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FUNCIONES DE GESTIÓN Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo.

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Presentación del tema: "FUNCIONES DE GESTIÓN Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo."— Transcripción de la presentación:

1 FUNCIONES DE GESTIÓN Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

2 Las funciones de gestión que tienes reconocidas están encaminadas a: Regular las relaciones de los/as Representantes con los/as empresarios/as Ordenar el funcionamiento de los Órganos de Representación Posibilitar el desarrollo de acciones o actividades para solucionar desacuerdos con el empresario/a Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

3 Las funciones de gestión reconocidas legalmente son: 1. Convocar y presidir una asamblea de trabajadores/as, siendo responsables de su desarrollo normal (Arts. 4.1 y 77.1 E.T. y art. 46.1 E.B.E.P): La convocatoria, celebración y acuerdos alcanzados deben regirse también por la legalidad aplicable. Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

4 2. Plantear conflictos colectivos (Arts. 28 y 37 C.E. y art. 2.2. L.O. Libertad Sindical y art. 15 E.B.E.P): Conflicto Colectivo : Es aquel procedimiento a llevar a cabo cuando no se alcanza acuerdo entre los/as representantes y el/la empresario/a en asuntos que afectan a los intereses generales de los/as trabajadores/as. Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

5 Para solucionar un conflicto: Hay que formalizarlo por escrito Expresar las causas que han dado lugar Reflejar las peticiones concretas que se hacen TRAMITARLO ANTE LA AUTORIDAD LABORAL Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

6 3. Convocar huelgas y manifestaciones (Arts. 28.2 C.E., 2.2. L.O. Libertad Sindical y art. 3 del RDL 17/77 y art. 15 E.B.E.P) HUELGA La huelga es el instrumento de presión que los/as trabajadores/as tienen para defender cualquier reivindicación laboral, social o económica de la plantilla. Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

7 Para que la huelga sea legal se requiere: -La aprobación de la convocatoria en reunión convocada al efecto y en acta firmada - Debe ser notificada con antelación, mediante preaviso, a la Autoridad Laboral y al empresario/a -El preaviso debe contener: 1. Motivos de la Huelga 2. Negociaciones con la empresa y resultados 3. Fechas y duración de la huelga 4. Composición del Comité de Huelga (es quien dirige la huelga) Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

8 MANIFESTACIÓN Es un derecho constitucional reconocido a toda persona física o jurídica. En el ámbito de la empresa pueden convocarla los/as representantes legales, los/as trabajadores/as y los sindicatos. La manifestación debe ser comunicada por escrito, incluyendo en el comunicado el DNI del/la responsable, lugar, día, hora, itinerario y duración de la manifestación, así como las medidas de seguridad adoptadas tanto por los/as organizadores/as como la autoridad administrativa. Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

9 4. La duración del mandato de los/as representantes legales de los/as trabajadores/as es de cuatro años (Art. 67.3 E.T.,Disposición Adicional 2ª de la Ley Orgánica de Libertad Sindical y art. 42 E.B.E.P) 5. Intervención en casos de dimisión, revocaciones, sustituciones y extinción del mandato electoral (Arts. 67.4 y 67.5 del Estatuto de los Trabajadores, y art. 14 Real Decreto 1311/86) La revocación no se podrá presentar durante la negociación de un convenio, ni antes de los primeros 6 meses. Deben ser comunicadas a la Oficina Pública dependiente de la autoridad laboral y al empresario/a, y publicadas en el tablón de anuncios del centro de trabajo Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

10 6. Colaborar con la dirección de la empresa para establecer medidas para mantener o incrementar la productividad, según lo pactado en Convenio (art. 64.7.c) E.T. y art. 40 E.B.E.P) 7. Solicitar un Expediente de Regulación de Empleo por despido colectivo o suspensión del contrato (art. 51 E.T.). Ver cap. 2: Los derechos de emisión e informe 8. Participar en la gestión de obras sociales de la empresa, en beneficio de los/as trabajadores/as o de sus familias, según establezca el convenio (art. 64.7.b E.T.) Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo

11 RECUERDA QUE:  Las funciones de gestión que la ley te reconoce te ayudarán a plantear acciones para alcanzar acuerdos en el caso de que estén amenazados los intereses de los/as trabajadores/as.  Además, te servirá para ordenar el funcionamiento de los órganos de representación y regular las relaciones de los/as representantes y los/as empresarios/as. Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo


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