LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO (Ley Nº )

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Ley Sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Advertisements

LEY BENEFICIOS Y PROCEDIMIENTOS
Aspectos legales de la Prevención de Riesgos.
Aspectos legales de la Prevención de Riesgos.
REGLAS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CHILE: TRABAJADORES DEPENDIENTES E INDEPENDIENTES Y EXCEPCIONES PREVISTAS POR LA LEY.
Por un trabajo sano y seguro ASPECTOS LEGALES Elementos y conceptos fundamentales establecidos en la Ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades.
Aspectos legales en Salud Ocupacional Acerca del accidente en itinere
SEGURO DE CESANTÍA.
LEY N° SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
 Es un instrumento de protección social destinado a proteger a las personas que quedan cesantes ya sea por causas voluntarias o involuntarias. mediante.
Seguridad & Salud en el Trabajo
Derecho de la Seguridad Social. Eduardo Vidal.. Definición de Seguridad Social. La Seguridad Social es el sistema legal que busca precaver la ocurrencia.
LICITACIÓN DEL SIS FERNANDO AVILA S. Gerente de Operaciones Asociación de AFP Presentación para la Comisión de Usuarios.
PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 “EDUCACIÓN PREVISIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y DEBERES PREVISIONALES” PROYECTOS FONDO.
Características generales del Sistema Previsional.
Son procedimientos y conceptos que están por fuera de la norma, pero que terminan imponiéndose como ley. Le llamamos “Hábito” porque hizo costumbre entre.
El Seguro de Cesantía Escuela Sindical Facultad de Derecho – Universidad de Chile Junio 2016 Carol Ortiz Equipo organizador Escuela Sindical.
LEY , BENEFICIOS Y PROCEDIMIENTOS. Conceptos Básicos Trabajo Riesgos Accidentes del Trabajo Enfermedades Profesionales.
Retiro de los fondos cuando esta cesante. Acceder a un préstamo Quirografario. Retiro de los fondos cuando se jubile. Como un fondo de Emergencia.
Cotización por trabajo pesado
ACCIDENTES DE TRABAJO.
Explicación de conceptos de una liquidación de sueldos FCFM
UNIDAD VII.
LEY SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO DISPOSICIONES LEGALES
Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
SUBGERENCIA DE CAPACITACION Y PUBLICACIONES GERENCIA DE PREVENCIÓN Ley N Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Por un trabajo.
Escuela de Construcción y Obras civiles LEY “Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales” Giovanni vega.
DECRETO 1530 DE 1996 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993 y el Decreto Ley 1295 de 1994.
AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO
CHARLA DE INDUCCION TRABAJADOR NUEVO.
Seguridad Social: El Seguro de Cesantía y Ley de Accidentes de Trabajo
Unidad 6 El sistema de la Seguridad Social.
Diseño del título Subtítulo.
Información sobre APV y APVC a Marzo 2017
¿Qué es la Seguridad Social?.
Sistema laboral en chile
Ley y Decretos Supremos
TALLER DE GESTION EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PEV 1
Panorama Actual Seguro Social Salud Laboral en Chile
INTRODUCCIÓN LEY N° DS LEY N° DS DS DS DS DS REG. ENF. PROFESIONALES REG. PREV. DE RIESGOS.
TALLER DE REMUNERACIONES
CONTRATO DE TRABAJO CENTRO DE MEDIACION Y CONCILIACION REGION DE LA ARAUCANIA PABLO LEON PICHINCURA.
Información sobre APV y APVC a Diciembre 2017
FUERZAS ARMADAS Y POLICIALES. Las fuerzas armadas de la República del Perú están encargados de defender la soberanía del Estado y la seguridad de los.
1 Ley Regula el trabajo en régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios, y el contrato de trabajo de.
UNIDAD N° I: INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS.
Información sobre APV y APVC a Marzo 2018
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
LICENCIAS MÉDICAS Nelly Jeldres Molina Agente Regional.
Información sobre APV y APVC a Marzo 2016
Información sobre APV y APVC a Junio 2018
D.S N° 76 APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 66 BIS DE LA LEY N° SOBRE LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN OBRAS,
Información sobre Ahorro Previsional Voluntario a Septiembre 2010
Información sobre APV y APVC a Junio 2013
Información sobre APV y APVC a Diciembre 2016
Información sobre APV y APVC a Marzo 2013
Compañero (a) trabajador (a) de la Educación: si elegiste el ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO o no manifestaste tu elección, esta información es importante.
NORMATIVA LABORAL Salud ocupacional DOCENTE :JOHANA SALAZAR T
Información sobre APV y APVC a Marzo 2012
Información sobre APV y APVC a Diciembre 2010
NORMATIVA LABORAL Salud ocupacional DOCENTE :JOHANA SALAZAR T
CONTRATO DE TRABAJO CENTRO DE MEDIACION Y CONCILIACION REGION DE LA ARAUCANIA PABLO LEON PICHINCURA.
Información sobre APV y APVC a Marzo 2011
Cotizaciones para Trabajadores Independientes
Información sobre APV y APVC a Diciembre 2012
Dr. Jonathan Vargas Laverde
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 1. CARACTERISTICAS  La suspensión es una situación anormal por la que atraviesa el CT, caracterizada por la interrupción.
Ley N Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Información sobre APV y APVC a Marzo 2019
Transcripción de la presentación:

LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO (Ley Nº 16.744)

Objetivos del seguro: Prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Curar y restituir la capacidad de trabajo del trabajador(a) mediante las prestaciones médicas. Indemnizar para reparar la perdida de los medios de subsistencia. Rehabilitar para devolver toda o en parte la capacidad de trabajo al trabajador(a).

Financiamiento a) Con la cotización básica general. b) Con la cotización adicional diferenciada. c) Con el producto de las multas que cada organismo administrador aplique en conformidad a la ley. d) Con las utilidades o rentas que produzca la inversión de los fondos de reserva; y e) Con las cantidades que le corresponda por el ejercicio al derecho de repe­tir, de acuerdo con los artículos 56 y 69. (No pague cotización y accidente – Accidente por dolo de tercero o entidad empleadora)

Financiamiento 1. La cotización básica general A. Régimen general: La cotización corresponde al 0,9% de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador. 2. Cotización adicional diferenciada las empresas pueden estar afectas a una cotización adicional diferenciada en función de la actividad y riesgo de la misma, la cual es determinada por el Presidente de la República y no puede exceder de un 3,4% de las remuneraciones imponibles. Se encuentra contenida en el decreto supremo Nº 110, de 1968, que divide las activida­des de las empresas de acuerdo a la clasificación efectuada por las Naciones Unidas, estableciendo divisiones y subactividades diferenciadas. Así, por ejemplo, a la división Agricultura, Caza, Silvicultura y Pesca, le asigna una tasa equivalente al 1,70%. Dentro de esta división se encuentra la subactivi­dad diferenciada de Aserraderos, a la cual se le asigna una tasa equivalente al 2,55%.

Personas protegidas (art. 2) Todos los/as trabajadores(as) por cuenta ajena, cualquiera sea la labor que se ejecute o la naturaleza de la empresa. Funcionarios públicos de la administración del Estado, municipales o de instituciones administrativamente descentralizadas del Estado. Estudiantes que ejecuten trabajos que signifiquen una fuente de ingresos para su plantel. Trabajadores independientes. Seguro escolar

Contingencias Cubiertas: 1. Accidente de Trabajo: «toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión de trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte» Excepto: no son considerados accidentes de trabajo realizados intencionalmente por la victima o que se deban a una fuerza mayor extraña, que no tenga relación con el trabajo (en este último caso, se tiene derecho de todas formas a las prestaciones médicas establecidas en la ley).

Requisitos A) Existencia de una lesión. b) Que exista una relación causal u ocasional entre el trabajo y la lesión. c) Que a consecuencia de lo anterior, se haya producido incapacidad o muerte

Contingencias Cubiertas: 2. Accidente de Trayecto: «son ocurridos en el trayecto de ida o de regreso entre la habitación y el lugar de trabajo y aquellos que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo aunque correspondan a distintos empleadores. En este ultimo caso se considera trabajo al que se dirigía el trabajador (a)» Requisitos : A) Racionalidad en el camino a seguir, B) camino normal o habitual y C) trayecto sin interrupciones.

Contingencias Cubiertas 3. Enfermedad profesional: «es aquella producida de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte» Ojo: El Decreto 109 del año 1968 establece las enfermedades que se consideran profesionales y también reglamenta la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (No es taxativo).

Administración del Seguro Administración Pública: SEREMIS (Secretarias Regionales Ministeriales) ISP (Instituto de Seguridad Laboral) 2. Administración Privada: - Mutualidades de empleadores

Instituciones Participantes Ministerio del Trabajo: Elaboración de normas. Inspección del Trabajo: Fiscalización Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO): Fiscalización a administradores, resolución del reclamos, elaboración de normas. Ministerio de Salud: Fiscalización de servicios médicos y empresas, elaboración de normas.

Obligaciones de la empresa Informar oportunamente los riesgos que conlleva el trabajo, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Mantener al día el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad distinto al Reglamento Interno de orden Higiene y Seguridad Implementar todas las medidas de Higiene y Seguridad determinadas por la ley. Proporcionar elementos de seguridad a los trabajadores(as) en forma gratuita. Mantener estadísticas de siniestralidad al día.

