Derecho de Impugnación de Acuerdos Societarios

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Transcripción de la presentación:

Derecho de Impugnación de Acuerdos Societarios Mg. José-Manuel Martin Coronado

Indice I. Introducción, delimitación del tema y enfoque. II. Una visión rápida a la LGS III. ¿Por qué impugnar? ¿Cuál es la finalidad extra-jurídica? IV. ¿Quienes pueden impugnar? V. ¿Qué se puede impugnar? VI. ¿Cómo se puede impugnar? VII. ¿Qué problemas y enredos actuales existen?

I. Introducción Delimitación: Aspecto subjetivo, desde el punto de vista del accionista (Shareholders) [Vs. Stakeholders] Derecho de impugnación en sentido estricto, no incluyendo acciones de nulidad. Problemática de LGS. Enfásis elementos sustantivos más que procesales. S.As o registrales. Enfoque: Corporativo, haciendo mención a sus efectos tributarios o financieros.

I. Introducción “La Corte Suprema varía criterio sobre impugnación de acuerdos societarios El Tribunal Supremo declara nulos los acuerdos para la ampliación de capital del Atlético de Madrid ACS recrudece la batalla legal: impugna la junta de Iberdrola Desestiman la impugnación de la junta de iberdrola por ACS NH Hoteles tacha de hostigamiento el intento de Hespería de Impugnar la junta del año pasado.a “Tensión en la Junta de Accionistas de Bankia” (Caso de preferentes y salida a bolsa) Desestiman la demanda de un grupo de accionistas contra el Banco Gallego y el FROB por supuesta lesión de sus intereses

I. Introducción Objetivo: Explicar en qué consiste el Derecho de Impugnación de Acuerdos Societarios en la LGS y la problemática existente en la actualidad. Marco Normativo General Ley General de Sociedades, Ley 26887 Reglamento de Registro de Sociedades, Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN Resoluciones CONASEV/SMV Reglamento General de los Registros Públicos Código Civil

II. Una visión rápida a la LGS Acuerdos Impugnables (139°,96°,133°) Legitimación Activa (140°,141°, 144°) Aspectos procesales Caducidad/prescripción (142°) Vía procesal/Competencia (143°) Acumulación de pretensiones (146°) Medidas cautelares (145°, 147°) Ejecución de Sentencia (148°) ¿Acción de nulidad? (150°) ¿Otras acciones? (151°,248°,323°)

III. ¿Por qué impugnar? El Acuerdo lesiona nuestros derechos como accionista (Eco/Pol/Info) [96°] o nos excluye [248°] El Acuerdo tiene un contenido Opuesto al estatuto o al pacto social → ¿Atentado contra las reglas inicialmente pactadas? Lesione, en beneficio directo o indirecto de uno o varios accionistas, los intereses de la sociedad → ¿Conflicto de intereses? Contrario a la Ley [139°] (Contenido vs Instrumento) (Forma vs Fondo) → ¿Deseo de justicia?

III. ¿Existe una finalidad Extra-jurídica? Más allá del interés general o el deseo general de justicia, la afectación a los intereses de un accionista es una de las principales causas. Derecho de voto → Decisiones económicas de la sociedad: ingresos, gastos, inversiones Derecho económico → Dividendos y otras formas de remuneración al accionista Derecho de información → Transparencia de la información financiera, por sus efectos en los dos anteriores. Recodar que los accionistas no siempre son juristas ni siempre cuentan con un asesor legal cercano → El accionista como inversionita.

IV. ¿Quienes pueden impugnar? Los accionistas → ¿Todos? ¿Siempre? Acc. sin Derecho a voto (ASV) [96°] (“cuando menos”) (derecho especiales, 140°) Acc. en conflicto (AEC) [133°] (“no puede”) Acc. Opositor (AO) [140°] Acc. Ausentes (AA) [140°] Acc. Ilegítimamente privados de voto (AIPV) [140°] ¿Y los privados legítimamente? Acc. coadyudante (ACO) [140°] ¿Pérdida de condición de accionista? (144°) -> Depende: transferencia voluntaria vs, involuntaria. Total vs. ¿Parcial?

IV. ¿Ellos también pueden impugnar? ¿Terceros con legítimo interés? Acción de nulidad contra acuerdos [150] ¿El accionista con mala fe y/o con falta de fundamento notoria? Sí puede, pero no “debería”.

V. ¿Qué se puede impugnar? ¡El Acuerdo! ¿Obviamente? → “Acuerdo Impugnable” [139°] vs. “Acuerdo no impugnable” Un acuerdo que: Lesiona los derechos del accionista. [96°] → ¿Casuística? ha sido realizado el accionista que tengan conflicto con la sociedad [133°] → ¿Casuística? tenga contenido contrario a la Ley, Estatuto, Pacto Social [139°] Lesione los intereses de la sociedad, beneficiando a algún accionista [139°] Incurran en causal de anulabilidad (LGS/CC) [139°]

V. ¿Qué más se puede impugnar? ¿Acuerdo anulable? ¿Acuerdo firme? ¿Acuerdo no revocado? ¿Acuerdo no sustuido? ¿Y los acuerdos nulos?

VI. ¿Cómo se puede impugnar? Aspectos procesales Caducidad/prescripción (142°) Vía procesal/Competencia (143°) Acumulación de pretensiones (146°) Medidas cautelares (145°, 147°) Ejecución de Sentencia (148°)

VII. ¿Qué problemas o enredos actuales existen? Problemas de redacción en el objeto susceptible de impugnación. Problemas de interpretación en el objeto susceptible de impugnación. Imprecisión en el daño o lesión al accionista Abuso de impugnación por formalismos Los efectos retroactivos vs. derechos adquiridos Mantenimiento de Condición de accionista poco realista ¿Son claros los plazos para impugnar?