1. Qué son los recursos IVA a la telefonía móvil (4% adicional)? IVA A LA TELEFONÍA MÓVIL PARA CULTURA 2. Cómo se distribuyen? 3. Líneas de Inversión.

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Transcripción de la presentación:

1. Qué son los recursos IVA a la telefonía móvil (4% adicional)? IVA A LA TELEFONÍA MÓVIL PARA CULTURA 2. Cómo se distribuyen? 3. Líneas de Inversión 50% Cultura 4. Procedimiento para la aprobación de proyectos 5. Aspectos claves en el proceso de ejecución de los recursos 6. Registro de proyectos y consulta ejecución SIG 7. Estado de la ejecución de los recursos: Vigencia Documentación asociada al proceso

1. Qué son los recursos IVA a la telefonía móvil (4% adicional) Ley 788 de 2002: Incremento en un 4% del impuesto sobre las ventas IVA al servicio de telefonía móvil. (75% Deporte y 25% Deporte y Cultura) Conpes 3255 de 2003 Lineamientos de Política. Ley 1111 de 2006: Los recursos deberán ejecutarse mediante convenios con los Municipios y/o Distritos que presenten proyectos que sean debidamente viabilizados. Decreto 4934 de Por el cual se reglamenta el artículo 470 del Estatuto tributario, adicionado mediante la ley 1111 de 2006.

1. Qué son los recursos IVA a la telefonía móvil (4% adicional) Ley 1379 de Artículo 41. Fuentes de financiación. En desarrollo de lo previsto en el artículo 24 de la Ley 397 de 1997, no menos del 10% del total del incremento de IVA a que se refiere el artículo 470 del Estatuto Tributario, adicionado por la Ley 1111 de 2006, se destinarán a los efectos previstos en dicho artículo. Nota: C-133 de Corte Constitucional declaró inexequible art. 10 y 11 de la Ley 1393 de Ley 1393 de Artículo 11. Adiciónese el Estatuto Tributario el artículo: "Artículo 470. Servicio gravado con la tarifa del veinte por ciento (20%). A partir del 1o de enero de 2007, el servicio de telefonía móvil está gravado con la tarifa del 20%.

Ley 1450 de Artículo 175°. Financiamiento Patrimonio Cultural. …."Parágrafo 2. Los recursos girados para cultura al Distrito Capital y a los Departamentos, que no hayan sido ejecutados al final de la vigencia siguiente a la cual fueron girados, serán reintegrados por el Distrito Capital y los Departamentos al Tesoro Nacional, junto con los rendimientos financieros generados.”Ley 1450 de Artículo 175°. Financiamiento Patrimonio Cultural. …."Parágrafo 2. Los recursos girados para cultura al Distrito Capital y a los Departamentos, que no hayan sido ejecutados al final de la vigencia siguiente a la cual fueron girados, serán reintegrados por el Distrito Capital y los Departamentos al Tesoro Nacional, junto con los rendimientos financieros generados.” Fallo Corte Constitucional ( Comunicado No. 06 de Febrero 15 de 2012) : Artículo 175 de la Ley 1450 de 2011: Declarado Exequible. 1. Qué son los recursos IVA a la telefonía móvil (4% adicional)

2. Cómo se distribuyen? * Los Municipios y/o Distritos cuyas actividades culturales y artísticas hayan sido declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Organización de Naciones Unidad para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO, tendrán derecho a que del porcentaje asignado se destine el cincuenta por ciento (50%) para la promoción y fomento de estas actividades. (Ley 1111 de 2006) IncrementoDistribuciónDestinaciónA quien se giran 4% 10% Creación, Fomento y Fortalecimiento de Bibliotecas MINISTERIO 90% 75% Planes, programas y proyectos deportivos a nivel nacional. COLDEPORTES 25% 50%Programas de fomento y desarrollo deportivo e infraestructura DEPARTAMENTOS Y DISTRITO CAPITAL *50%Fomento, promoción y desarrollo de la cultura y la actividad artística, dándole aplicación a la ley 1185 de 2008 DEPARTAMENTOS Y DISTRITO CAPITAL 100% Inversión Social

