Objetivos y principios del ADPIC

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Transcripción de la presentación:

Objetivos y principios del ADPIC Antecedentes Significado Posición y organización Objetivos generales y específicos Principios, alcance y obligaciones Trato Nacional y NMF Agotamiento de los DPI

Un acuerdo controversial

Un acuerdo visionario

Estructura de la OMC Órgano de Apelación Conferencia Ministerial OEPC Consejo General OSD Grupos Especiales Consejo de Mercancías Consejo ADPIC Consejo de Servicios Comités Comités CCD (desarrollo) CCMA (medio ambiente) CAR (regionalismo) CBP (Balanza pagos) Presupuesto Grupos de trabajo: adhesiones, inversiones, competencia), contratación pública, etc.

Consejo ADPIC - agenda Notificaciones previstas en disposiciones del acuerdo Exámenes de la legislación nacional de aplicación Examen de las disposiciones del párrafo del Artículo 27.3.b Relación entre el acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre la diversidad biológica Protección de los conocimientos tradicionales y el folclore Examen previsto en él párrafo 8 de la decisión del Párrafo 6 de la declaración de Doha Reclamaciones no basadas en una infracción y en casos en que existe otra situación Examen de la aplicación del ADPIC de conformidad con el párrafo 1 del artículo 71 Examen de las Indicaciones Geográficas de conformidad con el Artículo 24.2 Examen anual de conformidad con la decisión sobre la aplicación del Artículo 66.2 Cooperación técnica y creación de capacidad Presentación con mayor puntualidad y de manera más completa de las notificaciones Propiedad intelectual e innovación Información sobre los acontecimientos de interés registrados en otros foros de la OMC Condición de observador de organizaciones internacionales intergubernamentales Informe anual Otros asuntos  

El significado del ADPIC Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio Acuerdo de que la propiedad intelectual esta relacionada con el comercio, reconociendo que: los Miembros de la OMC tienen un interés legítimo en como cada uno de ellos protege la PI de sus socios comerciales la PI es parte integral de la arquitectura institucional de la OMC y del marco jurídico que rige el comercio internacional cualquier país puede proteger sus intereses económicos relacionados con la PI y otros temas comerciales utilizando un mecanismo integrado de solución de diferencias

El significado del ADPIC Sistema efectivo y balanceado: Defensa de la competencia Excepciones claras a los DPI Remedios en caso de abuso de DPI Conocimiento técnico para la administración y otorgamiento de DPI Disponibilidad de expertos en cuestiones relacionadas con los DPI

Estructura del Acuerdo OMC Acuerdo de Marrakech que instituye la Organización Mundial del Comercio (Acuerdo sobre la OMC) Anexo 1 1A: comercio de mercancías 1B: AGCS 1C: ADPIC Anexo 2 Entendimiento sobre solución de diferencias Anexo 3 Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales Anexo 4 Acuerdos comerciales plurilaterales

ADPIC: organización PARTE I Disposiciones generales y principios básicos PARTE II Normas relativas a la existencia, alcance y ejercicio de los derechos de propiedad intelectual PARTE III Observancia de los derechos de propiedad intelectual PARTE IV Adquisición y mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual y procedimientos contradictorios relacionados PARTE V Prevención y solución de diferencias PARTE VI Disposiciones transitoria PARTE VII Disposiciones institucionales; disposiciones finales

ADPIC: preámbulo Preámbulo: Necesidad de nuevas normas y disciplinas multilaterales. Reducir las distorsiones del comercio internacional y los obstáculos al mismo. Asegurar que las medidas destinadas a hacer respetar los DPI no se conviertan en obstáculos al comercio legítimo. Aplicabilidad de los principios del GATT y de los convenios internacionales en materia de PI. Reducir las tensiones mediante el uso de procedimientos multilaterales para resolver las diferencias sobre PI.

ADPIC: objetivos La protección y la observancia de los DPI (Artículo 7): deberán contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia y difusión de la tecnología, en beneficio recíproco de los productores y de los usuarios de modo que favorezcan el bienestar social y económico y el equilibrio de derechos y obligaciones

ADPIC: principios El Artículo 8, titulado “principios", reconoce el derecho de los Miembros a adoptar las medidas necesarias para: proteger la salud pública o promover el interés público, prevenir el abuso de los DPI por sus titulares o prácticas que limiten de manera injustificable el comercio o la transferencia de tecnología, siempre que esas medidas sean compatibles con lo dispuesto en el ADPIC.

