Donación y Trasplantes de órganos

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Transcripción de la presentación:

Donación y Trasplantes de órganos Sugerencia bibliográfica: Pontificio Consejo para la Pastoral de la Salud Carta de los Agentes de la Salud Paulinas, Buenos Aires nn. 83 a 91 P. Lic. Juan Francisco Tomás sdb Buenos Aires – Argentina

Breves datos de la historia… S. VIII aC: trasplantes de tejidos – Cirujano Sushruta (India) s/f : anestesia con plantas medicinales y cambios de órganos enfermos por sanos - Dr. Hua-Tuo (China) S. XIII: “Leyenda Áurea”: pierna sana de cadáver – Santos Cosme y Damián (Arabia) (Para mayor información de datos históricos: http://www.cucaiba.gba.gov.ar/historia.htm ) Segunda Mitad S. XX: 1940: cirugías de corazón en “bebés azules” – Dr. Alfred Blalock y Asist. Laborat. Viven Thomas (Hosp. Johns Hopkins, Maryland – USA) 1954: primer Trasplante Renal entre dos mellizos – Dr. David Hume (Boston) 1967: primer Trasplante de Corazón – Dr. Christian Barnard (Cape Town, Sur África) 1967: creación del bypass (cirugía de revascularización miocárdica – Dr. René Favaloro (Bs. As.) Junio 2003: primer Trasplante de Corazón en Argentina – Dr. Miguel Bellizzi (Lanús – Bs. As. (Fuente: http://www.lanusmunicipio.com.ar/historia/trasplante.htm )

PLANTEOS E IMPLICANCIAS ÉTICAS - 1 Fuente: GAFO J., Bioética teológica, Cap. 14, pp. 363-365 Referencia a los PRINCIPIOS de la Bioética: AUTONOMÍA Afirmación y reconocimiento de la dignidad de la vida humana: «La persona humana es siempre un fin y no puede ser utilizada como medio, ni se puede adoptar una posición utilitarista, de beneficio para el mayor número, si eso supone afectar esa radical condición de fin en sí» (Peces-Barba). Autonomía: rechazo a concepción instrumental del ser humano. Libertad de personas involucradas. Reconocimiento de voluntariedad y consentimiento informado de donantes y receptores. BENEFICENCIA / NO-MALEFICENCIA Exigencia ética de la seguridad: garantía máxima del buen resultado de la intervención. Llamada a la solidaridad interhumana (información y sensibilización de la sociedad). JUSTICIA Igualdad de beneficios para todas las personas. No-discriminación. Racionalidad económica en la distribución de los recursos.

NOCIONES BASICAS – VOCABULARIO – CLASIFICACIÓN “El progreso y la difusión en la medicina y la cirugía de los trasplantes favorecen en la actualidad el tratamiento y la curación de muchas enfermedades que hasta hace poco tiempo sólo podían esperar la muerte o, en el mejor de los casos, una existencia dolorosa y limitada” Carta Agentes de Salud, n. 86 NOCIONES BASICAS – VOCABULARIO – CLASIFICACIÓN TRASPLANTE O INJERTO Intervención quirúrgica que inserta en el organismo huésped un órgano o tejido obtenido de donante. IMPLANTACIÓN: Refiere a tejidos muertos o conservados que, por efecto del trasplante realizado, ofrecen fenómenos vitales denominados supervivencia, adaptación y aceptación del trasplante entre tejidos injertados y organismo huésped. AUTOINJERTO, INJERTO AUTÓLOGO O TRASPLANTE AUTOPLÁSTICO: El que se realiza mediante traslado de tejidos de un sitio a otro del mismo organismo. HOMOINJERTO, INJERTO HOMOPLÁSTICO U HOMÓLOGO: Traslado de tejidos de un individuo donante a otro individuo de la misma especie. Entre especies distintas: injerto heterólogo o aloplástico o xenotrasplante. Es trasplante pedunculado cuando se trasladan jirones de tejido sin separarlos totalmente del organismo donante, y libre cuando se lo extrae de sus soportes naturales. Trasplante con anastomosis es el que exige la reconstrucción de uno o más conductos (vasos, bronquios, segmentos del intestino).

