PARLAMENTOS ESTUDIANTILES AMBIENTALES

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PARLAMENTOS ESTUDIANTILES AMBIENTALES Mecanismo de participación ciudadana para adolescente del 3º Ciclo de E.G.B. y polimodal, los que elegidos democráticamente, durante una sesión en el Consejo Deliberante de su localidad defenderán un proyecto elaborado junto a sus docentes y compañeros. Funciona en el recinto del Concejo Deliberante, rigiéndose con sus mismos mecanismos de funcionamiento, representado por alumnos de las escuelas participantes. Es una forma democrática de participación y compromiso

INSTITUCIONES PARTICIPANTES Secretaría de Medio Ambiente Municipalidad / Comuna - Concejo Deliberante Ministerio de Educación - Regionales Educativas – Escuelas

MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO LEY Nº 11.717 MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene por objeto: a) Establecer dentro de la política de desarrollo integral de la Provincia, los principios rectores para preservar, conservar, mejorar y recuperar el medio ambiente, los recursos naturales y la calidad de vida de la población. b) Asegurar el derecho irrenunciable de toda persona a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la dignidad del ser humano. c) Garantizar la participación ciudadana como forma de promover el goce de los derechos humanos en forma integral e interdependiente.

CAPÍTULO II AUTORIDAD DE APLICACIÓN SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Ahora: Secretaría de Medio Ambiente Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA CAPITULO V MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ARTÍCULO 14.- La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, promoverá la creación de: a) Un Cuerpo de Protectores Ambientales, de carácter honorario, con el objeto de colaborar con ella, en actividades de concientización y educación. b) Parlamentos Estudiantiles Ambientales, de carácter honorario, que tendrán como objeto colaborar con la Secretaría y las Municipalidades y Comunas, en lo relacionado con la problemática ambiental.

PARLAMENTOS ESTUDIANTILES AMBIENTALES DECRETO N° 1292 SANTA FE, 16 de Julio de 2004 ARTICULO 14° - Crease en el ámbito de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable el Parlamento Provincial Estudiantil Ambiental Honorario. El mismo estará integrado por dos representantes de cada Parlamento Estudiantil Ambiental Honorario organizado en cada Municipio y Comuna de la Provincia. Para ello la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable invitará a cada Municipio o Comuna a que instrumente las medidas necesarias a los efectos de constituir estas organizaciones locales. Eos Parlamentos Estudiantiles Ambientales tendrán las siguientes funciones:: 1) Dictar su propio reglamento interno. 2) Colaborar con las autoridades municipales y provinciales en todo lo relacionado con la problemática ambiental. 3) Proponer acciones, programas y normas para la preservación, conservación, mejoramiento y recuperación del medio ambiente.

PARLAMENTOS ESTUDIANTILES AMBIENTALES DECRETO N° 1292 SANTA FE, 16 de Julio de 2004 4) Organizar campañas, eventos ambientalistas, conferencias, reuniones de carácter local, provincial o regional, con miras al tratamiento de la problemática ambiental y la búsqueda de soluciones. Las mismas tendrán como objetivo lograr la participación y protagonismo de los niños y adolescente. 5) Promover actividades que posibiliten la explotación del turismo relacionado con la ecología que tengan en cuenta pautas conservacionistas. Podrán participar de los mismos aquellos estudiantes de ambos sexos que tengan entre doce (12) y dieciocho (18) años de edad con interés en participar en la defensa y protección del medio ambiente y que asistan o concurran a establecimiento educativo público o privado. No se permitirán acciones sectarias o discriminatorias sean de carácter político, religioso o social.-

1 Están inmersos en el concepto de Desarrollo Sustentable CRITERIOS SUGERIDOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS 1 Están inmersos en el concepto de Desarrollo Sustentable Denominado también ECODESARROLLO, el P.N.U.M.A. (Proyecto de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente), lo define como "desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer las capacidades de las generaciones futuras". Política de desarrollo que incluye a los recursos naturales. PRODUCTIVIDAD + AMBIENTALISMO = DESARROLLO SUSTENTABLE

2 EDUCACIÓN AMBIENTAL La Educación Ambiental brinda la estructura básica para abordar la transversalidad de los conceptos ambientales La Educación Ambiental debe ser un proceso permanente (adquieren los conocimientos, valores, competencias, experiencias y la voluntad de actuar en forma individual o colectiva en la resolución de los problemas ambientales presentes y futuros). La Educación debe ser ambiental y nos debe mover a la acción, o sea a la resolución de conflictos. Para ello es necesario que se cumplan ciertos principios: Que sea un proceso planificado y permanente Que promueva la participación, formando ciudadanos con conciencia local, regional y planetaria. Que considere la realidad económica, cultural, social y ecológica de la región, no hay soluciones únicas. Que inspire respeto a todas las formas de vida, desarrolle una conciencia ética y conductas solidarias Que desarrolle el estímulo a la responsabilidad individual, colectiva e institucional. Que posea un método multidisciplinario donde confluyan las ciencias exactas y sociales, con interacción de actores y sectores. Que desarrolle un pensamiento crítico e innovador para crear nuevos estilos de vida.

3 4 5 6 CRITERIOS SUGERIDOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS Colaboran con la Secretaría de Medio Ambiente. Tienen carácter no vinculante. 4 Deberán enmarcarse en la normativa y criterios técnicos de la Secretaría de Medio Ambiente, Municipio y/o Comuna respectivo. 5 Deberán contemplar actividades dentro de la curricula de la escuela o sea, formar parte de la elaboración de un proyecto global, relacionando los contenidos curriculares de Tecnología, Ciencias Naturales, Sociales, Formación Etica y Ciudadana y Educación Física del Tercer ciclo y el Polimodal. Deberán capacitarse también, en Técnicas legislativas. 6 Deberán elegir una problemática ambiental relacionada a su contexto zonal (contaminación de suelo, agua o aire, mecanismos de participación comunitaria para el cuidado del medio ambiente, problemática de los recursos naturales).

7 8 9 10 CRITERIOS SUGERIDOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS Podrán presentar un plan de acción que contemple a las fuerzas vivas de la localidad. Se deben privilegiar acuerdos con ONGS, clubes de caza y pesca, vecinales, etc. 8 El proyecto deberá contener propuestas alternativas de superación de problemas. 9 La Secretaría de Medio Ambiente brindará apoyo con información, materiales, talleres de capacitación. 10 El Concejo Deliberante brindará capacitación acerca de técnicas parlamentarias propias de su comunidad.

Datos Solicitados Fecha presentación de los Proyectos Ambientales Cantidad de Bancas del Honorable Concejo Deliberante Nombre de las Escuelas participantes Nombre del docente referente Nombre del Proyecto Número de alumnos participantes por Proyecto Teléfono - Dirección - E mail Fecha tentativa del Parlamento