3. Líneas de Inversión Decreto 4934 de 2009 (50% Cultura) 6. Fortalecer los museos, archivos, bibliotecas patrimoniales y/o centros de memoria a nivel local. 5. Actividades de conservación, mantenimiento periódico e intervención de bienes de interés cultural. 4. Formulación y puesta en marcha de Planes Especiales de Salvaguardia de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial. 3. Apoyar la formulación de Planes Especiales de Manejo y Protección de bienes inmuebles de interés cultural del grupo urbano, arquitectónico, colecciones de bienes muebles y monumentos en espacio público. 2. Programas relacionados con la protección, promoción y difusión del patrimonio cultural. 1. Desarrollar inventarios y registros del patrimonio cultural. 7. Actividades culturales y artísticas declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO (50%) “Artículo 37, Ley 1111 de 2006” 7. Actividades culturales y artísticas declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO (50%) “Artículo 37, Ley 1111 de 2006”

4. Procedimiento para la aprobación de proyectos Responsabilidades de los Departamentos y el Distrito Capital: 11 Realizar invitación pública. 22 Recibir y registrar los proyectos. 33 Evaluar técnica y financieramente los proyectos. (Registrar en el formato) 44 Solicitar concepto al Consejo Departamental de Patrimonio 55 Viabilizar los proyectos (Registrar en el formato) 66 Registrar los proyectos en el Plan de Inversión (Aplicativo SIG-IVA, Web MinCultura).

4. Procedimiento para la aprobación de proyectos Responsabilidades de los municipios: 11 Atender a la invitación pública en los términos que establezca la entidad encargada de cultura. 44 Una vez el proyecto sea viabilizado, suscribir convenio con el Departamento para la ejecución del proyecto. 22 Diligenciar el formato para la presentación de proyectos y cumplir las condiciones establecidas en la convocatoria. 33 Entregar la documentación a la entidad encargada de cultura en las condiciones determinadas en la convocatoria. 55 Si es el ejecutor realizar los procesos contractuales para la ejecución del proyecto. 66 Enviar información de la ejecución del proyecto a la entidad encargada de cultura.

4. Procedimiento para la aprobación de proyectos Responsabilidades del Consejo Departamental de Patrimonio: 11 Conceptuar técnicamente sobre los proyectos de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Cultura (prioridad, elegibilidad y viabilidad) 22 Consignar la información del concepto en los formatos de presentación de cada proyecto. 33 Remitir copia del acta de la sesión del Consejo en la que conste el concepto dado sobre cada proyecto, a la entidad encargada de cultura.

4. Procedimiento para la aprobación de proyectos Responsabilidades del Ministerio de Cultura: 11 Revisar el Plan de inversión (SIG-IVA) 11 Recibir los perfiles de proyectos viabilizados por el Departamento y Distrito Capital, y los Consejo de Patrimonio. 22 Comunicar la aprobación o rechazo de la incorporación de los proyectos en el Plan de Inversión. (SIG-IVA) 33 Solicitar los formatos de presentación de los proyectos que fueron aprobados en el Plan de Inversión. 22 Evaluar y emitir concepto sobre los perfiles de proyectos presentados y comunicar a las entidades territoriales. 33 Consolidar la información de los proyectos aprobados para el seguimiento a la inversión de los recursos IVA. ACOMPAÑAMIENTO PLAN DE INVERSIÓN PROYECTOS VIABILIZADOS

5. Aspectos claves en el proceso para la ejecución de los recursos El Ministerio de Cultura, informará la primera semana de noviembre a los Departamentos el valor preliminar de la distribución del 25% de los recursos. Los proyectos deben haber recibido concepto favorable del Consejo Departamental de Patrimonio y ser viabilizados por el Departamento o Distrito Capital, de acuerdo con los lineamientos de elegibilidad, prioridad y viabilidad determinados por el MC de lo contrario, no podrán ser evaluados. El Ministerio de Cultura, comunicará el valor definitivo de recursos de la distribución en la segunda semana de marzo y se inician trámites para la incorporación de los recursos. En la primera de abril se envía la resolución para realizar la incorporación de recursos al presupuesto. El Plan de Inversión se debe presentar al Ministerio de Cultura dentro de los 3 meses siguientes a la expedición de la resolución de distribución.