Los trasplantes de órganos son considerados de dos tipos: EJECUTIVO: los que refieren a un miembro del organismo (ej.: riñón o corazón) CENTRAL O DE DIFERENCIACIÓN: hacen a la diferencia del individuo (ej.: cerebro o gónadas). ARRAIGAMIENTO: Fenómeno vital mediante el cual la mayor parte del tejido injertado logra sobrevivir, adaptándose a las nuevas condiciones de vida, restableciéndose las conexiones tisulares, vasculares y nerviosas y dándose, de esta manera, una participación duradera del tejido injertado en el organismo huésped. Dos fenómenos de efecto adverso: INCOMPATIBILIDAD: Se manifiesta al darse una reacción contraria del organismo huésped respecto al tejido u órgano trasplantado. RECHAZO: Fenómeno de inflamación y/o fiebre por efecto de la reacción de incompatibilidad. Para evitar rechazo o incompatibilidad: análisis de los diversos grupos de antígenos tisulares. Para las consideraciones éticas (licitud / ilicitud – moralidad) hay que diferenciar: Trasplantes de vivo a vivo Trasplante cadavérico a a vivo Trasplante de órganos sencillos (vitales o no vitales) o de órganos dobles (vitales o no vitales) Trasplantes embrionales o fetales Xenotrasplantes

PLANTEOS E IMPLICANCIAS ÉTICAS - 2 Fuente: INFORME ETHOS, Nº 32. Cf. http://etica.uahurtado.cl/documentos/ethos/informe%20ethos32.pdf Licitud ética – Valores básicos – Dignidad de la persona – Cuidado de la Salud – Solidaridad 1. Licitud moral de trasplante cadavérico de córnea y llamado a la generosidad (Pío XII, 13/05/1956). 2. a) Licitud moral de trasplantes de órganos según el principio de proporcionalidad b) Moralmente inadmisible cuando: - no hay explícito consentimiento - invalidez por mutilación - provocación directa de la muerte (CIC, 2296) 3. Moralmente inadmisible: utilización de embriones y fetos humanos vivos expresamente para fines de trasplantes. (Juan Pablo II, EV, 63) 4. Licitud marcada por la finalidad exclusivamente terapéutica. a) Moralmente inaceptable: ofertas económicas por injusta opresión moral sobre el donante. b) Razonable expectativa de mejoría del receptor – Consentimiento Informado – Libertad. 5. Asignación de los órganos: a) No criterios discriminatorios y extramédicos (edad, género, raza, religión, condición social) b) Respuesta a factores inmunológicos y clínicos. c) Respeto por la dignidad de la persona. d) Clave ética: diagnóstico y pronóstico de salud y calidad de sobrevida proporcional.

PLANTEOS E IMPLICANCIAS ÉTICAS – 2 (continuación) Fuente: INFORME ETHOS, Nº 32. Cf. http://etica.uahurtado.cl/documentos/ethos/informe%20ethos32.pdf Licitud ética – Valores básicos – Dignidad de la persona – Cuidado de la Salud - Solidaridad 6. Licitud de trasplante aloplástico o xenotrasplante: cuando no implica cambio de identidad del individuo receptor ni alteración de la especie. Generalmente no plantea dilema ético. 7. Licitud de la cirugía estética: rectitud de intención, cuidado de la salud ante posibles riesgos, motivos razonables y proporcionados al medio extraordinario, garantía de no alteración de turbaciones psíquicas. (Pío XII, 4/10/1958 a X Congr. Nacional de Cirugía Plástica) 8. Licitud de trasplante donante vivo: - consentimiento libre y explícito del donante - no grave riesgo/perjuicio a vida/salud del donante - no órganos vitales ni de identidad 9. Licitud trasplante cadavérico: - respeto de la expresa voluntad del donante - aconsejable: dos equipos médicos diversos (el que certifica la muerte / el que realiza el trasplante) Criterios para determinar el momento de la muerte: Cese de la respiración y del latido del corazón. Muerte cerebral. Determinación: comprobación de “la abolición total e irreversible de todas las funciones encefálicas” (Ley de Trasplantes, 1996, art. 11)

CRITERIO PARA DETERMINACIÓN DE LA MUERTE Carta de los Agentes de la Salud n. 128: La muerte es mirada y probada por el hombre como una descomposición, una disolución, una ruptura. Sobreviene cuando el principio espiritual que preside a la unidad de la persona no puede ejercer más sus funciones sobre el organismo y en el organismo cuyos elementos, dejados a sí mismos, se disocian. n. 129: Definición biomédica de la muerte: Una persona está muerta cuando ha sufrido una pérdida irreversible de toda capacidad de integrar y de coordinar las funciones físicas y mentales del cuerpo. Precisión del momento de la muerte: La muerte sobreviene cuando: a) Las funciones espontáneas del corazón y de la respiración han cesado definitivamente. b) Si se tiene la certeza de la suspensión irreversible de toda función cerebral. En realidad, la muerte cerebral es el verdadero criterio de la muerte, ya que el paro definitivo de las funciones cardio-respiratorias conduce muy rápidamente a la muerte cerebral

