INDIGNIDAD NOTAS CARATERÍSTICAS:

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
De los efectos de los actos jurídicos.
Advertisements

SUCESIONES Unidad N° 11.
DERECHO DE SUCESIONES 2015-I Material de referencia
DERECHO DE SUCESIONES 2015-II UANCV – DERECHO – JULIACA Prof. Andrés Carita Quispe Material de referencia.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
HERENCIA YACENTE Art CC Si dentro de quince días de abrirse la sucesión no se hubiere presentado ninguna persona aceptando la herencia o una cuota.
Consolidación Ley Aspectos relevantes Dr. Pablo Javier Fedyna Jefe de Departamento de Consolidación Subsecretaria de Tierras, Urbanismo y Vivienda.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
ADOPCION El adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea TODO NIÑO TIENE DERECHO A TENER UNA FAMILIA.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
En el acto jurídico que se llama TRANSMISION se distinguen TRES MOMENTOS O FASES perfectamente diferenciados : 1.La apertura de la sucesión 2.La delación.
Tema IX La disolución del matrimonio El divorcio probablemente se remonta a la misma época que el matrimonio. Yo creo, sin embargo, que el matrimonio es.
Gabriela Barrios Fuenzalida Licenciada en Ciencias Jurídicas PUCV
Tema VII La invalidez del matrimonio El Patricio era un pragmático. Nunca trataba de arreglar las cosas que funcionaban. Las que no, de todas formas, se.
Filiación Matrimonial en el Derecho Civil Peruano. ESTUDIO JURÍDICO SOTELO M´s ASOCIADOS
Tema VIII La separación de los cónyuges Cuando vuelva a casa en Cincinnati, estará Molly aguardándome. Espero que la guerra dure mucho. Les Luthiers, La.
Tema XXX Presupuestos de la vocación hereditaria El inmenso mundo y cuantos lo hereden, todo se disipará y no quedará ni polvo. Somos de la misma sustancia.
Tema XV La nacionalidad Mi sangre y mis orígenes son albaneses, pero soy de ciudadanía india. Soy monja católica. Por profesión, pertenezco al mundo entero.
 EL DERECHO DE FAMILIA EN EL DERECHO SOCIAL  PROTECCION DE LA FAMILIA EN EL MARCO CONSTITUCIONAL  EL DERECHO DE FAMILIA EN LA LEGISLACION SECUNDARIA.
MASA HEREDITARIA Obligaciones Derechos Bienes Art. 660 C.C.
Tema XXXIII Efectos de la aceptación de la herencia Devuélveme el don de la muerte, señora, porque sin él, un héroe no es más que un eterno maniquí, para.
CURSO TEORIA GENERAL DEL PROCESO EL DERECHO DE CONTRADICCIÓN, EXCEPCIÓN. LA RECONVENCIÓN. Lic. Roxana Canales.
Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires Universidad Notarial Argentina Pergamino, julio 2016 Not. Néstor Daniel LAMBER.
LA FILIACIÓN EXTRA MATRIMONIAL por Pedro Donaires Sánchez La Molina, setiembre 2009 Proceso de Filiación de Paternidad Ley Nº (El Peruano 08 de enero.
CUENTA PASIVO. 40.-
LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA
Adquisición de los Derechos Reales
EL COMERCIANTE Mg. Rossana Taquía Gutiérrez
DOLO ARTIFICIOS O MAQUINACIONES CON EL FIN DE OBTENER CONSENTIMIENTO
Prof. Andrés Carita Quispe 2016-II
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
Fideicomiso Mercantil
Como patrimonio autónomo
LA INEFICACIA DEL NEGOCIO JURIDICO
Son los REMEDIOS PROCESALES PARA PODER DEFENDER EL ESTADO POSEEDOR
EL PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN
Tema XV Ineficacia e invalidez de los contratos
AUSENCIA SIMPLE FALLECIMIENTO PRESUNTO OBJETO:
Tema IX La disolución del matrimonio
PROPIEDAD Y HERENCIA Docente : MAURO FLORENCIO LEANDRO MARTIN.
INDIGNIDAD Art. 667 C.C. CONDICIONES PARA SUCEDER EXISTENCIA CAPACIDAD
Derecho de las personas
INSTITUCIÓN Y SUSTITUCIÓN DE HEREDEROS Y LEGATARIOS
“CONTRATO DE PRENDA”.
La eficacia e ineficacia del negocio jurídico
CLASE 5 INTRODUCCIÓN A CONCEPTOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL: RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL (RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DEL DEPENDENTE)
Causa (Casación en el Fondo)
Sucesión MORTIS CAUSA. Aspectos civiles
Regimen de comunidad de ganancias
- Ubicación Temática Bolilla VI. Punto 3.
El incumplimiento contractual
LEGÍTIMA DEL CÓNYUGE.
Ineficacias del acto jurídico
EL COMERCIANTE Mg. Rossana Taquía Gutiérrez Curso Derecho de las Empresas USMP- año 2010.
ACEPTACIÓN Y RENUNCIA DE LA HERENCIA Y LEGADO
REPRESENTACIÓN.
LA INEFICACIA DEL NEGOCIO JURIDICO. PREMISA En muchos supuestos los negocios jurídicos no producen nunca efectos jurídicos o dejan de producir efectos.
TEMA VIII.
RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE LA FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL O DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL.
Tema 4 Vencimiento, presentación y pago de la letra
REVISIÓN POR DOLO REVISIÓN POR ERROR MATERIAL
RÉGIMEN LEGAL DE LA ACIÓN PENAL
Teoría de las 3 B´s B.
Catedrático: Dr. Miguel Ángel Pastor Calderón
Sucesión Intestada Curso: Derecho de Familia y Sucesiones Docente: Mg. Vanessa Shinno Pereyra 7 1 y 2.
La eficacia e ineficacia del negocio jurídico
INTEGRANTES 1.LUJÁN ALFARO, XIMENA ALESSANDRA 2.LEÓN MUÑOZ, LISBETH 3.CASTILLO VALDIVIA, MARIELENA DOCENTE VASQUEZ SALAZAR, OSCAR.
CHERO SOLANO MARY ELENA MATEO OLAYA CHARLES NORIEGA RUBY MILTON.
Transcripción de la presentación:

INDIGNIDAD NOTAS CARATERÍSTICAS: La declaración de exclusión es retroactivo.- (Art. 671) Comprende al heredero forzoso, legal, voluntario y al legatario. (Art. 667) Las causales son taxativas y restrictivas. La causal debe haberse producido hasta el momento de la apertura de la sucesión. Es declarada por sentencia. (Art. 668) Es promovida por los llamados a suceder a falta o en concurrencia con él. (Art. 668) Constituye también causal de desheredación y procede el perdón. (Art. 669) Es personal. (670) La acción es prescriptible.- 1 año (Art. 668)

INDIGNIDAD Casos de exclusión por impedimento Declaración jud. de patern. matern. Art. 412 C.C. El ex tutor Art. 546 C.C: (¿Art. 1628?) Reconocimiento tardío de hijo Art. 398 C.C. (394) Los matrimonios interesados Art. 826 C.C. Los extranjeros Art. 71 Const. El cónyuge separado por culpa suya Art. 343 C.C. ¿353? Los magistrados Art. 196 inc. 2 L.O.P.J. Derogado El notario Art. 688 C.C.

INDIGNIDAD Aspectos procesales NOTAS RESALTANTES: La exclusión no es automática, necesita de una sentencia; La sentencia no es constitutiva sino declarativa de indignidad; Vía: Conocimiento o Abreviado (no expreso) Legitimidad para demandar: (668) Beneficio para todos así no sean demandantes; Caso de los sustitutos (740), los acreedores del sucesor (1219 inc. 4); Legitimado pasivo: El indigno (personas exentas: 748) Prescripción: 1 año (668)