Grupos de Trabajo # 4- Informe. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 18 Requerimientos de acceso y participación 1.Qué constituye el cumplimiento con el Principio?

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Transcripción de la presentación:

Grupos de Trabajo # 4- Informe

Grupo de Trabajo # 4 Principio # 18 Requerimientos de acceso y participación 1.Qué constituye el cumplimiento con el Principio? Describa (en términos específicos) el estado /características de un CSD que responda plenamente los requerimientos del Principio. Acceso de los Requerimientos y Participación. Que existan requerimientos, abiertos, equitativos y justos para los Participantes, incluyendo accesibilidad en las tarifas, y que se encuentren debidamente publicados. No obstante lo anterior, este principio cuando lo analizamos a nivel internacional, encontramos ciertas asimetrías tarifarias, entre el tratamiento dado a un Participante extranjero, con respecto al local. (Caso Chile, Bolivia y Panamá).

2. En relación a las Consideraciones Claves para el Principio, ¿qué métricas/ datos debe recopilar un CSD para demostrar el cumplimiento? ¿Cómo podría obtenerse esta información (fuentes)? Los requerimientos ahora están determinados bajo conceptos aplicados internacionalmente, debido a la interoperabilidad entre los CSDs. Basado en un análisis de riesgos, a saber: i) Sustento Legal, ii) Solidez Financiera y iii) Gestión de Riesgos (Due Diligence, revisiones periódicas, etc.) Esto conlleva para el CSD una mayor responsabilidad, y costos asociados para acometer estas tareas. Estos requerimientos deben ser debidamente aprobados por el regulador. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 18

3. ¿Qué niveles de resultado con respecto a estos indicadores / datos debe lograr un DCV para obtener el cumplimiento? ¿Por qué? Dentro del análisis del Grupo de Trabajo, consensuamos que los CSDs cumplen actualmente con estos niveles de requerimientos, salvo el punto comentado en el slide anterior ( temas tarifarios entre Participantes locales y extranjeros). Grupo de Trabajo # 4 Principio # 18

4. ¿Qué provisiones, si existe alguna, debe usted (como una FMI) tener para asegurarse de continuar adherido a los principios? por ejemplo en tiempos de emergencia o funcionamiento del mercado. Una revisión periódica ( anual, p.ej.) Estandarizar el modelo de certificación. Acuerdo entre Regulados, donde cada entidad reguladora determina y establece estos principios. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 18

Grupo de Trabajo # 4 Principle / Principio # 19 Mecanismos de Participación en varios niveles. 1.Qué constituye el cumplimiento con el Principio? Describe (en términos específicos) el estado /características de un DCV que responda plenamente los requerimientos del Principio. Este principio requiere obtener información y revisar a los Participantes indirectos. Fijar un marco regulatorio para el control de los Participantes indirectos.

2. En relación a las Consideraciones Claves para el Principio, ¿qué métricas/ datos un DCV debe recopilar para demostrar el cumplimiento? ¿Cómo podría obtenerse esta información (fuentes)? Se podría considerar una revisión aleatoria, y periódica, p.ej. en los casos de Panamá y Colombia; pero tal fin es adecuado tener el debido marco regulatorio para realizar estas revisiones/ inspecciones a los Participantes. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 19

3. ¿Qué niveles de resultado con respecto a estos indicadores / datos debe lograr un DCV para obtener el cumplimiento? ¿Por qué? Nuestro Grupo de Trabajo concluyó que los CSDs solamente cumplen parcialmente con este principio; lo que se pretende es aumentar el nivel de responsabilidad a los CSDs con respecto a los participantes indirectos; sin embargo consideramos que eso debe ser responsabilidad de los participantes directos y del regulador. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 19

4. ¿Qué provisiones, si existe alguna, debe usted (como una FMI) tener para asegurarse de continuar adherido a los principios? por ejemplo en tiempos de emergencia o funcionamiento errático del mercado. Ser consistente con el marco regulatorio Responsabilidad de divulgar (del Participante o subsidiaras) Interdependencia de los Indirectos con los Directos (divulgación). Grupo de Trabajo # 4 Principio # 19

Grupo de Trabajo # 4 Principio # 20 Enlaces entre FMIs 1. Qué constituye el cumplimiento con el Principio? Describe (en términos específicos) el estado /características de un CSD que responda plenamente los requerimientos del Principio. Identificando que cada FMI no debe generar transferencia de riesgo, a nivel local/ internacional a otra FMI. Cada FMI, debe asumir su responsabilidad de riesgo de control y gestión de riesgos, a fin de no duplicar esfuerzos.

2. En relación a las Consideraciones Claves para el Principio, ¿qué métricas/ datos debe recopilar un CSD para demostrar el cumplimiento? ¿Cómo podría obtenerse esta información (fuentes)? Tener debidamente sustentados los controles de riesgos de las otras FMIs de conformidad a la normativa vigente en cada país. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 20

3. ¿Qué niveles de resultado con respecto a estos indicadores / datos debe lograr un CSD para obtener el cumplimiento? ¿Por qué? Tener un proceso de modelo de negocios, que contemple, entre otros: los riesgos legales, operativos, riesgos de crédito, due diligence, pólizas de cumplimiento. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 20

4. ¿Qué provisiones, si existe alguna, debe usted (como una FMI) tener para asegurarse de continuar adherido a los principios? por ejemplo en tiempos de emergencia o funcionamiento errático del mercado. Una sugerencia, es conformar con un Comité de nuevas iniciativas que pueda evaluar y monitorear cualquier enlace potencial entre FMIs. Realizar un análisis comparado, por ejemplo Matriz de Enlaces transfronterizos (ACSDA), la cual permite determinar una idea bastante claro del nivel y el potencial de riesgos entre las FMIs. Grupo de Trabajo # 4 Principio # 20