LEY Y SU REGLAMENTO DS TR DS TR NORMA G 050 LEY SUNAFIL DS TR RIESGOS Y SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION ALUMNO:

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Transcripción de la presentación:

LEY Y SU REGLAMENTO DS TR DS TR NORMA G 050 LEY SUNAFIL DS TR RIESGOS Y SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION ALUMNO: Trujillo Chávez Roymer DOCENTE: ING. Villegas Quispe Francisco

PRINCIPIOS DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Artículo 1. Objetivo de la ley Tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES cuenta con el deber de el rol de fiscalización y control del Estado prevención de los empleadores la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales

Artículo 2. Ámbito de Aplicación La presente Ley es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios. Comprende el régimen laboral de la actividad privada. La Policía Nacional del Perú. Trabajadores y funcionarios del sector público. Trabajadores de las Fuerzas Armadas Trabajadores por cuenta propia.

TITULO IV: SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Artículo 17. El empleador debe adoptar un enfoque de sistema de gestión en el área de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con los instrumentos y directrices internacionales y la legislación vigente

Artículo 18. Principios del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo Rige por los siguientes principios: a) Asegurar un compromiso visible del empleador con la salud y seguridad de los trabajadores. b) Lograr coherencia entre lo que se planifica y lo que se realiza. c) Proponer al mejoramiento continuo, a través de una metodología que lo garantice. d) Mejorar la autoestima y fomentar el trabajo en equipo a fin de incentivar la cooperación de los trabajadores.

e) Fomentar la cultura de la prevención de los riesgos laborales. f) Evaluar los principales riesgos que puedan ocasionar los mayores perjuicios a la salud y seguridad de los trabajadores, al empleador y otros. g) Fomentar y respetar la participación de las organizaciones sindicales -o, en defecto de estas, la de los representantes de los trabajadores- en las decisiones sobre la seguridad y salud en el trabajo

Objeto Finalidad Ámbito de aplicación establecer parámetros de seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción, a nivel nacional prevenir accidentes de trabajo. empleadores y trabajadores del sector privado de cualquier modalidad.contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores, personas bajo modalidades formativas y trabajadores independientes.

Asumir los costos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo; Formular, administrar y mantener actualizados los documentos y registros del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, Comunicar a los trabajadores sobre los riesgos en materia de seguridad y salud en el trabajo Facilitar el ingreso de la Autoridad Inspectiva de Trabajo, Realizar la investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; y, Dotar a los/las trabajadores/as de equipos de protección personal (EPP), conforme a lo establecido en las normas que correspondan. Obligaciones generales del empleador TITULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y TRABAJADOR

1. Cumplir con los reglamentos, procedimientos, estándares, de trabajo seguro, señalización e instrucciones establecidas por el empleador obligaciones generales de los trabajadores 2. ) Reportar al profesional de salud de la obra, cualquier condición de salud propia o de sus compañeros/ as que dificulte el desarrollo seguro de la actividad laboral 6. No ingresar a la obra de construcción bajo la influencia de alcohol y/o drogas ilegales, ni introducir dichos productos 5. No cometer actos inseguros que puedan poner en riesgo su seguridad personal, la de sus compañeros/as de trabajo o de terceras personas 4. Utilizar correctamente las máquinas, equipos, herramientas, unidades de transporte y equipos de protección personal y colectiva, previa capacitación sobre su uso 3. Participar y colaborar en la investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

CAPÍTULO I PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO QUE DEBE CONTENER UN PLAN DE TRABAJO a)Objetivo del Plan Elementos del Plan I Objetivos, metas II. Estructura del Subcomité de SST ; iii. Identificación de requisitos legales y contractuales relacionados con la SST V. Mapas de riesgos VII. Programa de capacitación, sensibilización e) PRESUPUESTO d) Política del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo c ) Descripción del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo del/la empleador h) Fecha y firma de quienes elaboran el Plan. f) Organización y responsabilidades para el desempeño del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo; b) Alcance de la obra TÍTULO III SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

