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Tema 19. La fiscalidad en el comercio internac.
Introducción El impuesto sobre el Valor Añadido Impuestos Especiales Comercialización Internacional
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Transacciones internacionales: impuestos
Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.): tributo local que grava el mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas en el territorio nacional. I.R.P.F.-I.S.: tributos que gravan los ingresos netos de personas físicas o jurídicas, normalmente como porcentaje de los ingresos netos anuales. Problemas: - Doble imposición internacional (criterio personal en origen y criterio territorial en destino) - Retenciones soportadas en otros países Impuestos Especiales (II.EE.) y Aranceles: - Arancel: derecho impositivo que grava la importación de mercancías - Impuestos Especiales: tributos de naturaleza indirecta que gravan la fabricación, la circulación, venta e incluso importación de determinados productos (bebidas alcohólicas, tabaco o hidrocarburos) Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.): tributo de naturaleza indirecta que grava el consumo (entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de bienes y servicios).
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Impuesto sobre el Valor Añadido
Tributo general de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y que se exige con ocasión de las entregas de bienes y prestaciones de servicios, así como en las adquisiciones intracomunitarias y en las importaciones de bienes. Entregas de bienes realizadas en territorio nacional Prestaciones de servicios realizadas en territorio nacional Adquisiciones intracomunitarias de bienes Importaciones de bienes OPERACIONES GRAVADAS
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Impuesto sobre el Valor Añadido
Exportaciones: no están sujetas a IVA. Tampoco están sujetas otras operaciones asimiladas: - entregas de bienes destinados a una zona o depósito franco - entregas de bienes colocados en depósito temporal - entregas de bienes a otro estado comunitario Adquisiciones intracomunitarias de bienes: están sujetas, pero son gravadas en destino (vendedor: no paga; comprador: paga en su país). Importaciones (bienes): están sujetas. Se devenga con los derechos de importación (en la aduana, no en la compra). El sujeto pasivo es el que realiza la importación. Base imponible = valor en aduana + ajustes : + impuestos y derechos no incluidos y devengados fuera del territorio aduanero + impuestos y derechos devengados en la aduana de entrada (excepto IVA) + gastos accesorios (comisiones, embalaje, transporte y/o seguro) no incluidos y producidos hasta el primer lugar de destino en el interior de la comunidad
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Impuestos Especiales Tributos de naturaleza indirecta que recaen sobre el consumo de determinados bienes, gravando en una única fase las primeras operaciones (salida de fábrica o importación) que se realizan en sus respectivos procesos de fabricación o de comercialización, es decir: - fabricación - importación e introducción de ciertos bienes en territorio nacional - matriculación de determinados bienes de transporte Impuestos Especiales de Fabricación: 1.1. Impuestos Especiales sobre Alcohol y Bebidas Alcohólicas: Impuesto sobre la Cerveza Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas Impuesto sobre Productos Intermedios Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas 1.2. Impuesto sobre Hidrocarburos 1.3. Impuesto sobre las Labores del Tabaco Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte
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