5. Aspectos claves en el proceso para la ejecución de los recursos Etapa de Ejecución y Seguimiento - Decreto 4934 de 2009 Los recursos no harán unidad de caja. Su administración deberá realizarse en cuentas separadas de los demás recursos de la entidad. Los recursos no harán unidad de caja. Su administración deberá realizarse en cuentas separadas de los demás recursos de la entidad. Para la ejecución de los recursos de los departamentos, éstos deberán suscribir convenio con los municipios. Para la ejecución de los recursos de los departamentos, éstos deberán suscribir convenio con los municipios. Los recursos que no sean utilizados a más tardar durante la siguiente vigencia fiscal en la cual fueron girados, deberán reintegrarse al Tesoro Nacional junto con sus rendimientos. Modificado por el articulo 175 de la ley 1450 de 2011 Los recursos que no sean utilizados a más tardar durante la siguiente vigencia fiscal en la cual fueron girados, deberán reintegrarse al Tesoro Nacional junto con sus rendimientos. Modificado por el articulo 175 de la ley 1450 de 2011 Los rendimientos financieros de los recursos deben ser reinvertidos para los mismos fines que fueron transferidos. Los rendimientos financieros de los recursos deben ser reinvertidos para los mismos fines que fueron transferidos. Los informes de ejecución de los proyectos deberán ser presentados mínimo semestralmente o cuando el Ministerio de Cultura así lo requiera, los cuales deben contar con la respectiva documentación soporte que evidencie el gasto, de lo contrario no podrán ser tenidos en cuenta como recursos ejecutados Los informes de ejecución de los proyectos deberán ser presentados mínimo semestralmente o cuando el Ministerio de Cultura así lo requiera, los cuales deben contar con la respectiva documentación soporte que evidencie el gasto, de lo contrario no podrán ser tenidos en cuenta como recursos ejecutados

6. Registro de proyectos y consulta ejecución SIG Consulta en el Sistema de Información SIG: En la opción Recursos IVA Seleccionar opción Plan de Inversión Ejecución de Recursos En la pantalla de bienvenida digitar: Usuario: consulta Clave: consulta Mediante la pagina del Ministerio mincultura.gov.co Clic en SIG O directamente en el link: sig.mincultura.gov.co 23 1

7. Recursos IVA 25% ( ) (50% Cultura 50% Deporte)50% Cultura En millones de $ * Fuente Ley de Presupuesto Nacional.

8. ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS (32 Dptos. y D.C) En millones de $ Total Girado 2011 Número de Proyectos Viabilizados 2011 Valor proyectos Viabilizados IVA 2011 Proyectos Favorables – ejecutados 2011 * Saldo por comprometer Recursos IVA 2011** $ $ $110 $8.200 Corresponde a proyectos ejecutados por los departamentos de Valle del Cauca y Risaralda.Corresponde a proyectos ejecutados por los departamentos de Valle del Cauca y Risaralda. ** Los departamentos y el D.C. tienen hasta el 31 de diciembre de 2012 para la ejecución de estos recursos (Ley 1450 de 20111, Art 175) Fuente: SIG-IVA

9. DOCUMENTACIÓN ASOCIADA AL PROCESO  Lineamientos para la inversión de recursos IVA – Entidades Territoriales*  Línea de tiempo*  Cartilla*  Formato para la presentación de Proyectos*  Instructivo para el diligenciamiento del formato para presentación de proyectos*  Procedimiento Interno – Sistema de gestión de Calidad**  Flujograma procedimiento interno**  Estrategia para la difusión  * Disponible en página WEB – Información de interés –Recursos IVA y Aplicativo SIG -IVA  ** Isolución