Obligaciones de la empresa Organismos internos: Comité Paritario (D.S Nº 54) para industrias o faenas con mas de 25 trabajadores (as), cuya función es cautelar el cumplimiento de normas de Higiene y Seguridad establecidas. Departamento de prevención de riesgos profesionales para industrias o faenas con más de 100 personas. En relación a las empresas contratistas y subcontratistas Reglamento especial.

Prestaciones médicas Se otorgan gratuitamente, hasta la curación completa de la víctima o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por la enfermedad o accidente, y son las siguientes: a) Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio. b) Hospitalización, si fuere necesaria a juicio del médico tratante. c) Medicamentos y productos farmacéuticos. d) Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. e) Rehabilitación física y reeducación profesional. f) Los gastos de traslado y cualquier otro gasto que sea necesario para el otorgamiento de los beneficios (artículo 29).

Prestaciones Económicas Tienen por objeto que el trabajador(a) mantenga su ingreso económico mientras dure el tratamiento y se encuentre con licencia. Incapacidad Temporal: derecho al 100% del promedio de las ultimas 3 remuneraciones (liquidas) «toda lesión que se origina por accidente de trabajo o enfermedad profesional y que luego del tratamiento permite la recuperación total del trabajador y su reintegro al trabajo»

Prestaciones Económicas 2. Incapacidad Permanente (invalidez): «cuando la lesión causada por el accidente del trabajo o la enfermedad profesional produce consecuencias de carácter permanente, afectando la capacidad de ganancia del trabajador que queda físicamente disminuido»

Prestaciones Económicas 2. Incapacidad Permanente (invalidez):

Procedimiento en caso de accidente de trabajo o de trayecto Denuncia: Organismo Administrador Empleador ¿Quién denuncia? Empleador o su representante (dentro de las 24 horas siguientes) Médico Tratante Miembro del Comité Paritario Afectado / sindicato / compañero(a) de trabajo / familiar / cualquier persona

Procedimiento en caso de accidente de trayecto: Aviso de inmediato al empleador y a sucursal de la organismo adjuntando: Parte policial, constancia carabineros, dos testigos u otro medio que acredite ocurrencia hecho Copia Contrato de Trabajo Copia de Carnet de Identidad

SEGURO DE CESANTÍA SEGURO DE CESANTÍA

Seguro de Cesantía El Seguro de Cesantía es el instrumento de la Seguridad Social destinado a proteger a los trabajadores y trabajadoras durante los períodos de desempleo.

Seguro de Cesantía ¿Quiénes tienen derecho al Seguro de Cesantía? Todos los trabajadores y trabajadoras que laboren en Chile acogidos al Código del Trabajo Aquellos que han sido contratados a partir del 2 de octubre del 2002, son afiliados por Ley obligatoriamente. Quienes tienen contratos vigentes con anterioridad a esa fecha, pueden afiliarse voluntariamente en cualquier sucursal de Administradora de Fondos de Cesantía, AFC (no se requiere de la autorización del empleador, basta sólo la decisión del trabajador). ¿Quiénes están excluidos? Trabajadores (as) de casa particular Jubilados, excepto con invalidez parcial Trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje Funcionarios públicos Trabajadores Independientes

Seguro de Cesantía El Seguro de Cesantía es financiado de manera tripartita, con aportes de: El propio trabajador El empleador El Estado Estos aportes se combinan para generar ahorros en: Cuentas Individuales por Cesantía (CIC), las que son patrimonio de los trabajadores. El Fondo de Cesantía Solidario (FCS), que es fondo de reparto financiado por una fracción de la cotización total del empleador y por aportes del Estado.

Seguro de Cesantía Trabajador Contrato Indefinido

Seguro de Cesantía Trabajador Contrato Plazo Fijo

Seguro de Cesantía PASO 1: Para cobrar el Seguro de Cesantía (con cargo a la Cuenta o al FSC), debe: 1. Acreditar Cesantía* 2. Contar con cotizaciones - 6 cotizaciones (contrato a Plazo Fijo) - 12 cotizaciones (contrato Indefinido) AFC

Seguro de Cesantía PASO 2 AFC Cuenta Individual Cesantía (CIC) Requisitos: Cesantía y cotizaciones (bajo toda causal de término de contrato) ¿Por cuántos meses tengo derecho al seguro? Tantos meses (giros mensuales) como el saldo se su cuenta se lo permita, por un periodo de 5 meses (70%, 55%, 45%, 40%, 35%). ¿qué ocurre si mi saldo no alcanza al 5° mes? AFC

Seguro de Cesantía PASO 3 El trabajador/a puede optar o no a utilizar el Fondo (FSC) a) No usar el FSC: para dejarlo reservado para una próxima vez. b) Usar el FSC: Requisitos: - Estar cesante. - Saldo insuficiente en CIC. 12 cotizaciones en FCS en los 24 meses anteriores al despido y 3 de ellas continuas y con un mismo empleador. AFC

