponibilidad de la línea de crédito de cada contribuyente. El pago de Impuestos Federales también se podrá efectuar con Tarjetas de Débito emitidas por los Bancos Autorizados y se considerarán como pagos en efectivo.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
Para mayor información sobre las Tarjetas de Crédito y de Débito participantes, los requisitos para efectuar el pago en Ventanilla Bancaria, así como el procedimiento para dar de alta el acceso al portal bancario, se recomienda que el contribuyente se dirija al Banco Autorizado para recibir la orientación correspondiente.
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Regla I El sustento normativo de estos medios de pago se publicó en la página de Internet del SAT el 29-mar-2011: Tarjeta de Crédito o Débito como medio de pago para las personas físicas I Para los efectos del artículo 20, último párrafo del CFF, se aceptará como medio de pago de las contribuciones federales y sus accesorios que sean objeto de cobro por parte del SAT, a cargo de las personas físicas, las tarjetas de crédito o débito emitidas por las instituciones de crédito autorizadas como auxiliares por la TESOFE, para lo cual estas últimas deberán presentar un aviso en los términos de la ficha de trámite 181/CFF “Aviso para ofrecer como medio de pago de las contribuciones federales y accesorios las tarjetas de crédito o débito que emitan” contenida en el Anexo 1-A.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
Regla I Los contribuyentes que opten por lo señalado en el párrafo anterior, pagarán las contribuciones a su cargo ante las instituciones de crédito que les hayan emitido dichas tarjetas, y conforme a las modalidades que se publiquen en la página de Internet del SAT. Los pagos que se efectúen mediante tarjetas de crédito o débito se entenderán realizados en la fecha en que éstos se reciban en la institución de crédito autorizada. Tratándose de pagos realizados con tarjeta de crédito, los ingresos se entenderán recaudados en el momento en que la institución de crédito autorizada libere los recursos a favor de la TESOFE, y cuando se trate de pagos realizados con tarjeta de débito, éstos se considerarán recaudados como pagos en efectivo. CFF 20
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
Regla I y Anexo 4, rubro E De conformidad con la Regla I , en la Página de Internet del SAT, en la sección de Bancos autorizados para recibir declaraciones se publicó lo siguiente: Instituciones de crédito autorizadas que reciben pagos electrónicos con tarjetas de crédito o débito
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Regla I y Anexo 4, rubro E Dicha publicación se actualizará conforme los Bancos Autorizados manifiesten su interés por ofrecer estos medios de pago y concluyan con las pruebas correspondientes. En una segunda etapa, se tiene previsto incorporar estos medios de pago a los Pagos Provisionales y/o Definitivos, bajo las Modalidades de Prestación de los Servicios NEPE y Depósito Referenciado, situación que se difundirá a través de la Página de Internet del SAT y del Portal de Información de la AGSC.
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Consulta el mini sitio El SAT a un Clic:
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BBVA Bancomer
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer A continuación se presentan los pasos a seguir para realizar el pago de Impuestos Federales en el Portal de BBVA Bancomer: Seleccionar opción “Impuestos”
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer Seleccionar opción “Pago” Selección opción “Pago”
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BBVA Bancomer Elegir liga a través de formato electrónico Los accesos que anteriormente estaban, quedan sin vinculo alguno.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer Capturar el número de tarjeta
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer Capturar la clave de acceso y oprimir el botón de Entrar
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer Capturar el código de TAS o ASD (según sea el caso)*. (*) Para realizar el pago de impuestos, es indispensable contar con algún dispositivo de seguridad (TAS o ASD), los cuales son asignados a los clientes que cuenten con un servicio de Banca Electrónica AVANZADO.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer Seleccionar la opción de Pagos Anuales y capturar los datos del pago.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer Seleccionar la casilla de Tarjeta de Crédito. Seleccionar el número de cuenta.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer El Recibo Bancario es similar al que se emite al pagar con transferencia electrónica de fondos.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito
BBVA Bancomer En caso de que el contribuyente no cuente con el servicio de Banca Electrónica Avanzada, es necesario que acuda a la sucursal bancaria para contratarlo, el cual únicamente puede ser contratado al tener una cuenta de cheques, es decir, si solo cuenta con Tarjeta de Crédito NO es posible contratar el citado servicio.
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Banorte
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito Banorte
1.- Ingresa al Portal y elige la opción Banorte por Internet. Ingresa tu usuario, contraseña y número de token. 2.- En el menú elige la opción “Pagos” y dentro de ésta, la opción “Impuestos”.
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Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito Banorte
3.- Si ya capturaste previamente tu RFC aquí podrás seleccionar los datos 4.- En Materia, elige “Del Ejercicio” y presiona el botón de “Continuar”.
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No olvides imprimir tu comprobante
Pagos del Ejercicio de Personas Físicas con Tarjeta de Crédito Banorte Tarjeta de Crédito 5.- Ingresa los datos que solicita el formulario y presiona la tecla “continuar”. El sistema te pedirá confirmar tu usuario, contraseña y token 6.- Completa la información restante del formulario y elige la cuenta origen, donde podrás seleccionar la tarjeta de crédito. Y presiona el botón “Continuar”. No olvides imprimir tu comprobante
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