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JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA No DE ENERO DE 2015

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Presentación del tema: "JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA No DE ENERO DE 2015"— Transcripción de la presentación:

1 JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA No. 202 21 DE ENERO DE 2015
VIGENCIA FUTURA ORDINARIA DEL CONTRATO DE GESTIÓN PERIODO 1o DE ENERO DE 2016 AL 31 DE JULIO DE 2018 JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA No. 202 21 DE ENERO DE 2015

2 CONTENIDO Introducción Marco Legal
Requisitos vigencia futura ordinaria Justificación económica Solicitud Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold

3 1. Introducción Se somete a consideración de la Junta Directiva la autorización para iniciar trámites ante el CONFIS y el Ministerio del Ramo para comprometer un cupo de vigencias futuras ordinarias para el período 1 de enero de a 31 de julio de 2018, con el fin de respaldar la suscripción del Contrato de Gestión. Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold

4 2. Marco Legal . El Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 establece que el CONFIS podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso. El Parágrafo del Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 establece que las funciones de autorización de vigencias futuras ordinarias podrán ser delegadas por el CONFIS en las Juntas o Consejos Directivos. Mediante el artículo 3º de la Resolución 003 de 2004, el CONFIS delegó en las Juntas o Consejos Directivos la autorización para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras financiadas con ingresos propios, hasta por un 35% de la apropiación correspondiente a gastos de operación comercial de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten.

5 2. Marco Legal El Artículo de la Ley 1737 de 2014 dispone “En las empresas de servicios públicos mixtas y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación es directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igualo superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de sus presupuestos, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas, sin requerirse concepto previo de ningún otro órgano o entidad gubernamental siempre y cuando cumpla los requisitos señalados en el artículo 36 del Decreto 4730 de 2005.

6 3. Requisitos Vigencia Futura Ordinaria
Consultar con las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo. Las autorizaciones no podrán superar el respectivo período de gobierno. Contar como mínimo con una apropiación del 15% en la vigencia en la que se autorice. Justificación económica. Posterior a la aprobación, las Secretarías de las Juntas Directivas presentarán un informe trimestral sobre las vigencias futuras autorizadas en el trimestre anterior a la DGPPN del MHCP. Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold

7 3. Requisitos Vigencia Futura Ordinaria
Se verificaron los requisitos para solicitar la vigencia futura a través de la Junta Directiva: CONCEPTO VALOR Apropiación Gastos de Operación Comercial V. futura que puede autorizar la Junta Directiva (35%) V. Futura requerida para vigencia 2016, 2017 y Apropiación vigencia 2015 rubro – AOM Apropiación mínima requerida en 2015 (15%) La apropiación de la vigencia 2015, es mayor al 15% para el nuevo contrato de interventoría. Cumple con el requisito de vigencia futura El monto de la vigencia futura es mayor al 35% de la apropiación para La junta Directiva no está facultada para autorizar la Vigencias Futuras requerida.

8 4. Justificación Ante la inviabilidad financiera de la Electrificadora del Chocó, se propuso la creación de una nueva empresa, que garantizara el servicio de energía al Chocó, con base en Modelo de Gestión desarrollado por la firma ROTHSCHILD. El documento CONPES 3122 de 2001 “Estrategias de la Nación para fortalecer la Distribución de Energía Eléctrica en 13 Departamentos” estableció, entre otras, una estrategia particular en el área de prestación del servicio de la Electrificadora del Chocó, con el fin de mejorar la calidad del mismo para los usuarios atendidos por dicha empresa, en los siguientes términos. “Adoptar un esquema de contrato de gestión de activos para asegurar la prestación del servicio en el área de influencia de la electrificadora del Chocó y solicitar al Ministerio de Minas y Energía, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación, adelantar las acciones necesarias para su ejecución.”

9 4. Justificación Para cumplir el objeto anterior, DISPAC estableció inicialmente un esquema de Contrato de Gestión con base en un tercero denominado Gestor (operador estratégico), así como su correspondiente Contrato de Interventoría a la Gestión. Lo anterior con el fin de mejorar las condiciones de la infraestructura del servicio, mejorar la calidad del servicio a los usuarios y volver autosostenible y viable financieramente la empresa en el mediano plazo. El primer Contrato de Gestión fue suscrito el 29 de julio de 2002, con un plazo inicial de ocho (8) años y fue prorrogado hasta el 31 de marzo de 2012. El 13 de marzo de 2012, se suscribió el segundo Contrato de Gestión con Eléctricas de Medellín Ingeniería y Servicios S.A., con una vigencia hasta el 31 de julio de 2014.

10 4. Justificación La Junta Directiva autorizó la prórroga del Contrato de Gestión e Interventoría Externa hasta el 31 de julio de 2015, en dos fases: i) Del 1º de agosto de 2014 – al 31 de diciembre de 2014 y ii) del 1º de enero de 2015 – 31 de julio de 2015, previa autorización de vigencias futuras. Mediante el Otrosí No. 2 se prorrogó el Contrato de Gestión del 1º de agosto de 2014 al 31 de diciembre de 2014. Mediante el Otrosí No. 3 se prorrogó el Contrato de Gestión del 1º de enero de 2015 al 31 de julio de 2015. Se hace necesario autorización para iniciar trámite ante el CONFIS Y el Ministerio del Ramo para solicitar vigencias futuras con el fin de respaldar la suscripción del nuevo Contrato de Gestión durante el período 1o de enero de 2016 al 31 de julio de 2018, por la suma de $42,

11 5. Solicitud Se solicita a la Junta Directiva autorizar el trámite de la siguiente obligación con cargo al presupuesto de la vigencia , Cuenta GASTOS DE OPERACIÓN COMERCIAL, rubro – AOM – Contrato de Gestor, con el fin de respaldar el Contrato de Gestión durante el periodo 1o de enero de 2016 al 31 de julio de 2018. Código Rubro Presupuestal AOM – CONTRATO DE GESTOR


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