PARA DONACIÓN PROVENIENTE DE CADÁVER CRITERIO DE LICITUD PARA DONACIÓN PROVENIENTE DE CADÁVER Carta de los Agentes de la Salud n. 87: No estamos ante una persona, sino ante un cadáver. Se ha de respetar siempre como cadáver humano, pero ya no posee la dignidad de sujeto ni el valor de fin de una persona viviente. El cadáver no es ya, en el sentido propio de la palabra, un sujeto de derecho, porque está privado de la personalidad que sólo puede ser sujeto de derecho. Por tanto, destinarlo a fines útiles, moralmente indiscutibles y elevados, es una decisión no reprobable, sino más bien de justificación positiva. Certeza obtenida de un diagnóstico. Es necesario tener la absoluta certeza de estar en presencia de un cadáver, para evitar que se extraigan órganos que provoquen o aunque sólo sea que anticipen la muerte. La extracción de órganos de cadáver es autorizada si está seguida de un diagnóstico de muerte certificada del donador. De ahí el deber de tomar medidas para que un cadáver no sea tenido y tratado como tal antes de que la muerte no haya sido debidamente constatada. Para que una persona sea considerada cadáver es suficiente la comprobación de la muerte cerebral del donador, que consiste en la “suspensión irreversible de todas las funciones cerebrales”. Cuando la muerte cerebral total es constatada con certeza, es decir, después de una cuidadosa y exhaustiva verificación, es lícito proceder a la extracción de los órganos, como también prolongar artificialmente las funciones orgánicas para conservar vitales los órganos en vista de un trasplante. n. 88: órganos que se excluyen. No todos los órganos son éticamente donables. Para el trasplante se excluyen el encéfalo y las gónadas, que dan la respectiva identidad personal y procreativa de la persona. Se trata de órganos en los cuales específicamente toma cuerpo la unicidad inconfundible de la persona, que la medicina está obligada a proteger.

ARGENTINA: LEY 24.193 “DEL DONANTE PRESUNTO” Senado de la Nación, 3 de diciembre de 2005 Incorpora la figura del CONSENTIMIENTO PRESUNTO para las donaciones de órganos: toda persona fallecida capaz, mayor de 18 años, es considerada donante, con excepción de quienes manifiesten su voluntad en contrario. (problema de fondo: ¿falta de disponibilidad de órganos?) Aspectos antropológicos: Concepto de persona: unidad espíritu-cuerpo. Por lo tanto: cadáver: ya no es persona; carece también de los derechos correspondientes a la persona. El dilema ético en la Ley 24.193: / DONACIÓN = COMPULSIÓN Entrega de un bien o una acción a favor de otro, hecho de modo conciente y voluntario. Una obligación que no implica necesariamente ni libertad ni deseo de hacerlo. CONSENTIMIENTO PRESUNTO Es una contradicción de términos. Si es presunto, no es consentido. A la solidaridad no se obliga, más bien habría que fomentar campañas de concientización.

Cuatro dilemas fundamentales: Defensa de la vida física: Determinación del momento de la muerte. Defensa de la vida del receptor (cadáver como fuente de vida) Libertad y responsabilidad: Testamento vital Órganos que hacen a la identidad del sujeto (ej.: gónadas-genitales; cabeza) Libertad de los derechos Libertad del Estado para disponer del cadáver para el bien común Totalidad o terapéutico: Totalidad del paciente difunto (consideración de aspectos religiosos) Estado como cabeza del cuerpo social Social y subsidariedad: La persona no vive sola sino en sociedad Grado de reciprocidad entre individuo y sociedad ¿Es el cadáver un bien del Estado? Instancia de decisión de los deudos

Siempre en relación a la Ley de Donante Presunto: ¿QUÉ ALTERNATIVAS/PROPUESTAS PODEMOS OFRECER? Alternativas de tipo médico-científicas: Donante vivo Xenotrasplantes Extensión de las edades límite Propuestas de índole política: Donación compulsiva (China) Consentimiento presunto en sentido estricto. Consentimiento presunto mitigado (consulta a la familia) Sensibilización de la población: Educación y preparación para la muerte (paciente-comunidad-médico). Conciencia del límite. Educación bioética de la comunidad. Formación de agentes de salud (profesionales-voluntarios-pastores) y de educadores.