FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PROFESORES UNIVERSITARIOS

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Transcripción de la presentación:

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PROFESORES UNIVERSITARIOS DE VENEZUELA (FAPUV) TALLER SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES SOCIALES DE LOS TRABAJADORES UNIVERSITARIOS Dr. Absalón Méndez Cegarra. Caracas, febrero de 2014 Dr. ABSALON MENDEZ

Origen de las Prestaciones Sociales en la legislación venezolana (principales momentos) Ley del Trabajo 1936. - Indemnización de antigüedad. - Auxilio de cesantía. Ley del Trabajo (1975). Derechos Adquiridos Ley Orgánica del Trabajo (1990). Se anuncia la modificación del régimen de prestaciones sociales. Cambia de denominación. “Indemnización de Antigüedad” Ley Orgánica del Trabajo (1997) - Se modifica el régimen de prestaciones sociales. - Se denomina Prestación de Antigüedad – Art. 108. y Art. 672 (663). L.O.T. 2011 Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT.2012). - Nuevo Régimen de Prestaciones Sociales. Art.: 6, 104, 105, 122, 128, 141,142,143,144,145,146 y 147 CRBV(1999):Disposición Transitoria Cuarta, Numeral 3 y Art. 92 Dr. ABSALON MENDEZ

REGIMEN DE PRESTACIONES SOCIALES SEGÚN LA CRBV Art. 92 : “Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal” La Institución Laboral de la Prestaciones Sociales Antigüedad: La indemnización de antigüedad es, (…) para el trabajador “un derecho, de carácter económico, nacido de su permanencia en una misma empresa, colaborando a su actividad productiva” (Gallart Flolh. Citado por R. Caldera. Derecho del Trabajo (1932,296) Cesantía : Retiro (Despido) del trabajo por voluntad del patrono. Es una indemnización por daño ocasionado por el patrono al trabajador. El preaviso. Aviso previo dado por una de las partes a la otra, cierto tiempo antes de la ruptura del contrato. En Venezuela, la LOTTT, ha establecido la estabilidad absoluta. Inamovilidad laboral Dr. ABSALON MENDEZ

REGIMEN DE PRESTACIONES SOCIALES SEGÚN LA CRBV Mora. Intereses Moratorios: “(…) la sanción efectiva por el retardo en el pago de una obligación contraída en dinero” (Irma Bontes, 241). Función resarcitoria de daños del interés. Deuda de Valor: “No nacen con un quantum especifico, se utiliza la moneda como patrón a los fines de su cumplimiento. Obligaciones extracontractuales nacidas del hecho ilícito cuyo daño debe ser tasado en dinero, Estas deudas sólo se cumplen con el pago o reparación real de lo adeudado” (Irma Bontes, “Indemnización e Interese Moratorios en el proceso laboral” (T.S.J. 2006.245) Indexación o corrección monetaria: “Institución distinta a la mora. No se trata de una sobre sanción al empleador por el incumpliendo en el pago. Se refiere, a la obligación de pagar determinada cantidad (Prestaciones Sociales), la misma obligación expresada en el valor equivalente de la moneda en el momento lógico del pago”. Es la misma deuda corregida (actualizada) en su valor. La Mora, si es la sanción efectiva por la falta de pago oportuna a la deuda. Dr. ABSALON MENDEZ

EL RÉGIMEN LEGAL DE PRESTACIO NES SOCIALES (2012) Art. 6: Trabajadores y trabajadoras al servicio de la Administración Pública “(…) El tiempo desempeñado en la administración pública nacional, estadal y municipal, centralizada y descentralizada, será considerado para todos los efectos legales y contractuales como tiempo de servicio efectivamente prestado y computado a la antigüedad”. Art. 104: Que se entiende por salario (Salario Integral y Salario Normal) Art. 105: Beneficios sociales de carácter no remunerativo Art. 122: Salario base para el cálculo de prestaciones sociales: Último salario devengado, calculado de manera que integre todos los conceptos salariales percibidos por el Trabajador y Trabajadora. Art. 128: Intereses Moratorios. “La mora en el pago del salario, las prestaciones sociales e indemnizaciones, generan intereses calculados a la tasa activa determinada por el BCV, tomado como referencia los seis principales bancos del país ” Art. 141: Régimen de Prestaciones Sociales. Establece el derecho de todo trabajador a cobrar prestaciones sociales - Pago proporcional al tiempo de servicio - Calculado sobre la base del último salario - Pagado al final de la relación laboral - Garantía de intangibilidad y progresividad de los derechos laborales - Crédito de exigibilidad inmediata - La mora en su pago genera intereses. Deudas de valor (Art. 92. CRBV) Dr. ABSALON MENDEZ

