MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL

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Transcripción de la presentación:

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL TELETRABAJO SU FISCALIZACION Facultades del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL

Trabajo a domicilio – Ley 12.713 El “trabajo a domicilio” constituye un antecedente que sirve como experiencia para regular el Teletrabajo. Competencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. El Teletrabajo es de competencia “Federal” porque es interjurisdiccional. Su producto “navega” a través de varias Jurisdicciones, en el ámbito nacional, e incluso internacional.

TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS Actores Sociales: Dador de Trabajo: Elabora mercaderías y encomienda tareas a un trabajador a domicilio. Trabajo a domicilio: Trabajador a domicilio: efectúa el trabajo bajo la dirección del dador en un lugar elegido por el trabajador. Empleador: Es quien le encarga la tarea al teletrabajador. Teletrabajo: Teletrabajador: Es quien realiza un trabajo requerido por el empleador con herramientas informáticas o de las comunicaciones en un lugar elegido por él

TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS “El desarrollo de la actividad se realiza fuera del ámbito de Principal semejanza la empresa o establecimiento y en el lugar elegido por el trabajador”.

TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO Principal diferencia a los fines de la inspección: En el trabajo a domicilio el producto del Trabajador “sale” físicamente a través de la “Puerta” del domicilio. En el Teletrabajo, el producto del trabajador “sale” en forma “virtual” de su domicilio.

TELETRABAJO: SU FISCALIZACION REGISTRO DE EMPLEADORES Y TELETRABAJADORES (para controlar la relación laboral, tanto en cuanto a higiene y seguridad así como en el cumplimiento de convenios) Tareas de “seguimiento” Internet (Control de la Publicidad en la búsqueda de Teletrabajadores) Medios Masivos (diarios, etc.)

TELETRABAJO: SU FISCALIZACION DENUNCIAS (del trabajador, anónimas u de otros actores sociales). Es requisito indispensable para proceder a la inspección la anuencia del Teletrabajador para ingresar al domicilio (Condición previa para registrarse el trabajador).

TELETRABAJOR: JORNADA LABORAL De difícil determinación por la dificultad de aplicar la normativa laboral vigente. Los Teletrabajadores no suelen tener un horario fijo o rígido, eligen cuando y cuanto tiempo trabajan y la interrupción de su tarea.