INSTITUTOCOLOMBIANO DE GEOLOGIA Y MINERIA. OBGETIVOS  Tiene como objetivo realizar la exploración básica para el conocimiento del potencial de recursos.

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INSTITUTOCOLOMBIANO DE GEOLOGIA Y MINERIA
Transcripción de la presentación:

INSTITUTOCOLOMBIANO DE GEOLOGIA Y MINERIA

OBGETIVOS  Tiene como objetivo realizar la exploración básica para el conocimiento del potencial de recursos y restricciones inherentes a las condiciones geológicas del subsuelo del territorio colombiano  Promueve la exploración de los recursos mineros de la nación y participa, por delegación, en actividades relacionadas con la administración de dichos recursos.

LEGISLACION  A continuación algunas de las leyes, decretos y directivas que establecen el marco legal vigente en Colombia respecto a la "Participación Ciudadana". Constitución Nacional, Preámbulo y artículos varios.  Ley 489 de 1998, cap. VIII art. 32.  Ley 962 de 2005  Ley 190 de Art. 49, 53 y 54  Ley 134 de 1994  Ley 5 de 1992  Ley 55 de 1985  Decreto 2740 de diciembre de 2001 en su cap. 2b)  Decreto 2232 de 1995  Decreto 2150 de 1995  Directiva Presidencial No. 10 de agosto 20 de La directiva manifiesta la necesidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana que conduzcan a la transparencia de la gestión pública.  Plan Sectorial de Desarrollo Administrativo 2004 y La política 3 establece los lineamientos para la democratización de la administración pública y establece los compromisos de las entidades del sector para su cumplimiento (incluyendo la puesta en marcha de las oficinas de participación ciudadana).  Resolución No de marzo de Por la cual se reglamente el trámite interno del Derecho de Petición, Quejas, Reclamos y Denuncias. (hacer vinculo a la resolución) Resolución No de marzo de 2007  Resolución No. 096 del 17 de abril de 2007 Por la cual se aprueba la resolución No. 108 de marzo 26 de 2007, por la cual se reglamenta el trámite interno del Derecho de Petición, Quejas, Reclamos y Denuncias ante el Instituto Colombiano de Geología y Minería INGEOMINAS Resolución No. 096 del 17 de abril de 2007  Resolución No. 108 del 26 de marzo Publicación Diario Oficial Resolución No. 108 del 26 de marzo 2007.

funciones * Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, cumplirá las siguientes funciones: 1. Proponer a las instancias pertinentes las políticas generales que en materia de Geología y Minería deba adoptar el Gobierno Nacional 2. Adelantar programas de reconocimiento, prospección, exploración y monitoreo del territorio con fines multipropósito, mediante un enfoque multidisciplinario, integral y sistémico, para contribuir al desarrollo económico y social del país 3. Desarrollar proyectos para investigar y modelar el subsuelo, e interpretar fenómenos o comportamientos físico-químicos en determinadas regiones o áreas específicas del territorio

* 4. Generar y difundir conocimientos, información y modelos geológicos integrales de la corteza del territorio colombiano *5. Realizar el inventario de las zonas del subsuelo más favorables para la acumulación de hidrocarburos, carbones, recursos minerales e hidrogeológicos, así como caracterizar y evaluar el potencial de dichos recursos *6. Generar conocimientos e información sobre la identificación y el monitoreo de zonas sujetas a amenazas geológicas y realizar la evaluación de las restricciones del territorio asociadas a las condiciones geológicas *7. Responder por el archivo nacional de datos e información básica del subsuelo, incluyendo aquella necesaria para la toma de decisiones en el sistema nacional ambiental y en el sistema de prevención y atención de desastres

*8. Participar en el desarrollo del Sistema Nacional de Información Geológico - Minera mediante sistemas automatizados y georreferenciados, buscando su integración con otros sistemas de información del territorio *9. Generar y difundir conocimientos e información para promover y apoyar la exploración y explotación de los recursos minerales y la toma de decisiones en relación con proyectos de desarrollo minero en el marco del ordenamiento territorial *10. Desarrollar los estudios, expedir los conceptos y prestar los servicios técnicos y científicos a que haya lugar, relacionados con el adecuado uso, manejo y gestión de los recursos minerales y material radiactivo, así como la evaluación de los riesgos asociados

* 11. EJERCER LAS FUNCIONES DE AUTORIDAD MINERA QUE LE SEAN DELEGADAS *12. DESARROLLAR ACTIVIDADES DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA RELACIONADAS CON EL OBJETO DEL INSTITUTO *13. PRESTAR SERVICIOS DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS, DE ASESORÍA Y DE ASISTENCIA CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA AL GOBIERNO NACIONAL, A LOS ENTES PÚBLICOS Y AL SECTOR PRIVADO, EN LOS TEMAS DE SU COMPETENCIA *14. PROMOVER Y COORDINAR LAS ACTIVIDADES DE SALVAMENTO MINERO DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES, SIN PERJUICIO DE LA RESPONSABILIDAD QUE TIENEN LOS PARTICULARES EN RELACIÓN CON EL MISMO *15. LAS DEMÁS QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES.