ESCENARIO PARA LAS INVERSIONES EN URUGUAY. TEMARIO Uruguay: Sus características. Situación Económica. Régimen Tributario. Promoción de Inversiones.

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Transcripción de la presentación:

ESCENARIO PARA LAS INVERSIONES EN URUGUAY

TEMARIO Uruguay: Sus características. Situación Económica. Régimen Tributario. Promoción de Inversiones.

Uruguay: Sus características Estabilidad Política Democracia sólidamente establecida Estabilidad Jurídica Estado de derecho Libertad cambiaria Libertad de flujos de capital (Remesas desde y para Uruguay libres según normas de Basilea) Confidencialidad (Profesional, Tributaria, Bancaria, Comercial y Administrativa) No discriminación a los extranjeros Instituciones y vehículos jurídicos para un óptimo desarrollo del comercio y los servicios

Uruguay: Sus características Índice de bienestar: Calidad de vida (Lidera este índice en Sudamérica): –Índice de alfabetización 98% de la población. –Baja tasa de criminalidad. –Buena infraestructura en Centros Hospitalarios y profesionales de la medicina. –Buen acceso de la población a la educación terciaria. –Ausencia de congestionamientos de transito. –Entorno natural muy valorado y cuidado.

Uruguay: Sus características Vehículos e Instituciones Jurídicas Sociedades Anónimas. Sociedades de Responsabilidad Limitada. Fideicomisos (Trusts) –De administración y financieros. Zonas Francas –Actividad industrial, comercial y de servicios incluido financieros. –Exoneración total de impuestos, salvo renta personal y contribuciones a la seguridad social. –Reciente aprobación de dos zonas francas de servicios, lo que consolida el régimen.

Situación Económica

Sostenido crecimiento económico del orden del 6% anual Superávit primario fiscal Tasa de inflación 8% anual Importante aumento de la inversión extranjera en los últimos dos años Total de exportaciones año 2006: USD 4 mil millones. Principales rubros exportables: Carne Lácteos Cueros Productos agrícolas Productos forestales Servicios

Situación Económica

REGIMEN TRIBUTARIO Vigencia 1º de Julio de 2007

Régimen Tributario (Empresas) –Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). –Impuesto al Patrimonio (IPAT). –Impuesto al Valor Agregado (IVA). –Impuesto Específico Interno (IMESI). –Contribuciones Especiales a la Seguridad Social (CESS). –Retenciones por obligaciones tributarias de no residentes.

Régimen Tributario CRITERIO DE LA FUENTE Se consideran de fuente uruguaya las rentas provenientes de actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente en la República, con independencia de la nacionalidad, domicilio o residencia de quienes intervengan en las operaciones y del lugar de celebración de los negocios jurídicos.

Régimen Tributario - IRAE IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IRAE) Grava las rentas de fuente uruguaya, a la tasa del 25%, por las actividades económicas de cualquier naturaleza (industriales, comerciales, agropecuarias y de servicios). Monto imponible: se determina por la diferencia entre la renta bruta y los gastos necesarios para obtenerla, que estén debidamente documentados, con algunas restricciones en cuanto a los gastos deducibles (deducción proporcional). Las rentas y los gastos se determinan en base al régimen de lo devengado, en contraposición con el régimen de lo percibido o “de caja”.

Régimen Tributario - IPAT IMPUESTO AL PATRIMONIO (IPAT) Impuesto anual que grava a la tasa del 1.5% el patrimonio de las empresas en el país, ajustado a la normativa fiscal, a la fecha de cierre de ejercicio fiscal. Fuente uruguaya: los activos en el exterior no se computan. Monto imponible: diferencia entre (a) los activos situados en Uruguay, ajustado a las normas fiscales y (b) determinados pasivos, (deudas con proveedores, préstamos de bancos locales, etc.) Abatimiento: Podrá computarse el IRAE abonado como pago a cuenta de hasta un 50% del IPAT. Este beneficio no se aplica a: (i) las sociedades que emiten acciones al portador ni (ii) a la sociedades cuyas acciones sean nominativas pero cuyos titulares sean personas jurídicas. IPAT mínimo: Las SA deben abonar un impuesto anual que se calcula aplicando la alícuota del 0.75% sobre el capital mínimo exigido por la Ley para la constitución de este tipo de sociedades. Actualmente asciende aprox. a USD 300.

Régimen Tributario – IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) El IVA grava la “circulación interna de bienes, la prestación de servicios dentro del territorio nacional, la introducción de bienes al país y la agregación de valor originada en la construcción realizadas sobre inmuebles”. La empresa tributa la diferencia entre: (a) el IVA facturado por ella (IVA Ventas) y (b) el IVA pagado a sus proveedores de bienes y servicios o en ocasión de la introducción de bienes al país (IVA Compras). La deducción del IVA Compras está condicionada a que los bienes y servicios referidos estén directa o indirectamente vinculados a las operaciones gravadas. Tasa básica: 22 % ; Tasa mínima:10 %,

Régimen Tributario – IVA EXPORTACIONES (RÉGIMEN TASA CERO) Las exportaciones de bienes no están alcanzadas por este tributo al igual que las exportaciones de determinados servicios. Dentro del concepto de exportación de servicios se incluye, entre otros, a los servicios prestados en recintos aduaneros, el aprovisionamiento de naves, así como a los servicios prestados desde Uruguay a personas domiciliadas en el exterior para ser aprovechados exclusivamente en el exterior. El exportador recupera el IVA incluido en las adquisiciones de bienes y servicios que sean aplicados directa o indirectamente a los bienes y/o servicios exportados, mediante certificados de crédito emitidos por la Administración Tributaria.

Régimen Tributario - CESS CONTRIBUCIONES ESPECIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL (CESS) Las empresas deben realizar contribuciones de seguridad social sobre todas las remuneraciones de carácter salarial que paguen a su personal radicado en Uruguay. Las Contribuciones de Seguridad Social son tres: –Aporte Jubilatorio, –Seguro por Enfermedad y –Fondo de Reconversión Laboral. Se sub-dividen a su vez en aportes a cargo de la empresa (Aportes Patronales) y aportes a cargo de los empleados (Aportes Personales). Los Aportes Personales son deducidos de las remuneraciones salariales del trabajador y vertidos por la empresa al Sistema de Seguridad Social. A éstos se deberá adicionar las retenciones por Impuesto a la Renta de Persona Física a cada uno de los funcionarios según corresponda.

Régimen Tributario - CESS Tipo de ContribuciónAportes PatronalesAportes Personales Aporte Jubilatorio7.500%15.000% Seguro por enfermedad 5.000%3.000% Fondo de Reconversión Laboral 0.125% Total12.625%18.125%

Régimen Tributario – IMESI IMESI Este impuesto grava la primera venta en plaza y la importación de determinados productos (vehículos, bebidas, tabaco y cigarrillos, combustibles y lubricantes, etc.). Las exportaciones no están alcanzadas. Monto imponible. En la mayoría de los casos el monto imponible es equivalente al precio de venta al público de los bienes gravados. En otros casos (bebidas, cigarrillos, lubricantes, etc), el Poder Ejecutivo fija periódicamente los precios fictos sobre los cuales se aplican las tasas del impuesto. Tasas. Las tasas varían dependiendo del producto de que se trate. Las más altas corresponden a los cigarrillos y bebidas alcohólicas.

Régimen Tributario – Retenciones RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES (IRNR) 12% sobre servicios técnicos recibidos del exterior (excepto comisiones). La retención es del 0.6% cuando quien contrata los servicios tiene menos del 10% de sus ingresos comprendidos en el IRAE. 12% sobre intereses de préstamos recibidos del exterior. No corresponde retener cuando el prestatario tiene mas del 90% de sus activos afectados a la obtención de rentas no gravados por IRAE. 7% sobre dividendos o utilidades con cargo a resultados gravados por IRAE.

Régimen Tributario – Retenciones RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO (IPAT). Las empresas sujetas al Impuesto a la Renta anual, que sean deudoras al 31 de diciembre de personas físicas o jurídicas del exterior que no actúen en el país por medio de sucursal, agencia o establecimiento, son designadas por nuestra legislación como agentes de retención del Impuesto al Patrimonio que le corresponde a las personas del exterior por sus créditos frente a empresas uruguayas. Se exonera de esta obligación en los casos que las deudas sean originadas en préstamos en moneda extranjera o saldos de precio por importaciones.

PROMOCION DE INVERSIONES

Promoción de Inversiones Ley de Promoción de Inversiones (16.906) El Gobierno no hace diferencias entre el Capital Nacional y el Capital Extranjero Libre transferencia al exterior de capitales, utilidades y otras sumas vinculadas a la inversi ó n Beneficios impositivos aplicados sobre los bienes invertidos Aplicaci ó n del r é gimen de amortizaci ó n acelerada Exoneraciones especificas aprobadas por el Poder Ejecutivo, dependiendo de las caracter í sticas de la inversi ó n

Promoción de Inversiones Ley de Promoción de Inversiones (16.906) Beneficios Impositivos Exoneración del Impuesto al Patrimonio sobre los bienes aplicados al proyecto Régimen de amortización acelerada Exoneración del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales sobre la adquisición de inmuebles o terrenos incluidos en el proyecto de inversión Reducción del Impuesto a la Renta por medio de la Auto canalización del ahorro y otras disposiciones Exoneración de impuestos a la importación de equipamiento industrial no competitivo con la industria nacional

MUCHAS GRACIAS