EXTRANJEROS EN PRISIÓN Elisa García España José Luis Rodríguez Candela.

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Transcripción de la presentación:

EXTRANJEROS EN PRISIÓN Elisa García España José Luis Rodríguez Candela

Evolución de detenidos españoles y extranjeros

Detenidos extranjeros por delitos en relación al total de población asentada

TASA DELICTIVA DE ESPAÑOLES Edad:- población extranjera más joven

COMPARACIÓN TASAS DELICTIVAS DE ESPAÑOLES Y EXTRANJEROS

Explicación de esa mayor tasa Mayor control social formal Errónea idea de que la delincuencia se reduce con medidas penales y excluyentes Mayor exposición a situaciones de riesgo delictivo: –irregularidad administrativa –Marco político como contexto criminalizante –Fracaso de la política de excarcelación de presos extranjeros –Ineficacia de las medidas de protección de menores

Evolución población extranjera en prisión

Evolución población presa

Aumento de extranjeros en prisión Aumento de población extranjera –19991,5% –20023,7% Condenas de larga duración Mayor uso de la prisión preventiva Disposición adicional 17º (no suspensión ni sustitución de pena para irregulares)

Mayor uso prisión preventiva

Situación de los extranjeros en prisión L.O.G.P no establece distinción en el trato (normalización) Pero el extranjero en prisión tiene algunas peculiaridades

A) Derechos de los extranjeros en prisión Comunicaciones y visitas Formación y educación Abogados del turno de oficio Intérpretes Renovación de permisos de residencia Acceso al sistema de progresión de grados

Comunicaciones y visitas Derecho a contactar con sus embajadas Consentimiento por escrito Instrucción = inicio de trámites para documentar a los extranjeros Solo por vía consular es posible la documentación CONCLUSIÓN: el “inicio de trámites” se reduce a pedir el consentimiento por escrito a tal comunicación. La negativa tiene que paralizar cualquier otro trámite consular Folleto informativo obligación de la Adm Penit de informar por escrito (y en distintos idiomas) sobre régimen interno y excarcelaciones

Formación y educación Derecho al aprendizaje del castellano –No se están impartiendo clases de castellano a los extranjeros –El desconocimiento del idioma provoca incomunicación, abusos... Es una prioridad de la ley que a este colectivo se le de una formación básica –Falta de maestros y desmotivación de algunos para hacer frente a las demandas de los internos

Abogados del turno de oficio Vulneración de derecho a la defensa cuando –Se infringe el deber de informar sobre las posibles estrategias defensivas Habitualmente los internos no se enteran del porqué sus abogados se conformaron o recurrieron el asunto –Los abogados del turno de oficio penal no visitan a los extranjeros en prisión Con frecuencia los ven por primera vez en el juicio oral. Debido a turnos mal pagados, no incluye dietas por desplazamiento al CP, falta de intérpretes

Intérpretes No existen intérpretes en prisión Indefensión en dos aspectos: –Barrera lingüística con abogados del turno de oficio y con los del Servicio de Orientación Penitenciaria (SOP) –En el desarrollo de su vida en prisión art j) RP: brinda la posibilidad de ser asistido por interno o funcionario en sanción disciplinaria: derecho –frente a la posibilidad hay que exigir el derecho intérprete profesional –frente a un interno o funcionario hay que exigir un intérprete profesional

Renovación de permisos Soluciones distintas según situación procesal: PREVENTIVOS –Principio de presunción de inocencia –Problemas: Se requiere presencia física en Comisaría para firma y huella Si no se hace en 3 meses caduca –Soluciones: Operativo policial que se traslade a prisión (ya lo hacen para renovación de DNI o para comunicar expulsión) Solicitar al juez de la causa: –oficio a la policía para que se traslade a prisión –autorice la conducción del interno a la comisaría

Renovación de permisos PENADOS: –Condena de más de 1 año de prisión extingue cualquier autorización para residir –Solo podrá acceder a un nuevo permiso cuando: cumpla la condena cancelen los antecedentes penales Y cumpla los requisitos previstos en la Ley de Extranjería (p.e. arraigo). Penas suspendidas antes reforma LO 15/2003.

Acceso al sistema de progresión de grados Obstaculizado por la Ley de Extranjería: –Causa de expulsión (art.57.2 L.E) = haber sido condenado a más de 1 año de prisión –La expulsión extingue cualquier autorización para permanecer en el país (todos irregulares) Objetivo: aplicación de las medidas de excarcelación Modalidades: –Permisos de salida –Tercer grado –Libertad condicional

Permisos de salida Tres tipos: ordinarios, extraordinario y en grupo Ordinarios: –Su objetivo es ayudar al interno a prepararse para su vida en libertad. –Se deniega si hay probabilidad de quebrantar la condena, cometer nuevos delitos o repercutirá negativamente sobre el interno

Permisos de salida La Ley no establece ningún requisito especial para extranjeros extranjería = riesgo de no reingresoPero, la práctica penitenciaria establece que la extranjería = riesgo de no reingreso No existen estudios científicos que la apoyen Ante una ley formalmente igualitaria, la condición de inmigrante es causa de discriminación

Tercer grado penitenciario Régimen de cumplimiento en semilibertad reinserciónlaboralObjetivo: preparar la vida posterior en libertad a través de la reinserción social y laboral Indocumentación de los extranjeros impide la reinserción laboral y, por tanto, el acceso a este grado de tratamiento Vulnera el derecho fundamental a trabajar y el principio constitucional de reinserción social

Tercer grado penitenciario Disfuncionalidad del sistema no solucionada por las reformas en materia de extranjería ExcepcionalmenteExcepcionalmente, permisos de trabajo extra lege concedidos por el Ministerio de Trabajo –Duración: lo que dure el tercer grado

Libertad condicional pronóstico individualizado y favorable de reinserción social”Régimen en libertad si el interno muestra buena conducta y “pronóstico individualizado y favorable de reinserción social” La documentación administrativa es imprescindible para integrarse en la sociedad Como todos son irregulares, no pueden acceder a la libertad condicional y, por ello, cumplimiento íntegro de condena si no excarcelan

Libertad condicional Criterios judiciales:la progresión de grado no se puede hacer depender de la situación administrativa. Auto libertad condicional = permiso de residencia –solicitud para trabajar al Ministerio de Trabajo Cuando acaba el periodo de libertad condicional, vuelve a caer en la irregularidad (antecedentes penales)

B) Medidas específicas de excarcelación para extranjeros 1993 “Plan de excarcelación de extranjeros” Medidas: –PREVENTIVOS Expulsión con autorización judicial (art L.E) –No se aplica en delitos de tráfico de personas –PENADOS Expulsión como sustitutivo penal –No se aplica atendiendo a la naturaleza del delito Cumplimiento de pena en país de origen –consentimiento del extranjero Libertad condicional en país de origen –Más coherente y respetuosa con el principio de reinserción social

¿Funciona el plan de excarcelación?