Seguro de Cesantía Haber sido despedido por las siguientes causas de termino de contrato Vencimiento del plazo convenido en el contrato (causal 159-4) Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (causal 159-5) Caso fortuito o fuerza mayor (causal 159-6) Necesidad de la empresa (causal 161) Empleador sometido a un procedimiento concursal de liquidación (causal 163 bis) AFC

Seguro de Cesantía Mientras reciba pagos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, el trabajador tiene el derecho a: - Mantener asignación Familiar (tramos A y B) - Cursos de capacitación gratuitos - Apoyo para encontrar empleo a través de la OMIL de su Municipio AFC

Seguro de Cesantía ANÁLISIS CRÍTICO: Artículo 13 Ley 19.728 – Derecho de Imputación Si el contrato terminare por las causales previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo, el afiliado tendrá derecho a la indemnización por años de servicios prevista en el inciso segundo del artículo 163 del mismo cuerpo legal, calculada sobre la última remuneración mensual definida en el artículo 172 del mismo, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración, a menos que se haya pactado, individual o colectivamente, una superior, caso en el cual se aplicará esta última. Se imputará a esta prestación la parte del saldo de la Cuenta Individual por Cesantía constituida por las cotizaciones efectuadas por el empleador más su rentabilidad, deducidos los costos de administración que correspondan, con cargo a las cuales el asegurado pueda hacer retiros en la forma que señala el artículo 15. En ningún caso se podrá tomar en cuenta el monto constituido por los aportes del trabajador, para los efectos de la imputación a que se refiere el inciso anterior.

Seguro de Cesantía

Seguro de Cesantía Es importante saber que: Si el empleador al despedirme por necesidades de la empresa (Art. 161 CT) me descuenta los fondos aportados en la AFC, puedo exigir la devolución en la demanda por despido injustificado Los recursos acumulados en la Cuenta Individual son siempre de propiedad del trabajador. Los dineros acumulados ganan rentabilidad y no pagan impuestos al momento del retiro. Al pensionarse el trabajador puede traspasar los fondos a su AFP o retirarlos en un solo giro. Si fallece, los recursos acumulados en la CIC, se entregan a sus beneficiarios o herederos. Al percibir el Seguro de Cesantía, el trabajador mantiene los beneficios de Salud de FONASA (CIC y FCS).

LICENCIAS MÉDICAS Es el derecho que tiene todo trabajador y trabajadora para ausentarse o reducir la jornada de trabajo, durante el tiempo que haya indicado el médico, el cirujano dentista o la matrona, en el caso de embarazo y parto normal. La licencia médica es reconocida por el empleador/a y autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva (COMPIN) o por la comisión médica de la ISAPRE, según cada caso.

Licencias Médicas ¿Cuál es el objetivo de la licencia médica? Son tres: Que el trabajador o la trabajadora pueda iniciar un tratamiento médico que le permita mejorar su estado de salud; Permite justificar su ausencia ante su empleador/a, Permite iniciar el trámite para obtener un subsidio que reemplaza la remuneración.

Licencias Médicas ¿Qué tipos de licencias existen? Existen 6 tipos:   Existen 6 tipos: Enfermedad o accidente no relacionado con el trabajo; Enfermedad profesional; Accidente del trabajo; Licencia maternal (pre y post natal); Patología del embarazo; Por enfermedad grave del hijo o hija menor de un año y, Por prórroga de medicina preventiva.

Licencias Médicas ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de una licencia médica? Todos los trabajadores y trabajadoras dependientes del sector público y privado que estén acogidos a algún sistema previsional; así como todos los trabajadores y trabajadoras independientes que tengan sus cotizaciones al día en algún sistema previsional.

Licencias Médicas ¿Qué puede hacer la ISAPRE o COMPIN con tu licencia médica?  Pueden aprobar, reducir, rechazar o ampliar la licencia.  ¿Qué puede hacer un trabajador/a si le rechazan la licencia médica? En primera instancia, los trabajadores y trabajadoras afiliados a Fonasa deben acercarse a la Compín y hacer un recurso de reposición; mientras que los que están afiliados a una Isapre deben hacer un reclamo en la Compín.  Si aún asi es rechazada la licencia, deben acercarse y apelar en la Superintendencia de Seguridad Social.

Licencias Médicas Las causales señaladas en los incisos anteriores no podrán ser invocadas con respecto a trabajadores que gocen de licencia por enfermedad común, accidente del trabajo o enfermedad profesional, otorgada en conformidad a las normas legales vigentes que regulan la materia (inciso 3º art. 161)

Gracias!!