DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS GASTOS DE MOVILIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
NORMATIVA VIGENTE DECRETO N° 501 GCABA/12 RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 18 MHGC-MMGC- MJGGC- SECLYT/12 RESOLUCIÓN N° 1769 MHGC/12 modifcada por RESOLUCIÓN N° 2617/MHGC/16
DECRETO N°501 GCABA/12 Son gastos de movilidad aquellos importes que se anticipan o reintegran en forma trimestral en concepto de traslados, en los términos del presente Decreto El pago de gastos de movilidad se hace efectivo en forma trimestral a favor de los agentes de planta permanente, de planta transitoria, de planta de gabinete, a los que se encuentren bajo el Régimen Gerencial, así como de las personas contratadas bajo el régimen de locación de obra y de servicio, becadas o vinculadas con esta Administración por una relación de asistencia técnica o de pasantía que, en cumplimiento de órdenes de servicio emanadas de un funcionario con nivel no inferior a Director General, deben desempeñarse fuera del ámbito habitual de sus tareas, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o hasta 50 Km. fuera de dicho radio y para lo cual resulte necesario el uso de medios de transporte tanto público (colectivos, subtes, trenes, taxis) como privado (remises) en días hábiles o inhábiles administrativos
DECRETO N°501 GCABA/12 Establécese que podrán reconocerse el pago de gastos de movilidad a aquellos funcionarios que no tengan asignado auto oficial y deban desempeñarse fuera del ámbito habitual de sus tareas, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o hasta 50 Km. fuera de dicho radio y para lo cual resulte necesario el uso de medios de transporte público y privado, en días hábiles o inhábiles administrativos No corresponde la asignación de gastos de movilidad a los funcionarios que utilicen en los traslados vehículos oficiales Los fondos para gastos de movilidad son asignados una vez por trimestre a las reparticiones que así lo soliciten a la Dirección General de Contaduría, dentro de la correspondiente previsión presupuestaria, debiendo rendirse su inversión una vez culminado el trimestre. Podrá solicitarse una nueva asignación conjuntamente con la presentación de la rendición del trimestre anterior. Dichos fondos serán otorgados en la medida en que la rendición haya sido aprobada por la autoridad revisora.
Gastos de Movilidad Pasantes Becados Aquellos importes que se anticipan o reintegran en forma trimestral en concepto de Agentes de planta de gabinete traslados. Funcionarios Agentes de planta transitoria sin auto oficial Agentes de planta permanente Agentes bajo el régimen gerencial Contratados bajo el régimen de obra y locación de servicio Asistentes técnicos
Montos Asignados (Res. N° 2617-MHGC-2016) $60 .- Valor diario máximo de gastos de movilidad por el uso de transporte público (colectivo, subtes y trenes) en el ámbito de la CABA. $230 .- Fuera del radio de la CABA, hasta 50 km. $450 .- Valor diario máximo por el uso de transporte publico y privado (taxis y remises). $30 .- Asignación diaria adicional a favor de conductores de vehículos oficiales del Jefe de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios.
Etapa de Solicitud de Fondos de Movilidad Pedido Inicial La repartición solicitante caratula un único Expediente Electrónico bajo el código de trata “GENE0201B”. Vincular el acto administrativo de nombramiento de responsables bajo el tipo de documento “Resolución” (en caso de realizarse modificaciones deberá vincularse el Acto Administrativo que así lo disponga).
Solicitud de Entrega de Fondos (SEF) La repartición solicitante debe confeccionar la SEF Afectación Preventiva CONFECCIONAR EN GEDO COMO En caso de que la carga presupuestaria no esté descentralizada, esta tarea será realizada por la Autoridad Revisora.
Partida Presupuestaria N°: 3.7.8 Beneficiario Cuenta bancaria Unidad ejecutora •
Informe Solicitando Fondos La repartición solicitante debe generar el “Informe” GEDO, donde se solicitan los fondos en concepto de Movilidad. Modelo N° 3 – Res. Conjunta N° 18 – Anexo III Rango de firma: máxima autoridad de la repartición solicitante En caso de delegación de firma deberá adjuntarse copia del Acto Administrativo correspondiente
Tener en cuenta: Al tratarse de la primera solicitud de fondos del ejercicio deberá adjuntarse además el formulario C55 en estado C “confirmado” correspondiente a la rendición del ultimo trimestre solicitado del ejercicio anterior.
