LA DETECCIÓN LA DETECCION EL BUEN TRATO A LA INFANCIA UNA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA.

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Transcripción de la presentación:

LA DETECCIÓN LA DETECCION EL BUEN TRATO A LA INFANCIA UNA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

2 BIENESTAR INFANTL Vs MALTRATO La ecuación del buen trato es el sumatorio de los recursos comunitarios, la resiliencia y las competencias parentales en relación a las necesidades infantiles Resiliencia o resistencia al daño se denomina a los recursos naturales de los niños, para asegurarse un desarrollo sano; a la capacidad de todo ser vivo, para mantenerse vivo y a la toma de conciencia de la realidad.

3 Cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de los padres, cuidadores o por instituciones, que compromete la satisfacción de las necesidades básicas del menor e impide e interfiere en su desarrollo físico, psíquico y/o social. (De Paul, 1988) Decreto 3/2004 QUÉ ES EL MALTRATO INFANTIL SUPERAR IDÉAS ERRÓNEAS SOBRE EL MALTRATO  Es un fenómeno infrecuente.  Se asocia sólo a los casos más graves y urgentes.  Está siempre relacionado con la presencia de lesiones físicas.  Ocurre sólo en contextos sociales de tipo marginal.  El maltrato que no es físico o difícil de comprobar no existe  Es un fenómeno infrecuente.  Se asocia sólo a los casos más graves y urgentes.  Está siempre relacionado con la presencia de lesiones físicas.  Ocurre sólo en contextos sociales de tipo marginal.  El maltrato que no es físico o difícil de comprobar no existe  Hay niños con tendencia a inventar historias sobre maltrato o abuso sexual.  Las agresiones (sexuales o no) revisten siempre un carácter violento o brutal.  El abusador sexual es una persona desconocida

4  Maltrato físico  Maltrato psicológico/emocional  Negligencia/abandono físico/cognitivo.  Abandono psicológico/emocional  Abuso sexual  Corrupción  Explotación laboral  Maltrato prenatal  Retraso no orgánico del crecimiento  Síndrome de Münchausen por poderes  Maltrato institucional TIPOS DE MALTRATO INFANTIL Definiciones en el Manual de instrucciones para la cumplimentación de la Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil

5  La CONDUCTA MALTRATANTE no es frecuente y su intensidad es mínima. MALTRATO LEVE NIVELES DE GRAVEDAD  NO PROVOCA en el menor lesiones físicas o secuelas negativas a nivel psicológico, emocional o de relaciones sociales, o éstas son tan tenues que no requieren atención específica.  La presencia de un MODELO INADECUADO en el núcleo familiar se contrarresta con la presencia de otros modelos adecuados.

6  No hay lesiones físicas pero el menor puede sufrir un DAÑO significativo a nivel PSICOLÓGICO o EMOCIONAL, que dificulta un funcionamiento adaptativo en los roles normales para su edad.  Se aprecian o pueden aparecer en un futuro LESIONES FÍSICAS de tipo moderado o que requieren algún diagnóstico o tratamiento.  El menor puede sufrir RECHAZO en la escuela o grupo de iguales.  El cuidador principal es un MODELO INADECUADO sin que existan otros modelos positivos en el núcleo familiar. No obstante hay aspectos favorables en el trato y atención afectiva. O bien el menor no parece afectado por la imitación de las pautas asociales o autodestructivas de los modelos de referencia. NIVELES DE GRAVEDAD MALTRATO MODERADO

7  Los DAÑOS FÍSICOS, PSICOLÓGICOS y/o EMOCIONALES afectan de tal forma al desarrollo físico, intelectual o social que requieren atención médica y tratamiento especializado inmediatos.  Conductas de MALTRATO PSIQUICO constantes, de intensidad elevada. El menor no tiene acceso emocional o interacción con sus padres.  EXPLOTACION LABORAL continua que impide totalmente su participación en las actividades sociales y académicas necesarias a su periodo evolutivo.  ABUSO SEXUAL: incesto con o sin contacto físico.  Carencia de MODELOS de vida ADECUADOS que afectan a imitación y/o aprendizaje del razonamiento moral y a las conductas socialmente adaptadas. NIVELES DE GRAVEDAD MALTRATO GRAVE