EL RÉGIMEN DE PRESTACIO NES SOCIALES Art. 142:CONSTITUCIÓN DE LA GARANTIA - Abonos Trimestrales (15 días de salario. Ultimo Salario) - A partir del 1er año, dos días adicionales, por año, hasta acumular 30 días Retroactividad - Al finalizar la relación laboral se calcula la antigüedad a razón de 30 días por año, ultimo salario. - El trabajador opta por lo que le resulte más favorable OPORTUNIDAD DE PAGO - Dentro de los cinco (5) primeros días siguientes a la terminación de la relación laboral Art. 143: DEPÓSITOS EN GARANTIA - Fideicomiso individual (Voluntad del Trabajador) - Fondo Nacional de Prestaciones Sociales (Voluntad del Trabajador) - Contabilidad de la empresa (autorización escrita del trabajador). - Intereses: Al rendimiento que producen los fideicomisos o Fondo de Prestaciones Sociales. - Contabilidad de la Empresa: Intereses a tasa pasiva. BCV. En caso de incumplimiento patronal. Intereses a tasa activa. BCV. - Información semestral al trabajador sobre el capital e intereses. - Intereses calculados mensualmente y pagados al cumplir cada año de servicio. Dr. ABSALON MENDEZ

Anticipo de Prestaciones Sociales Para vivienda Liberar hipoteca Art. 144 Anticipo de Prestaciones Sociales Para vivienda Liberar hipoteca Educación Atención Médica Aval o crédito por parte del patrono Garantía para la obtención de créditos bancarios. Art. 146 Derecho de los funcionarios públicos-Aplicación del Régimen de Prestaciones Sociales Art. 147 Fondo Nacional de Prestaciones Sociales Nota: Eliminación de los Regímenes Prestacionales de fuentes distintas a la Ley ( Art. 672 LOT, 1997- Art. 663 LOT, 2011) Vigente: La intangibilidad y progresividad de los Derechos Laborales. Art. 89CRBV- Art.18, numeral 2. LOTTT. Dr. ABSALON MENDEZ

RÉGIMEN CONTRACTUAL DE PRESTACIONES SOCIALES ANTES DE LA REFORMA DE LOT (1997) DESPUÉS DE LA REFORMA DE LA LOT (1997) VIGENCIA DE LA LOTTT (2012) CONTRATACIÓN COLECTIVA EN LAS UNIVERSIDADES NACIONALES. REGÍMENES VARIABLES Dr. ABSALON MENDEZ

SITUACION DE LAS PRESTACIONES SOCIALES EN EL SECTOR PÚBLICO LT. Antes de 1975 – Sólo x retiro x causas ajenas al Trabajador LT. Reforma 1975 - Derechos adquiridos LOT. 1990. Modificación del Régimen de Prestaciones Sociales. Se elimina la Cesantía, ésta se fusiona a la Antigüedad y se mantiene el Nº de días a reconocer (30) LOT. 1997 : Nuevo Régimen de Prestaciones Sociales. Artículos 108, 125, 133 y 146. Régimen de Transición -- Transferencia. Bono de Transferencia. --- Decreto que regula el pago en el sector Público --- Vigencia y aplicación del nuevo régimen (Art. 108 ---- Vigencia de los Regímenes prexistentes. LOT. (Art. 672-663 (LOT, 2011) LOTTT. 2012. Nuevo Régimen de Prestaciones Sociales. Se recupera la retroactividad En la actualidad no existe un régimen específico. Se aplica el régimen laboral ordinario. Dr. ABSALON MENDEZ

SITUACIÓN DE LAS PRESTACIONES SOCIALES EN EL SECTOR UNIVERSITARIO Regulado por contratación colectiva Regulado por la Ley del Trabajo Situación de las Universidades no Transferidas y de las Universidades Transferidas Pago directo x la Universidad. Pago directo x el Ministerio de Finanzas. Anticipo de Prestación de Antigüedad. Pago de intereses – obreros. No constitución de fideicomisos. Pago desde (1974 – 2001) (2001-2008) (2008-2014) Pago x OPSU Deuda Pendiente: Capital acumulado (2008-actualidad) e Intereses sobre prestaciones sociales, Intereses de Mora (pasivos laborales), en proceso de pago Dr. ABSALON MENDEZ

Origen de los pasivos laborales Prestaciones Antigüedad + Intereses. Separación arbitraria e ilegal. Anticipos Origen de los pasivos laborales Momentos en el cálculo de las prestaciones sociales. Momento 1. Terminación de la Relación Laboral x cualquier causa Momento 2. Cálculo de las Prestaciones Sociales. Calculadas no pagadas. Anticipos. Momento 3. Liquidación de las Prestaciones Sociales (Ps= Prestación de Antigüedad + Intereses + Intereses de Mora) Dr. ABSALON MENDEZ

