Reglas de presentación SAT

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Transcripción de la presentación:

Reglas de presentación SAT E - contabilidad Reglas de presentación SAT

Uso Legal de Software Comunicado 090 A nivel mundial, este es el primer certificado Verafim que se entrega a un órgano de recaudación fiscal, con lo cual, el país se coloca a la vanguardia en materia de transparencia informática.

Jefe del Servicio de Administración Tributaria - Aristóteles Núñez E- Contabilidad El SAT fue certificado bajo el proceso de Verafirm, que acredita que la gestión de software en esta organización está alineada a estándares internacionales probados y las mejores prácticas reconocidas. Como principales conclusiones de la auditoría Verafirm, se señala que: el SAT tiene un inventario completo de sus activos de software; los programas de software comercial instalados en sus equipos de cómputo cuentan con licencias vigentes y de propiedad certificada; el uso de software comercial contenido en los equipos de cómputo personal corresponde a las definiciones de su licenciamiento; y el SAT mantiene políticas informáticas que procuran el cumplimiento al respeto de la propiedad industrial del licenciamiento de uso de los programas de cómputo que se emplean. Jefe del Servicio de Administración Tributaria - Aristóteles Núñez

Contabilidad Electronica Reglas - Se espera se publiquen en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a más tardar el próximo viernes, están dentro de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2014, y sus anexos 1, 1-A, 2, 3, 6, 11, 14, 15, 18, 22, 23 y 24.

Contabilidad Electrónica Se establece que para los efectos del Articulo 28, fracción III del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 34 de su Reglamento, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, excepto aquellos que registren sus operaciones en la herramienta electrónica “Mis cuentas”(personas físicas), deberían llevarla en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos en formato XML que contengan lo siguiente:

Contabilidad Electrónica Regla 1 Regla 2 - Catálogo de cuentas utilizado en el periodo, al que se le agregará un campo con el código agrupador de cuentas del SAT, contenidos en el Anexo 24, apartados A y B de la segunda Resolución Miscelánea. Balanza de comprobación que incluya saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de todas y cada una de las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados (ingresos, costos, gastos) y cuentas de orden.

Contabilidad Electrónica Regla 3 Regla 4 En el caso de la balanza de cierre del ejercicio se debería incluir la información de los ajustes que para efectos fiscales se registren. Se deberían identificar todos los impuestos y, en su caso, las distintas tasas, cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto, así como los impuestos trasladados efectivamente cobrados y los impuestos acreditables efectivamente pagados, conforme al anexo 24 apartado C. La información de las pólizas generadas, incluyendo el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares. En cada póliza debe ser posible distinguir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que soporten la operación, e identificar los impuestos con las distintas tasas cuotas y actividades por las que no deba pagar el impuesto. A requerimiento de la Autoridad

Contabilidad Electrónica Regla 5 Regla 5 La contabilidad en medios electrónicos se deberá entregar de manera mensual y la deberán enviar a través del Buzón Tributario de forma mensual, en el mes inmediato posterior al que correspondan los datos. En caso de que los archivos contengan errores informáticos, se enviará por parte de la autoridad un aviso a través del Buzón Tributario para que, dentro del plazo de 3 días hábiles a partir que surta efectos la notificación del referido aviso, el contribuyente corrija dicha situación. De no hacerlo se entenderá como no presentados. El plazo de envío para las personas morales será a más tardar el día 25 del mes inmediato posterior y para las personas físicas, a más tardar el día 27 del mes inmediato posterior. Las personas morales deberán enviar el archivo correspondiente a la información del cierre del ejercicio, en la que se incluyen los ajustes para efectos fiscales, a más tardar el 20 de abril del ejercicio inmediato posterior, y las personas físicas, a más tardar el 22 de mayo del ejercicio inmediato posterior. Nota: para personas físicas entra en vigor a partir del 1 de enero del 2015

Contabilidad Electrónica Los contribuyentes que se encuentren en zonas donde no puedan acceder a los servicios de Internet, o bien, en el caso de que el tamaño del archivo no permita enviarlo por este medio, los contribuyentes entregarían la información a que se refiere la presente regla en la ALSC adscrita a la circunscripción territorial de su domicilio fiscal, a través de medios electrónicos tales como discos compactos, DVD o memorias flash, en los plazos señalados. El universo de contribuyentes personas morales obligados a presentar contabilidad electrónica es de 1.6 millones y deberán hacerlo a través del Buzón Tributario, una herramienta de comunicación digital, que el SAT habilitó este año.

Contabilidad Electrónica Periodo Fecha de entrega Julio 2014 Octubre 2014 Agosto 2014 Noviembre 2014 Septiembre 2014 Diciembre 2014 Enero 2015

Buzón Tributario Es un servicio de comunicación en línea, disponible en la sección de Trámites de la pagina Web del SAT, y sirve para interactuar e intercambiar documentos digitales con las autoridades fiscales de forma ágil y oportuna.  Puede recibir documentos de varias autoridades, como la Comisión Nacional del Agua, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o instituciones de las entidades federativas, entre otras.

Buzón Tributario Los contribuyentes que tengan asignado un buzón tributario, deberán ingresar al menos una dirección de correo electrónico y máximo cinco, para recibir los avisos o notificaciones del SAT. La autoridad enviará los avisos de nuevas notificaciones a los correos electrónicos que haya confirmado que cumplieron con la comprobación de autenticidad y correcto funcionamiento. El Buzón Tributario se regirá conforme al horario de la Zona Centro de México. El SAT realizará notificaciones a través del Buzón Tributario en el horario comprendido de las 9:30 a las 18:00 horas (De la Zona Centro de México).

CIF & TBA Julio 2014