OBRAS DE CONSTRUCCION PESADA

PROTECCION DE TRABAJOS CON RIESGOS DE CAIDA

SUBCAPÍTULO I COMITÉ, SUB-COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El comité El subcomité Elección del supervisor de seguridad y salud en el trabajo al inicio de la obra de construcción cuenta con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo Cuando el empleador tenga a cargo más de una obra de construcción, cada una de estas debe tener Un Subcomité se forma, cuando la obra tenga 20 o mas trabajadores laborando en ella. Un Supervisor será, elegido por los trabajadores, cuando la obra tenga menos de veinte (20) trabajadores de dicho empleador. conformación del subcomité de seguridad y salud en el trabajo al inicio de la obra de construcción

SUBCAPÍTULO II COMITÉ TÉCNICO DE COORDINACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El empleador principal establece el comité de seguridad y salud en el trabajo, el Comité Técnico de Coordinación, dentro de los treinta días calendario Funciones Coordinar en seguridad y articular el cumplimiento sobre la normatividad y salud en el trabajo en toda obra de construcción, a través de reuniones periódicas Emitir un acta de coordinación por cada reunión realizada Otras coordinaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

SUBCAPÍTULO III PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS Garantizar información pertinentes a los trabajadores, ante las situaciones de emergencia previstas Proporcionar información a través de medios de comunicación interna a todas las personas en situación de emergencia Contar con servicios de primeros auxilios y asistencia médica,

SUBCAPÍTULO IV INDUCCIÓN, CAPACITACIÓN, ENTRENAMIENTO Y SENSIBILIZACIÓN Induccion El empleador de la obra brinda la inducción en seguridad y salud en el trabajo, abordando como mínimo los siguientes temas: Política de Seguridad y Salud en el Trabajo Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Trabajos de alto riesgo Control de sustancias peligrosas; Organización del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en la obra Equipos de protección personal y protecciones colectivas.

CAPÍTULO II APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  Análisis de trabajo seguro (Ats) El capataz, y los trabajadores involucrados en la actividad, elaboraba el Análisis de Trabajo Seguro (ATS), considerando los resultados de la IPERC Firmado por el capataz y trabajadores Que es el (PETAR) Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo Las actividades que de acuerdo a la Norma Técnica G.050 del Reglamento Nacional de Edificaciones requieren el permiso de PETAR

CAPÍTULO III EVALUACIÓN Y MEJORA CONTINUA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  Estadísticas e indicadores El empleador El empleador principal consolida la información de los indicadores mensuales y acumulados de frecuencia, severidad y accidentabilidad de la obra El número de horas persona trabajadas (HP) de la obra es igual a la suma de horas persona del personal operativo de campo y empleados de toda la obra, incluidas las empresas contratistas y subcontratistas. Los resultados de las estadísticas son tomados en cuenta para la gestión de la mejora continua en la actividad preventiva

CAPÍTULO IV VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS/LAS TRABAJADORES/AS DEL SECTOR CONSTRUCCIÓN El empleador tiende a proteger y actuar tempranamente sobre los hallazgos detectados en la salud de los trabajadores, así como reevaluar la actividad preventiva. Empleador puede delegar a un profesional de salud, la implementación y ejecución de los Programas de vigilancia de la salud de los trabajadores Valida los Exámenes médico ocupacionales Vigilancia de la salud individual del trabajador

INSPECCION DE TRABAJO Para los efectos de control de cumplimiento de la presente Norma se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador OBJETIVO Especificar las consideraciones mínimas indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción civil.

REQUISITOS DE LUGAR DE TRABAJO Área administrativa Área de servicio Área de operaciones de obra Área de preparación y habilitación de materiales Área de almacenamiento de materiales Área de parqueo de equipos Vía de circulación peatonal y de materiales Guardianía Área de desmonte y de desperdicios

Organización de las áreas de trabajo: El empleador debe delimitar las áreas de trabajo y asignar el espacio suficiente a cada una de ellas con el fin de proveer ambientes seguros y saludables a sus trabajadores.

PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD Toda obra de construcción, deberá contar con un Plan de Seguridad y Salud que garantice la integridad física y salud de sus trabajadores, sean estos de contratación directa o subcontrata y toda persona que de una u otra forma tenga acceso a la obra.

DECLARACION DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES En caso de accidentes de trabajo se seguirán las pautas siguientes:  INFORME DEL ACCIDENTE El Responsable de Seguridad de la obra, elevará a su inmediato superior y dentro de las 24 horas de acaecido el accidente el informe correspondiente. El informe de accidentes se remitirá al Ministerio de Trabajo y Promoción Social.