8  Intensidad o severidad del daño sufrido por el menor e intensidad de la conducta maltratante CÓMO DETERMINAR LA GRAVEDAD CRITERIOS (I)‏  Tipo de lesión ocasionada o localización de la misma.  Grado de vulnerabilidad del menor: edad (especial vulnerabilidad de los niños más pequeños), presencia de enfermedades, discapacidad, etc.  Cercanía temporal del incidente.  Frecuencia o reiteración de la situación, riesgo de aparición de nuevos episodios de maltrato

9 CRITERIOS (II)‏  Características del entorno sociofamiliar.  Antecedentes o historia previa de maltrato en el menor o en otros menores de su familia.  Características del cuidador.  Accesibilidad del maltratador.  Presencia de otras figuras de apego.  Apoyo de la familia extensa.  Apoyo social. CÓMO DETERMINAR LA GRAVEDAD

11/08/1210  Lesiones físicas o daños orgánicos  Desarrollo psicomotor inadecuado  Desnutrición  Retraso en el crecimiento.  Enfermedades infecciosas.  Trastornos psicosomáticos. Físicas Físicas Psicológicas Psicológicas  Alteraciones del comportamiento: hiperactividad, conductas antisoc., autolesivas,..  Enanismo psicológico: déficit en ámbitos cognitivo y psicosocial (por neglig. en los cuidadores).  Cambios de la conducta.  Desórdenes de la conducta alimentaria.  Alteraciones del sueño.  Tendencia al suicidio.  Baja autoestima.  Dismin. de la concentración.  Impulsividad.  Bajas expectativas escolares.  Pobre rendimiento.  Disminución de la atención.  Trastornos de aprendizaje.  Fracaso escolar.  Retraso educativo.  Absentismo/ desmotivación. Educativas Educativas CONSECUENCIAS DEL MALTRATO-INDICADORES CONSECUENCIAS DEL MALTRATO-INDICADORES

11/08/1211  Ansiedad.  Síntomas depresivos.  Miedo generalizado.  Sentimientos de culpa y/o vergüenza.  Dificultad para expresar sus sentimientos.  Desajustes emocionales.  Síndrome de estrés postraumático. Sociales Sociales  Problemas de relación con los iguales.  Problemas de mantenimiento de las relaciones personales.  Aislamiento social.  Miedo a mantener vínculos afectivos.  Revictimización.  Conductas destructivas.  Pobre cooperación.  Dependencia en las relaciones sociales.  Problemas de apego. CONSECUENCIAS DEL MALTRATO- INDICADORES Emocionales Emocionales  Conductas sexualizadas inadecuadas para la edad  Conocimientos sexuales precoces Sexuales

12 Constatación de la presencia de indicadores que señalan la posible existencia de maltrato infantil. Actuación de los Profesionales DETECCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL (I)‏  Dos funciones: mecanismos de prevención/inicio de la intervención.  Necesidad de una disposición activa de los profesionales y conocimientos sobre factores de riesgo e indicadores.  Colaboración de los ciudadanos y del entorno familiar.  Supone la obligatoriedad legal de comunicación a las instancias competentes Garantizar la protección del menor y preservar su intimidad.  Actuación inmediata, especialmente ante casos muy graves, de carácter urgente.  Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.  Proporcionar seguridad y confianza al menor.  Si es conveniente facilitar la asistencia sanitaria del menor. Evitar reiteraciones innecesarias y minimizar las molestias.

LA DETECCIÓN LA NOTIFICACION

14 Comunicación de la existencia de una situación de maltrato a otra instancia con los recursos y competencias adecuadas para desarrollar las actuaciones que el abordaje del caso requiere. NOTIFICACIÓN (I)‏  Detección Notificación.  Además de obligación legal y profesional, condición necesaria para que pueda realizarse la intervención.  No supone una desvinculación total, sino que posibilita la coordinación de actuaciones y conjunción de esfuerzos mutuos para la protección del menor.