Controlar y Solicitar el depósito de los Fondos La autoridad revisora, debe generar el “Informe” en el que se solicita la entrega de los fondos. Modelo N° 4 – Res. Conjunta N° 18 – Anexo III Rango de Firma: máxima autoridad de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal u organismo equivalente.
Controlar y Generar Orden de Pago (DG. de Contaduría) Genera OP Rango de firma Jefe a cargo del Dto. Responsables Director del área Director General de la DGCG Vincula OP Tesorería
Etapa de Rendición de Fondos de Movilidad Plazos La solicitud de entrega de fondos podrá formularse hasta el día quince (15) del último mes del trimestre. Las rendiciones no podrán exceder de treinta (30) días corridos desde la fecha de finalización del trimestre. La autoridad revisora, tiene como plazo máximo para aprobar la rendición treinta (30) días hábiles administrativos a partir de la fecha en que son rendidas ante dichas unidades de organización.
Etapa de Devolución de Fondos de Movilidad La repartición solicitante deberá proceder a la devolución de los saldos no invertidos ante la autoridad revisora la cual confeccionará el formulario C55 ( DEG) de Devolución de Fondos. Modelo N° 8 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18 Rango de Firma: máxima autoridad de la repartición. CONFECCIONAR EN GEDO COMO Afectación Definitiva Si bien los saldos no invertidos no afectan gastos se debe vincular el C55 (DEG) como Afectación Definitiva
Confeccionar C55 de Devolución de Fondos La autoridad revisora debe confeccionar el formulario C55 de Devolución de Fondos en estado “S” (autorizado). Presentar en Tesorería una CO de conformidad con el Modelo N° 9 (Modelo de Devolución de saldo no invertido de fondos de movilidad), el C55 por triplicado remitido por la DGTAL y los Fondos a devolver.
Vincular a la Rendición el C55 La repartición solicitante debe vincular el formulario C55 de Devolución en estado C “confirmado” (quien confirma dicho formulario es la Tesorería). Rango de Firma: responsable de fondos CONFECCIONAR EN GEDO COMO Afectación Definitiva Si bien los saldos no invertidos no afectan gastos se debe vincular el C55 (DEG) como Afectación Definitiva Vincular Ticket y Recibo de Ingresos Varios La repartición debe vincular el Ticket y el recibo de Ingresos Varios CONFECCIONAR EN GEDO COMO Rango de Firma: responsable de fondos Informe Gráfico
Confección de Anexos (Repartición) Planilla de Resumen Trimestral Modelo N° 5 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18 Anexo Firma Conjunta Máximo responsable de la r epartición Uno de los responsables
Confeccionar Afectación C55 La repartición solicitante debe confeccionar el formulario C55 en estado “S” correspondiente al monto devengado. Afectación Definitiva CONFECCIONAR COMO Confeccionar Acto Administrativo La repartición solicitante debe realizar el correspondiente Acto Administrativo de aprobación del gasto. En el mismo debe hacerse referencia al “Anexo Firma Conjunta” (Planilla de Resumen Trimestral) y al número con el que quedo registrado en SADE.
Informe Rendición/Solicitud de los Fondos La repartición solicitante debe generar el “Informe” en GEDO. Modelo N° 3 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18 Rango de Firma: máximo responsable de la repartición solicitante. En caso de delegación de firma deberá adjuntarse copia del Acto Administrativo correspondiente
El Control de la Rendición debe centrarse en: a) Verificación de cálculos aritméticos y topes máximos. b) Controlar que todos los documentos pertinentes cumplan con el rango de firma requerido. c) Controlar que se encuentre agregado al Expediente Electrónico el Acto Administrativo que aprueba el gasto. d) Verificar en caso de devolución, que se encuentre adjunto el Formulario C55 en estado “C”, el Recibo de Ingresos Varios y el Ticket (entregados por la Tesorería General).
Afectación Definitiva Devengar Afectación C55 La autoridad revisora, debe vincular la Afectación C55 en estado “C” (confirmado) correspondiente al monto devengado. CONFECCIONAR EN GEDO COMO Afectación Definitiva
Aprobar la Rendición La autoridad revisora debe generar el “Informe” en GEDO. Modelo N° 4 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18 Rango de Firma: máxima autoridad
Última Rendición al finalizar el ejercicio La autoridad revisora debe generar el “Informe” en el que se hace un resumen final del ejercicio y se solicita el archivo del Expediente Electrónico. Modelo N° 7 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18 Rango de Firma: máxima autoridad