OPSU – UNIVERSIDAD Y PRESTACIONES SOCIALES La Universidad se desdibuja como patrono La OPSU se subroga a las Universidades como Patrono Instructivos OPSU. 2000, 2002, 2006, 2007, 2012 Comisión Pasivos Laborales. Aplicación del Instructivo 2007. Anuncio Presidencial. Pago de prestaciones sociales Mesas de Diálogo. Situación con el Instructivo 2012 Sentencia de Omar Mora. (No son vinculantes las sentencias de la Sala de Casación Social. Solo Sala Constitucional). Aplicación de la Aclaratoria Reuniones OPSU: Suspensión Instructivo 2012, Instrucciones a las Universidades, Gremios y Oficinas de Control Interno. Mora Universitaria en la entrega de data. Dr. ABSALON MENDEZ

PAGO DE PASIVOS LABORALES PROPUESTA OPSU 2012 PAGO CON BONOS DE DEUDA PUBLICA: Su legalidad. No hubo emisión de deuda (Petro-orinocos) El Trípode del ahorro en Venezuela: Fondo Nacional de Prestaciones Sociales, Fondo Nacional de Ahorro de la Clase Obrera y Fondo Nacional de Ahorro Popular Constitución de Fideicomisos con recursos provenientes de empresas petroleras Pago en efectivo o depósitos en el Fideicomiso Dr. ABSALON MENDEZ

CRITERIOS UNIVERSIDADES - OPSU Historia Laboral. Universidades Nacionales Criterios para el cálculo de las Prestaciones Sociales e Intereses. ¿Quién establece los criterios?: La OPSU o las Universidades ¿Por qué criterios distintos a los establecidos en la CRBV, la Ley y la Contratación Colectiva? ¿Por qué no se dan a conocer los criterios? ¿Por qué no se informa al trabajador previamente sobre el monto de sus prestaciones sociales y sus intereses? Dr. ABSALON MENDEZ

PROBLEMAS DE CÁLCULO En cuánto reconocimiento de la antigüedad: (Art. 6, LOTTT. Cláusula No. 1. Primera CCU) En cuanto monto de Salario Integral: Salario Básico, bono vacacional, bono de fin de año, bono doctoral, prima por hogar, prima académica, prima por hijo, prima de titularidad, prima por cargo, caja de ahorro, otros, Art. 122 LOTTT, Cláusula Primera, CC-UCV., y Cláusula Primera, Numeral 8.3 Primera CCU En cuanto fecha anticipos de capital En cuanto fecha y deducción de los intereses En cuanto tasa de interés correlativa aplicable y su capitalización En cuanto tasa de interés moratoria y su capitalización (Art. 92 CRBV, Art. 128 LOTTT, Tasa Activa, Art. 141 LOTTT y cláusula 66 de la CC-UCV En cuanto procedencia del reclamo En cuanto determinación del patrono o sujeto obligado En cuanto ajuste salarial o actualización salarial Art. 92 CRBV, Art. 141 y 142 LOTTT, Cláusula 66 de la CC-UCV En cuanto a la indexación o corrección monetaria (jurisprudencia y doctrina laboral) Dr. ABSALON MENDEZ

PROCESO DE CÁLCULO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES Inst. 2012 Ps =¨PA + Int Mora – Ant PA - AI CAPITAL Durante este lapso causó Prestaciones de Antigüedad (por ej. 60 días, sal.int. X año) Intereses compensatorio o correlativos . Anual – No Capitalizable Inst 2007 Ps = P.A + Inter – PA – Ant Int Anual – Capitalizable. Trabajador A Inicio Relación Laboral 1970 Trabajador A Terminó Relación Laboral 2000 Antes de 1975 (Intereses) Tasa Pasiva Después de 1975 Hasta 1997 Tasa Pasiva L. del T Después de 1997 Pluralidad De Tasas LOT Art. 108 a) b) c) Después 1997 CRBV. Art 92 Intereses de Mora Instructivo OPSU 2012 Instructivo OPSU 2007 Tasa Pasiva – 1997 Tasa Prom – Desp 1997 Inst Mora – 1999 – Deuda Laboral y Deuda de Valor Dr. ABSALON MENDEZ

FÓRMULAS A APLICAR Ps= PA + Intereses+Int.Mora–Ant.P–Ant.I Ps= PA (ajuste salarial)+Intereses+Int.Mora–Ant.P-Ant.I Ps= PA+Corrección Monetaria+Intereses+I.Mora–Ant.P.A.–AI Ps= PA(salario actualizado)+ Intereses Correlativos + Intereses de Mora- Ant.P.A.- Ant.I Salario Actualizado = Indexación o corrección monetaria Intereses Correlativos. Capitalizados mensualmente Intereses de Mora. Tasa BCV. Deudas Laborales. Capitalizadas mensualmente. Dr. ABSALON MENDEZ

GRACIAS POR SU ATENCIÓN Dr. ABSALON MENDEZ