15 PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN PARA ALA ATENCIÓN A MENORES VÍCTIMAS DE MALOS TRATOS ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 2004 Establece las bases de coordinación y las pautas de actuación de las diferentes instituciones públicas y profesionales,con objeto de realizar una intervención eficaz y evitando duplicidades para la protección de los/las menores víctimas de malos tratos.  Servicios Sociales, Juzgados, Fiscalía de Menores, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del E., Servicios Educativos, Servicios Sanitarios y Entidad competente en materia de protección menores (hoy Delegación T. Salud y B.S.)‏

16 II. ATENCIÓN AL MALTRATO INFANTIL EN ANDALUCÍA NOTIFICACIÓN (II)‏ FASES DE ACTUACIÓN Maltrato leve Maltrato moderado Maltrato grave SERVICIOS SOCIALES DE LA CORPORACIÓN LOCAL DELEGACIÓN TERRITORIAL Sº PROTECCIÓN DE MENORES JUZGADO DE GUARDIA FISCALÍA DE MENORES ¿A quién notificar?

17 Sº Prevención y Apoyo a la Familia. D. Gral. Personas Mayores, Infancia y Familias

18 Maltrato leve Maltrato moderado Maltrato grave Envío información adicional sobre el caso DETECCIÓN DE UN POSIBLE CASO DE MALTRATO POR UN PROFESIONAL VALORACIÓN INICIAL NOTIFICACIÓN (HOJA DE DETECCIÓN Y NOTIFICACIÓN)‏ Envío 2º y 3º ejemplar SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DELEGAC. TERRITORIAL Sº PROTECCIÓN DE MENORES Envío 2º y 3º ejemplar Casos urgentes: utilizar otros medios de comunicación complementarios PROCEDIMIENTO HOJA SIMIA. ESQUEMA RESUMEN. Ámbito educativo, sanitario, judicial, Fuerzas de Seguridad, Servicios Sociales

11/08/1219 Actuación ante el maltrato (Notificación)‏

11/08/1220 Actuación ante el maltrato (Notificación)‏

LA DETECCIÓN LA INTERVENCION

22 LEY 1/1998 de los Derechos y Atención al Menor (Capítulo I)‏ Intervención en los casos que requieran actuaciones en el propio medio. Apreciar, intervenir y aplicar medidas oportunas en las situaciones de riesgo*. CORPORACIONES LOCALES Servicios Sociales Comunitarios Equipos de Infancia y Familia y de Tratamiento Familiar ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA Ejercicio de la funciones de protección que implican separación del medio familiar. (Desamparo*) Servicios de Protección de Menores MALTRATO LEVE/MODERADOMALTRATO GRAVE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

23 ACCIÓN PROTECTORA- BIENESTAR INFANTIL  Dos Grandes Objetivos:  Atención a la infancia que no presenta situaciones especiales de riesgo o dificultad, centrando las actuaciones en reforzar los agentes socializadores en el propio medio (PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN)‏  Atención a la infancia que presenta dificultades y situaciones de mayor vulnerabilidad social (INTERV. ESPECIFICAS)‏ LA ATENCIÓN AL MALTRATO INFANTIL EN ANDALUCÍA  El ejercicio de la acción protectora requiere recursos o instrumentos para atención de menores en riesgo o desprotección

24 ACCIÓN PROTECTORA- BIENESTAR INFANTIL  LOS RECURSOS SEGÚN NIVELES DE INTERVENCIÓN SERÁN:  Atención en su medio natural, evitando la separación de su familia y entorno, actuando en el medio en el que vive.  Los que implican separación de la familia biológica y adopción de medidas alternativas de carácter familiar, las salida de su medio puede ser temporal o definitiva, y se ofrece un medio familiar alternativo que garantice su desarrollo.  Separación de la familia e ingreso en centro, medida de protección de un riesgo mayor y mientras se resuelve la situación que lo ha provocado: temporal y reinserción. LA ATENCIÓN AL MALTRATO INFANTIL EN ANDALUCÍA.

25 TRABAJEMOS EN RED  IMPLICA QUE: todos los profesionales de una localidad compartan un cuerpo teórico común y una misma metodología, facilita la organización y puesta en práctica de programas de prevención y detección precoz de situaciones de maltrato  ESTABLECIMIENTO DE PROTOCOLOS: la definición de protocolos y evaluación conjunta de casos de forma coordinada resulta gratificante para los profesionales de los distintos ámbitos y permite una intervención coordinada a través del trabajo en equipo.  POSIBILITA QUE: pasemos de la invisibilidad del maltrato a la promoción del bienestar de la infancia.

26 MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN Consejería de Salud y Bienestar Social Delegación Territorial de Cádiz Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia “Línea de ayuda a la infancia” “Notificación de posibles situaciones de maltrato infantil”