AFILIACION OBLIGATORIA TRABAJADORES INDEPENDIENTES Ricardo Herrera Vásquez.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
Advertisements

RÉGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
Gastón L. Bercún. Privacidad Ámbito de la vida personal de un individuo que se desarrolla en un espacio reservado.
IMPUESTO A LA RENTA EMPRESARIAL (ASPECTOS A CONSIDERAR)
6. CRÉDITO FISCAL 1.
EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN DE LA SUNAT
REGIMEN DE GRADUALIDAD
REGIMEN DE GRADUALIDAD
ASPECTOS A CONSIDERAR DEL IMPUESTO A LA RENTA
SUBDIRECCION DE INFORMACION Y SERVICIO AL CONTRIBUYENTE
NUEVAS OBLIGACIONES LABORALES. Temas a tratar: I.Planillas Electrónicas II.Control de Asistencia de los Trabajadores III. Nuevo procedimiento de Inspección.
PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Entrada en vigencia de la ley Nº de 2008 (Reforma Previsional) que introduce modificaciones al DL Nº de 1980 (Que crea el sistema de pensiones.
INCENTIVO TRIBUTARIO PARA LA INVERSIÓN PRIVADA EN I+D (LEY )
III. COMPROBANTES DE PAGO
Retención y Capacitación; Precontrato Capacitación Medidas Presidenciales Junio
Retención y Capacitación; Precontrato Capacitación Medidas Presidenciales Junio
Convenio para realizar la
MUJER TRABAJADORA Y REFORMA PREVISIONAL.
Información sobre la adaptación a la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de Diciembre de Protección de datos de Carácter Personal a todos los asociados a la Asociación.
PROGRAMA DE APOYO AL GASTO DE INVERSIÓN DE LOS MUNICIPIOS
CÓDIGO TRIBUTARIO Título Preliminar y Libro Primero 01.
Régimen de Gradualidad
Capítulo: 9 Inventarios.
Base Legal D.S Nº EF (Pub )
DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA – EJERCICIO 2005
1 Ganancia de Capital por la Enajenación de Valores Mobiliarios
Foro de Seguridad 2010 RedIRIS Universidad Autónoma de Madrid 23 de abril de 2010 Emilio Aced Félez Subdirector General de Registro de Ficheros y Consultoría.
IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD
NUEVO RÉGIMEN DE OPERADORES
Ana María Gutiérrez y Jorge Consales Carvajal
"Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal "
Vigente desde 1 de Agosto 2,014
RÉGIMENES TRIBUTARIOS
Ley /2014, publicada el 3 de marzo de Fija Condiciones Especiales para Bonificación por Retiro Voluntario Departamento de Recursos Humanos.
PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA
Agrupación Nacional de Empleados Fiscales
Ley N° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas RENHICE.
Cotización Previsional Contratos a Honorarios
COLEGIO DE CORREDORES DE SEGUROS
VALORACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Restricción del perímetro de vinculación Se considerarán personas o entidades vinculadas las siguientes: b) Una entidad.
Introducción a las contribuciones
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS –USAC-
8 DE JULIO DEL 2014.
REFORMA PREVISIONAL LEY
NUEVAS OBLIGACIONES LABORALES Mayo, Temas a tratar: I.Planillas Electrónicas II.Control de Asistencia de los Trabajadores III. Nuevo procedimiento.
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
RENTA ANUAL 2008 RENTAS EMPRESARIALES.
MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Régimen de Personas Jurídicas Guillermo Ruiz Secada 07 de octubre de 2004.
Desayuno Ejecutivo Marzo 2007.
Programa de Actualización Tributaria del Mes de Marzo 2014
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
L EY N° 29733, L EY DE P ROTECCIÓN DE D ATOS P ERSONALES Objeto de la Ley Tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos.
BANCARIZACION TRANSACCIONES POR MONTOS MAYORES A BOLIVIANOS
AFILIACIÓN FONDO PENSIONES TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Fondo para la Educación Previsional
GRUPO ARES GT 07  José Rafael Alas Vides  Adriana Nicole Campos Escamilla  Clarissa Yasmín Pineda Lara  José Humberto Ramos Guardado  Blanca Yanira.
UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO
Esta presentación es una interpretación normativa actual sobre la Ley de Habeas Data hecha por el Departamento Jurídico de Bancóldex, razón por la cual,
Significa tomar todas las medidas necesarias (seguridad, capacitación, etc.), a fin de proteger la información de datos personales de quienes tengan con.
” Instituto Superior Tecnológico Publico República Federal Alemana”
¿QUÉ ES EL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES? El Régimen de Buenos Contribuyentes (En adelante Régimen), fue creado para los contribuyentes y/o responsables.
Libro Caja Bancos C.P.C. Rocío Valdivia M..
Aspectos formales y aplicación práctica del Registro de Ventas Rocío Valdivia Montes de Oca.
RETENCIONES DE IMPUESTO Instrumento legal de recaudación cuyo propósito fundamental radica en asegurar para el fisco, la percepción periódica del tributo.
El Derecho Fundamental a la Protección de los Datos Personales Enero de 2010.
EXPERIENCIA DEL DPTJI DEL GOBIERNO DE ARAGÓN EN LA ASESORÍA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La Protección de Datos de Carácter Personal.
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP) SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES (SNP)
Transcripción de la presentación:

