XIV JORNADAS PROVINCIALES DE CONTADORES MUNICIPALES II JORNADAS DEL SECTOR PUBLICO LEASING WALTER RUBEN TON.

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Transcripción de la presentación:

XIV JORNADAS PROVINCIALES DE CONTADORES MUNICIPALES II JORNADAS DEL SECTOR PUBLICO LEASING WALTER RUBEN TON

¿QUE ES UN LEASING?

¿ES CORRECTA LA DEFINICION DE LA LEY ?

CONCEPTO Art. 1 En el contrato de leasing el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio

LA ECUACION ECONOMICA FINANCIERA

¿CONTRATO NUEVO?

LAS GARANTIAS AUTOLIQUIDABLES

CANON PRECIO (ejercicio de la opción)

OBJETO Muebles Inmuebles Marcas Patentes Modelos industriales Software Dador terceros

MODALIDADES EN LA ELECCION DEL BIEN 1.- Compra dador a persona indicada por tomador 2.- Compra dador según especificaciones del tomador 3.- Compra dador sustituyendo al tomador en compra ya hecha 4.- Es del dador 5.- El dador al tomador 6.- Disposición jurídica del dador (título suficiente)

RESPONSABILIDAD 1.- Tres primeros El tomador puede reclamar al vendedor 2.- El dador puede liberarse de entrega, evicción y vicios redhibitorios 3.- Dador no puede liberarse 4.- Dador no responde (salvo pacto en contrario) 5.- Reglas distintas para cada caso

SERVICIOS Y ACCESORIOS Posibilidad de incluirlos en el contrato

FORMA Instrumento público o privado salvo inmuebles, buques o aeronaves (escritura pública)

OPONIBILIDAD FRENTE A TERCEROS Inscripción en el registro que corresponda (puede ser desde que se hace contrato, no importando fecha de entrega) Lugar de inscripción

BIENES NO PUEDEN SER TRASLADADOS Salvo conformidad expresa del dador en contrato o posterior por escrito

DURACION DE LA INSCRIPCION Inmuebles 20 años Demás 10 años Renovables rogatoria del dador u orden judicial

USO Y GOCE DEL BIEN Gastos Arrendamiento Venta inoponible al dador. Acción reivindicatoria

RESPONSABILIDAD OBJETIVA Art C..C Sobre el tomador o guardián de las cosas

OPCION DE COMPRA Ejercicio. Convención o ¾ partes cánon Más pago del precio Transmisión del dominio

CANCELACION Sobre cosas muebles no registrables y software Resolución judicial con participación del dador Pedido por dador o su cesionario

CUANDO LO SOLITE EL DADO O SU CESIONARIO

Cuando es el tomador que lo solicita debe acompañar Plazo y condiciones vencidas para ejercer la opción de compra Deposito de cánones totales pagados y precio del ejercicio de la opción Interpelación al dador ofreciéndole los pagos 15 días hábiles

Con observaciones no cancela comunica al tomador quien debe iniciar acciones Sin observaciones dentro de los 15 días hábiles cancela Encargado del registro notifica al dador por carta certificada

CESION DE CREDITOS Posible y se puede titulizar ley

INCUMPLIMIENTO EN CASO DE INMUEBLES Si el tomador ha pagado menos de 1/4. Mora automática. Dador demanda judicialmente desalojo. Vista al tomador 5 días. Puede demostrar haber pagado o cancelar por única vez con intereses y costas. Caso contrario juez dispone lanzamiento.

Si el tomador ha pagado ¼ y menos de ¾. El dador debe intimar pago. El tomador dispone por única vez un plazo de 60 días desde la notificación para el pago. Sin pago el dador demanda desalojo, vista por 5 días al tomador que puede demostrar el pago o pagar. Caso contrario juez dispone lanzamiento.

Si el tomador ha pagado ¾ partes. Dador intima al pago. Tomador 90 días para pagar. Pasado el plazo dador puede demandar desalojo. Plazo tomador 5 días quien solo puede paralizarlo pagando más costas

Desalojado el dador reclamará pago cánones adeudados por vía ejecutiva Daños y perjuicios deteriores vía procesal establecida

COSAS MUEBLES El dador puede

O Inmediato secuestro del bien sólo presentando contrato inscripto y haber interpelado al deudor por cinco días Secuestrado se resuelve contrato Dador puede reclamar pago cánones y daños

O Presentando contrato inscripto accionar por vía ejecutiva cánones En este caso sólo procede secuestro vencido término del leasing o peligro del bien

Para el juicio domicilio especial y ejecutivo contra fiadores y garantes

MUCHAS GRACIAS !!! Don Bosco – Mendoza - Tel. / Fax / mails: - - Página web: Abogados Asesoría Notarial Dpto. Inmobiliario