PANORÁMICA SOBRE LAS PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO

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Transcripción de la presentación:

PANORÁMICA SOBRE LAS PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO Un PROCESO con 5 fases y un Calendario (Diseño, Preparación, Aplicación, Evaluación y Metaevaluación) Un PROTOCOLO DE ACTUACIÓN que afecta a 4 instancias (Consejería, Delegación, Inspectores de referencia y Centros (y otros)) Una NORMATIVA REGULADORA (Orden y Resolución) Una cuestión que AFECTA Y AFECTARÁ en los años por venir muy directamente al Servicio de Inspección

PRESENTACIÓN DE LAS PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO Estudio del Borrador de la Orden Por Ángel Olid López Protocolo de Actuación para la Aplicación de las Pruebas de Diagnóstico Por Domingo Fernández Sabido Calendario y Fases de Aplicación de las Pruebas de Diagnóstico Por José Ramón Jiménez Benitez

PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO Estudio del Borrador de la Orden que las regula Servicio de Inspección Educativa Sevilla. 24 de Abril 2006

Contenidos del Proyecto de Orden (1) Justificación Objeto de la Orden Ámbito de aplicación de las pruebas Finalidad de las pruebas Contenido de las pruebas Aplicación de las pruebas Corrección de las pruebas

Contenidos del Proyecto de Orden (2) Acceso a los resultados Pruebas de contraste Explotación de los resultados Disposición transitoria única Disposición adicional única Disposiciones finales (3) Información a la Comunidad Educativa Desarrollo y aplicación Entrada en vigor

Justificación La Agenda de Lisboa 2000 Mejora de la Calidad de los Sistemas Educativos y de Formación de la U.E. Establecimientos de competencias clave y del aprendizaje permanente Pruebas Internacionales Ley Orgánica de Educación (LOE) y LEA Pruebas de Diagnóstico en Andalucía

1. Objeto de la Orden Regular las pruebas de evaluación del rendimiento que se van a aplicar al alumnado de la enseñanza obligatoria de Andalucía, Así como el procedimiento de aplicación de las mismas

2. Ámbito de aplicación Se aplicará a la totalidad de los centros docentes de la Consejería de Educación sostenidos con fondos públicos Al alumnado que inicie 5º de EP y 3º de ESO Se exceptúan alumnos con ACIS o que presenten dificultades con el idioma

3. Finalidades de las pruebas Comprobar el nivel de adquisición de las competencias alcanzadas por el alumnado. Se tendrá en cuenta factores contextuales de carácter socioculturales Obtener información para la mejora Las pruebas no otorgan calificación al alumnado

4. Contenidos de las pruebas Las pruebas versarán sobre las competencias básicas desarrolladas en: Lengua Castellana, Matemáticas, Lengua Extranjera, Ciencias, Competencia Digital, Competencias Cívicas y Sociales y Otras (Según se determine) La D.G. de Ordenación y EE determinará cada año qué competencias se evalúan Formación de equipos de trabajo por cada prueba, formada por profesionales especialistas

5. Aplicación de las pruebas En la 2º quincena de Octubre de cada año Pruebas disponibles a través de SÉNECA La dirección reprografía cuadernillos y custodia hasta aplicación Profesores que aplican abren sobre el día y la hora determinado por la DG. Finalizadas las pruebas se entregan en sobre cerrado al Jefe de Estudios

6. Corrección de las pruebas El Jefe de Estudios distribuirá las pruebas a los profesores encargados de su corrección La corrección será responsabilidad de los respectivos Departamentos Didácticos y del Profesorado de 2º Ciclo en EP. En un plazo de 10 días Una vez finalizados se entregan al J.E., que introducirá datos en programa informático Los cuadernillos en sobres cerrados se enviarán a la Delegación para su custodia No se distribuirán copias de las pruebas

7. Acceso a los resultados Se establecerá un sistema restringido de acceso a la información a través de perfiles de usuario, para garantizar la confidencialidad de los datos de cada centro. Cada centro podrá acceder a los datos medios de Andalucía. La Inspección podrá acceder a los datos de sus centros de referencia Los delegados accederán a los datos de la Provincia

8. Pruebas de contraste Con carácter anual se establecerá por Resolución de la DG de Ordenación, una muestra de centros en los que la aplicación y la corrección de las pruebas será realizada por la Inspección Educativa. Las pruebas en este caso serán idénticas a las aplicadas en el resto de los centros.

9. Explotación de los resultados Se proporciona un Informe al Centro con sus resultados que se presentará al Claustro y al Consejo Escolar, para su análisis, reflexión y adopción de las medidas de mejora que considere necesarias. La Inspección también podrá proponer la medidas correctoras que considere oportunas, en el ámbito de sus competencias. La Consejería emitirá un informe técnico que se hará público en el que se hará un análisis de los resultados y de las medidas de mejora que, con carácter general se consideren necesarias.

Disposición transitoria única En el curso 2006-07 se aplicarán las pruebas de Lengua Castellana y Literatura Matemáticas

Disposición adicional única Los centros privados concertados, adaptarán el contenido de la presente Orden a su organización, en consideración a la legislación específica que los regula

Disposiciones Finales Información a la Comunidad Educativa Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, atenderán las consultas que se puedan plantear Desarrollo y aplicación Se autoriza a la D.G. de Ordenación y EE dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo de la Orden Entrada en vigor Al día siguiente al de su publicación en el BOJA