AFILIACION OBLIGATORIA TRABAJADORES INDEPENDIENTES Ricardo Herrera Vásquez

SUMARIO:  ¿Es posible obligar a los independientes a afiliarse a una AFP?  Pautas afiliación.  Pautas aportes.  Sistema Pensiones Sociales.  Ley ( ) y D.S EF ( )

OBLIGAT. AFILIACION (I):  Origen seguridad social: Ley Goces 1850 hasta SNP. SPP no es seguridad social, capitalización individual incompatible con principios unidad y solidaridad.  Art. 10 Const.: Estado reconoce derecho universal y progresivo toda persona seguridad social, para su protección frente contingencias que precise ley.  Art. 11 Const.: Estado garantiza libre acceso pensiones a través entidades públicas, privadas o mixtas.

OBLIGAT. AFILIACION (II):  Convenio 102 OIT: personas protegidas 50% asalariados o 20% PEA.  Comisión Expertos Aplicación Convenios y Recomendaciones OIT, Informe 2007 sobre SPP: aportes también deben ser pagados por empleadores, carga muy onerosa para personas escasos recursos. Prohibición asegurados asuman íntegramente costos administrativos.  TC: contenido esencial derecho pensión: acceso pensión, no ser privado arbitrariamente ella y pensión mínima vital.

OBLIGAT. AFILIACION (III):  Es constitucional afiliación obligatoria independientes.  Deben acceder a libre afiliación SNP o SPP, pensión mínima, estar cubiertos por SCTR, en SPP remuneración máxima asegurable ((8,036).  Trabajador independiente es perceptor rentas 4º y/o 5º categoría LIR. No lo es generadores rentas trabajo de manera dependiente e independiente en mismo período.

OBLIGAT. AFILIACION (IV):  ¿Cuántos independientes están activos económicamente? Según SUNAT a marzo 2013: a) Persona natural sin empresa: 4’586,400 b) Persona natural con empresa: 1’272,100 c) EIRL: 115,400 d) SA: 195,100  Estimado afiliaciones: 500,000. Afiliados AFP al : 5’341,222. Afiliados SNP a septiembre 2012: 1’339,976.

PAUTAS AFILIACION:  Afiliación facultativa: 40 años o más al  Afiliación obligatoria: menor 40 años al debe optar por SNP o SPP como máximo fecha percepción renta 4º y/o 5º categoría. Si no opta, se afiliará o agente retención lo afiliará AFP condiciones art. 33 LSPP. ¿Habitat? Tiene monopolio afiliados del al  ¿Por qué frontera 40 años?

PAUTAS APORTES (I):  En AFP: a) Ingresos hasta 1.5 RMV (1,125): tasa aportación 5% en 2013 y 2014, 8% en 2015 y 10% desde b) Ingresos más 1.5 RMV: tasa aportación 10%.  En SNP: a) Ingresos hasta 1.5 RMV: según DS MEF. b) Ingresos más 1.5 RMV: tasa aportación 13%.  Base cálculo no menor 1 RMV.

PAUTAS APORTES (II):  Empresas obligadas a retener aportes cuando paguen o acrediten rentas 4º y/o 5º categorías. Comprobante pago independiente debe discriminar monto aportes. Debe entregar agente retenedor documento que acredite afiliación con recibo. Pago mensual entidad centralizadora recaudación 12 días hábiles mes siguiente: aportes, comisión y prima seguro invalidez, sobrevivencia y sepelio.  Independiente no sujeto a retención (S/. 2,698, recibos honorarios S/. 1,500) debe pagar aportes directamente. También cuando ingresos mensuales sean menores 1 RMV.

PAUTAS APORTES (III):  Agente retenedor solidariamente responsable por aportes no pagados.  Afiliados potestativos continuarán o se integrarán AFP según pautas SBS, sin que se les aplique tasa gradual aportes.

