OBJETIVOS DE LA CONTRATACION COLECTIVA

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Qué es un Sindicato Los sindicatos son instrumentos de incorporación de los trabajadores en la lucha por la defensa de sus intereses y la elevación de.
Advertisements

Derecho Laboral o Derecho del Trabajo El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una rama del Derecho cuyos principios.
MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES
Exposición Nº 9 Sección 25 RELACIONES LABORALES Y
Los convenios estatutarios
LOS CONVENIOS COLECTIVOS
LOS CONFLICTOS LABORALES
Convenio número 98 Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical.
Art. 1.- La contratación colectiva de trabajo en todas las instituciones del sector público y entidades de derecho privado en las que, bajo cualquier.
Cláusulas del contrato de trabajo: En un contrato existen cláusulas obligatorias, permitidas, prohibidas y tácitas. Un contrato puede contener: Cláusulas.
Paritarias: Conquista y derecho de los trabajadores.
LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL CONTRATO DE TRABAJO
LA CONCILIACION MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
LOS DERECHOS SUJETOS A NEGOCIACIÓN COLECTICVA
Dirección Jurídica Laboral (CASO NUEVO LEÓN). Ser el sindicato de Ser el sindicato de empleadores líder empleadores líder por su representación por su.
ANTECEDENTES. FIRMA DE CONVENIOS DE AUTOMATICIDAD ENTRE LOS GOBERNADORES DE LOS ESTADOS Y EL SNTE.
La Negociación Colectiva
DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
LOS DERECHOS LABORALES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN Licenciatura en Derecho Tema: Instituciones de Derecho Colectivo L. D. Anel Victoria.
CONVENCION COLECTIVA ALFREDO DURAN BUENDIA FRANCISCO NAVARRO ALARCON.
Los Sindicatos Conceptos
TIPOS DE CONTRATOS REMUNERACION.
 PARTES CONTRATANTES:  Son aquellas que intervienen en la celebración.  Empleador o empleadores – Trabajadores, asociación, organizaciones profesionales.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS ANDES “UNIANDES”. DERECHO LABORAL COLECTIVO DOCTORA: PAULINA CISNEROS INTEGRANTES: ELIZABETH COX, DORIAN ESPIN, DIANA.
Relaciones Industriales en Canadá Presentación en la Sesión entre Gobiernos y el Seminario para Intercambiar Información sobre Tópicos relativos a la Libertad.
Posición respecto al Proyecto de Ley de Negociación Colectiva Dr. Gonzalo Irrazabal 11 de junio de 2009 Cámaras Empresariales.
ASPECTOS JURÍDICOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA a. Términos de la negociación. a. Legislación y jurisprudencia. OMAR ROMERO DIAZ.

Instituto de Capacitación Profesional y Tecnológica de F.A.T.F.A.
La libertad de asociación en materia laboral
LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES
La representación de los trabajadores
CAPACITACIÓN PARA EL PERSONAL DE IERIC - ACUERDO IERIC - OISS - CAPACITACIÓN IERIC – OISS Presentación del Dr. Daniel Franzetti Septiembre de 2010 MODULO.
Negociación Colectiva Convenios Colectivos de Trabajo La ley (14.250) no lo define, solo se limita a establecer las partes en la negociación (asociación.
FUNCIONES DE GESTIÓN Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo.
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
La Conciliación Laboral Juan Carlos Cortés Carcelén Profesor de la Academia de la Magistratura.
PRINCIPIOS LABORALES.
El Contrato de Trabajo Liceo de Adultos Fermín Vivaceta Asignatura Inserción Laboral 2009 Profesor Sr. Victor Sanz M.
Derecho Laboral Objetivo General:
REGIMEN LABORAL DEL TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR.
Reglamento Interior de Trabajo
UNIVERSIDAD AUTONOMA REGIONAL DE LOS ANDES UNIANDES
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional del Comahue) Especialización en Derecho de Daños Director: Dr. Carlos Ghersi “Tutela del.
ASOCIATIVISMO MUNICIPAL ASPECTOS JURIDICOS Malik Mograby Dirección Jurídica ACHM Enero 2010.
ACUERDO DE COOPERACIÓN LABORAL DE AMÉRICA DEL NORTE PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR Y RESOLVER LAS DEMANDAS POR DESPIDO INJUSTIFICADO M. EN D. JORGE ARTURO.
LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y LOS CONVENIOS COLECTIVOS
Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) PRIMERA CLASE Fines y Objetivos del Derecho Colectivo de Trabajo, Diferencias entre el Derecho Individual.
EL SINDICATO Asociación constituida por los trabajadores para la protección y defensa de los derechos e intereses sociales, económicos y políticos de sus.
DERECHO DE LIBRE CONSTITUCION DE ORGANIZACIONES
Curso de Derecho Laboral II (colectivo) CUARTA CLASE Fuentes del Derecho Colectivo de Trabajo Principios del Derecho Colectivo de Trabajo Universidad.
CAPITULO XVII EL SINDICALISMO.
Astrid Yesenia Rivera Cardozo
UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO FACULTAD DE DERECHO
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES U N I A N D E S DERCHO LABORAL COLECTIVO INTEGRANTES: Elizabeth Cox, Diana Pizanan, Ruddy Rodríguez, Dorian.
Reglamento interno de trabajo
TESIS II: RELACION LABORAL EN EL SECTOR PRIVADO
ASOCIATIVISMO MUNICIPAL ASPECTOS JURIDICOS Dirección Jurídica ACHM Junio 2011.
EXPRESION LEGAL DE ORDEN PUBLICO Art. 8º Título Preliminar del Código Civil Art. 8º Título Preliminar del Código Civil “Es nulo el acto jurídico contrario.
Unidad 7: Participación de los trabajadores en la empresa
DIRECCIÓN DEL TALENTO HUMANO Aspectos Básicos de Legislación laboral NORMATIVIDAD VIGENTE C P C Código Sustantivo del Trabajo Reforma al Código laboral:
“Formas de Contratación de Personal para la Micro y Pequeña Empresa”
El Marco Social y Jurídico del Trabajo
Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) PRIMERA CLASE Fines y Objetivos del Derecho Colectivo de Trabajo, Diferencias entre el Derecho Individual.
Cristina Bonilla Molina Paula Castaño López. Se denomina empresa de trabajo temporal a aquella cuya actividad fundamental consiste en poner a disposición.
Los derechos laborales fundamentales: concepto, interpretación y conflicto Javier Neves Mujica.
Clases de empresas y su marco legal
12 de julio de Servidores Públicos Empleados Públicos: 675 Trabajadores Oficiales: Total empleados:
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE GUATEMALA INSPECCION GENERAL DE TRABAJO MESAS DE DIALOGO LABORAL.
Transcripción de la presentación:

OBJETIVOS DE LA CONTRATACION COLECTIVA Establecer posiciones que normen relaciones obrero – patronales, buscando la armonía y desarrollo adecuado de las relaciones de trabajo. Lograr beneficios individuales y sindicales para los trabajadores, sobrepasando el vinculo laboral, ya que algunos se hacen extensibles los beneficios a los familiares.

Solucionar conflictos internos y buscar la paz laboral. Reformar la estipulaciones de los contratos, implantando mejoras y beneficios. Efectuar expresamente el reconocimiento de las organizaciones profesionales que intervienen, que a partir de Ello serán consideradas como factores fundamentales en las relaciones internas de las empresas. Solucionar conflictos internos y buscar la paz laboral.

Según el Dr. Luis Jaramillo Pérez Según el Dr. Julio Cesar Trujillo La remuneración y rendimiento son aspectos importantes que interesan a las dos partes. Los alemanes llamaban a este contrato “Pacto Tarifario” y es así como lo justifica nuestra ley, en orden a lo que deben contener las clausulas de la convención colectiva. Según el Dr. Julio Cesar Trujillo En los contratos colectivos , los pactante son solo contraen derechos y obligaciones, y bajo mutuo acuerdo fijan las normas que regulan las relaciones laborales entre las dos partes para el contrato colectivo.

EFECTOS DEL CONTRATO COLECTIVO 1.Las convenciones colectivas son normas juridicas,la violación a las mismas acarrea sanciones. 2.Se sujeta a todos los contratos individuales de los trabajadores firmantes. 3.Permite la conclusión de los conflictos al consagrarse como obligatorio el acuerdo entre las partes. 4.Obliga a las autoridades de trabajo, a velar por el cumplimiento de las convenciones colectivas y a sancionar en casos de incumplimiento. 5.Los contratos colectivos , instrumento para la terminación de los conflicto de trabajo, puesto que al suscribirse el mismo concluyen largas etapas de negociaciones, llegando a acuerdos y en consecuencia finiquitando la etapa conflictiva y la incertidumbre. 6. Cabe recordar la analogía que la ley hace de los fallos ejecutoriados, tienen el mismo efecto obligatorio que estos contratos. La ley se rodea de elementos coercitivos para el cumplimiento de estos instrumentos.

CLASIFICACION DEL CONTRATO COLECTIVO 1. POR SU DURACION De tiempo indefinido Tiempo fijo Por el tiempo de duración de una empresa. 2. POR SU AMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL Locales Provinciales Regionales Nacionales 3. POR SU NATURALEZA Ordinarios Obligatorios.

CLASIFICACION EN LA LEGISLACION NACIONAL CONTRATO COLECTIVO ORDINARIO En nuestra legislación se establece dos tipos de contratos colectivos: Los ordinarios los contratos colectivos obligatorios. CONTRATO COLECTIVO ORDINARIO Es un contrato común que se aplica en nuestro medio, definido en el Art. 220 del Código Laboral, que es el convenio celebrado entre uno o mas empleadores o asociaciones legalmente constituidas, con el objeto de establecer las condiciones o bases conforme a las cuales han de celebrarse en lo sucesivo, entre el mismo empleador y los trabajadores.

EL CONTRATO COLECTIVO OBLIGATORIO Se encuentra definido en el art EL CONTRATO COLECTIVO OBLIGATORIO Se encuentra definido en el art. 252 del Código de Trabajo., Cuando el contrato colectivo haya sido celebrado por las dos terceras partes , tanto de empleadores y trabajadores organizados dentro de una misma rama de la industria y en determinada provincia, será obligatorio para todos los empleadores y trabajadores de la industria y provincia de que se trate, si así se resolviere por decreto ejecutivo. Es un contrato muy poco usual en nuestro país, no hay estadísticas que demuestren su aplicación.

ACTAS TRANSACIONALES QUE TIENEN VALOR DE CONTRATO COLECTIVO Son aquellos convenios suscritos entre los trabajadores representados por organizaciones sindicales, especialmente por el comité de empresas o el comité especial y los empleadores, dando solución a una situación conflictiva ocurrida en la empresa, hayan o no presentado el pliego de peticiones , que tienen como finalidad acordar nuevos beneficios individuales o colectivas en el trabajo. Estas deben ser suscritas ante el Inspector del Trabajo o el Director Regional, según convengan los otorgantes.