ADPIC: alcance El Artículo 1 del ADPIC establece que la "propiedad intelectual" abarca las siguientes categorías listadas en la Parte II del Acuerdo: Derecho de autor y derechos conexos Marcas de fábrica o de comercio Indicaciones geográficas Dibujos y modelos industriales Patentes Esquemas de trazado (topografías) de los circuitos integrados Protección de la información no divulgada

ADPIC: obligaciones El Artículo 1 establece la naturaleza de las obligaciones de lo Miembros: Pueden, sin estar obligados a ello, otorgar una protección más amplia que la exigida por el ADPIC, a condición de no infringir sus disposiciones. Pueden establecer libremente el método para aplicar las disposiciones del ADPIC en el marco de su propio sistema y práctica jurídicos. Deben conceder el trato previsto en el ADPIC a los nacionales de todos los Miembros, es decir las personas físicas o jurídicas cubiertas por los Convenio de París y Berna, la Convención de Roma y el PICI.

ADPIC y otros acuerdos Técnica de incorporación en el ADPIC de los acuerdos ya existentes. El ADPIC exige cumplimiento con las partes substantivas del: Tratado sobre la PI con respecto de los CI (Artículo 35) Convenio de París (Artículo 2). Convenio de Berna (Artículo 9) El ADPIC esta inspirado o hace referencias a la Convención de Roma (Artículo 14)

Otros tratados OMPI (PCT, Madrid (marcas), tratados Internet, etc.) El "universo" de la PI Acuerdos comerciales preferenciales TRIPS Berna Leyes nacionales Paris PICI Roma Otros tratados OMPI (PCT, Madrid (marcas), tratados Internet, etc.)

Trato nacional Cada Miembro concederá a los nacionales de los demás Miembros un trato no menos favorable que el que otorgue a sus propios nacionales … (Artículo 3) ¿«nacionales»? El ADPIC autoriza las excepciones permitidas en los acuerdos de la OMPI

Trato de la NMF Trato de la nación más favorecida (Artículo 4): … toda ventaja, favor, privilegio o inmunidad que conceda un Miembro a los nacionales de cualquier otro país se otorgará inmediatamente y sin condiciones a los nacionales de todos los demás Miembros. Excepciones permitidas: acuerdos internacionales en vigor antes de 1 enero 1995, acuerdos internacionales sobre asistencia judicial u observancia de la ley de carácter general, reciprocidad bajo trato nacional, procedimientos estipulados en los acuerdos OMPI (Art. 5).

Agotamiento de los DPI “Para los efectos de la solución de diferencias en el marco del presente Acuerdo, a reserva de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 no se hará uso de ninguna disposición del presente Acuerdo en relación con la cuestión del agotamiento de los derechos de propiedad intelectual” (Art. 6)

Agotamiento de los DPI «Agotamiento de los derechos»  principio conforme al cual el derecho exclusivo del titular de controlar la distribución de un bien protegido se acaba o agota después del primer acto de distribución. Mayorista Titular del derecho Consumidor Minorista Consumidor Minorista

Agotamiento y comercio internacional Agotamiento nacional significa que el derecho de distribución del titular en un país sólo se considera agotado si se ha puesto el artículo protegido en el mercado de ese país Agotamiento internacional significa que el derecho de distribución del titular en un país queda agotado cualquiera que sea el lugar en que haya tenido lugar el primer acto de distribución  la importación paralela es lícita Importaciones paralelas: productos originales auténticos que han sido vendidos en otros países, NO son artículos falsificados ni piratas.

Agotamiento e importaciones paralelas País A Mayorista Titular del derecho DVD - $5.00 Consumidor Minorista País B Agotamiento internacional DVD - $10.00 Consumidor Minorista Mayorista Titular del derecho Mayorista Titular del derecho Minorista Consumidor DVD - $15.00 Agotamiento nacional País C

Correlación entre DPI y PIB

Contribución al PIB de industrias basadas en DA, y el Índice Global de Innovación Panamá México Colombia Perú Fuente: Estudios de la OMPI sobre la contribución económica de las industrias basadas en el derecho de autor

Índice Global de Inovación 2012 País Índice Rango Estados Unidos 57.7 10 México 32.9 79 Canadá 56.9 12 Belice 32.5 80 Chile 42.7 39 Trinidad y Tobago 81 Brasil 36.6 58 Paraguay 31.6 84 Costa Rica 36.3 60 Rep. Dominican 30.9 86 Colombia 35.5 65 Panamá 87 Uruguay 35.1 67 Jamaica 30.2 91 Argentina 34.4 70 El Salvador 29.5 93 Perú 34.1 75 Ecuador 28.5 98 Guyana 33.7 77 Guatemala 28.4 99