 FORMATO PARA REGISTRO DE INDICES DE ACCIDENTES - El registro de índices de accidentes deberá llevarse mensualmente de acuerdo al formato establecido en el Anexo NO 04.  REGISTRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES - Se llevará un registro de las enfermedades profesionales que se detecten en los trabajadores de la obra, dando el aviso correspondiente a la autoridad competente.

EQUIPO BASICO DE PROTECCION PERSONAL (EPP)

Responsable de :  PROMOVER  FISCALIZAR  SUPERVISAR El cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de Seguridad y Salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer normas. LEY SUNAFIL ( SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL)

Principales operativos de fiscalización laboral Contratación Obligaciones al inicio de la relación laboral Registro de asistencia Jornada y horario de trabajo CTS Vacaciones Seguro de Vida Ley Remuneraciones Utilidades T-Registro y PLAME Fondos de pensiones y EsSalud Implementación de los lactarios Cuota de empleo Principales funciones de la SUNAFIL Principales funciones de la SUNAFIL Supervisar el cumplimiento de la normativa sociolaboral  Aprobar políticas institucionales en materia de inspección del trabajo  Formular y proponer disposiciones normativas  Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y las condiciones contractuales en el orden sociolaboral  Imponer sanciones establecidas en materia sociolaboral  Efectuar procedimientos de ejecución coactiva

Ámbito de actuación de la inspección del trabajo 1. Personas naturales o jurídicas. 2. Públicas o privadas. 3. Empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado Personal inspectivo Comprende a Inspectores auxiliares, inspectores de trabajo y supervisores inspectores. Sus facultades son: Entrar libremente de día o de noche a cualquier centro de trabajo inspeccionada. Examinar cualquier documentación, programas informáticos y documentos de seguridad social, y cualquier tipo de documento relativo al cumplimiento. Adoptar medidas para exigir al empleador que cumplan sus obligaciones. EL PROCEDIMIENTO INSPECTIVO LABORAL

Calificación de las infracciones LEVE: Obligaciones formales GRAVE: Actos u omisiones contrarios a los derechos de los trabajadores o cuando se incumplan obligaciones que trasciendan el ámbito formal. MUY GRAVE: Aquellas que tienen una especial trascendencia por la naturaleza del deber infringido o afectan derechos de los trabajadores especialmente protegidos por las normas legales. EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL SANCIONADOR

Procedimiento sancionador Inicio de oficio con Acta de Infracción Notificación al sujeto responsable Resolución Primera Instancia ( resuelve 15 días luego de los descargos) Resolución Segunda Instancia (Resuelve en 30 días) Tribunal de Fiscalización Laboral: (suspendido) Causales fijadas por Reglamento

Sanciones

DS TR Objetivo Ley N.º 28806, Ley General de Inspección del El presente Reglamento tiene por objetivo desarrollar las normas establecidas en los Títulos I, II y IV de la Ley N.º 28806, Ley General de Inspección del Trabajo Principios ordenadores del Sistema de Inspección del Trabajo  el artículo 2 de la Ley, el funcionamiento y la actuación del Sistema de Inspección del Trabajo.  Como profesional tenemos los siguientes énfasis en los principios de la realidad, imparcialidad y objetividad, equidad, funcional, jerarquía, eficacia, lealtad, probidad, y sigilo profesional.

Funciones de la Inspección del Trabajo  Inspección del Trabajo de vigilancia y exigencia del cumplimiento de normas, las funciones de orientación y asistencia técnica, y conciliación administrativa, en los términos regulados en el artículo 3  En ejercicio de sus funciones y cuando las circunstancias o conducta del empleador o sus representantes así lo justifiquen, la autoridad administrativa de trabajo  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley, los Supervisores Inspectores y los Inspectores del Trabajo están facultados para desempeñar todos los cometidos de la función inspectiva  Corresponde a los Inspectores Auxiliares desempeñar los cometidos de la función  Los Inspectores Auxiliares, ejercen la función de colaboración y apoyo a los Supervisores Inspectores y a los Inspectores del Trabajo en el desarrollo de sus funciones de vigilancia y control  La Autoridad Central del Sistema de Inspección del Trabajo, evalúa en forma periódica los criterios de aplicación.

Ámbito de Actuación La actuación de la Inspección del Trabajo se extiende a todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas sociolaborales, ya sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas.

GRACIAS