SISTEMA PENSIONES SOC.:  Creación Sistema Pensiones Sociales obligatorio para trabajadores y conductores microempresa menores 40 años al Facultativo para mayores 40 años. Pueden trasladarse SNP o SPP.  Aporte mensual: gradual según DS MEF hasta 4% RMV. 12 aportes anuales. Afiliado elige AFP u ONP, a cambio comisión.  Estado aportará con bono reconocimiento ONP hasta monto aportes afiliado, sólo para afiliados con remuneración hasta 1.5 RMV

COYUNTURA TRIBUTARIA Guillermo Ruiz Secada

TEMARIO 1.Obligación de llevar Registro de Costos 2.Libros Contables Electrónicos

Registro de Costos Art. 62 de IR: “Las empresas que en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos: PEPS, PONDERADO O MOVIL, IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA, INVENTARIO AL DETALLE O POR MENOR, EXISTENCIAS BÁSICAS.”

(continuación …) REGISTRO DE COSTOS Art. 35 Rgto. IR: Los deudores tributarios deberán llevar sus inventarios y contabilizar sus costos de acuerdo a las siguientes normas: Cuando sus ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a 1,500 UIT, deberán llevar un sistema de contabilidad de costos, cuya información deberá ser registrada en los siguientes registros: Registro de Costos, Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y Registro de Inventario Valorizado.

(continuación…) REGISTRO DE COSTOS Deberán contabilizar en su Registro de Costos, en cuentas separadas, los elementos constitutivos del costo de producción por cada etapa del proceso productivo (materiales directos, mano de obra directa y gastos de producción indirectos). Este texto lleva a interpretar que Registro de Costos sólo se aplica a las empresas productivas, no a la de servicios.

(continuación…) REGISTRO DE COSTOS SUNAT en fiscalización requiere la presentación del REGISTRO DE COSTOS a todas las empresas, incluidas las de servicios. Empresa que no lo exhibe es multada según Numeral 1 del Art. 175 del Código Tributario. Monto de multa: 0.6% de los Ingresos netos con un tope de 25 UIT (S/. 3, X 25 = S/. 92,500.00)

(continuación…) REGISTRO DE COSTOS Las Resoluciones del Tribunal Fiscal: , , han ratificado este criterio. RECOMENDACIÓN: ES MAS BARATO CUMPLIR CON ESTE ABSURDO QUE ENFRENTAR EL PAGO DE S/. 92,500.00

LIBROS CONTABLES ELECTRÓNICOS VENTAJAS PARA SUNAT: 1.Fiscalización más efectiva. 2.Estará mejor informada y en menor tiempo, en tiempo real tendrá detalles del Reg. de Ventas y del Reg. de Compras. 3.Se le facilita el cruce de información, la detección de facturas falsas será inmediata.

Ventajas para el contribuyente: Eliminación de costos de libros manuales, hojas sueltas o continuas. Eliminación de costos de legalización ante notarios. Eliminación de costos de almacenamiento y custodia.

DESDE CUANDO SE INICIA LA OBLIGACIÓN El Registro de Ventas y el Registro de Compras: PRICOS antiguos: desde 01/01/2013 PRICOS nuevos (incorporados desde enero 2013): desde 01/03/2013.

(…continuación) Para los meses de enero a mayo de 2013 SUNAT ha elegido varios meses para su presentación. A partir de junio, las empresas deberán presentar el Reg. de Compras y Reg. de Ventas al mes siguiente o subsiguiente de acuerdo a un cronograma según último dígito del RUC. Los demás libros y registros serán levados electrónicamente desde el 01/06/2013.

IMPLICANCIAS EN LOS SISTEMAS El cumplimiento de los LCE implica que tienen que adaptarse los sistemas y generar base de datos, sin embargo el mayor cambio en los sistemas se dan para el cumplimiento de los requisitos mínimos de los libros contables, por ejemplo el Registro de Compras requiere el cumplimiento de 26 datos, los sistemas integrales de estándar internacional no están preparados para cumplir con estos requisitos. Se tiene que invertir en localizar estos sistemas, siendo muy onerosa la aplicación de éstos cambios.

REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS Para este registro se requiere realizar un inventario físico, debido a que los datos que se requieren incluyen descripción, modelo, marca y número de serie.

NIIF y LCE Los sistemas deberán tener módulos para el registro contable de acuerdo a NIIF y módulos de control tributario para el cumplimiento del Impuesto a la Renta. Por ejemplo la depreciación antes no generaba diferencia entre la contabilidad y el Impuesto a la Renta porque se registraba en función al límite tributario, en cambio ahora de acuerdo a NIIF debe estimarse la vida útil del bien y puede generar una depreciación menor, igual o mayor que la del límite tributario. En caso fuese mayor al límite, esa diferencia generará un gasto de depreciación no deducible para efectos del Impuesto a la Renta.

(…continuación) Adicionalmente hay diferencias de aplicación entre las NIIF y el Impuesto a la Renta, como son los casos de repuestos, componentes, valor residual, gasto de cobranza dudosa, costos indirectos de fabricación fijos, entre otros.

SANCIONES Omitir llevar los libros contables, o llevar los libros contables sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes: multa del 0.6% de ingresos del contribuyente hasta 25 UIT. Llevar libros contables con atraso mayor al permitido: multa del 0.3% del total de los ingresos del contribuyente hasta 12 UIT (S/. 44, ).

Protección de Datos Personales Abril, 2013

ESQUEMA DE PROTECCION ANTERIOR Constitución: “Derechos fundamentales de la persona Artículo 2.- Toda persona tiene derecho: (…) 6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar. (…)” Ley 28237: Código Procesal Constitucional. Habeas Data.

NUEVO ESQUEMA Ley (3 de julio de 2011) Reglamento, Decreto Supremo JUS (22 de marzo de 2013) Entrada en vigencia integral 8 de mayo.

AMBITO DE APLICACIÓN “Datos personales. Toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados.”

AMBITO DE APLICACIÓN “Tratamiento de datos personales. Cualquier operación o procedimiento técnico, automatizado o no, que permite la recopilación, registro, organización, almacenamiento, conservación, elaboración, modificación, extracción, consulta, utilización, bloqueo, supresión, comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procesamiento que facilite el acceso, correlación o interconexión de los datos personales.”

PRINCIPIO FUNDAMENTAL Consentimiento: Previo. Informado. Expreso. Inequívoco. Escrito (datos sensibles) Se considera “expreso” a aquel que se manifieste mediante la conducta del titular que evidencia que ha consentido inequívocamente. Entorno digital: “click, dar un toque”, ”touch” o similares.

PRINCIPIO FUNDAMENTAL Consentimiento: Información: -Identidad y domicilio del titular del banco. -Finalidad del tratamiento. -Identidad de los destinatarios. -Carácter obligatorio o no de sus respuestas. -Transferencia nacional o internacional.

PRINCIPIOS Seguridad. Finalidad. Legalidad. Proporcionalidad. Calidad. Disposición de recurso. Nivel de protección adecuado.

Derechos del titular de los datos Información. Acceso. Rectificación. Cancelación. Oposición.

Excepciones al consentimiento Datos personales contenidos en fuentes públicas. Datos personales necesarios para la ejecución de una relación contractual. Procedimiento de anonimización o disociación previo. Datos relativos a la solvencia patrimonial y crédito, conforme a ley.

Excepciones al consentimiento Cuando los datos personales se recopilen o transfieran para el ejercicio de las funciones de las entidades públicas. Datos relativos a la salud en circunstancias de riesgo del titular. Razones de interés público o salud pública. Datos personales de los miembros de Organizaciones sin fines de lucro con el propósito de sus actividades. Cuando medie norma para la promoción de la competencia en los mercados regulados.

Transferencia Se requiere consentimiento del titular. Debe limitarse a la finalidad que lo justifique. El receptor asume la condición de titular del banco. Carga de la prueba en el titular.

Transferencia: grupo empresarial Se cumple con garantizar el tratamiento, en tanto cuenten con un código de conducta:

Códigos de Conducta Finalidad: asegurar y mejorar las condiciones de operación de los sistemas de información. Carácter voluntario. Contenido: ámbito de aplicación, previsiones específicas para la aplicación de los principios, estándares homogéneos, garantías a adoptarse para la transferencia, entre otros.

Códigos de Conducta Particularmente: Clausulas para obtención del consentimiento Modelos para el ejercicio de los derechos. Clausulas de información a los titulares de los datos, cuando estos no sean obtenidos por los mismos.

Registro Nacional de Protección de Datos Personales Datos de bancos personales Códigos de conducta Sanciones, medidas cautelares o correctivas. Comunicaciones referidas al flujo transfronterizo de datos personales.

Responsabilidades Titular del banco de datos personales: es responsable por la finalidad, contenido del banco, tratamiento y medidas de seguridad. Encargado del Banco: responsable por el tratamiento de los datos por encargo del titular.

SANCIONES La Dirección de Supervisión y Control ejerce la facultad fiscalizadora, y puede promover un procedimiento sancionador. Sanciones: -Leves: 0.5 a 5UIT. -Graves: 5UIT a 50 UIT. -Muy graves: 50 UIT a 100 UIT. Límite: 10 % ingresos brutos anuales.

ACCION NECESARIA Registro de cada una de las bases de datos personales de las empresas.

NIVEL DE AFECTACION Desde información de departamento de personal, hasta “call centers”. Todas las empresas sin importar sector o actividad.

PLAZO DE ADECUACION 2 años para bases de datos pre-existentes. Aplicación inmediata para nuevas bases de datos. Adecuación implicaría no solamente registro, sino ratificación de consentimientos genéricos.

Muchas Gracias